Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 258468
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de corrección de un error advertido en la Resolución de 3 de abril de 2025 por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios y el temario de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo superior, escala de ingeniería, especialidad ingeniería de caminos, canales y puertos de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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Antecedentes
1. En fecha 8 de abril de 2025 se publicó en el BOIB nº. 43 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo superior, escala de ingeniería, especialidad ingeniería de caminos, canales y puertos de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. En esta Resolución se ha advertido un error material en el anexo 1 en relación con la isla de la plaza convocada, que debe ser para la isla de Menorca.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.
2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.
3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears y posteriores modificaciones, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y posteriores modificaciones. Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Enmendar el error material advertido en la isla de la plaza convocada en el anexo 1 de la Resolución de 3 de abril de 2025 de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo superior, escala de ingeniería, especialidad ingeniería de caminos, canales y puertos de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 43, de 8 de abril), que queda rectificada en los siguientes términos:
En el Anexo 1, sobre Plazas convocadas y requisitos de titulación y conocimientos de lengua catalana del cuerpo facultativo superior, escala ingeniería, especialidad ingeniería caminos, canales y puertos.
Donde dice ,
[...]
1. Plazas convocadas
Mallorca: — 1 plaza del turno libre
[...]
Tiene que decir,
[...]
1. Plazas convocadas
Menorca
— 1 plaza del turno libre
[...]
2 . Otorgar un nuevo plazo de veinte hábiles para la presentación de solicitudes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la CAIB (www.caib.es) y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 9 de abril de 2025)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens