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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 259478
Notificación de Propuesta de Resolución de denegación a los interesados ​​de la ayuda, PCES-SRM, de fecha 07 de abril de 2025, al amparo de la convocatoria de las subvenciones de ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, para el año 2024

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y se hará de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefa de servicio de ayudas al Desarrollo Rural, en fecha 7 de abril, firmó la siguiente Propuesta de Resolución.

"INFORME / PROPUESTA PROVISIONAL DE DENEGACIÓN

Plan estrategico de la PAC 2023-2027 PEPAC

INTERVENCIÓN 6613_01 SIGC.: Pago compensatorio en zonas con limitaciones específicas

Convocatoria 2024

Documento: Propuesta de Resolución

Codigo SIA: 2987434

Emisor (DIR3): A04026954

Codigo BDNS: 741239

Antecedentes

1. En fecha 30 de enero de 2024 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 15, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.

2. De conformidad con el apartado sexto de la resolución anterior, modificada por Resolución del presidente del FOGAIBA de 2 de julio de 2024 y publicada en el BOIB núm. 88 de 4 de julio, de determinadas ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC) para el año 2024, el plazo de presentación de solicitudes de determinadas intervenciones en el desarrollo rural se modificó. Este nuevo plazo de presentación terminó el día 15 de junio de 2024 y tuvieron entrada en el registro del FOGAIBA un total de 1298 solicitudes de ayuda de pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.

3. En fecha 18 de febrero de 2025 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 22, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2024, por la que se incrementa el crédito y se modifica la Resolución del presidente del FOGAIBA de 25 de enero de 2024.

4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados ​​que figuran en el Anexo I no cumplen el requisito previsto en el punto 1.a) del apartado Tercero de la convocatoria, tener la condición de agricultor activo.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, publicada en el BOIB núm. 15 de día 30 de enero de 2024.

2. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

3. Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 6 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027. 4. La ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.

5. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

El resto de normativa de desarrollo y aplicación.

Propuesta de resolución de denegación

Por todo ello, se informa desfavorablemente y propongo al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Denegar las solicitudes presentadas por los interesados ​​que figuran en el Anexo I adjunto, por incumplimiento del/los requisito/s indicado/s.

2. La presente propuesta provisional de resolución debe comunicarse a las personas interesadas informándoles de que disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la notificación de esta propuesta para presentar alegaciones y/o aportar documentos. En caso de no hacer uso de su derecho a alegar, en el plazo indicado, o si manifiesta su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, esta propuesta tendrá carácter definitivo, y se elevará al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA para que dicte la Resolución de denegación correspondiente.

3. Notificar la resolución a las personas interesadas del Anexo I adjunto mediante la publicación en el BOIB.

4. Informar a los interesados ​​de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas de Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constanza, núm. 4 de Palma).

Informa

 

La jefa de sección II del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

María José Lorente García

 

Conforme con el informe, propone

 

La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Gema Canós Franch"

 

ANEXO  I

EXP

CIF

RAZÓN SOCIAL

04004100

J57965964

BINIBECA NOU SRM

04001059

J07708407

ES LLOGARET, SRM

04004701

E07707706

TORRELLESA VELL, SRM

 

Palma en fecha de firma electrónica (8 de abril de 2025)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni