Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 264944
Nombramiento como funcionario de carrera a la persona aspirante que ha superado el proceso de selección de la convocatoria de arquitecto técnico del Ajuntament de Ciutadella de Menorca
Versión PDF
Mediante la resolución de Alcaldía n.º 82, de fecha 10 de abril de 2025, del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, he dispuesto nombrar como funcionario de carrera a la persona aspirante que ha superado el proceso de selección de la convocatoria de arquitecto técnico del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, del grupo A, subgrupo A2, de la escala de Administración Especial, con vínculo funcionarial, por el procedimiento de concurso oposición, en la OPO 2022. Concretamente, se trata de la persona relacionada a continuación:
Lo que hacemos público a los efectos del artículo 62 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y del artículo 25.2 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El personal nombrado deberá tomar posesión en el plazo de tres días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, publicada íntegramente en el tablón de edictos y en la sede electrónica del Ajuntament, se puede interponer, alternativamente: o bien recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio ante la Alcaldia de este ayuntamiento, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podría interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel esté resuelto expresamente o cuando se haya producido la desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio que se pueda ejercer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Ciutadella, en la fecha de la firma electrónica (11 de abril de 2025)
El alcalde Llorenç Ferrer Monjo