Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 239670
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se deniegan subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y en el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 4 y 5) NEXTG45
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A fecha de la firma electrónica, el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la siguiente propuesta definitiva:
Hechos
1.El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB n.º 125 se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB n.º 137, de 22 de octubre de 2022).
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.
3.Los técnicos de la Dirección general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, han informado desfavorablemente sobre las solicitudes de subvención descritas en el anexo, con la motivación que también figura.
4. El 5 de marzo de 2025 se emitió una propuesta de resolución provisional denegatoria del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB n.º 30 de 8 de marzo de 2025) y se ha agotado el plazo de diez días que se concedían para presentar alegaciones sin que hayan presentado.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
5. El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el cual se aprueba la concesión directa en las comunidades autónomas y en las ciudades ceutíes y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.
6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 125, de 11 de septiembre de 2021).
7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones publicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB n.º 137, de 22 de octubre de 2022).
Propuesta de resolución definitiva
Propongo al consejero de Empresa, Ocupación y Energía que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Denegar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo el motivo que también figura.
2. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente,
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (28 de marzo de 2025)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 14, de 30 de enero de 2025)
El director general proponente Diego Viu Domínguez
ANEXO I Lista de beneficiarios a los que se les deniega la subvención (NEXTG45)
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Expediente |
Fecha registro de entrada |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Motivo de la denegación |
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1. |
NEXTG45-2070/2021 |
15/12/2021 |
GAMBOA RUIZ, DAVID ANTONIO |
***4611** |
Instalación fotovoltaica de 7.28 kWp. Autoconsumo individual. |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-3026/2024 por importe 8.784€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 161, del 12 de diciembre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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2. |
NEXTG45-3583/2021 |
25/04/2022 |
ULRICH, THEOPHIL PHILIPP |
****1205* |
Instalación fotovoltaica de 10,8kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-613/2024 por importe 14.000€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 68, del 23 de mayo de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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3. |
NEXTG45-3878/2021 |
16/05/2022 |
MUÑOZ ÁLVAREZ, MÓNICA |
***3810** |
Instalación fotovoltaica de 5,4kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-826/2024 por importe 3.240€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 107, del 15 de agosto de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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4. |
NEXTG45-4358/2021 |
23/06/2022 |
AMORES POMAR, ESTEBAN ISAIAS |
***1696** |
Instalación fotovoltaica de 5.70 kWp. Autoconsumo individual. |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-3259/2024 que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 107, del 15 de agosto de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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5. |
NEXTG45-6115/2021 |
27/10/2022 |
OLIVER SBERT, XISCO |
***8419** |
Instalación fotovoltaica de 5.04 kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-2623/2024 por importe 3.024€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 150, del 16 de noviembre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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6. |
NEXTG45-6191/2021 |
02/11/2022 |
RILO MARTINEZ, ALEJANDRO |
***6288** |
Instalación fotovoltaica de 4.2 kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-1404/2024 por importe 2.520€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 107, del 15 de agosto de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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7.
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NEXTG45-6292/2021 |
08/11/2022 |
BASORA PASCUAL, JORDI |
***1484** |
Instalación fotovoltaica de 3.64kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-3204/2024 por importe 4.224€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 166, del 19 de diciembre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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8. |
NEXTG45-6510/2021 |
20/11/2022 |
CARLSSON, CECILIA LOUISE |
****0008* |
Instalación fotovoltaica de 4,05kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-617/2024 por importe 2.970€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 68, del 23 de mayo de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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9. |
NEXTG45-6575/2021 |
23/11/2022 |
PARIS DEYA, MARIA |
***2492** |
Instalación fotovoltaica de 4.50kWp. Autoconsumo individual. |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-2620/2024 por importe 4.900€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 161, del 12 de diciembre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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10. |
NEXTG45-6601/2021 |
24/11/2022 |
LINDENTHAL, FRANZ KURT EWALD |
****5258* |
Instalación fotovoltaica de 5,4kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-2231/2024 por importe 3.240€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 134, del 12 de octubre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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11. |
NEXTG45-6807/2021 |
09/12/2022 |
JONAS, JURGEN PAUL |
****7664* |
Instalación fotovoltaica de 6.3kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-2218/2024 por importe 7.876 € que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 134, del 12 de octubre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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12. |
NEXTG45-7028/2021 |
20/12/2022 |
IGLESIAS MANJÓN, MARIA DEL CARMEN |
***0112** |
Instalación fotovoltaica de 3,2kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-1099/2024 por importe 3.920€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 107, del 15 de agosto de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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13. |
NEXTG45-7038/2021 |
21/12/2022 |
MICHAEL KUHNE, KLAUS |
****3835* |
Instalación fotovoltaica de 22kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-1620/2024 por importe 18.000€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 107, del 15 de agosto de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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14. |
NEXTG45-7127/2021 |
29/12/2022 |
FERRER MARI, JUANA |
***3269** |
Instalación fotovoltaica de 3,6kWp. Autoconsumo individual |
Se ha presentado un certificado de defunción del titular de la subvención. El expediente no se puede subrogar ya que no existe la figura de beneficiario de una subvención hasta que no se ha dictado la Resolución de concesión, de acuerdo con los artículos 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 4.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo. |
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15. |
NEXTG45-7129/2021 |
29/12/2022 |
SAONA CARRILLO, ANDREA ELIZABETH |
***9024** |
Instalación fotovoltaica de 5.33kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-2722/2024 por importe 7.198€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 150, del 16 de noviembre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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16. |
NEXTG45-7242/2021 |
12/01/2023 |
SOLANO LACAMBRA, MARIA GLORIA |
***2196** |
Instalación fotovoltaica de 4,18kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-3149/2024 por importe 4.581€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 161, del 12 de diciembre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |
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17. |
NEXTG45-7872/2021 |
07/03/2023 |
MÜLLER, INES |
****6204* |
Instalación fotovoltaica de 9,9kWp. Autoconsumo individual |
La persona o entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-3260/2024 por importe 5.940€ que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB núm. 166, del 19 de diciembre de 2024. Según el Anexo del BOIB núm. 125 de 2021, en su artículo decimonoveno, Concurrencia de ayudas, expone que: «Las subvenciones reguladas en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones o ayudas que se puedan conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales». |