Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 237288
Resolución del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores por la cual se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y los procesos de admisión y de matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música y se convocan las pruebas específicas de acceso para el curso 2025-2026
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Hechos
1. El artículo 58 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), de acuerdo con la redacción establecida por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOMLOE), concreta que las enseñanzas artísticas superiores se regulan por la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la cual se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales y, también, por la normativa de desarrollo reglamentario y por los preceptos de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que sean de aplicación.
2. El artículo 7 de la Ley 1/2024, de 7 de junio, establece que para acceder a los estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores se debe tener el Título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, o estar en posesión de un título de enseñanzas artísticas superiores, título universitario o título de Técnico Superior, o un título declarado equivalente, así como la superación de las correspondientes pruebas específicas a que se refieren los artículos 54, 55, 56 y 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que el ejercicio de las competencias en materia de enseñanzas artísticas superiores corresponde a la Consejería de Educación y Universidades, mediante la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
4. Según el artículo 14 del Decreto 64/2019, de 2 de agosto, por el cual se establece el régimen de admisión de alumnas en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que sustituye el Decreto 37/2008, la Consejería de Educación y Universidades tiene que determinar los criterios por los cuales se tiene que regir la admisión de los alumnos en los centros que imparten enseñanzas de régimen especial. En el mismo artículo también se determina que la Consejería de Educación y Universidades tiene que establecer los criterios para resolver los casos de empate.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar el anexo 1 relativo a las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música para el curso 2025-2026.
2. Aprobar el anexo 2 relativo a la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño para el curso 2025-2026.
3. Aprobar el anexo 3 relativo a la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático para el curso 2025-2026.
4. Aprobar el anexo 4 relativo a la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de música para el curso 2025-2026.
5. Aprobar el anexo 5 relativo a la solicitud de inscripción a la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de las Illes Balears.
6. Aprobar el anexo 6 relativo a la solicitud de adaptación de la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de las Illes Balears.
7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde la fecha en que se publique, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
(Palma, en fecha de firma electrónica: 2 de abril de 2025)
El director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores Sebastián Massanet Massanet
ANEXO 1 Instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música para el curso 2025-2026
Capítulo I Instrucciones de carácter general
Primero Objeto y ámbito de aplicación
1. Esta resolución es de aplicación en los procedimientos de acceso y admisión a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de música y de diseño.
2. Estas instrucciones regulan los aspectos necesarios para desarrollar las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de las Illes Balears.
Segundo Finalidad de las pruebas de acceso
1. Las pruebas de acceso tienen la finalidad de permitir acceder a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música a las personas que cumplen los requisitos académicos exigidos para acceder.
2. Podrán acceder directamente a las enseñanzas artísticas superiores de diseño, sin necesidad de hacer la prueba específica de acceso, quienes estén en posesión del título de Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño o equivalente.
Tercero Acceso a las enseñanzas artísticas superiores para las personas que cumplen los requisitos académicos
Pueden acceder a las enseñanzas artísticos superiores las personas que cumplan los requisitos siguientes:
1. Tener el título de bachillerato o equivalente o haber superado la prueba de acceso en la universidad para mayores de 25 años.
2. Superar la prueba específica de acceso que se establezca para cada enseñanza.
Cuarto Solicitud de adaptación de las condiciones en que se tienen que hacer las pruebas
1. Los aspirantes que presentan necesidades educativas especiales (NEE) y los que tienen necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) asociadas a trastornos del desarrollo del lenguaje y comunicación, de atención o de aprendizaje tienen que aportar en el momento de inscribirse a la prueba alguno de los documentos que figuran a continuación:
- Un certificado oficial que acredite el tipo y el grado de discapacidad que tienen, emitido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.
- Un informe emitido por el departamento de orientación sobre las dificultades específicas de apoyo educativo que presentan y, si procede, las intervenciones recibidas en el centro educativo.
- Un informe emitido por un profesional colegiado que esté atendiendo las dificultades específicas de apoyo educativo de la persona interesada.
- Otra documentación acreditativa oficial.
2. Los centros de enseñanzas artísticas superiores que hacen la prueba tienen que revisar la documentación presentada. Si la documentación no acredita que la persona interesada necesita una adaptación de la prueba, el centro se lo tiene que comunicar antes de que se publique la lista definitiva de personas admitidas a la prueba.
Quinto Información y orientación sobre las pruebas
1. Los centros de enseñanzas artísticas superiores tienen que dar información, orientación y apoyo a las personas interesadas a presentarse a las pruebas que lo soliciten.
2. La información tiene que incluir los contenidos y la estructura de las pruebas, bibliografía, los criterios de evaluación, los tipos de exámenes y todo lo que los centros consideren adecuado. También pueden facilitar modelos de pruebas de convocatorias anteriores.
Capítulo II Instrucciones para las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores
Sexto Requisitos de los aspirantes
1. Se pueden inscribir las personas que cumplen alguno de los requisitos académicos que permiten acceder a las enseñanzas artísticos superiores:
- Tener el título de bachillerato o equivalente.
- Estar en posesión del Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o títulos declarados equivalentes.
- Haber superado la prueba de acceso en la universidad para mayores de 25 años.
- Estar en posesión del título de Técnico Especialista o Técnico Superior de las enseñanzas de formación profesional y superar la prueba de acceso específica en los Estudios Superiores de Diseño.
Séptimo Convocatoria
1. La dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores tiene que convocar, al menos una vez en el año, una prueba específica de acceso a estos estudios, que tiene que ser diferente para cada una de las enseñanzas artísticas superiores que se ofrecen en las Illes Balears.
2. Esta prueba faculta únicamente para poder cursar íntegramente el nivel académico por el cual ha sido convocada, que es el primer curso de enseñanzas artísticas superiores.
3. Las convocatorias tienen que determinar:
a) Los centros en que se tienen que presentar las solicitudes de inscripción.
b) La documentación que tienen que aportar los aspirantes al formalizar la inscripción a la prueba de acceso.
c) El periodo de inscripción.
d) Los centros en que se llevarán a cabo las pruebas.
e) Las fechas, el horario y el orden en que se harán las pruebas.
Octavo Plazo de inscripción a la prueba específica
Las inscripciones a las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores se tienen que hacer en las fechas que se indican en los anexos 2, 3 y 4.
Noveno Centros que deben hacer la prueba
1. Las pruebas se tienen que hacer en el mismo centro al cual se quiere acceder. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de música se hará de manera presencial o telemática, dependiendo de la parte de la prueba y de la especialidad, así como se especifica al anexo 4.
2. La inscripción se tiene que formalizar vía telemática a través de la página web de los centros.
3. Las tasas de inscripción a la prueba del Conservatorio Superior tienen un coste de 68,00 €, de acuerdo con la Publicación de los precios de los servicios académicos de la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB) y del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y las exenciones y las reducciones de estos precios (BOIB núm. 163, de 3 de diciembre de 2019).
4. La tasa de inscripción a la prueba de Arte Dramático tiene un coste de 32,00 €, de acuerdo con la publicación de los precios de los servicios académicos de la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB) y del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y las exenciones y las reducciones de estos precios (BOIB núm. 163, de 3 de diciembre de 2019).
5. La tasa de inscripción a la prueba de la Escuela de Arte y Superior de Diseño tiene un coste de 46,49 €, de acuerdo con la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 8 de enero de 2024 de actualización de las bases, el tipo de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024 y las exenciones y las reducciones de estos precios (BOIB núm. 6, de 11 de enero de 2024).
Décimo Formalización de la solicitud de inscripción
1. La solicitud de inscripción y la presentación de la documentación requerida se tiene que formalizar online a través de la página web correspondiente:
- Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears (CSMIB): https://conservatorisuperior.com/
- Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB): http://www.esadib.com
- Escuela Superior de Diseño de las Illes Balears (ESDIB): www.escoladisseny.com
2. Los aspirantes que necesiten una adaptación de las condiciones en que se tiene que hacer la prueba lo tienen que hacer constar cuando presenten la documentación.
3. A la solicitud se tienen que adjuntar los documentos siguientes:
- El justificante del pago de la inscripción a la prueba.
- El documento oficial de identificación (DOI) de que se disponga: DNI, NIE, o pasaporte como documentación acreditativa de la identidad para los extranjeros que se encuentren en el estado español (incluidas las personas no nacionales que se encuentren en situación irregular).
- El documento que acredite los requisitos de acceso a estas enseñanzas establecidas a los puntos tercero y cuarto de este anexo.
4. Los aspirantes que acrediten tener necesidades específicas de apoyo educativo, además, tienen que presentar la solicitud del anexo 6, junto con alguno de los documentos justificativos siguientes:
- Un certificado oficial que acredite el tipo y el grado de discapacidad que tienen, emitido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.
- Un informe emitido por el departamento de orientación sobre las dificultades específicas de apoyo educativo que presentan y, si procede, las intervenciones recibidas en el centro educativo.
- Un informe emitido por un profesional colegiado que esté atendiendo las dificultades específicas de apoyo educativo de la persona interesada.
- Un diagnóstico o informe de seguimiento de un médico colegiado en que conste la condición NESE.
- Otra documentación acreditativa oficial.
5. Los centros de enseñanzas artísticas superiores tienen que revisar la documentación presentada y lo tienen que poner en conocimiento del servicio de orientación, con tiempo suficiente, para determinar las medidas o recursos adicionales de los cuales se tiene que informar a la comisión evaluadora correspondiente.
Undécimo Actuación con la documentación necesaria para inscribirse a la prueba
Una vez hayan recibido la solicitud de inscripción vía telemática, las secretarías de los centros (CSMIB, ESADIB y ESDIB) tienen que comprobar que se haya formalizado de forma correcta. En caso de que el aspirante sea adjudicatario de una plaza y se matricule, cuando sea posible y como máximo durante la primera semana de clases presenciales, tendrán que verificar con el alumno que el documento oficial de identificación (DOI), el documento acreditativo de los requisitos de acceso y, si procede, el documento de solicitud de adaptación de la prueba presentados son copias fidedignas.
Duodécimo Admisión a la prueba específica de acceso
Los centros (CSMIB, ESADIB y ESDIB) tienen que comprobar, con la documentación recibida, que las personas que solicitan hacer la prueba cumplen los requisitos establecidos en el punto decimosexto de este anexo.
Decimotercero Lista provisional de admitidos, excluidos y en lista de espera para hacer la prueba específica de acceso
La lista provisional de personas admitidas, excluidas y en lista de espera para hacer la prueba específica de acceso se tiene que publicar en el tablón de anuncios y/o a la página web del centro correspondiendo el día que figura en el anexo 2 (ESDIB), 3 (ESADIB) y 4 (CSMIB).
Las reclamaciones contra la lista provisional se tienen que presentar en tiempo y forma tal como se especifique a las resoluciones correspondientes del ESDIB, ESADIB o CSMIB.
Decimocuarto Lista definitiva de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba específica de acceso
1. El día que los anexos 2, 3 y 4 indican, como máximo, los centros CSMIB, ESADIB y ESDIB tienen que publicar la lista definitiva de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba específica de acceso en el tablón de anuncios y/o en la página web.
2. Contra la lista definitiva se puede presentar un recurso de alzada ante el director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores en el plazo de un mes contador desde el día de la publicación.
Decimoquinto Fecha y horario en que se tiene que hacer la prueba específica de acceso
1. Las pruebas específicas de acceso a los estudios superiores se tienen que hacer los días que figuran en el anexo 2 (ESDIB), 3 (ESADIB) y 4 (CSMIB).
2. El horario y la orden en que se desarrollarán las pruebas se tienen que hacer públicos en el tablón de anuncios y/o en la página web de los centros con una antelación mínima de 48 horas, así como la relación de enseres, en caso de que sean necesarios, para el desarrollo de la prueba.
Decimosexto Verificación de la identidad de los aspirantes
Los miembros de la comisión evaluadora tienen que verificar la identidad de los aspirantes antes de empezar la prueba.
Decimoséptimo Contenido de la prueba
1. El contenido y la estructura de la prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de diseño se establecen en el anexo 2 de esta Resolución.
2. El contenido y la estructura de la prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático se establecen en el anexo 3 de esta Resolución.
3. El contenido y la estructura de la prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de Música se establecen en el anexo 4 de esta Resolución.
Decimoctavo Exención total de hacer la prueba de acceso a los estudios superiores de diseño
1. Quedan exentas de hacer la prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de diseño las personas que pueden acreditar que tienen el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o un título declarado equivalente.
2. Los centros educativos que hacen la prueba tienen que aplicar esta exención a las personas que lo soliciten y que lo acrediten documentalmente.
Decimonoveno Comisión evaluadora de las pruebas específicas de acceso
1. En los centros donde se hagan las pruebas se tiene que constituir una Comisión Evaluadora, que tiene que estar formada por los miembros siguientes:
a) Un presidente: el director del centro o la persona en quien delegue.
b) Tres vocales, como mínimo, profesores del centro designados por el director, preferentemente entre los profesores con destino definitivo en el centro.
c) Un secretario: tiene que actuar como secretario de la Comisión Evaluadora el vocal designado a estos efectos en el acta de constitución de la Comisión.
d) En el supuesto de que en el centro no haya profesores adecuados para cubrir todas las materias de la prueba, el director del centro puede solicitar asesores a la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores.
2. La dirección del centro, a petición de la comisión evaluadora, puede designar los profesores necesarios para colaborar en la corrección de las pruebas, los cuales en ninguno caso forman parte de la Comisión mencionada.
3. La Comisión Evaluadora tiene que ejercer las funciones siguientes:
a) Elaborar la prueba.
b) Comprobar la identidad de los aspirantes.
c) Actuar en el lugar, la fecha y la hora previstos en las convocatorias, así como en los términos que se prevean.
d) Resolver las reclamaciones presentadas por los aspirantes durante el proceso, además de resolver las incidencias que se deriven de la organización y de la realización de la prueba.
e) Corregir y calificar las pruebas y extender las actas de evaluación.
f) Resolver las reclamaciones que se hayan presentado sobre las calificaciones y la evaluación.
g) Cualquier otra función que le pueda asignar la Consejería de Educación y Universidades.
Vigésimo Incidencias
1. Cuando haya causas justificadas que impidan a algún aspirante hacer la prueba o que alteren las condiciones en que lo tiene que llevar a cabo, la Comisión Evaluadora lo tiene que comunicar a la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, a la cual corresponde decidir qué hay que hacer de acuerdo con lo que considere procedente.
2. Estas incidencias se tienen que hacer constar en el acta de evaluación de la prueba.
Vigésimo primero Expedientes de las personas inscritas
Los centros CSMIB, ESADIB y ESDIB tienen que poner a disposición de la Comisión Evaluadora la documentación presentada por las personas inscritas para hacer la prueba de acceso.
Vigésimo segundo Corrección y calificación final de la prueba de acceso
La calificación final de la prueba de acceso tiene que ser numérica, con una valoración de entre 0 y 10 puntos, y se determina, para cada enseñanza, según lo que se indica en los anexos 2, 3 y 4.
Vigésimo tercero Acta de evaluación
1. En el acta de evaluación se tiene que hacer constar la información siguiente:
a) Los apellidos y el nombre de los aspirantes.
b) El número del documento oficial de identificación de los aspirantes.
c) Las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la prueba.
d) La calificación mediana de la prueba.
2. Cada Comisión Evaluadora tiene que extender un acta de evaluación con los resultados de las pruebas, que tienen que firmar todos los miembros de la Comisión.
3. Las actas originales y los ejercicios de las pruebas se tienen que archivar al mismo centro en qué se han hecho las pruebas.
Esta documentación se tiene que conservar hasta que no empiece el proceso de admisión y matrícula del año académico siguiente.
Vigésimo cuarto Publicación de los resultados provisionales de las pruebas
Los resultados provisionales de las pruebas se tienen que publicar en el tablón de anuncios y a la página web del centro en las fechas que constan en el anexo 2 (ESDIB), 3 (ESADIB) y 4 (CSMIB).
Vigésimo quinto Procedimiento de reclamación contra los resultados de las pruebas
1. Las personas interesadas disponen de un plazo de dos días hábiles contadores desde el día siguiente a la publicación de los resultados para presentar reclamaciones ante la Comisión Evaluadora.
2. Las personas que no estén conformes con el resultado de la revisión de la Comisión Evaluadora pueden interponer un recurso de alzada ante el director general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores en el plazo de un mes contador desde la publicación de los resultados definitivos.
3. La Resolución del recurso de alzada agota la vía administrativa.
Vigésimo sexto Publicación de los resultados definitivos
1. Los resultados definitivos de las pruebas se tienen que publicar en el tablón de anuncios y a la página web del centro el día siguiente a la sesión de resolución de las reclamaciones.
2. La dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores puede establecer, en la Resolución de convocatoria de las pruebas, otros medios para dar a conocer los resultados de las pruebas.
3. Los resultados definitivos se deberán remitir a la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores.
Vigésimo séptimo Efectos de la superación de la prueba específica de acceso
1. La superación de la prueba específica permite participar en el procedimiento de admisión a la enseñanza para lo cual se ha superado únicamente el año académico para el cual se ha convocado la prueba.
2. La superación de la prueba específica permite acceder en cualquier centro del Estado en que se impartan estas enseñanzas, sin perjuicio de la disponibilidad de plazas.
3. Esta prueba faculta, únicamente, para matricularse en el curso académico para el cual se ha convocado.
Vigésimo octavo Certificado
El secretario de la Comisión Evaluadora tiene que expedir un certificado a todos los alumnos que lo soliciten, en el cual tienen que constar, como mínimo, los datos siguientes:
a) El nombre completo y el documento oficial de identificación (DOI).
b) El nombre de la prueba: «Prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de [...] el año académico [...]».
c) El nombre de la enseñanza y la especialidad.
d) La calificación.
e) La fecha en que se ha superado la prueba.
Capítulo III Instrucciones para el proceso de admisión y matrícula
Vigésimo noveno Procedimiento de adjudicación de las plazas
1. La adjudicación de las plazas tiene que seguir el orden que se indica a continuación:
a) Personas exentas de hacer la prueba específica de acceso: reserva de un 25 % de las plazas de acuerdo con lo que establece el Decreto 165/2003, de 12 septiembre, por el cual se establece el currículum de los estudios superiores de diseño y se regula el acceso a estas enseñanzas (título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o un título declarado equivalente para acceder a estudios superiores de diseño).
b)Acceso mediante la prueba específica de acceso: estas plazas se tienen que adjudicar por orden descendente de nota de la prueba específica de acceso, publicada en la lista mediante la cual se hacen públicos los resultados de esta prueba. Para superar la prueba de acceso se exige una calificación final de 5 o superior.
2. En el supuesto de que queden plazas vacantes en algunos de los apartados anteriores, se integrarán en las plazas destinadas al acceso mediante la prueba específica de acceso. El orden de admisión será el siguiente:
a) Alumnos de enseñanzas artísticas superiores que soliciten el reingreso en el centro.
b) Alumnos de enseñanzas artísticas superiores que soliciten el traslado de expediente con un máximo de dos años desde el abandono de los estudios.
c) El resto de situaciones no incluidas en los apartados anteriores.
3. En caso de empate en la nota de acceso, tienen prioridad los alumnos provenientes de bachillerato artístico. Si el empate persiste, tienen prioridad los alumnos con mejor expediente académico de bachillerato. Si el empate todavía persiste, la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores tiene que hacer un sorteo para determinar los alumnos que tendrán acceso.
Trigésimo Admisión y adjudicación de plazas para personas con discapacidad
1. Cada centro tiene que reservar una plaza por especialidad para los solicitantes que acrediten una discapacidad igual al 33 % o superior y que cumplan los requisitos de acceso a las enseñanzas correspondientes.
2. Si hay más de una persona con discapacidad que pueda obtener la plaza reservada, hay que ordenar todas las solicitudes de acuerdo con lo establecido en el punto trigésimo noveno de estas instrucciones y se tiene que adjudicar la plaza a la persona que tenga más derecho. Las solicitudes de las personas con discapacidad que no obtengan esta plaza se tienen que valorar con las del resto de personas interesadas a acceder a estas enseñanzas.
3. Las personas con discapacidad tienen que adjuntar a la solicitud de admisión, junto con el anexo 6, los documentos justificativos que se indican de su discapacidad.
4. Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden vacantes se acumulan al resto de plazas.
Trigésimo primero Alegaciones al procedimiento de adjudicación
1. Una vez publicadas las listas provisionales de adjudicación de plazas, los aspirantes no admitidos disponen de dos días hábiles para presentar alegaciones ante la dirección del centro, que las tiene que resolver en un plazo máximo de dos días hábiles y, a continuación, tiene que publicar las listas definitivas.
2. Las personas que no estén conformes con el resultado definitivo de la adjudicación pueden interponer un recurso de alzada ante el director general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores en el plazo de un mes contador desde la publicación de las listas definitivas.
3. La Resolución del recurso de alzada agota la vía administrativa.
Trigésimo segundo Matriculación
1. Los aspirantes que hayan sido admitidos se tienen que matricular online o a través de la secretaría del centro en el periodo establecido en la Resolución anual de convocatoria.
2. Si un aspirante no formaliza la matrícula en el periodo establecido, pierde la plaza.
3. Cuando el centro tenga los datos de matriculación, los tiene que comunicar a la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores.
4. En caso de que haya vacantes, el centro tiene que abrir un nuevo plazo durante el mes de septiembre, de acuerdo con las fechas que figuran en el anexo 2 (ESDIB), 3 (ESADIB) y 4 (CSM IB).
Trigésimo tercero Asignación de vacantes
En caso de que queden plazas vacantes, el centro tiene que publicar la información correspondiente organizada por especialidades. Pueden optar a estas plazas las personas que hayan superado la prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores en otra comunidad autónoma de la misma especialidad. Para dirimir situaciones de empate, se tienen que ordenar todas las solicitudes de acuerdo con lo establecido en el punto trigésimo noveno de estas instrucciones.
Trigésimo cuarto Incompatibilidad de los profesores
Los profesores no pueden matricularse de ninguna enseñanza impartida al mismo centro en qué imparten docencia.
ANEXO 2 Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño para el curso 2025-2026
Está previsto que las pruebas de acceso para el curso 2025-2026 se hagan presencialmente en las instalaciones del centro, c/ del Instituto Balear, 5, 07012 Palma.
Estructura de la prueba específica
La prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño consta de dos ejercicios:
Primer ejercicio
Escrito y de carácter teórico. Tiene una duración máxima de dos horas. Consiste en el análisis y la crítica de un texto, de una imagen o de una serie de imágenes o materiales gráficos proporcionados por la Comisión Evaluadora y procedentes de los medios de comunicación y de información habituales que tienen relación con las diferentes manifestaciones del diseño.
En este ejercicio se valora:
- El grado de madurez en cuanto a la comprensión de conceptos.
- La utilización adecuada del lenguaje y la expresión escrita.
- La capacidad de análisis, síntesis y relación.
El ejercicio se califica con una valoración numérica de 0 a 10 puntos y supone un 40% de la nota global.
Segundo ejercicio
De carácter práctico, se tiene que basar en material propuesto por la Comisión Evaluadora en lo referente a realidades bidimensionales o tridimensionales, que tienen que servir de modelos.
El alumno puede elegir una de las tres propuestas siguientes:
Opción A:
Ejercicio de carácter descriptivo que consiste en la representación del modelo propuesto por la Comisión Evaluadora, con las técnicas propias del dibujo técnico. La duración máxima de este ejercicio es de tres horas.
En este ejercicio se valora:
- El uso del dibujo técnico como destreza y recurso para analizar, sintetizar y representar.
- El uso del dibujo técnico como instrumento para comunicar la información significativa que se quiere transmitir.
Opción B:
Ejercicio de carácter analítico y descriptivo que consiste en la representación del modelo propuesto por la Comisión Evaluadora, con las técnicas propias del dibujo artístico. La duración máxima de este ejercicio es de tres horas.
En este ejercicio se valora:
- El uso del dibujo artístico como destreza y recurso para analizar, sintetizar y representar.
- El uso del dibujo artístico como instrumento para comunicar la información significativa que se quiere transmitir.
Opción C:
Ejercicio de carácter creativo y comunicativo que consiste en el desarrollo de una propuesta de diseño a partir de una reinterpretación creativa del modelo propuesto por la Comisión Evaluadora. La duración máxima de este ejercicio es de tres horas.
En este ejercicio se valora:
- La calidad de la propuesta de reinterpretación del modelo en cuanto a singularidad y adecuación al enunciado del ejercicio.
- La adecuación y la corrección de la comunicación gráfica.
El ejercicio se califica con una valoración numérica de 0 a 10 puntos y supone un 60% de la nota global.
En cada convocatoria se tienen que fijar los medios técnicos y materiales para llevar a cabo los ejercicios.
Calificación final de la prueba específica de acceso
La calificación final de la prueba específica de acceso es la media ponderada de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. Al primero le corresponde un 40 % y al segundo, un 60 %. Esta calificación final se tiene que expresar en términos numéricos del 0 al 10 con dos decimales, que se tienen que redondear a la centésima más próxima o, en caso de equidistancia, a la superior. Para superar la prueba de acceso se exige una calificación final de 5 puntos o superior.
Calendario del proceso de admisión y matriculación en la Escuela Superior de Diseño de las Illes Balears (ESDIB) para curso 2025-2026
|
Convocatoria ordinaria |
|
|---|---|
|
JUNIO |
|
|
Del 2 al 13 |
Inscripción telemática para los aspirantes con requisitos académicos de titulación (prueba específica) y aspirantes con acceso directo (exenciones de la prueba específica) |
|
18 |
Lista provisional de los aspirantes admitidos a la prueba específica y con acceso directo a partir de las 15:00h |
|
19 y 20 |
Reclamaciones contra la lista provisional de los aspirantes admitidos a la prueba específica y con acceso directo |
|
23 |
Lista definitiva de los aspirantes admitidos a la prueba específica y con acceso directo |
|
Del 23 al 27 |
Matrícula telemática de los alumnos que tienen acceso directo |
|
27 |
Prueba específica a las 9.00 h (a las 8.45 se empezará a llamar a los aspirantes) |
|
JULIO |
|
|
2 |
Lista provisional de los resultados de la prueba específica a partir de las 14.00 h |
|
3 y 4 |
Reclamaciones contra los resultados de la prueba específica |
|
7 |
El tribunal resolverá las reclamaciones presentadas Lista definitiva de los resultados de la prueba específica Lista provisional de adjudicación de plazas |
|
8 y 9 |
Alegaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
10 |
Resolución de las alegaciones |
|
11 |
Lista definitiva de adjudicación de plazas |
|
A partir del 14 |
Solicitud de los certificados de superación de la prueba por los aspirantes que no se matriculen al ESDIB |
|
Del 14 al 31 |
Matrícula telemática |
|
Convocatoria extraordinaria |
|
|---|---|
|
SEPTIEMBRE |
|
|
Del 1 al 5 |
Inscripción online para los aspirantes con requisitos académicos de titulación (prueba específica) y aspirantes con acceso directo (exenciones de la prueba específica) |
|
8 |
Publicación de la lista provisional de los aspirantes admitidos a la prueba específica para los aspirantes con requisitos académicos y acceso directo |
|
9 y 10 |
Reclamaciones contra la lista provisional de aspirantes admitidos a la prueba específica para los aspirantes con requisitos académicos |
|
11 |
Publicación de la lista definitiva de los aspirantes admitidos a la prueba específica para los aspirantes con requisitos académicos |
|
Del 10 al 17 |
Matrícula online de los alumnos que tienen acceso directo |
|
12 |
Prueba específica a las 9.00h (a las 8.45 se empezará a llamar a los aspirantes) |
|
16 |
Lista provisional de los resultados de la prueba específica a partir de las 14.00 h |
|
17 y 18 |
Reclamaciones contra los resultados de la prueba específica |
|
19 |
El tribunal resolverá las reclamaciones presentadas Lista definitiva de los resultados de la prueba específica Lista provisional de adjudicación de plazas |
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22 y 23 |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
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A partir del 22 |
Solicitud de los certificados de superación de la prueba por los aspirantes que no se matriculen al ESDIB |
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24 |
Resolución de las reclamaciones Lista definitiva de adjudicación de plazas |
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25 y 26 |
Matrícula telemática |
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26 |
Inicio del curso |
ANEXO 3 Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático para el curso 2025-2026
Las pruebas de acceso para curso 2025-2026 serán de carácter presencial y se llevarán a cabo en las instalaciones del centro, c/ del Morer n.º 6, 07001, Palma.
Estructura de la prueba específica
La prueba específica tiene carácter transversal y está destinada a valorar las aptitudes y las capacidades potenciales de los aspirantes para cursar estudios superiores de arte dramático en la especialidad de interpretación.
La prueba específica consistirá en la realización de un recorrido teórico-práctico por las áreas de interpretación, teoría, movimiento, voz y música. Los aspirantes tendrán que conocer los textos* propuestos y haber memorizado las escenas indicadas que se irán trabajando a lo largo de las jornadas a partir de ejercicios prácticos que incidirán en la dicción, la proyección de la voz, el trabajo corporal y de movimiento, así como en la comprensión de textos teóricos para desembocar en el trabajo interpretativo.
El último día se llevará a cabo una presentación de la escena trabajada. Las prácticas podrán ser individuales o grupales y en su total tendrán una duración de cuatro días en horario por la mañana. En la última sesión tendrá lugar una breve entrevista personal con los miembros de la Comisión Evaluadora.
Requisitos para la prueba específica
- El primer día de las pruebas los aspirantes tendrán que llegar 30 minutos antes para poder hacer las gestiones administrativas y organizativas.
- Llevar agua y ropa cómoda para poder hacer el trabajo físico.
- Haber leído previamente las obras* del repertorio clásico y contemporáneo que se habrán determinado con antelación.
- Haber memorizado los diálogos de las escenas* indicadas.
* Estos textos se publicarán durante el periodo de inscripción en el tablón de anuncios y en la página web de la ESADIB (http://www.esadib.com).
La comisión técnica valorará los siguientes aspectos, según el área de conocimiento:
a) Área de interpretación:
- Capacidad de observación, de estructuración de trabajo y de análisis.
- Aptitudes para reconocer y poner en práctica las técnicas propias de la interpretación.
- Capacidad de aprendizaje progresivo, en el sentido de reaccionar, de entender y de integrar indicaciones y estímulos.
- Comprensión de las situaciones dramáticas y creatividad.
b) Área de teoría:
- Capacidad de comprensión de textos, ya sean dramáticos o ensayísticos.
- Madurez en cuanto a la comprensión de conceptos y habilidad para relacionar y sintetizar ideas.
- Uso del lenguaje oral y escrito a nivel formal y académico.
- Nociones y contextualización de los distintos géneros teatrales (tragedia, comedia, texto puesto-dramático...) con relación al contexto histórico, social y cultural del texto dramático.
c) Área de movimiento:
- Capacidad para visualizar su estructura corporal y ser consciente de su movimiento.
- Condición física, coordinación y ritmo.
- Predisposición, apertura, creatividad e intención en la hora de incorporar indicaciones de movimiento y propuestas de acciones físicas.
- Intuición corporal, presencia escénica y diversidad de calidad en el movimiento.
- Capacidad de reacción a estímulos externos.
d) Área de voz y música:
- Habilidad de expresarse oralmente y de proyectar la voz.
- Capacidad para incorporar indicaciones de técnica vocal, relacionadas con la relajación, la postura y el uso correcto de la respiración, la mecánica articulatoria y la producción del sonido.
- Capacidad para integrar correcciones fonéticas y de dicción.
Calificación final de la prueba específica de acceso
Los ejercicios de las diferentes áreas de conocimiento se tienen que calificar entre 0 y 10 puntos, con dos decimales. Para superarlos, se tiene que obtener una puntuación igual a 5 puntos o superior. En el supuesto de que se superen todos los ejercicios, la calificación final de la prueba de acceso resulta de la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todos los ejercicios. Esta nota final será expresada en términos numéricos del 0 al 10 con dos decimales, que se tienen que redondear a la centésima más próxima o, en caso de equidistancia, a la superior.
Calendario de acceso y del proceso de admisión y matrícula en la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB) para lo curso 2025-2026
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Convocatoria ordinaria |
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|---|---|
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MAYO |
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Del 16 de mayo al 19 de junio |
Inscripción telemática al proceso de admisión a la prueba específica de acceso |
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JUNIO |
|
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20 |
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
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23 y 24 |
Reclamaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
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25 |
Publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
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JULIO |
|
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Del 30 de junio al 3 de julio |
Prueba específica |
|
4 |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
7 y 8 |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
9 |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
10 |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y no aptas y publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
11 |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
14 |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
|
A partir del 14 |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
|
Del 21 al 23 |
Formalización de la matrícula de primer curso por alumnos que han superado la prueba, por vía telemática |
|
24 |
Publicación de las plazas vacantes y contacto con la secretaría del centro por alumnado que ha superado las pruebas en otros centros |
|
25 |
Formalización de la matrícula vía telemática de las plazas vacantes restantes por alumnado que ha superado las pruebas en otros centros |
|
Convocatoria extraordinaria de septiembre |
|
|---|---|
|
JULIO |
|
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Del 1 al 25 |
Inscripción al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
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28 |
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
|
29 y 30 |
Reclamaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
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31 |
Publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
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SEPTIEMBRE |
|
|
Del 2 al 5 |
Prueba específica |
|
8 |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
9 |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
10 |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
11 |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y no aptas y publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
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12 |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
1 |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
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A partir del 15 |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
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16 y 17 |
Formalización de la matrícula de primero curso vía telemática |
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18 |
Publicación de las plazas vacantes y contacto con la secretaría del centro por alumnado que ha superado las pruebas en otros centros |
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19 |
Formalización de la matrícula vía telemática de las plazas vacantes de primer curso por alumnado que ha superado las pruebas en otros centros |
ANEXO 4 Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de música para el curso 2025-2026
Está previsto que las pruebas de acceso para elcurso 2025-2026 se hagan de manera presencial y telemática. El aspirante escogerá la modalidad en el momento de hacer la inscripción. Las pruebas de carácter presencial se llevarán a cabo en las instalaciones del centro, c/ de Alfonso el Magnánimo, 64, Norte, 07004 Palma.
La prueba específica consta de dos partes para todas las especialidades, exceptuando la especialidad de composición, que tiene una parte única. La parte A cuenta un 33,3% de la nota y, la parte B, un 66,7%.
Para la modalidad presencial, en la página web del centro se publicará la fecha para realizar la prueba en el conservatorio. Los aspirantes tendrán que entregar una copia en pdf de las partituras que se interpretarán a la dirección electrónica secretari@conservatorisuperior.com. La fecha límite para enviar el correo es el 13 de junio a las 14.00 horas.
La modalidad telemática podrá ser por videoconferencia o bien enviando una grabación, dependiendo de la parte de la prueba. En el caso de la videoconferencia los aspirantes podrán entregar los ejercicios en cualquier momento siempre que avise al profesor responsable a través del botón «levantar la mano». El profesor comprobará que se haya hecho la entrega correctamente y podrá dar permiso para salir de la habitación (en el caso de haber un descanso entre ejercicios) o desconectar definitivamente de la videoconferencia (después de acabar todos los ejercicios). Cabe recordar que, sin previa autorización, no se podrá abandonar la sala o desconectar de la conferencia, puesto que supondría la descalificación en el proceso de selección.
En el caso de aquellas partes en las que la opción telemática requiera la entrega de una grabación, se tendrá que subir a Youtube, obligatoriamente en modo oculto, y se tendrán que enviar los enlaces y adjuntar una copia en pdf de las partituras que se interpretarán a la dirección electrónica secretari@conservatorisuperior.com. La fecha límite para enviar el correo es el 13 de junio a las 14.00 horas. La copia en pdf puede ser solo de la parte que el aspirante interpreta.
En ninguna de las modalidades se admitirán entregas posteriores a la hora límite.
La estructura y el contenido de la prueba de cada especialidad son los siguientes:
1. Interpretación clásica
Parte A: cuerda, viento, piano, guitarra, saxófono, voz y percusión
Esta parte es exclusivamente telemática y consta de dos ejercicios.
a) Ejercicio de análisis (50%) consistente en responder un cuestionario referente a una partitura facilitada por el Conservatorio en el momento de la prueba. Las preguntas pueden ser de índole formal, temática y harmonicotonal. La partitura puede ser instrumental, vocal o vocal e instrumental (hasta un máximo de cuatro instrumentos o partes vocales). No se facilita la audición de la partitura. La recomendación de tiempo es de 90 minutos y 10 minutos para subir el ejercicio.
Descanso de 5 minutos.
b) Ejercicio de armonía (50%) consistente en cifrar armónica y funcionalmente y en realizar para coro mixto a cuatro voces un bajo dado. La realización tiene que ser escolástica, tiene que estar articulada rítmicamente con valores no más breves que la negra y se tienen que utilizar, como mínimo, acordes tríadas y de séptima de dominante en estado fundamental e invertidos, así como algún acorde de dominante secundaria. En el caso de utilizar alguna nota extraña en los acordes, tiene que figurar en el cifrado de realización armónica. El bajo ha de tener una extensión comprendida entre ocho y doce compases. La recomendación de tiempo es de 90 minutos y 10 minutos para subir el ejercicio.
Parte B: itinerarios de cuerda, viento, piano, guitarra y saxófono
Esta parte puede ser presencial o telemática.
Presencial:
Interpretación de un programa de libre elección compuesto por un mínimo de tres obras de diferentes estilos. Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- Al menos una obra se tiene que interpretar de memoria.
- La duración mínima del programa tiene que ser de 15 minutos.
- En caso de necesitar el acompañamiento de un pianista, éste será a cuenta del aspirante.
- El tribunal puede escuchar el programa entero o de manera parcial, si lo considera oportuno.
Telemática (enviando grabación):
Interpretación de un programa de libre elección compuesto por un mínimo de tres obras de diferentes estilos. Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- Al menos una obra se tiene que interpretar de memoria.
- La grabación tiene que ser ininterrumpida, incluso entre obra y obra, y sin editar, con una duración mínima de 15 minutos.
- El aspirante tiene que empezar presentándose e introduciendo las obras que a continuación interpretará.
- Las obras que originalmente tienen una parte de acompañamiento se tienen que interpretar, o bien con un repertorista al piano, o bien con un acompañamiento previamente grabado.
- La grabación tiene que permitir visualizar al aspirante a medio cuerpo o a cuerpo entero y permanecer visible durante la interpretación de las obras.
Parte B: itinerario de voz
Esta parte puede ser presencial o telemática.
Presencial:
Interpretación de un programa de libre elección compuesto por un mínimo de cuatro canciones de diferentes estilos e idiomas, una aria de ópera o zarzuela y una aria de oratorio. Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- Se tiene que interpretar de memoria todo el programa, menos la aria de oratorio.
- La duración mínima del programa tiene que ser de 15 minutos.
- En caso de necesitar el acompañamiento de un pianista, éste será a cuenta del aspirante.
- El tribunal puede escuchar el programa entero o de manera parcial, si lo considera oportuno.
Telemática (enviando grabación):
Interpretación de un programa de libre elección con un mínimo de cuatro canciones de diferentes estilos e idiomas, una aria de ópera o zarzuela y una aria de oratorio. Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- Se tiene que interpretar de memoria todo el programa, menos la aria de oratorio.
- La grabación tiene que ser ininterrumpida, incluso entre obra y obra, y sin editar, con una duración mínima de 15 minutos.
- El aspirante debe empezar la grabación presentándose e introduciendo las obras que a continuación interpretará.
- Las obras que originalmente tienen una parte de acompañamiento se tienen que interpretar, o bien con un repertorista al piano, o bien con un acompañamiento previamente grabado.
- La grabación tiene que permitir visualizar al aspirante a medio cuerpo o a cuerpo entero y permanecer visible durante la interpretación de las obras.
Parte B: itinerario de percusión
Esta parte puede ser presencial o telemática. En el apartado de “pruebas de acceso” de la página web del conservatorio superior se puede encontrar un repertorio orientativo de percusión.
Presencial:
Interpretación de un programa de libre elección compuesto por un mínimo de cuatro obras, una de las cuales tiene que ser para marimba a cuatro baquetas, otra para caja sinfónica, otra para tambores y otra para multipercusión (opcional, se puede interpretar una obra para vibráfono). Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- Al menos, una de las obras, se tiene que interpretar de memoria.
- La duración mínima del programa tiene que ser de 15 minutos.
- En caso de necesitar el acompañamiento de un pianista, éste será a cuenta del aspirante.
Telemática (por grabación):
Interpretación de un programa de libre elección compuesto por un mínimo de cuatro obras, una de las cuales tiene que ser para marimba a cuatro baquetas, otra por caja sinfónica, y otra o bien para multipercusión, o bien para tambores o bien para vibráfono. Se deben tener los aspectos siguientes:
- Al menos, una de las obras, se tiene que interpretar de memoria.
- La duración mínima del programa tiene que ser de 15 minutos.
- Se puede grabar cada obra en un archivo diferente no editable.
- El candidato tiene que empezar presentándose e introducir, en cada uno de los archivos, las obras que interpretará.
- La interpretación tiene que permitir visualizar al aspirante a medio cuerpo o a cuerpo entero, y permanecer visible durante la interpretación de las obras.
2. Interpretación jazz y música moderna
Parte A
Esta parte es exclusivamente telemática (por videoconferencia) y consta de 3 ejercicios. Cada ejercicio tendrá una tarea asignada que irá apareciendo en el canal general del equipo «pruebas acceso jazz» el día del examen. La duración total del examen será de máximo tres horas y media. Hay que recordar que el aspirante tendrá que estar presente y visible desde el inicio hasta el momento de finalizar el examen.
a) Dictado rítmico-melódico (25%): dictado de ocho compases de duración que tiene como objetivo comprobar el dominio auditivo y de transcripción escrita y en el cual se valora el reconocimiento de las notas, así como del ritmo. La evaluación se hace atendiendo el grado de precisión en la transcripción. Para hacer este dictado se dispone de 45 minutos y 10 minutos para subir el ejercicio.
Descanso de 5 minutos
b) Dictado polifónico (25%). Dictado de ocho compases de duración que tiene como objetivo comprobar el dominio auditivo y de transcripción escrita y en el cual se valora el reconocimiento del tipo de acorde y de la función que tiene. Para hacer este dictado se dispone de 45 minutos y 10 minutos para subir el ejercicio.
Descanso de 5 minutos
c) Análisis auditivo y reconocimiento de aspectos técnicos y teóricos (50%): análisis auditivo y reconocimiento de aspectos técnicos y teóricos de un fragmento o de una obra musical que tiene como objetivo demostrar el reconocimiento auditivo de varios aspectos y elementos musicales (instrumentos ─orden de solos, número de compases de los solos─, forma, armonía, ritmo, lenguaje, estilo, etc.). Se valora la capacidad de identificar diferentes elementos musicales, conectarlos y situarlos en un contexto histórico, además de la expresión y la comunicación. Para hacer esta prueba se dispone de 60 minutos y 10 minutos para subir el ejercicio.
Parte B
Esta parte puede ser presencial o telemática.
Presencial:
Interpretación de un programa de libre elección compuesto por un mínimo de cuatro obras correspondientes a estilos y periodos diferentes, con el objetivo de comprobar el dominio técnico del instrumento, el planteamiento estilístico y la complicidad entre los músicos. Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- El día de la prueba, al empezar esta parte, el aspirante tiene que presentar al tribunal una copia de las partituras de las obras que interpretará, correspondientes a estilos y periodos diferentes.
- La duración mínima de este repertorio tiene que ser de 15 minutos.
- Una de las obras de esta parte tiene que ser en solo o con acompañamiento de un instrumento polifónico. Las otras pueden ser en solo, con acompañamiento de un instrumento polifónico o en pequeño grupo.
- Al menos una de estas obras se tiene que interpretar de memoria.
- Si son necesarios otros intérpretes para estas obras, éstos irán a cuenta del aspirante.
- El tribunal evaluador puede reducir el número de obras que se tienen que interpretar o pedir que se hagan interpretaciones fragmentarias.
Telemática (enviando grabación):
Interpretación de un programa de libre elección compuesto por un mínimo de cuatro obras correspondientes a estilos y periodos diferentes, con el objetivo de comprobar el dominio técnico del instrumento, el planteamiento estilístico y la complicidad entre los músicos. Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- Una de las obras de esta parte tiene que ser en solo o con acompañamiento de un instrumento polifónico. Las otras pueden ser en solo, con acompañamiento de un instrumento polifónico o en pequeño grupo.
- Al menos una de estas obras se tiene que interpretar de memoria.
- La grabación tiene que ser ininterrumpida, incluso entre obra y obra, y sin editar, con una duración mínima de 15 minutos.
- El aspirante tiene que empezar la grabación presentándose e introduciendo las obras que a continuación interpretará.
- Si son necesarios otros intérpretes para estas obras, éstos irán a cuenta del aspirante.
- La grabación tiene que permitir visualizar el aspirante a medio cuerpo o a cuerpo entero durante toda la interpretación de las obras.
3. Pedagogía
Parte A
Esta parte es común a la Parte A de Interpretación Clásica (ver apartado 1).
Parte B
Esta parte es exclusivamente presencial y está dividida en tres bloques: interpretación vocal, interpretación con instrumento y desarrollo de un tema de aprendizaje.
Los ejercicios de esta prueba se llevarán a cabo entre los días 16 y 20 de junio de 2025. La fecha exacta, así como el material del cual tiene que disponer el aspirante para hacer la prueba se publicará y se comunicará con suficiente antelación, tanto en la página web como en los correos corporativos creados para todos los aspirantes a las pruebas de acceso.
a) Interpretación vocal (50%): consta de 4 ejercicios y se evaluará la aptitud vocal, la afinación, el sentido rítmico, la expresividad y la creatividad.
- Ejercicio 1: cantar una canción escogida libremente por el aspirante, sin acompañamiento (15%).
- Ejercicio 2: cantar a primera vista un fragmento vocal, con texto, propuesto por el tribunal en el momento de la prueba (15%).
A los ejercicios 1 y 2 se valorarán el ritmo, la exactitud interválica, la emisión saludable, la expresividad y la afinación.
- Ejercicio 3: realizar alguna intervención creativa, improvisada sobre este fragmento (10%). Se valorará la capacidad de crear, improvisar y la corrección en su ejecución.
- Ejercicio 4: reproducir una pauta rítmica dada y hacer variaciones sobre la propuesta (10%). Se valorará la capacidad de retención de la pauta, la creatividad y la originalidad de las variaciones.
b) Interpretación con instrumento (30%): consta de un único ejercicio, donde se evaluará el dominio técnico e interpretativo con el propio instrumento.
- Ejercicio: interpretar un programa de 15 minutos de libre elección. Hay que llevar una copia de la partitura para el tribunal evaluador. Una de las obras se interpretará de memoria. El aspirante se tendrá que procurar el pianista acompañando en caso de ser necesario.
c) Desarrollo de un tema de aprendizaje (20%): se evaluará la reflexión, la fundamentación, el análisis y la autoevaluación.
- Ejercicio: se pedirá al aspirante que desarrolle por escrito y de manera reflexiva algún tema relativo a su propio proceso de aprendizaje, su trayectoria o la motivación para estudiar pedagogía.
4. Musicología
Parte A
Esta parte es común a la Parte A de Interpretación Clásica (ver apartado 1).
Parte B
Esta parte puede ser presencial o telemática.
Presencial:
Esta parte consta de dos ejercicios: un comentario de texto y un comentario de tres audiciones.
a) Comentario de texto (50%): el aspirante tendrá disponibles dos textos y un ejercicio histórico-filosófico con preguntas sobre cada uno de ellos: tendrá que elegir uno y responder las preguntas correspondientes.
Descanso de 5 minutos
b) Comentario de tres audiciones (50%): consiste en elegir tres fragmentos musicales de entre cinco de disponibles y comentarlos. En este comentario se tendrá que indicar qué audios se han elegido y hacer referencia al estilo de la pieza, el género, el periodo o contexto, las partes, la finalidad o función de la música, entre otros aspectos relacionados.
Telemática (por videoconferencia):
Esta parte consta de dos ejercicios. Cada ejercicio tendrá una tarea asignada que irá apareciendo en el canal general del equipo “pruebas acceso musicología” el día del examen. La duración total del examen será de tres horas y media. Hay que recordar que el aspirante tendrá que estar presente desde el momento de iniciarse la videoconferencia hasta finalizar el examen.
a) Comentario de texto (50%): el aspirante tendrá disponibles dos textos y un ejercicio histórico-filosófico con preguntas sobre cada uno de ellos: tendrá que elegir uno y contestar las preguntas correspondientes. El aspirante tendrá que descargar el papel en blanco reglamentario para responder las preguntas y colgarlo posteriormente a la plataforma o bien escaneado o adjuntándolo directamente en un documento en formato Word compatible, con las respuestas. Recomendación de tiempo: 90 minutos y 10 minutos para colgarlo a la plataforma.
Descanso de 5 minutos
b) Comentario de tres audiciones (50%): consiste en elegir tres fragmentos musicales de entre cinco de disponibles y comentarlos. En este comentario se tendrá que indicar qué audios se han elegido y hacer referencia al estilo de la pieza, el género, el periodo o contexto, las partes, la finalidad o función de la música, entre otros aspectos relacionados. El aspirante tendrá que escuchar los audios en streaming o descargarlos directamente de la actividad además de descargar el papel en blanco reglamentario para desarrollar el comentario y, posteriormente, colgarlo a la plataforma, escaneado o adjuntándolo directamente en un documento en formato Word compatible. Recomendación de tiempo: 90 minutos y 10 minutos para colgarlo a la plataforma.
5. Composición
Esta parte única puede ser presencial o telemática, y consta de cuatro ejercicios.
Presencial:
a) Ejercicio de interpretación consistente en interpretar un programa de libre elección con un mínimo de tres obras correspondientes a estilos y periodos diferentes (10%). Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- El aspirante tiene que llevar las partituras de las obras que interpretará.
- En caso de necesitar el acompañamiento de un pianista, éste será a cuenta del aspirante
b) Presentación de los últimos trabajos de armonía tradicional y contrapunto, así como de alguna obra de composición libre, y defensa oral de estas obras (20%).
c) Realización de un trabajo armónico-contrapuntístico con el análisis funcional y estructural correspondiente (bajo cifrado y sin cifrar) (50%).
d) Ejercicio auditivo: intervalos, acordes, cadencias y progresiones (20%). La prueba auditiva consta de:
- 5 intervalos melódicos y 5 armónicos
- 5 acordes tríadas y de séptima a distinguir
- 5 acordes de los cuales se tiene que distinguir el estado en que se encuentran
- 5 escalas
- 2 progresiones armónicas
Telemática (enviando grabación):
a) Ejercicio de interpretación consistente en interpretar un programa de libre elección con un mínimo de tres obras correspondientes a estilos y periodos diferentes (10%). Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
- Sin que sea obligatorio, se valorará positivamente que, al menos una obra, se interprete de memoria.
- La duración aproximada de la grabación tiene que ser de 15 minutos.
- Todas las obras se pueden presentar sin acompañamiento, aunque originalmente no lo sean. Los candidatos que lo deseen pueden presentar las obras que quieran con un acompañamiento previamente grabado. Esta opción no influirá en la calificación.
- La grabación tiene que ser ininterrumpida, incluso entre obra y obra, y sin editar.
- El aspirante tiene que empezar la grabación presentándose e introduciendo las obras que se interpretarán.
- La grabación tiene que permitir visualizar el aspirante a medio cuerpo o a cuerpo entero y permanecer visible durante la interpretación de las obras.
b) Presentación de los últimos trabajos de armonía tradicional y contrapunto, así como de alguna obra de composición libre, y defensa oral de estas obras (20%).
c) Realización de un trabajo armónico-contrapuntístico con el análisis funcional y estructural correspondiente (bajo cifrado y sin cifrar) (50%). La recomendación de tiempo es de 90 minutos y 10 minutos para subir el ejercicio.
d) Ejercicio auditivo: intervalos, acordes, cadencias y progresiones (20%). La prueba auditiva consta de:
- 5 intervalos melódicos y 5 armónicos
- 5 acordes tríadas y de séptima a distinguir
- 5 acordes de los cuales se tiene que distinguir el estado en que se encuentran
- 5 escalas
- 2 progresiones armónicas
La recomendación de tiempo para subir el ejercicio es de 10 minutos.
En el documento “parte auditiva oficial” se puede escribir el intervalo melódico y armónico y señalar el tipo de acorde (triada o de séptima) marcando la casilla adecuada. Se tiene que escribir el nombre de las escalas y poner los grados tonales de las progresiones en las casillas. Cada progresión tiene 6 acordes. Cada ejemplo sonoro se repetirá tres veces.
Calificación final de la prueba específica de acceso
Todos los ejercicios de cualquier especialidad se valoran juntamente con una nota de entre 0 y 10 puntos.
La nota media del expediente del grado profesional constituye el 50% de la nota final de la prueba de acceso, siempre que ésta haya sido superada y en el supuesto que la nota media del grado profesional sea igual o superior a la nota de la prueba de acceso. En caso contrario, no se tendrá en cuenta la nota media del grado profesional.
La calificación final se tiene que expresar en términos numéricos del 0 al 10 con dos decimales, que se tienen que redondear a la centésima más próxima o, en caso de equidistancia, a la superior.
Calendario del proceso de admisión y matriculación a las enseñanzas superiores de música al Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears (CSMIB) para lo curso 2025-2026
|
Convocatoria ordinaria |
|
|---|---|
|
MAYO-JUNIO |
|
|
Del 9 de mayo al 9 de junio |
Inscripción telemática al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
|
JUNIO |
|
|
10 |
Publicación de la lista provisional de admitidos, excluidos y en lista de espera para hacer la prueba de acceso |
|
11 y 12 |
Reclamaciones contra la lista provisional de admitidos, excluidos y en lista de espera para hacer la prueba de acceso |
|
13 |
Publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
|
Del 16 al 20 |
Pruebas de acceso |
|
23 |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
Del 24 al 26 |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
27 |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
27 |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y no aptas |
|
A partir del 30 |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
|
JULIO |
|
|
1 |
Publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
Del 2 al 4 |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
7 |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
|
Del 15 al 18 |
Formalización de la matrícula a través de la página web del Conservatorio |
|
Convocatoria extraordinaria septiembre (si procede) |
|
|---|---|
|
SEPTIEMBRE |
|
|
Del 1 al 3 de septiembre |
Inscripción telemática al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
|
4 |
Publicación de la lista provisional de admitidos, excluidos y en lista de espera para hacer la prueba de acceso |
|
5 y 8 |
Reclamaciones contra la lista provisional de admitidos, excluidos y en lista de espera para hacer la prueba de acceso |
|
9 |
Publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
|
10 |
Pruebas de acceso |
|
11 |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
12, 15 y 16 |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas |
|
17 |
Resolución de las reclamaciones presentadas por parte de la Comisión Evaluadora |
|
17 |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y no aptas |
|
18 |
Publicación provisional de adjudicación de plazas |
|
19, 22 y 23 |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
24 |
Revisión de las reclamaciones |
|
24 |
Publicación definitiva de adjudicación de plazas |
|
25 |
Formalización de la matrícula a través de la página web del Conservatorio |