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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 260353
Resolución de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de la exclusión, del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Capdepera, Ciutadella, Llucmajor, Maó, Muro, Palma, Porreres, sa Pobla, Sant Llorenç des Cardassar, Santa Eulària des Riu, Santanyí y Sóller

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Texto

Antecedentes

1. Por Resolución de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 20 de febrero de 2025 se convocó un proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Capdepera, Ciutadella, Llucmajor, Maó, Muro, Palma, Porreres, sa Pobla, Sant Llorenç des Cardassar, Santa Eulària des Riu, Santanyí y Sóller (BOIB núm. 25, de 25 de febrero).

2. Mediante Resolución de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 28 de marzo de 2025 se publicaron listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el procedimiento mencionado, con indicación de las causas de exclusión, y se publicaron en la sede electrónica y en la página web <http://oposicions.caib.es>.

3. Finalizado el plazo que prevé la Resolución mencionada en el punto anterior para que las personas excluidas u omitidas subsanen las deficiencias que se han detectado en las solicitudes de participación y aporten los documentos que son preceptivos, se deben publicar las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de la exclusión, del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de cada isla.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, y en concreto, la Disposición adicional octava de esta ley.

2. El Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.

3. La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

4. El artículo 92 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El artículo 14.2 del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad del empleo público de las Illes Balears.

8. La Resolución de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 4 de noviembre de 2024 de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la Escuela Balear de Administración Pública las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local (BOIB núm. 146, de 7 de noviembre).

9. La Resolución de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 20 de febrero de 2025 por la que se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios y se designa el tribunal calificador de las pruebas selectivas del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Capdepera, Ciutadella, Llucmajor, Maó, Muro, Palma, Porreres, sa Pobla, Sant Llorenç des Cardassar, Santa Eulària des Riu, Santanyí y Sóller (BOIB núm. 25, de 25 de febrero).

10. El artículo 10.2.c) del Decreto 31/2012, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes admitidas en el proceso unificado para cubrir plazas de la categoría de policía de los municipios de Capdepera, Ciutadella, Llucmajor, Maó, Muro, Palma, Porreres, sa Pobla, Sant Llorenç des Cardassar, Santa Eulària des Riu, Santanyí y Sóller, en los términos establecidos en los anexos 1, 3 y 5 de esta resolución.

2. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes excluidas del proceso unificado mencionado, con indicación de las causas de exclusión, en los términos que establecen los anexos 2, 4 y 6 de esta resolución.

3. Considerar que las personas aspirantes que constan en la lista provisional y no han subsanado los requerimientos de las solicitudes presentadas han desistido de su derecho a participar en este procedimiento.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la página web de <https://oposicions.caib.es/> y en la web de la EBAP.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de abril de 2025)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens 

Documentos adjuntos