Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 266353
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de corrección de un error material en la resolución de 9 de abril de 2025 de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se constituye la bolsa única de personal funcionario interino del cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad ATS (enfermería)
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Hechos
1. En fecha 12 de abril está prevista la publicación en el BOIB de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 9 de abril de 2025, por la que se constituye la bolsa única de personal funcionario interino del cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad ATS (enfermería).
2. En esta Resolución se ha advertido un error material en el anexo 1 en relación con la aplicación del criterio 17.1 a) de desempate, de las bases que deben regir esta bolsa única aprobadas en la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 30 de enero de 2025, por la que se constituyó la bolsa única de selección de personal funcionario interino del cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad ATS (enfermería) (BOIB núm. 15, de 1 de febrero), por lo que se debe rectificar dicho error.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.
2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears y posteriores modificaciones, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Corregir el error material advertido en el anexo 1 en relación con la aplicación del criterio 17.1 a) de desempate, de las bases que deben regir esta bolsa única aprobadas en la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 30 de enero de 2025, por la que se constituyó la bolsa única de selección de personal funcionario interino del cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad ATS (enfermería) (BOIB núm. 15, de 1 de febrero).
2. Aprobar la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y la lista definitiva de méritos de los aspirantes de la bolsa única de selección de personal funcionario interino del cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad ATS / Enfermería, que se adjunta como anexo 1
3. Aprobar la actualización de la lista de aspirantes que conforman la bolsa única, con el orden de prelación final, después de aplicar los criterios de desempate, que se adjunta como anexo 2 a esta Resolución.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor y en la sede electrónica de la CAIB. Asimismo, se debe comunicar al Servicio de Ocupación de las Illes Balears para que realice la difusión oportuna.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 11 de abril de 2025)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens