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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 234831
Departamento de Selección y Provisión de Recursos Humanos. Servicio de Selección. Convocatoria y bases específicas del procedimiento selectivo mediante el sistema de concurso oposición por el turno libre para cubrir 3 plazas de Oficial de Bomberos (tasa específica OPE 2025)

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Texto

La Regidora de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior, p.d. Decreto de alcaldía núm. 6591, de 1 de abril de 2025, ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO.- Convocar pruebas selectivas por el sistema de concurso oposición turno libre, para la cobertura de TRES PLAZAS DE OFICIAL DE BOMBEROS, vacantes a la plantilla de funcionarios/arias de este Ayuntamiento pertenecientes a la Escala la Administración Especial, subescala servicios especiales, del servicio contra incendios y salvamento. grupo A, subgrupo A2, dotadas presupuestariamente y correspondientes a la tasa específica de la oferta de empleo público del año 2025, publicada en el BOIB núm. 33 de 15 de marzo de 2025.

SEGUNDO.- Aprobar las bases específicas que regirán esta convocatoria, que se adjuntan.

TERCERO.- El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

CUARTO.- Las solicitudes para participar en el proceso selectivo deben tramitarse obligatoriamente mediante el Portal del opositor (https://oposicions.palma.cat), sin perjuicio del posterior registro electrónico.

(https://palma.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13810)

QUINTO.- Publicar la presente convocatoria y bases específicas en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado.

BASES ESPECÍFICAS PARA CUBRIR 3 PLAZAS VACANTES DE OFICAL DE BOMBEROS. OPOSICIÓN POR EL TURNO LIBRE. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA TASA ESPECÍFICA DEL AÑO 2025.

El Ayuntamiento de Palma convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición turno libre, para la cobertura de TRES PLAZAS DE OFICIAL DE BOMBEROS, vacantes en la plantilla de funcionarios/arias de este Ayuntamiento pertenecientes a la Escala la Administración Especial, subescala servicios especiales, del servicio contra incendios y salvamento. grupo A, subgrupo A2 , dotadas presupuestariamente y correspondientes a la tasa específica de la oferta de empleo público del año 2025, publicada en el BOIB núm. 33 de 15 de marzo de 2025.

La presente convocatoria está, además, sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas .

Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, en cuanto al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Bác2 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares .

Todo esto pone de manifiesto el compromiso asumido por el Ayuntamiento de Palma en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como de prevención y actuación ante la violencia de género.

Este procedimiento selectivo se regirá por las prescripciones contenidas en esta convocatoria específica y las bases generales que rigen esta convocatoria se publicaron en el BOIB núm. 129, de 21 de septiembre de 2019, y en lo no previsto, se aplicará lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP) y en la Ley en adelante LFPIB).

SEGUNDA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.

Para tomar parte en las pruebas selectivas además de los que se prevén en las bases generales será necesario reunir las siguientes condiciones:

1.- Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso a la función pública para nacionales de otros estados.

En caso de que las personas participantes no tengan nacionalidad española tendrán que tener los conocimientos de lengua castellana correspondientes al diploma de español (C1) o superior.

2.- Tener 16 años cumplidos y no superar la edad para la jubilación forzosa.

3.- Estar en posesión de la titulación de Arquitecto técnico, Ingeniero técnico, alguno de los títulos de grado incluidos en la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura o titulaciones superiores dentro de la misma rama, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas.

4-. Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados establecido en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana-2 3) o por Certificado expedido por la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Juventud, que según el Decreto 6/2012, de 3 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, (BOIB número 19, de 07-02-2012), garantice los conocimientos de catalán exigidos.

5.- Estar en posesión del permiso de conducción de vehículos de la categoría B, en vigor, o permisos equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable.

6.- Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para desempeñar las funciones propias de las plazas convocadas.

7.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para desempeñar funciones similares a las que ejercían en el caso de in que ha ejercido en el caso de in. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos de acceso al empleo público.

8.- Antes de tomar posesión del puesto de trabajo, la persona interesada deberá hacer constar que no está sometida a ningún supuesto de incompatibilidad establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

9.- Abonar como derecho de examen 26,52 euros dentro del plazo de admisión de instancias, sin que puedan abonarse en ningún otro momento.

Los requisitos establecidos en los apartados anteriores tendrán que cumplirse el último día de plazo de presentación de instancias y los aspirantes tendrán que mantenerlos durante el período en que se desarrolle el procedimiento selectivo.

TERCERA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.

Las solicitudes para participar en la oposición, deben cumplimentarse mediante la aplicación del Portal del opositor ( https://oposicions.palma.cat ), siendo imprescindible la acreditación por alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la pasarela Cl@ve del Gobierno de España: DNIe /Certificado electrónico , Cl @ ve permanente .

Cumplimentada la solicitud en el portal del opositor, se generará un documento pdf que deberá registrarse, junto con el justificante de abono de la tasa, dentro del plazo de presentación de instancias, por registro electrónico del Ayuntamiento de Palma. Las personas con derecho a reducción o los no sujetos por ser personas con una discapacidad igual o superior al 33% tendrán que adjuntar justificante de su condición. ( https://palma.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13810 )

Dado que la hoja de inscripción obtenida en el portal del opositor del Ayuntamiento de Palma contiene una declaración responsable del aspirante de cumplimiento de todos los requisitos exigidos para acceder a la plaza de Oficial/a de bomberos, no se requiere en el momento de inscripción la documentación acreditativa, que será requerida a los aspirantes propuestos por el Tribunal antes de la toma de posesión.

En caso de que se haya presentado más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la solicitud con el último número de registro electrónico de entrada.

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en la página web del Ayuntamiento de Palma y, en su caso, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

La falsedad de los datos que se hagan constar en la solicitud o en la documentación aportada como requisitos para participar en la convocatoria, comportará la exclusión inmediata de la persona solicitante desde el momento en que se advierta, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan.

CUARTA.- PAGO DE LA TASA DE LOS DERECHOS DE EXAMEN.

La cuantía de la tasa del derecho de examen será de 26,52 euros de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa para optar a pruebas de selección de personal, que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento.

Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% no están sujetas a esta tasa y tendrán que adjuntar justificante de su discapacidad.

QUINTA.- ADMISIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.

Agotado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de un mes aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con expresión de la causa de exclusión, en su caso. La relación de las personas admitidas y excluidas se expondrá en la sede electrónica del Ayuntamiento de Palma y se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Se concederá un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOIB, a fin de que las personas interesadas presenten las alegaciones o enmiendas que consideren oportunas.

Transcurrido este plazo se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la página web www.palma.cat , en el apartado de oferta pública de trabajo, y en la relación de personas excluidas se hará constar las resoluciones de las reclamaciones presentadas.

En caso de no producirse reclamaciones en la lista provisional, se entenderá esta elevada a definitiva sin necesidad de nueva resolución, circunstancia que se hará pública mediante diligencia, en la web del Ayuntamiento.

SEXTA.-TRIBUNAL CALIFICADOR.

El tribunal calificador estará formado por un presidente o presidenta, designado por el órgano competente, y seis vocales, que serán designados por la Corporación por sorteo de entre personal funcionario en servicio activo, eligiendo un profesional de cada una de las categorías del cuerpo de bomberos de Palma, y el resto de entre personal de otros departamentos del Ayuntamiento de Palma, y que reúnan la normativa. El secretario/a será designado por votación de entre los vocales .

Podrán asistir, sin voz ni voto, las personas representantes de las organizaciones sindicales representativas, para realizar funciones de observar y vigilar el buen desarrollo del proceso selectivo.

En caso de resultar necesario el Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para que le asesore para todas o algunas de las pruebas, con voz y sin voto. La abstención y recusación de los miembros del tribunal se ajustará a lo previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus miembros, sean titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría. Siempre será necesaria la presencia del presidente y del secretario.

Los Tribunales tendrán que acordar los criterios de corrección de las pruebas selectivas en la sesión de constitución.

SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.

El procedimiento selectivo será por el sistema de concurso oposición por el turno libre.

OCTAVA.- DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO.

El procedimiento selectivo es el de concurso oposición y consta de las siguientes fases:

1. Fase de oposición.

2. Fase de concurso

3. Fase formativa

4. Fase práctica

La fecha, hora y lugar de las pruebas serán determinados por el Tribunal Calificador, con una antelación mínima de 15 días naturales.

El orden de actuación de los opositores será alfabético de su primer linaje empezando por la letra M de acuerdo con el sorteo efectuado por este Ayuntamiento en la Mesa General de negociación de día 25 de marzo de 2025.

Para cada una de las pruebas se realizará un único llamamiento; quien no comparezca a la llamada del Tribunal Calificador para el desarrollo de las pruebas en el lugar, fecha y hora señalados, salvo en los casos de fuerza mayor, apreciados por el Tribunal Calificador, será definitivamente excluido del proceso selectivo.

En el caso de alguno de los supuestos de fuerza mayor sufridos por parte de algún aspirante se seguirá el procedimiento previsto en las Bases generales que rigen esta convocatoria y se publicaron en el BOIB núm. 129, de 21 de septiembre de 2019.

Durante el proceso selectivo en el caso de realizar varias pruebas el mismo día, y para resolver posibles alegaciones, se permitirá la realización de todas ellas, aún no se haya superado alguna de las pruebas, de la misma forma si una prueba tiene varios ejercicios también se permitirá la realización de todos ellos.

FASE DE OPOSICIÓN (70 PUNTOS).

La puntuación máxima de la fase de oposición será de 70 puntos.

La fase de oposición está constituida por las siguientes pruebas:

• Primera prueba: prueba de conocimientos (30 puntos).

• Segunda prueba: prueba física (15 puntos). 

• Tercera prueba: evaluación de competencias profesionales (25 puntos).

• Cuarta prueba: prueba médica (apto/no apto).

1.- PRIMERA PRUEBA: prueba de conocimientos

De carácter obligatorio y eliminatorio. La puntuación de la prueba será de 0 a 30 puntos, la puntuación mínima para superarla será de 15 puntos. Pasarán a la siguiente prueba un máximo de 24 aspirantes de acuerdo con la puntuación total de la prueba.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de los resultados provisionales para formular las alegaciones que consideren oportunas.

La prueba de conocimientos, consisten en la realización de dos ejercicios:

• Ejercicio 1:Cuestionario

• Ejercicio 2:Teórico-práctico.

1.a) Ejercicio 1, Cuestionario.-

De carácter obligatorio y eliminatorio. El ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar este ejercicio.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas y sólo una será correcta, más 10 preguntas de reserva, que también es necesario contestar, en previsión de posibles anulaciones, sobre el contenido del temario enumerado en el anexo A (Temario general) y el anexo B (Temario específico). El tiempo máximo para desarrollar este ejercicio será de 110 minutos.

Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,150 puntos. Las preguntas no resueltas, tanto si figuran las cuatro opciones en blanco como figuran con más de una respuesta, no se valorarán. Las preguntas con respuesta errónea se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. Para efectuar la calificación del ejercicio se aplicará la siguiente fórmula:

           [A-(E/3)] x 15

Q = -----------------------

         P

Q: Resultado de la prueba A: Número de respuestas correctas E: Número de respuestas erróneas P: Número de preguntas del ejercicio

1.b) Ejercicio 2, teórico-práctico.-

De carácter obligatorio. El ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos.

Consiste en desarrollar 10 preguntas a desarrollar o resolver sobre las materias de la parte específica (Anexo B) del temario de las pruebas selectivas para el acceso a la categoría de oficial del (grupo A, subgrupo A2) del Servicio Contra Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Palma.

El tribunal calificador fijará el tiempo para realizar este ejercicio, que no podrá ser superior a 2 horas y 30 minutos.

Para su corrección se tendrán en cuenta los conocimientos acreditados y la capacidad y aptitudes para su aplicación a situaciones de la práctica laboral.

El tribunal calificador no tendrá que evaluar el segundo ejercicio de las personas participantes que no hayan superado el primer ejercicio cuestionario de la prueba.

2.- SEGUNDA PRUEBA : prueba física

De carácter obligatorio y eliminatorio. La puntuación de la prueba es de 0 a 15 puntos, para superarla es necesario ser apto en un mínimo de 4 de los 5 ejercicios y obtener una puntuación mínima de 6 puntos en el global de la prueba. Pasarán a la siguiente prueba un máximo de 15 aspirantes de acuerdo con la puntuación total de las pruebas realizadas hasta el momento.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de los resultados provisionales para formular las alegaciones que consideren oportunas.

2.a) Descripción de la prueba

La prueba física consisten en la realización de los siguientes ejercicios:

• Ejercicio 1:Ejercicio acuático. (3 puntos)

• Ejercicio 2:Presión sobre banco. (3 puntos)

• Ejercicio 3:Cursa lanzadera. (3 puntos)

• Ejercicio 4:Cursa de obstáculos. (3 puntos)

• Ejercicio 5: Flexión de tronco “sit and reach modificada". (3 puntos)

La descripción, normas y baremos de valoración de cada ejercicio se describen en el anexo C.

A efectos de aplicar los baremos por edad, se tendrá en cuenta la edad de la persona participante en el momento de realizar la prueba física.

El orden de realización de los distintos ejercicios de esta prueba vendrá determinado por la organización de las personas participantes en los grupos que determine el tribunal calificador.

Cuando se considere oportuno y de forma aleatoria, el tribunal calificador podrá realizar las pruebas de consumo de sustancias o de grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o de cualquier otro tipo de dopaje destinado a aumentar la capacidad física o modificar los resultados de la prueba según las normas del Consejo Superior de Deportes. El hecho de dar positivo en alguna de estas sustancias o de negarse a someterse a estas pruebas comporta la exclusión automática de la convocatoria.

2.b) Requisitos para la realización:

Será imprescindible entregar al Tribunal el mismo día de los ejercicios físicos un Certificado Médico Oficial expedido como máximo tres meses antes de la realización de los mismos, en el que se haga constar explícitamente que: “Se reúnen las condiciones físicas necesarias y suficientes para realizar los ejercicios que figuran en el anexo C, de las bases de la convocatoria de acceso a la categoría. La no presentación de dicho certificado o la incorrección del mismo comportará la exclusión automática de la prueba.

El certificado que deberá cumplimentarse será de la Organización Médica Colegial de España (OMC).

Por la realización de esta prueba es obligatorio llevar ropa y calzado deportivo, por el ejercicio acuático bañador y gorro de baño. No podrá probarse ningún elemento o material antes de la realización de los ejercicios de esta prueba.

Cualquier incumplimiento de las normas establecidas para cada ejercicio supondrá la consideración de nulo en el ejercicio correspondiente, donde nulo significará ser no apto y por tanto la no superación de la prueba.

2.c) Valoración:

Cada ejercicio se puntuará de 0 a 3 puntos, tiene unos baremos mínimos para superarlo y ciertas condiciones que pueden dar el ejercicio o intento de ejercicio como nulo. Tanto no llegar al baremo mínimo como obtener un nulo en el ejercicio significará declarar éste el ejercicio como no apto. Las puntuaciones y explicaciones de cada ejercicio son las establecidas en el anexo C.

La puntuación final de la prueba será el resultado de la suma de la puntuación de todos los ejercicios.

 2.d) Organización de la prueba

El orden de realización de los ejercicios lo determinará el Tribunal Calificador. Al finalizar cada uno de los ejercicios, el Tribunal pasará una hoja de firmas para hacer constar y validar el resultado obtenido.

Estos ejercicios podrán ser evaluados por personal externo, acreditado como tal por las Federaciones Deportivas pertinentes o por el Colegio Oficial de graduados en INEF o Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

3.- TERCERA PRUEBA : evaluación de competencias profesionales

De carácter obligatorio y eliminatorio. La puntuación de la prueba será de 0 a 25 puntos, la puntuación mínima para superarla será de 12,5 puntos.

Consiste en una prueba de evaluación situacional para evaluar y determinar el ajuste de las personas participantes a los requerimientos competenciales en relación al ejercicio de las funciones propias de la categoría.

3.a) Descripción de la prueba

La metodología de evaluación utilizada será la de centro de evaluación ( Assessment Center ) e incluirá la resolución competencial de una batería de ejercicios individuales y/o grupales relacionados con las competencias profesionales asociadas con el rol y con la tarea propia de oficial.

Las competencias profesionales susceptibles de evaluación, de acuerdo con la definición del anexo D, son las siguientes:

1. Motivación y comprensión de la organización.

2. Autogestión y desarrollo personal y profesional.

3. Trabajo en equipo.

4. Aceptación de normas y estructura jerárquica.

5. Autocontrol y tolerancia al estrés.

6. Capacidad analítica y toma de decisiones.

7. Visión estratégica.

8. Capacidad de comunicación.

9. Relación interpersonal y gestión de conflictos.

10. Liderazgo y capacidad de influencia.

11. Dirección y desarrollo de personas.

12. Orientación a los resultados.

13. Orientación a la calidad.

14. Planificación y organización.

15. Adaptabilidad y flexibilidad.

El tribunal calificador acordará las competencias que se valorarán, entre las descritas, y se harán públicas mediante la publicación correspondiente, con anterioridad a la realización de la prueba.

El orden de realización de los distintos ejercicios de esta prueba vendrá determinado por la organización de las personas participantes en los grupos que determine el tribunal calificador.

En la realización de la prueba estarán presentes al menos un miembro del tribunal calificador y el/los asesor/s psicólogo/s especialista/s en la materia con voz pero sin voto que el tribunal determine. El personal asesor hará la propuesta de valoración técnica con el visto bueno del miembro del tribunal calificador presente y ésta se trasladará al tribunal calificador para su validación y aprobación de resultados. A fin de determinar la calificación de la tercera prueba, sólo se tendrán en cuenta los resultados de las pruebas practicadas por las personas especialistas designadas por el tribunal calificador y obtenidos en el momento respectivamente indicado para la realización de las pruebas de competencias profesionales antes citadas. En consecuencia, no se tendrán en cuenta para la calificación de la tercera prueba los resultados de otras pruebas a las que las personas participantes hayan podido someterse a iniciativa propia y que aporten con carácter previo, simultáneo o posterior al momento de realización de las pruebas descritas en esta base.

4.- CUARTA PRUEBA: prueba médica

De carácter obligatorio y eliminatorio, esta prueba no tendrá calificación numérica y su resultado será apto o no apto.

Esta prueba consiste en 2 partes, que deberán superarse de forma separada para superarla:

• Primera parte de la prueba: reconocimiento médico general, obligatorio y eliminatorio, realizado por profesionales designados por el Tribunal Calificador, a fin de acreditar que no padecen ninguna enfermedad ni defecto físico, psíquico o sensorial que les impida ejercer normalmente las funciones de la plaza convocada, de acuerdo con las causas de exclusión médicas establecidas en el anexo E.

• Segunda parte de la prueba: Ejercicios de fobias, obligatorios y eliminatorios.

Las 2 partes se podrán realizar el mismo día o días distintos.

4.a)Reconocimiento médico general.

Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: medición del peso en relación con el índice de masa corporal, valoración del oído, la vista, el equilibrio, la coordinación muscular, el aparato cardiovascular, el aparato respiratorio y exploración médica general, a fin de valorar el funcionamiento, las posibles malformaciones y alteraciones en los diferentes aparatos que dificulten o remueven .

Se efectuarán, como mínimo, las siguientes exploraciones: análisis de orina, análisis de sangre, electrocardiograma, audiometría y, según los resultados de estas pruebas y de la revisión de los parámetros anteriores, se efectuarán las exploraciones complementarias específicas que sean necesarias para comprobar que la persona participante no está incluida en ninguna de las causas de exclusión media. Al inicio del reconocimiento las personas participantes tendrán que formalizar un cuestionario médico orientativo con la declaración jurada de enfermedades y de tratamientos médicos. El hecho de que una persona participante no formalice este cuestionario, así como la omisión intencionada o falsedad de los datos solicitados, comportará su exclusión automática del proceso selectivo.

4.b)Ejercicios de fobias.

Se efectuarán a las personas participantes unos ejercicios orientados a detectar el vértigo y la claustrofobia en unas instalaciones adecuadas al efecto. Las personas participantes tendrán que llevar calzado y ropa deportivos.

En esta parte, se realizarán diferentes ejercicios con el objeto de evaluar las posibles fobias/incompatibilidades que puedan presentar los aspirantes en relación a los entornos de trabajo exigibles a los/las oficiales.

Para obtener una calificación de apto en la prueba, se superará como apto cada uno de los siguientes ejercicios.

1.- Fobia a las alturas. Se desplegará totalmente una autoescalera, debiendo el aspirante subir hasta el extremo superior y bajar hasta el punto de inicio. Será considerado no apto si no completa el recorrido. En todo momento, el aspirante irá asegurado.

2.- Claustrofobia 1: El aspirante deberá entrar en una habitación por la parte derecha del portal, y sin perder esta referencia, deberá abandonarla por la parte izquierda. Se le pondrá una mascarilla que no le permitirá ver nada durante todo el recorrido. Se considerará no apto en caso de no completar el recorrido correctamente, perder la referencia, quitarse la máscara o desorientarse.

3.- Claustrofobia 2: El aspirante deberá cruzar un tubo a 4 grapas, con una máscara que le impedirá ningún tipo de visión, sin detenerse. Se considerará no apto en caso de no completar el recorrido correctamente, detenerse o quitarse la máscara.

4.- Control de equilibrio. El aspirante deberá cruzar caminando de pie una barra sueca de equilibrio (5m x 0,1m x 0,9m). Tendrá que subir a la barra desde el suelo, una vez sobre ella, tendrá que caminar de pie hasta el otro extremo, y allí dar la vuelta y volver de la misma manera hasta el comienzo. Se tendrán 2 intentos por conseguirlo. En caso de no superar el primero, tendrá un segundo intento. La prueba será declarada no apta si el aspirante no la realiza tal y como se describe anteriormente.

A fin de determinar la calificación de la prueba, sólo se tendrán en cuenta los resultados de las pruebas practicadas por los servicios médicos o personas especialistas designadas por el Tribunal Calificador y obtenidos en el momento respectivamente indicado para la realización de la prueba. En consecuencia, no se tendrán en cuenta para la calificación de la prueba los resultados de otras pruebas a las que las personas participantes hayan podido someterse a iniciativa propia y que aporten con carácter previo, simultáneo o posterior al momento de realización de las pruebas descritas en esta base.

La realización del reconocimiento médico general implica el consentimiento de las personas participantes para que los resultados se pongan a disposición del Tribunal Calificador a fin de que sirvan de fundamento para la evaluación de la prueba.

La calificación de esta prueba es de apto o no apto. Para superarla, es necesario obtener la calificación de apto en el reconocimiento médico general y apto en los ejercicios de fobias.

Una vez finalizadas todas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal Calificador procederá a la obtención de la calificación final de cada participante entre quienes hayan superado todas las pruebas.

La calificación final se obtendrá de la suma de la primera, segunda y tercera prueba, siguiendo la siguiente fórmula.

Puntos fase oposición=Puntos 1a Prueba+Puntos 2a Prueba+Puntos 3a Prueba

La puntuación de la fase de oposición será de como máximo 70 puntos .

FASE DE CONCURSO (30 PUNTOS).

La puntuación máxima de la fase de concurso será de 30 puntos. Las personas aspirantes deben cumplimentar en el momento de la solicitud, una hoja de autobaremación de méritos.

Los méritos que se valorarán en la fase de concurso vendrán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, no se tendrán que presentar hasta que finalice la fase de oposición y sea requerida por parte del órgano competente en el plazo de 10 días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aspirantes.

La acreditación de requisitos y méritos debe realizarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Palma, por Registro Electrónico General. Toda la documentación que se presente en lengua extranjera debe ir acompañada de la traducción jurada correspondiente

Únicamente se valorarán aquéllos que estén adecuadamente y claramente acreditados de acuerdo con los baremos de la fase de concurso.

En caso de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma, y que la documentación acreditativa de los requisitos y méritos conste en el expediente personal tendrán que hacer remisión a su expediente personal.

1.-EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 20 puntos):

Los servicios prestados se valorarán hasta un máximo de 20 puntos.

Por la valoración del mérito establecido en este apartado por los trabajadores del Ayuntamiento de Palma, se consultará de oficio la experiencia que conste en el expediente personal. El personal funcionario del Ayuntamiento de Palma que quiera comprobar los datos que figuran en su expediente puede solicitar un extracto para conocer los requisitos y los méritos que figuran en el mismo y, en su caso, incluir nueva documentación en su expediente personal mediante uno de los modelos de solicitud que se encuentra en el portal del personal y presentarlo acompañado de la documentación acreditativa de la formación a través de la misma. Es importante tener en cuenta este punto ya que la versión web no se puede comprobar la caducidad de titulaciones y certificados y puede que estén caducados y no ser válidos.

Por los trabajadores de fuera del Ayuntamiento de Palma, tendrán que acreditar mediante un certificado de servicios prestados del órgano competente en materia de personal, donde debe hacerse constar de manera clara y expresa el cargo del órgano que tiene la competencia para expedir el certificado, o el del órgano en el que delegue. Asimismo, debe constar el régimen jurídico, el vínculo, el cuerpo, la categoría, el período concreto de prestación de los servicios hasta la fecha de publicación de la convocatoria y las funciones concretas desarrolladas. La experiencia profesional contará a partir de su nombramiento como funcionario en prácticas.

1.a) Se valorarán los servicios prestados ejerciendo funciones en administraciones públicas, que puedan ser asimiladas totalmente a las categorías del cuerpo de Bomberos de Palma, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Bombero/a conductor/a del subgrupo de clasificación profesional C2: 0,06 puntos por mes trabajado.

b) Bombero/a conductor/a del subgrupo de clasificación profesional C1: 0,065 puntos por mes trabajado.

c) Cabo/a del subgrupo de clasificación profesional C1: 0,07 puntos por mes trabajado.

d) Sargento/a del subgrupo de clasificación profesional C1: 0,08 puntos por mes trabajado.

e) Suboficial/a del subgrupo de clasificación profesional C1: 0,09 puntos por mes trabajado.

f) Oficial/a del subgrupo de clasificación profesional A2: 0,40 puntos por mes completo trabajado.

1.b) Respecto a los puestos de trabajo de otras administraciones públicas, cuyas funciones puedan ser asimilables parcialmente a las funciones de cualquiera de las categorías del cuerpo de Bomberos de Palma descritas en los apartados anteriores, se otorgará la mitad de la puntuación correspondiente por mes completo de servicios prestados.

1.c) Servicios prestados como Técnico/a de gestión o técnico/a superior en las diferentes administraciones públicas :

a) El tiempo prestado en cuerpos, escalas o categorías de puestos de trabajo del grupo A (subgrupo A2 y subgrupo A1) se valora a razón de 0,08 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 5 puntos.

Los/las técnicos/as del Instituto Balear de la Naturaleza, los/las técnicos/as de bomberos/as de los diferentes cuerpos de bomberos de las Islas Baleares incluso los del propio cuerpo de bomberos de Palma estarán incluidos en este apartado y no en el 1a y 1b.

2.- TITULACIONES ACADÉMICAS (máximo 5 puntos):

Se valoran en este apartado las titulaciones académicas cuyo carácter oficial o equivalencia tenga reconocido y establecido el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, así como los títulos propios de grado establecidos por las Universidades españolas en la regulación de las enseñanzas propias , cuando estén directamente relacionadas con las funciones propias de la plaza convocada.

La valoración como mérito de un título implica que no se valora el de nivel inferior o el primer ciclo que sea imprescindible para obtenerlo, salvo en el supuesto del título de doctor o máster oficial en el que sí se puede valorar la licenciatura o equivalente.

Se valorarán las titulaciones de igual o superior nivel a las exigidas como requisitos, sin que en ningún caso se pueda valorar la acreditada como requisito. Sin embargo, se podrá valorar la titulación superior a la presentada como requisito

  • Título de estudios oficial de doctor, reconocido como nivel MECES 4: 1,5 puntos.

  • Título de estudios oficiales de grado más master o licenciatura, ingeniería o arquitectura reconocidos como nivel MECES 3: 2 puntos.

  • Título de estudios oficiales de diplomatura o grado, ingeniería técnica o arquitectura técnica reconocidos como nivel MECES 2: 1,5 puntos.

3.- CARNÉ DE CONDUCCIÓN (máximo 2 puntos):

Se valorarán hasta un máximo de 2 puntos los siguientes permisos de conducción o equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable. Los puntos valorados son acumulables.

  • Permiso de conducción de vehículos de la categoría C: 0,75 puntos.

  • Permiso de conducción de vehículos de la categoría C+E: 0,75 puntos.

  • Permiso de conducción de vehículos de la categoría D: 0,5 puntos.

4.- CONOCIMIENTOS DE LA LENGUA CATALANA (máximo 1,5 puntos)

Por lo que respecta a los conocimientos de lengua catalana, sólo se valorará el certificado de nivel más alto que se acredita. El certificado de lenguaje administrativo (LA) se puede acumular en el C1 o en el C2. Se valorarán los certificados expedidos u homologados por la EBAP o la Dirección General de Política Lingüística. La puntuación en cada caso será:

-  Nivel de dominio funcional efectivo (certificado C1): 0,5 puntos

  • Nivel de dominio (certificado C2): 1 puntos.
  • Conocimientos de lenguaje administrativo (certificado LA): 0,5 puntos.

5.- CONOCIMIENTOS DE IDIOMAS EXTRANJEROS (máximo 1,5 puntos)

Los puntos valorados en el conocimiento de idiomas extranjeros, son acumulables, en caso de que la persona participante disponga de más de un certificado del mismo idioma. E se valorarán los certificados del Marco Común Europeo y únicamente el nivel más alto alcanzado. La puntuación en cada caso será:

  • Nivel de dominio funcional efectivo (C1): 0,75 puntos cada uno.
  • Nivel de dominio (C2): 1,5 puntos.

Una vez que el Tribunal Calificador publique la valoración provisional de la fase de concurso, las personas participantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.

Una vez estimadas o desestimadas las alegaciones presentadas, el Tribunal Calificador hará pública la valoración definitiva de los méritos que hayan acreditado a las personas participantes en la fase de concurso. Junto se publicará la lista de personas participantes ordenadas de mayor a menor según la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso

FASE FORMATIVO Y FASE DE PRÁCTICAS

Durante la realización del curso selectivo y la fase de prácticas, las personas participantes tendrán la consideración de funcionario/a en prácticas en virtud de nombramiento específico, que producirá efectos hasta la publicación en el BOIB de la resolución de nombramiento como funcionario/a de carrera, funcionario interino o finalización de la fase formativa.

Accederán a la fase formativa un número de personas igual al de plazas convocadas en esta convocatoria.

Sin embargo, en caso de que existan plazas vacantes con posibilidades de ser ocupadas por personal interino, podrán pasar a esta fase un número de aspirante al igual que el número de plazas se encuentren con esta posibilidad. Una vez finalizada y superada esta fase, la persona aspirante quedará dentro de un bolsín, ordenado por orden de puntuación de la fase de oposición y la fase de concurso, a la espera de ser llamado.

 

1. FASE FORMATIVA ( Curso selectivo)

Una vez finalizada la fase de oposición y la fase de concurso, se publicará la siguiente información:

  • La lista de personas convocadas en la fase formativa, ordenada de mayor a menor puntuación según la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.
  • La lista de personas con exención total o parcial del curso selectivo de la fase formativa.

La fase formativa tiene carácter obligatoria y eliminatoria, y se valorará como apto o no apto, sin embargo el curso formativo, se puntuará de 0 a 10 puntos siendo necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos en el curso.

La fase formativa consiste en la realización de un curso de capacitación específica para la plaza convocada de una duración máxima de 700h lectivas, que realizará: el propio cuerpo de bomberos de Palma directamente oa través del EMF (Escuela Municipal de Formación) o el EBAP (Escuela Balear Administración Pública). El contenido del curso, de carácter obligatorio y eliminatorio, versará sobre las materias y competencias profesionales, personales y sociales relacionadas con las funciones propias de la categoría de oficial del Cuerpo de Bomberos de Palma.

Durante el curso puede haber la presencia de uno o más psicólogos que velarán por la consecución de las competencias establecidas en el anexo D, de la misma manera el Tribunal Calificador podrá designar uno o más responsables, que velarán por el correcto funcionamiento del curso, en ambos casos si se detecta alguna anomalía será elevada por el Tribunal Calificador que podrá declarar como no aunque vaya en contra de los principios marcado por la Corporación también podrá elevarlo al Tribunal Calificador, que a su vez deberá hacer una valoración y determinar la continuidad en el proceso. En caso de que un participante sea declarado no apto por uno de los motivos indicados, deberá motivarse de forma escrita por el Tribunal Calificador.

La evaluación del curso o del módulo/s de capacitación tiene por objetivo verificar la consecución de las competencias profesionales y las capacidades clave, personales y sociales necesarias para el ejercicio de las funciones de oficial.

Las actividades evaluadoras constatan que el alumnado tiene tanto los conocimientos como las habilidades y actitudes necesarias para desarrollarse en su contexto profesional con eficacia, calidad y de acuerdo con los principios institucionales.

Durante la fase formativa o una vez finalizada, las personas participantes pueden ser sometidas a todas las pruebas médicas que sean necesarias para comprobar su adecuación en el cuadro de exclusiones médicas del anexo E de la convocatoria. Si de las pruebas practicadas se deduce la existencia de alguna causa de exclusión, corresponderá al Tribunal Calificador proponer la exclusión del proceso selectivo de la persona participante en el órgano convocante.

1.a ) Exención del curso selectivo

El Tribunal Calificador, resolverá las exenciones totales o parciales de las personas participantes que hayan superado un curso o un/s módulo/s de características similares, para ello podrá consultar el EMF o el EBAP.

Los aspirantes que hayan realizado un curso de capacitación, en cualquier administración, similar al del acceso a cualquiera de las categorías profesionales del Cuerpo de Bomberos de Palma, podrán solicitar la exención total o parcial.

Alguno de los módulos del curso de capacitación por la plaza de oficial podrán coincidir en otros cursos de capacitación de las diferentes categorías del Cuerpo de Bomberos de Palma.

Con la publicación de la lista de aspirantes convocados en la fase formativa, se abrirá un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación acreditativa para solicitar la exención total o parcial del curso, junto con la solicitud se entregará la documentación acreditativa y el contenido del curso realizados.

En caso de que la exención no sea total, el Tribunal Calificador determinará de oficio el programa formativo adecuado a cada situación, a fin de que éste los convoque a su realización, al igual que el curso, la parte a realizar se valorará entre 0 y 10 puntos y será necesario obtener una puntuación igual o superior de 5 para superar la fase formativa.

El Tribunal Calificador publicará la relación de personas con exención total o parcial del curso selectivo. Las personas participantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde la publicación provisional mencionada, para presentar las alegaciones que crean pertinentes.

Las personas aspirantes que estén exentas totalmente de realizar la fase formativa serán nombrados funcionarios en prácticas sólo en la fase práctica.

Las personas aspirantes que estén exentas parcialmente de realizar la fase formativa podrán ser nombrados funcionarios en prácticas sólo por el tiempo que se impartan los módulos por los que no se ha declarado exento.

1.b) Pérdida de la condición de alumno

Quedarán excluidas del proceso selectivo las personas participantes que durante esta fase pierdan su condición de alumno, de acuerdo con la normativa de la Escuela Municipal de Formación (EMF) o de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP). La propuesta de exclusión del curso en el órgano convocante corresponderá al Tribunal Calificador del proceso selectivo a propuesta motivada del EMF o el EBAP.

1.c) Retribuciones

Durante la fase formativa, los participantes percibirán las retribuciones básicas correspondientes al grupo A, subgrupo A2, y se encontrarán en situación de alta en el régimen general de la Seguridad Social.

En todo caso, al inicio de esta fase, las personas aspirantes que ya estén prestando servicios remunerados como funcionario de carrera, interino o personal laboral a esta Administración o a otra (siempre que ésta le autorice) podrán optar si seguir percibiendo las retribuciones de su lugar de origen o las correspondientes a esta fase formativa, de acuerdo con el RD 456/19 en prácticas.

2.- FASE DE PRÁCTICAS

Esta fase será de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de 1000 horas de prácticas de servicio efectivo en instalaciones del Servicio Contra Incendio y Salvamento del Ajuntament de Palma, de acuerdo con la planificación y programación aprobada por el Tribunal Calificador a propuesta de la dirección SCIS.

Accederán a la fase de prácticas, las personas participantes que hayan superado el curso selectivo o hayan sido declaradas exentas total o parcialmente.

Estos informes de evaluación y la documentación adjunta, en su caso, formarán el expediente de evaluación de prácticas de la persona participante, y debe enviarse al Tribunal Calificador para que establezca la calificación de apto o no apto, en función de los criterios de evaluación previamente aprobados. La calificación de no apto debe ir acompañada del correspondiente informe motivado.

Durante esta fase de prácticas o una vez finalizada, las personas participantes pueden ser sometidas a todas las pruebas médicas que sean necesarias para comprobar su adecuación en el cuadro de exclusiones médicas del anexo E de la convocatoria. Si de las pruebas practicadas se deduce la existencia de alguna causa de exclusión, corresponderá al Tribunal Calificador proponer la exclusión del proceso selectivo de la persona participante en el órgano convocante.

Las personas participantes que ya hayan prestado servicio, en puestos asimilados a la plaza convocada, dentro del cuerpo de Bomberos de Palma estarán exentas de realizar esta fase de prácticas.

2.a) Retribuciones

Durante la fase de prácticas las personas participantes percibirán las retribuciones básicas y las complementarias establecidas para los/las oficiales (grupo A, subgrupo A2) del SCIS, y estarán dadas de alta en el régimen general de la Seguridad Social.

NOVENA.- ACREDITACIÓN DE REQUISITOS PARA EL NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS

Para poder efectuar el nombramiento de persona funcionaria en prácticas, será necesario que antes del inicio del curso selectivo, y dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha en que se hayan hecho públicas las relaciones de personas propuestas la fase formativa, los/las aspirantes deben presentar en el Registro General de este Ayuntamiento la siguiente documentación:

a) Copia de la documentación que acredite estar en posesión de la titulación exigida a estas bases y acreditación de los conocimientos de lengua catalana,.

b) Declaración jurada de no estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, ni separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública. Las personas participantes que no tengan la nacionalidad española tendrán que acreditar, mediante documentación expedida por las autoridades competentes de su país, que no están inhabilitadas o en situación equivalente ni han sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder al empleo público.

c) Declaración jurada que no ocupa ninguna sitio de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el arte. 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo debe declarar en el plazo de diez días contados a partir de la fecha de inicio de sus servicios, a fin de que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad

d) Copia de la documentación que acredite estar en posesión del permiso de conducción de vehículos de la categoría B, en vigor, o permisos equivalentes con arreglo a la normativa aplicable.

Toda la documentación que se presente en lengua extranjera debe ir acompañada de la traducción jurada correspondiente. Las personas participantes propuestas por el Tribunal Calificador que no presenten la documentación requerida dentro del plazo de los veinte días hábiles, que serán debidamente comprobados por el órgano convocante, y las que no cumplan los requisitos necesarios, no podrán ser nombradas funcionarias en prácticas, serán declaradas excluidas del proceso selectivo y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad de la misma. Si una de las personas propuestas para la realización del curso selectivo es declarada excluida o renuncia al proceso selectivo, el Tribunal Calificador podrá proponer a la persona participante siguiente según el orden de puntuación final obtenido en el concurso oposición.

DECENA.- ASIGNACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS.

Una vez verificado que las personas participantes han presentado la documentación indicada y reúnen los requisitos y condiciones requeridas, se procederá al nombramiento como personal funcionario en prácticas de las 3 plazas convocadas en la convocatoria.

En caso de que existan plazas vacantes con posibilidades de ser ocupadas por personal interino, si la dirección del SCIS lo considera, podrán ser nombrados funcionarios en prácticas un número de aspirante al igual que el número de plazas se encuentren con esta posibilidad. Una vez finalizada y superada la fase que motivó el nombramiento de funcionario en prácticas la persona aspirante cesará y quedará dentro de un bolsín, ordenado por la puntuación de la fase de oposición y la fase de concurso, a la espera de ser llamada.

El Tribunal Calificador elevará la propuesta de personas participantes para ser nombradas funcionarias en prácticas en el Departamento de RRHH del Ayuntamiento de Palma para que emita la resolución correspondiente.

UNDÉCIMA.- FINALIZACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIO DE CARRERA

El proceso selectivo finaliza con la al haber superado la fase de prácticas.

Una vez finalizada la fase de prácticas, las personas funcionarias encargadas de los aspirantes, junto con el jefe o jefes de las unidades orgánicas donde la persona participante haya realizado el período de prácticas, deben emitir un informe de evaluación de las prácticas de cada persona participante.

El informe de valoración final debe remitirse al presidente o presidenta del Tribunal

Calificador del proceso selectivo para que pueda realizar la propuesta de nombramiento definitiva al órgano municipal competente para resolver y efectuar el correspondiente nombramiento de funcionario de carrera de las tres plazas convocadas. En la propuesta también incluirá el listado de aspirantes que han superado esta fase y son propuestos para formar parte del bolsín.

DUODÉCIMA.-Bolsines de personal funcionario interino

La presente convocatoria generará dos bolsas de personal interino. El orden de la bolsa se determinará por el orden de puntuación de la fase de oposición y la fase de concurso

La primera bolsa se constituirá por las personas aspirantes que han superado las dos primeras fases del proceso selectivo (fase de oposición, fase de concurso) y que no hayan accedido a la realización de la fase formativa, las personas de esta bolsa podrán ser llamadas para ocupar de forma interina puestos de TAE medio (Técnico de la Administración Especial) dentro del SCIS.

La segunda bolsa se constituirá por las personas aspirantes que hayan superado las tres primeras fases (fase de oposición, fase de concurso y fase formativa) y no hayan sido nombradas como funcionarios de carrera. Las personas de esta bolsa podrán ser nombrados para ocupar interinamente puestos de la categoría de oficial del SCIS.

Estas bolsas sustituyen a la bolsa anterior.

 

ANEXO A Temario de conocimientos generales

Tema 1. La Constitución española de 1978: Concepto. El poder constituyente. Principios Constitucionales. La reforma constitucional. Derechos fundamentales.

Tema 2. La Corona. Atribuciones según la Constitución.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Creación, estructura y competencias. Los estatutos de autonomía: especial referencia al de las Islas Baleares: Disposiciones generales. Competencias.

Tema 4. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal: La población. El empadronamiento. Organización municipal: Competencias municipales. Régimen de organización de los municipios de gran población.

Tema 5. El personal al servicio de las entidades locales: Clases y régimen jurídico. La función pública local: clases de funcionarios locales. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Procedimiento sancionador.

Tema 6. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 7. Contratación administrativa: Concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. El cumplimiento de los contratos. Especialidades de los distintos tipos de contratos. El recurso especial en materia de contratación. Gestión directa de los servicios públicos: Gestión indirecta de los servicios públicos: concepto y naturaleza. Especial referencia a la concesión.

Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia: notificación y publicación. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación e instrucción. El silencio administrativo. Finalización del procedimiento. Los recursos administrativos: principios generales. Actas susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de recursos administrativos. Clases de recursos.

Tema 9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores.

Tema 10. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales. Régimen jurídico y sus ámbitos. Principios de la protección de datos. Derechos de personas. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 11. Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad en el empleo público. Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares, medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Islas Baleares.

Tema 12. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia y acceso a la información. La gestión por procesos. La gestión por competencias y por objetivos. Principios de buen gobierno.

 

ANEXO B Temario de conocimientos específicos

Tema 1. Conceptos elementales de química: fórmula química, composición centesimal, masa atómica, masa molecular y concepto de mol. Reacciones químicas. Ajuste de reacciones químicas. Cálculos estequiométricos. Formulación y nomenclatura de compuestos inorgánicos. Partículas subatómicas: electrón, protón y neutrón. Isótopos.

Tema 2. Estados de agregación de la materia: estado gaseoso. Principio de Avogadro , Ley de Boyle- Mariotte y Ley de Dalton o de las presiones parciales. Estado líquido. Disoluciones. Molaridad. Fuerzas intermoleculares. Relación entre tipos de enlace y propiedades. Enlace químico: enlace iónico. Propiedades de los compuestos iónicos. Enlace covalente. Enlace metálico.

Tema 3. Reacciones de transferencia de protones. Fuerza relativa de ácidos y bases. Constantes de disociación ácida y básica. Introducción al concepto de ácidos y bases fuertes y débiles. Concepto de pH. Hidrólisis de sales. Neutralizaciones de ácidos o bases monopróticos fuertes. Reacciones de transferencia de electrones: conceptos de oxidación y reducción. Agentes oxidantes y reductores. Pares redox. Reacción de reducción-oxidación o reacción redox.

Tema 4. Introducción a la química orgánica. Características de los enlaces del carbono: enlaces sencillos, dobles y triples. Tipo de cadenas carbonadas. Formulación y nomenclatura de compuestos orgánicos sencillos. Productos petrolíferos. Distribución, transporte y almacenamiento de productos petrolíferos.

Tema 5. La utilización industrial de los procesos químicos. Funcionamiento de los reactores industriales. La destilación de gases. Las columnas de refrigeración. El transporte de los materiales en las industrias. Elementos y sistemas de seguridad en los procesos industriales.

Tema 6. Termodinámica química: conceptos de entalpía, entropía y energía de enlace. Reacciones exotérmicas y endotérmicas. Transmisión de calor en los materiales: formas de transmisión y parámetros principales en cada caso. Punto de fusión, punto de ebullición, presión de vapor, temperatura de ignición, temperatura de autoignición . Efectos del calor sobre la elasticidad y resistencia de los materiales.

Tema 7. Reacción de combustión. Combustión de los sólidos, plásticos, fibras y otros polímeros sintéticos, metales, no metales, polvo combustibles. Los gases resultantes de la combustión. Características, toxicidad: medida de concentración en el aire y medidas de protección. Concepto de dosis. Umbrales: IDLH, IPVS, TLV, LC50, DL50, VLA, VLB.

Tema 8. Dispersión de los gases. El cloro. El amoníaco. El dióxido de carbono. Elementos de análisis y detección de elementos químicos. La vulnerabilidad: concepto y aplicaciones en la planificación.

Tema 9. Consideraciones generales de los líquidos. La combustión de los líquidos. Clasificación de los líquidos inflamables y combustibles. Propiedades y tipos de gases: clasificación de los gases. Límites de inflamabilidad y explosividad de gases y vapores.

Tema 10. Naturaleza del fuego. Las explosiones. Reacciones de inhibición con radicales libres o extinción química. Clases de fuego, métodos y agentes extintores.

Tema 11. Consideraciones generales sobre magnitudes: magnitudes físicas. Sistema internacional de unidades. La medida en física: órdenes de magnitud y estimación de errores. Magnitudes escalares y vectoriales. Operaciones con vectores. Lenguaje técnico.

Tema 12. Dinámica: velocidad y aceleración. Fuerza. Composición de fuerzas. Fuerzas en la naturaleza: interacciones fundamentales. Leyes de Newton. Cantidad de movimiento. Fuerzas elásticas y de rozamiento.

Tema 13. Conceptos y leyes fundamentales de la mecánica. Equivalencia entre los sistemas de fuerzas que actúan sobre un sólido rígido. Reducción del sistema de fuerzas. Definición de equilibrio estático. Fuerzas exteriores, aplicadas y de vínculo. Diagrama del sólido libre. Equilibrio estático e hiperestático. Condiciones de equilibrio de los sistemas rígidos. Celosías y marcos.

Tema 14. Deformación y tensión. Ley de Hooke y principio de superposición. Diagramas de fuerzas cortantes y momentos flectores de vigas apoyadas e inclinadas. Geometría de masas, centroides y momentos de inercia. Ejes principales de inercia. Cables, funicular, catenaria y cables parabólicos.

Tema 15. Trabajo, potencia y energía. Energía cinética. Energía potencial. Conservación de la energía mecánica. Máquinas simples: palancas y poleas (tipo y aplicaciones), tornos y planos inclinados (cálculos básicos).

Tema 16. Instalaciones de gas y redes de distribución. Instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos. Redes e instalaciones de distribución de combustibles gaseosos. Definiciones y características fundamentales. Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos. Acometidas. Conjuntos de regulación y contadores. Aparatos de gas. Canalizaciones de distribución según presión máxima de operación. Estaciones de regulación de presión y de medida. Densidad relativa. Odorante.

Tema 17. Magnitudes eléctricas. Conceptos básicos de electricidad: intensidad, voltaje, resistencia y potencia. La ley de ohm, ley de Coulomb y el efecto Joule. Circuitos eléctricos. Corriente continua y alterna. Corriente trifásica Electricidad estática. Riesgo eléctrico y medidas preventivas. Medidas de seguridad con riesgo eléctrico. Contacto eléctrico directo e indirecto. Efectos de la electricidad sobre el organismo. Intensidad. Resistencia al cuerpo. Tensión de seguridad. Frecuencia y forma de la corriente.

Tema 18. Instalaciones interiores domésticas. Los conductores y normas de instalación. Cuadros de mando. Los Motores eléctricos y generadores de corriente. Aparatos de medida de magnitudes eléctricas. Dispositivos de protección en instalaciones de baja tensión. Acometidas. Instalaciones de enlace. Redes de distribución en baja tensión. Estaciones de transformación. Red eléctrica de alta tensión.

Tema 19..Electrostática: Ley de Coulomb. Circuito eléctrico. Ley de Ohm. Efecto Joule. Fuerza electromotriz: potencia de un generador eléctrico.

Tema 20. El campo magnético: definición, medida y propiedades. Las ondas electromagnéticas: tipología y características. Redes de radio: generalidades.

Tema 21. Las radiaciones ionizantes. Protección. El concepto de contaminación y de radiación. Simbología de seguridad. Sistemas de protección. Clasificación de las instalaciones radioactivas y aplicaciones más habituales.

Tema 22. Presión. Principio de Pascal. Unidades de Presión. Presión estática y presión dinámica. Hidrostática. Ecuación fundamental de la hidrostática. Principio de arquímedes . Hidrodinámica. Ecuación de continuidad. Ecuación de Bernoulli . Teorema de Torricelli

Tema 23. Ecuación general de la hidrostática. Concepto de presión. Dinámica de fluidos. Ecuación fundamental de la hidrodinámica. Ecuación de Bernoulli . Flujo laminar. Flujo turbulento. Pérdidas de carga. Descripción del fenómeno físico del golpe de ariete.

Tema 24. Tipo de bombas. Bombas centrífugas. Bombas de alta y baja presión. Curva característica de las bombas. Potencia y rendimiento. Aspiración. Mecanismos de cebado. El fenómeno de la cavitación. El efecto Venturi.

Tema 25. El Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE). El Documento básico de seguridad en caso de incendio y sus anejos.

Tema 26. El Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales y sus anejos.

Tema 27. Comportamiento en el fuego de los elementos constructivos y de los materiales. Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y resistencia al fuego. La resistencia al fuego de los elementos estructurales, albañilería, hormigón armado, acero, madera, etc. Los Eurocódigos . Daños por fuego y temperatura.

Tema 28. Las instalaciones de protección contra incendios. El Real decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

Tema 29. Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Tema 30. El riesgo en el transporte de mercancías peligrosas: reglamentación (ADR). Identificación y clasificación de los productos, número ONU y número de peligro. Etiquetado y embalaje. Incompatibilidades de carga. Documentación obligatoria y obligaciones del transportista y el expedidor. Reconocimiento de cisternas de transporte por carretera de mercancías peligrosas.

Tema 31. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Generalidades de las instalaciones eléctricas en la edificación. Distribución eléctrica.

Tema 32. Ley 2/1998 de 13 de marzo de ordenación de emergencias en las Islas Baleares. Desarrollo de esta ley hecha por el 08/2004 de 23 de enero

Tema 33. Ley 3/2006 de gestión de las emergencias de las Islas Baleares de 22 de marzo de la CAIB y Ley 5/2014 que la modifica.

Tema 34. Ley 17/2015, de 9 de julio, del sistema nacional de protección civil. Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

Tema 35. Cartografía: Accidentes del terreno. Lectura e interpretación de mapas. Uso, funcionamiento y cálculo de las escaleras. Simbología y toponimia. Las curvas de nivel. Proyecciones y coordenadas. Concepto de DATUM. Triangulación y cálculo de distancias. Los sistemas de información geográfica. Sistemas GPS.

Tema 36. Meteorología. Interpretación de modelos meteorológicos. Precipitación: tipos, variables, período de retorno. Temperaturas. La presión atmosférica y el viento. Los riesgos naturales: sísmico, inundaciones y avenidas, nevadas, ventoleras; sus efectos y escalas de medida.

Tema 37. La vegetación forestal en Baleares. Variables claves, construcción y dinámica de modelos. Tipo y modelos de combustible. Disponibilidad y carga. Los bosques en el arco mediterráneo. Los índices de riesgo de incendio forestal. Los patrones de comportamiento de los incendios forestales (fuegos topográficos, fuegos conducidos por viento y fuegos convectivos). Fases del incendio forestal.

Tema 38. El procedimiento PAS frente a una víctima. Valoración del paciente. Soporte vital básico. Lesiones en la columna vertebral. Sintomatología. Procedimiento de actuación. Técnicas de inmovilización. Técnicas de movilización.

Tema 39. Las hemorragias: tipos y forma de tratamiento. El choque: fisiopatología. Choque hipovolémico . Choque distributivo. TCE: definición. Lesión primaria. Lesión secundaria. Valoración básica del TCE. Criterios de tratamiento a partir de su valoración y traslado a nuestro entorno.

Tema 40. Los procedimientos administrativos en la edificación (Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación). Los distintos actores. Funciones. Responsabilidades. Documentación y permisos.

Tema 41. Análisis e interpretación de proyectos: la memoria técnica, los planos de estructura y cimientos, de cerramientos, de cubiertas y de instalaciones. Sistemas de representación gráfica. Reconocimiento de elementos constructivos e interpretación de planos.

Tema 42. Los materiales de construcción y sus particularidades. Materiales cerámicos, materiales vítreos, materiales pétreos, materiales metálicos, materiales de cemento, materiales de madera y otros materiales complementarios, bituminosos, plásticos y pinturas. Características físico-químicas. Comportamiento frente a solicitaciones. Usos y aplicaciones más frecuentes.

Tema 43. El suelo: origen y clasificación del suelo. El agua en el suelo. Compresibilidad del suelo, teoría de la consolidación. Parámetros del suelo en el comportamiento elástico y plástico. Técnicas y medios para el reconocimiento del suelo. El suelo como material de cimentación: tipos, características, clasificación. Obtención de valores del suelo, el estudio geotécnico. El empuje del suelo, principios, tipos, variables influyentes, valores orientativos, correcciones.

Tema 44. Fundamentos: los fundamentos como transmisores de cargas. Fundamentos superficiales: tipos y características principales. Fundamentos profundos: tipos y características principales. Cálculos básicos de cimentaciones.

Tema 45. Elementos estructurales: tipologías estructurales. Estructuras portantes de fábrica: cerámica, bloques, piedra y otros. Estructuras de hormigón: elementos, armaduras, encofrados, disposiciones constructivas y uniones. Estructuras metálicas: perfiles, uniones, disposiciones constructivas. Estructuras de madera: tipos y características de las maderas, elementos, uniones, disposiciones constructivas. Elementos singulares: arcos, bóvedas y cúpulas. Cálculos básicos de elementos estructurales.

Tema 46. Concepto general de estructura. Tipo de estructuras según los elementos y materiales que la forman: muros de carga, barras, perfiles laminares, espaciales y compuestas. Efectos de las cargas sobre las barras estructurales: tipos de cargas y formas de aplicación. Reacciones según el tipo de soporte. Tipo de esfuerzos.

Tema 47. Patologías de la edificación. Lesiones en edificios por deformaciones, asentamientos, movimientos del terreno u otros. Definición y causas más comunes. Efectos producidos y variaciones en función del tipo de estructura. Interpretación de grietas. Estabilización de elementos constructivos: generalidades. Cálculo y tipos de actuación.

Tema 48. Estructura y partes de los vehículos. Sistema de seguridad de vehículos. Tipo y funcionamiento de motores, combustión externa, combustión interna, elementos y componentes. Circuitos eléctricos, sistema de iluminación, batería, carga, arranque y encendido. Sistemas de alimentación, distribución, lubricación, refrigeración, transmisión y frenado. Suspensión. Los neumáticos. Vehículos con nuevas generaciones de combustibles alternativos. Vehículos híbridos, micro-híbridos, eléctricos y eléctricos de autonomía extendida. Vehículos a gas, Vehículos de hidrógeno.

 

ANEXO C Ejercicios prueba física

Ejercicio 1: Ejercicio acuático.

Objetivo: Medir el desarrollo y resistencia natatoria de las personas participantes en el medio acuático.

Descripción del ejercicio:

La prueba se podrá realizar en una piscina de 25 o 50 metros. La salida se hará desde arriba del trampolín, en caso de que no la haya se hará saliendo de pie desde la acera, y se deberá nadar a estilo libre los 100 metros que marca la prueba en el menor tiempo posible. Este ejercicio se regirá según el reglamento de natación en vigor de la Federación Española de Natación.

Se dispondrá de un único intento. En caso de salida nula (salir antes de la señal) por uno o más aspirantes, no se detendrá la prueba, a fin de no perjudicar a los demás y por la dificultad de comunicar a los aspirantes esta situación. Sólo se permite un nulo por aspirante. Los aspirantes que hayan hecho nulo dispondrán de un segundo intento cuando todos los aspirantes hayan finalizado esta prueba.

Habrá al menos dos cronómetros midiendo por aspirante, y se hará media de los que haya.

Valoración del ejercicio acuático (tiempo máximo para declarar el ejercicio como apto)

Edad

Hombres

Mujeres

Inferior a 35 años

≤ 1'45''00

≤ 1'55''00

De 35 a 39 años

≤ 1'50''00

≤ 2'00''00

De 40 a 44 años

≤ 1'55''00

≤ 2'05''00

De 45 a 49 años

≤ 2'00''00

≤ 2'10''00

De 50 a 54 años

≤ 2'05''00

≤ 2'15''00

55 años o más

≤ 2'10''00

≤ 2'20''00

Por cada tramo de 4 segundos completos de rebaja, por debajo del tiempo máximo para superar la prueba, se añadirá 0,25 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Ejercicio 2. Presión sobre banco

Objetivo: Medir la fuerza y resistencia de los músculos pectorales y tríceps braquial.

Descripción del ejercicio:

Posición inicial: la persona participante se pondrá en decúbito supino sobre el banco de presión con los pies apoyados en el suelo; ya se considerará válido si se mantienen las puntas de los pies en contacto con el suelo.

Ejecución: en la señal del controlador, se pondrá en marcha el cronómetro y la persona participante iniciará el ejercicio, desde la posición de brazos estirados. Deberá levantar el peso el máximo número de repeticiones posibles en un tiempo máximo de un minuto. El levantamiento se efectuará con ambas manos, con una separación ligeramente superior a la de los hombros en una acción de flexión-extensión de los codos en su proyección vertical.

Finalización: el ejercicio finalizará una vez transcurrido el tiempo máximo de un minuto o bien por voluntad de la persona participante.

Normas:

a) La persona participante sólo tendrá la posibilidad de realizar el ejercicio una vez.

b) La repetición no será válida si no se extienden los codos totalmente o no toca la barra en el pecho en la flexión de los codos. No está permitido realizar rebotes con la barra sobre la caja torácica.

c) La persona participante deberá mantener los glúteos en contacto constante con el banco durante la ejecución de la prueba.

d) Las repeticiones se contarán en voz alta, utilizando el mismo número que el anterior en caso de repetición no válida.

e) No se podrán utilizar guantes, magnesia ni cualquier otra sustancia ni cualquier otro elemento que mejore la adherencia (como straps , lopps , calleras...). La mano desnuda debe tener contacto directo con la barra. Tampoco se pueden utilizar elementos que mejoren la estabilidad de la muñeca (como las muñequeras o férulas).

f) El peso a levantar será distinto para mujeres y hombres. El peso para los varones será de 35 kg, y 25 kg para las mujeres.

Valoración:

Se anotará el número total de repeticiones válidas realizadas durante un máximo de un minuto.

Valoración del ejercicio de presión sobre banco (Repeticiones mínimas para superar la prueba)

Edad

Hombres 35Kg

Mujeres 25kg

Inferior a 35 años

≥ 33

≥ 33

De 35 a 39 años

≥ 29

≥ 29

De 40 a 44 años

≥ 25

≥ 25

De 45 a 49 años

≥ 21

≥ 21

De 50 a 54 años

≥ 17

≥ 17

55 años o más

≥ 13

≥ 13

Por cada repetición, por encima de las repeticiones mínimas fijadas para superar la prueba, se añadirá 0,15 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Ejercicio 3. Carrera lanzadera

Objetivo: Medir la resistencia aeróbica (potencia aeróbica máxima) de la persona participante.

Descripción:

La persona participante se situará detrás de una línea para empezar una carrera hasta llegar a pisar la línea situada en el lado contrario (a 20 m) y esperar a oír una señal sonora para continuar la carrera. Esta situación se repetirá durante todo el test.

El test finalizará cuando la persona participante no sea capaz de llegar a pisar la línea antes de oír la señal sonora. En ese momento, deberá retirarse por su calle en dirección a la línea desde donde haya iniciado el ejercicio y entregará su tarjeta o dorsal al testador.

Normas:

a) Se pisarán las líneas de cada tramo (distanciadas a 20 m).

b) Se debe pisar la línea antes de oír la señal sonora y salir después de la señal.

c) En el cambio de sentido, no se pueden realizar giros circulares, se debe pivotar.

Valoración :

Se realizará un único intento. Se registrará el número del último minuto (periodo o palier) anunciado antes de que la persona participante pierda el ritmo de la señal sonora.

Si por causas organizativas o técnicas se interrumpie la realización del ejercicio de carrera de lanzadera, no podrá repetirse hasta que hayan transcurrido 2 horas desde el momento en que se produzca la interrupción.

Valoraciones de la carrera lanzadera (Palier mínimo para declarar el ejercicio como apto)

Edad

Hombres

Mujeres

Inferior a 35 años

≥ 8

≥ 6,6

De 35 a 39 años

≥ 7,5

≥ 6

De 40 a 44 años

≥ 7

≥ 5,5

De 45 a 49 años

≥ 6,5

≥ 5

De 50 a 54 años

≥ 6

≥ 4,5

55 años o más

≥ 5,5

≥ 4

Por cada medio palier completado, por encima del palier mínimo, se añadirá 0,25 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Ejercicio 4. Carrera de obstáculos

Objetivo:

Medir la agilidad de movimientos de los/las las aspirantes.

Descripción:

Material: Dos palos verticales y dos vallas, a una altura de 0'72 m, una de ellas (cierre de salida) estará prolongada verticalmente por dos varas flexibles adosadas a los sedes extremos laterales.

Recorrido: Área que no langue, de madera, cemento o asfalto con el material anteriormente señalado y ubicado en la disposición precisa que se expone al gráfico.

Posición inicial: Última de la línea de partida, preparado por correr en posición de salida de pie. El sitio de salida será a la derecha de la valla haciendo el circuito tal y como indica la imagen o empezando por la izquierda de la valla haciendo el circuito de forma simétrica a lo indicado en la imagen. Durante el ejercicio se tendrá que pasar 3 vallas, la primera valla será pasada por la parte de abajo y el resto por encima, en la imagen señaladas con línea discontinua.

Ejecución: El juez ordenará: Preparado/listo/ya, y a esta señal, correr a la mayor velocidad posible por completar el recorrido en la forma que se indica al gráfico.

Habrá al menos dos cronómetros midiendo, y se hará media de los que haya.

Reglas y valoración :

a) Se efectuará el recorrido en la forma indicada al gráfico.

b) Se valorará el tiempo invertido, en segundos y centésimas de segundo, contado desde de la voz de “Ya”, dada por el juez de la prueba, fines que el candidato toque el tierra con uno o con los dos pies, después de la trasera cierra.

c) La persona participante sólo dispondrá de dos intentos, no consecutivos, y será válido el mejor tiempo (en segundos y centésimas de segundo) de ambos. Si estos dos intentos son nulos, no habrá posibilidad de un tercer intento y el ejercicio será también nulo.

Será nulo todo intento en el que el aspirante:

a) Modifique el recorrido que señal el gráfico.

b) Haga caer o coja por evitar la suya caída alguno de los palos verticales.

c) Apoye la mano a la cierra o a la vara lateral situada encima de ella, al dar la vuelta o superarla (cierra de salida).

d) Pase una pierna por fuera de la cierra de llegada al franquearla para finalizar el recorrido.

 

Valoración de la carrera de obstáculos (tiempo máximo para declarar el ejercicio como apto)

Edad

Hombres

Mujeres

Inferior a 35 años

≤ 12''00

≤ 13''00

De 35 a 39 años

≤ 12''40

≤ 13''40

De 40 a 44 años

≤ 12''80

≤ 13''80

De 45 a 49 años

≤ 13''20

≤ 14''20

De 50 a 54 años

≤ 13”60

≤ 14”60

55 años o más

≤ 14''00

≤ 15''00

Por cada rebaja de 3 décimas de segundos, por debajo del tiempo máximo para superar la prueba, se añadirá 0,25 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Ejercicio 5. Flexión de tronco (sit and reach modificada)

Descripción

Posición inicial:

El aspirante descalzo y con pantalones cortos, será delante el cajón con los pies apoyados al cajón y las piernas totalmente tirones.

Desarrollo:

Con una mano encima de la otra y con las piernas totalmente estiradas procederán a extender los brazos por encima del cajón realizando una flexión de tronco y estirando las manos lo más lejos posible con un movimiento lento y sin rebotes. En el momento que se llegue a la posición máxima, deberá continuar inmóvil durante 3 segundos por tal que se pueda grabar el resultado conseguido en centímetros.

Material:

Un cajón de 35 x 45 x 32 con una placa superior adosada de 55 x 45 que sobresale 15 cm. de uno de los extremos del cajón. En la placa superior existe una cinta métrica de 50 cm. con precisión de centímetros con el 0 a el extremo sobresaliendo del cajón.

Valoración del ejercicio de flexión de tronco (distancia mínima para declarar el ejercicio como apto)

Edad

Hombres

Mujeres

Inferior a 35 años

≥ 10

≥ 14

De 35 a 39 años

≥ 9

≥ 13

De 40 a 44 años

≥ 8

≥ 12

De 45 a 49 años

≥ 7

≥ 11

De 50 a 54 años

≥ 6

≥ 10

55 años o más

≥ 5

≥ 9

Por cada incremento de 2 centímetros, por encima de la distancia mínima para superar la prueba, se añadirá 0,25 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Baremos por los diferentes ejercicios a modo de ejemplo por un aspirante varón de 34 años.

Ejercicio 1. Ejercicio acuático

Valoración del ejercicio acuático por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

>1'45''00

No apto

≤1'21''00

1,5

≤1'45''00

0

≤1'17''00

1,75

≤1'41''00

0,25

≤1'13''00

2

≤1'37''00

0,5

≤1'09''00

2,25

≤1'33''00

0,75

≤1'05''00

2,5

≤1'29''00

1

≤1'01''00

2,75

≤1'25''00

1,25

≤0'57”00

3

Ejercicio 2. Presión sobre banco

Valoración del ejercicio de presión sobre banco por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

<33

No apto

≥ 44

1,65

≥ 34

0,15

≥ 45

1,8

≥ 35

0,3

≥ 46

1,95

≥ 36

0,45

≥ 47

2,1

≥ 37

0,6

≥ 48

2,25

≥ 38

0,75

≥ 49

2,4

≥ 39

0,9

≥ 50

2,55

≥ 40

1,05

≥ 51

2,7

≥ 41

1,2

≥ 52

2,85

≥ 42

1,35

≥ 53

3

≥ 43

1,5

 

 

 

​​​​​​​Ejercicio 3. Carrera lanzadera

Valoración del ejercicio de la carrera lanzadera por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

<8

No apto

<11

1,5

≥ 8

0

≥ 11,5

1,75

≥ 8,5

0,25

≥ 12

2

≥ 9

0,5

≥ 12,5

2,25

≥ 9,5

0,75

≥ 13

2,5

≥ 10

1

≥ 13,5

2,75

≥ 10,5

1,25

≥ 14

3

Ejercicio 4. Carrera de obstáculos

Valoración del ejercicio de la carrera de obstáculos por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

>12”00

No apto

≤10”20

1,5

≤12”00

0

≤09”90

1,75

≤11”70

0,25

≤09”60

2

≤11”40

0,5

≤09”30

2,25

≤11”10

0,75

≤09”00

2,5

≤10”80

1

≤08”70

2,75

≤10”50

1,25

≤08”40

3

Ejercicio 5. Flexión de tronco

Valoración del ejercicio de flexión de tronco por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

<10 cm

No apto

≥ 22 cm

1,5

≥ 10 cm

0

≥ 24 cm

1,75

≥ 12 cm

0,25

≥ 26 cm

2

≥ 14 cm

0,5

≥ 28 cm

2,25

≥ 16 cm

0,75

≥ 30 cm

2,5

≥ 18 cm

1

≥ 32 cm

2,75

≥ 20 cm

1,25

≥ 34 cm

3

 

ANEXO D Definición de las competencias

1. Motivación y comprensión de la organización: interés y voluntad por trabajar como servidor público formando parte del cuerpo de Bomberos. Comprende la estructura, misión y estrategia de la organización.

2. Autogestión y desarrollo personal y profesional: capacidad para afrontar las situaciones de forma adaptativa, con seguridad y estabilidad emocional. Capacidad de autocrítica y de crecimiento personal y profesional, identifica sus fortalezas y trabaja para desarrollar sus áreas de mejora.

3. Trabajo en equipo: capacidad para colaborar y participar en grupos de trabajo para conseguir unos objetivos comunes. Habilidad para desarrollar y establecer relaciones laborales positivas y actitud facilitadora de las dinámicas de grupo. Contribuir con el propio trabajo a la cohesión del equipo, a su buen desarrollo ya la consecución de los logros comunes.

4. Aceptación de normas y estructura jerárquica: ejecuta sus funciones respetando la estructura jerárquica del cuerpo de bomberos. Trabaja cumpliendo con el rol que tiene asignado y actúa siguiendo las órdenes recibidas.

5. Autocontrol y tolerancia al estrés: capacidad para continuar trabajando con eficacia en situaciones de presión ambiental, hostilidad o estrés, generadas en la propia intervención o en relación con el resto de profesionales. Implica capacidad de autocontrol de reacciones emocionales y conductuales, evitando las respuestas impulsivas o apresuradas, así como una buena tolerancia a la frustración que se produce a menudo en contextos complejos.

6. Capacidad analítica y toma de decisiones: actúa para solucionar una situación/problema, explora las posibles causas y elige la alternativa más adecuada teniendo en cuenta las posibilidades de implementación, las consecuencias que se deriven y los riesgos asociados.

7. Visión estratégica: capacidad para visualizar hacia dónde debe orientarse la organización. Tener una visión a medio/largo plazo, de modo que se identifiquen oportunidades y se implementen y reajusten acciones para dirigir la organización hacia los objetivos estratégicos.

8. Capacidad de comunicación: capacidad para dar y recibir información de forma eficaz, con claridad y ajustándose a las necesidades del entorno ya los interlocutores presentes en la situación comunicativa.

9. Relación interpersonal y gestión de conflictos: se relaciona de forma asertiva y se adapta a las diferentes situaciones interlocutores/oras. Identifica y aborda las situaciones conflictivas, aproximando posturas y haciendo uso de habilidades interpersonales.

10. Liderazgo y capacidad de influencia: capacidad para actuar para ser un modelo de referencia y conseguir que las aportaciones de los equipos contribuyan a la consecución de resultados por parte de la organización. Capacidad para actuar de forma asertiva, con convicción y capacidad negociadora.

11. Dirección y desarrollo de personas: capacidad de dirigir los equipos de trabajo desarrollando las capacidades de sus miembros y consiguiendo que las aportaciones de éstos contribuyan a la consecución de los resultados de la organización.

12. Orientación a los resultados: capacidad para orientar el trabajo a la consecución de los objetivos de forma eficaz.

13. Orientación a la calidad: capacidad para orientar el trabajo a la consecución de los objetivos con la máxima calidad y el mínimo gasto de recursos posibles, en definitiva, de manera eficiente

14. Planificación y organización: capacidad para planificar las tareas, acciones y proyectos a desarrollar, en el tiempo y forma establecidos, para alcanzar los objetivos establecidos por la organización.

15. Adaptabilidad y flexibilidad: capacidad para comprender y dar respuesta a necesidades cambiantes, reajustando las prioridades y funciones. Disposición a aceptar nuevos enfoques y cambios, evolucionando de acuerdo a las exigencias o demandas del entorno.

 

ANEXO E Exclusiones médicas

Principios Generales:

Serán criterios de exclusión generales:

a. Anomalías que incapaciten para vestir el uniforme y que impidan llevar o transportar una parte esencial del equipo.

b. Incapacitado para el servicio por falta de eficiencia psicofísica, a causa de enfermedades, lesiones o anomalías de carácter permanente.

c. Contagiosidad o peligrosidad para la comunidad.

d. Enfermedades graves de evolución irreversible.

e. Lesiones, anomalías o enfermedades que, aunque de momento no sean graves, necesitan un tratamiento permanente y costoso.

f. Detección del consumo de sustancias estupefacientes, siempre que no sea debido a un tratamiento médico, en este caso será necesario el informe del facultativo que lo receta.

Enfermedades Generales:

a. Enfermedades o anomalías heredoconstitucionals que incapaciten para el servicio con carácter permanente.

b. Enfermedades endocrinometabólicas, crónicas o irreversibles, que produzcan alteraciones morfológicas y funcionales.

c. Enfermedad de *Basedow muy caracterizada

d. Enfermedades de carencia que hayan producido alteraciones morfológicas y funcionales irreversibles.

e. Enfermedades de la sangre y órganos hematopoyéticos crónicas o con evolución irreversible incompatibles con el servicio.

f. Anemias aplásicas y *panmieloptisi.

g. Anemia hemolítica constitucional.

h. Hemofilia.

i. Enfermedades infecciosas y parasitarias crónicas graves y rebeldes a cualquier tratamiento o de carácter crónico contagioso y permanente.

j. Neoplasias malignas de cualquier localización.

k. Tuberculosis activa de cualquier localización con lesiones importantes la curación de las cuales no se prevea en el plazo de las revisiones.

l. Intoxicaciones crónicas que hayan determinado trastornos anatómicos y funcionales graves y rebeldes a cualquier tratamiento.

m. Obesidad que exceda el 35% del peso teórico.

Enfermedades de la Piel y el Tejido Subcutáneo:

a.Dermatosis externas y generalizadas de la piel y el cuero cabelludo, de tendencia crónica o recidivando rebeldes a cualquier tratamiento.

b. Cicatrices que por su extensión y adherencia en los planes adyacentes comprometan gravemente los movimientos.

c. Afecciones sistematizadas graves del tejido conjuntivo.

Enfermedades del Sistema Nervioso Central y sus Cubiertas, y el Sistema Nervioso Periférico:

a. Enfermedades crónicas sistematizadas difusas o en focos, anomalías o lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central o periférico o de las meninges que originan trastornos motores o sensitivos permanentes.

b. Anomalías congénitas o secuelas traumáticas del cráneo y del raquis que produzcan alteraciones o trastornos funcionales incompatibles con el servicio.

c. Epilepsia en todas sus formas con crisis convulsivas o equivalentes psicomotores, ausencias, etc.

d. Movimientos anormales de carácter permanente que por su intensidad incapaciten para el servicio.

e. Neurosis obsesiva grave, otras psiconeurosis graves que incapaciten para el servicio.

f. Oligofrenises de cualquier etiología, con nivel inferior a doce años, determinado por la escala de Binet-Simon (o el correspondiente en otra escala).

g. Oligofrénia con una edad mental comprendida entre los doce años de la escala Binet-Simon y la correspondiente al adulto medio, con alteraciones de carácter y conducta que incapaciten para el servicio.

h. Esquizofrenia defectual muy caracterizada.

i. Otras psicosis endógenas con alteraciones de la personalidad y la conducta, periódicas o permanentes, incompatibles con el servicio.

j. Psicosis y demencias de tipo orgánico de cualquier etiología, incluso por traumatismos accidentales o quirúrgicos, cuando logren un grado de profundidad y permanencia incompatible con el servicio.

Enfermedades del Aparato Digestivo:

a. Enfermedades del aparato digestivo que puedan producir incompatibilidades en el servicio.

Enfermedades del Aparato Respiratorio:

b. Afecciones ulcerosas de las fosas nasales. Ozena muy caracterizada.

c. Infecciones crónicas de laringe, tráquea, bronquitis, pulmones, pleura y caja torácica (excepto tuberculosis) rebeldes a cualquier tratamiento o afecciones congénitas o adquiridas de los mismos órganos que produzcan insuficiencia respiratoria en grado incompatible con el servicio.

d. Asma bronquial persistente y rebelde a cualquier tratamiento. Enfisema pulmonar que produzca repercusión funcional incompatible con el servicio.

Enfermedades del Aparato Circulatorio:

a. Afecciones orgánicas de corazón, pericardio o grandes vasos, congénitas o adquiridas que produzcan alteraciones funcionales permanentes, incompatibles con el servicio.

b. Valvulopatías residuales compensadas.

c. Arteriopatias periféricas que produzcan trastornos funcionales permanentes incompatibles con el servicio.

d. Hipertensión arterial crónica y persistente con repercusión funcional que incapacite para el servicio.

e. Aneurismas de grandes vasos y fístulas arteriovenosas importantes.

f. Flebitis antiguas de más de un año, varices luminosas linfangiectaseas  con edema crónico y trastornos tróficos (eccema, úlceras, etc.)

Enfermedades del Aparato Locomotor:

a. Enfermedades, lesiones o anomalías graves del huesos, articulaciones y músculos de carácter permanente que incapaciten para el servicio.

b. Deformidades monstruosas del esqueleto incompatibles con el servicio.

c. Cifosis, escoliosis o *lordosis de grado notable que produzcan incapacidad funcional y que impidan el servicio.

d. Pseudoartrosis de los huesos del brazo, el antebrazo, el muslo y la pierna.

e. Pérdida anatómica o atrofia permanente, congénita o adquirida, de miembro superior que suponga, como mínimo, la ausencia total funcional de un brazo, antebrazo, mano o de los cinco dedos de una mano.

f. Pérdida de los movimientos de supinación y pronación del antebrazo dominante

g. Pérdida anatómica de un pulgar. Pérdida de los tres últimos dedos de la mano dominante. Pérdida de los cuatro últimos dedos de la mano no dominante. Flexión o extensión permanente de tres dedos de la mano dominante.

h. Pérdida anatómica o atrofia permanente congénita o adquirida, del miembro inferior que produzca importantes trastornos de la deambulación o pérdida funcional de un muslo, de una pierna o de un pie.

i. Acortada del miembro inferior que exceda tres centímetros.

j. Mal perforante plantar.

k. Luxación congénita de la cadera.

l. Desviaciones de las articulaciones de la cadera o de la rodilla (coxa vara, rodilla vara, etc.), con lesiones artropáticas importantes y marcha difícil.

m. Pérdida del dedo metatarsoprimero

n.  Pie plano muy caracterizado, con trastornos funcionales importantes que incapaciten para el servicio.

o.  Pérdida del quinto dicho y su metatarso.

p. Ausencia o pérdida de un dedo gordo o de los cuatro últimos dedos de un pie con deficiencia funcional marcada para la marcha.

Enfermedades del Aparato de la Visión:

a. Reducción permanente de la agudeza visual, cuando la del ojo mejor sea inferior a 1/2, después de corrección, si se ha producido.

b.Disminución binocular del campo visual, aunque se conserve la visión central por encima de los límites establecidos al apartado a) cuando la disminución llegue a los 15° en el lado mejor.

c. Miopía igual o superior a cuatro dioptrías en el ojo mejor.

d. Afagia bilateral.

e. Hemianopsias y escotomas simétricos y extensos por lesiones de vías o centro ópticos.

f. Hemeralopía permanente esencial congénita.

g. Afecciones congénitas adquiridas por cualquier etiología del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lacrimales, sistema motor ocular y órbita que incapaciten con carácter permanente para el servicio.

h. Desprendimiento de la retina unilaterales o bilateral, incluso curado.

i. Glaucoma unilaterales o bilateral en todas sus formas.

j. Enfermedad de Eales y sus secuelas.

k. Pérdida completa y permanente de la visión de un ojo.

l. Defectos de la visión cromática que incapaciten para el servicio.

Enfermedades de los Aparatos Auditivos y de la Fonación:

a. Sordomudez que impide el servicio.

b. Sordera completa de las dos orejas o incompleta permanente que produzca una disminución de agudeza auditiva por encima de los 35 decibelios, en la oreja mejor, en la zona tonal media (zona de la palabra hablada) o que la percepción de la voz normal no se pueda verificar a una distancia de 1'5 metros de la oreja mejor.

c. Parálisis laríngea de los constrictores y dilatadores, afonía total permanente.

d. Otitis crónica supurada con perforación marginal alta o posterior, o con secreción que revele la existencia de foco de osteítis.

e. Cavidades operatorias residuales del hueso temporal con fístulas y supuración persistente.

f.  Trastornos acusados del equilibrio, crónicos y rebeldes a cualquier tratamiento.

Enfermedades del Aparato Urogenital:

a. Afecciones crónicas bilaterales congénitas o adquiridas de riñón, con trastornos funcionales que incapaciten para el servicio.

b. Infecciones crónicas unilaterales o bilaterales, rebeldes al tratamiento, de riñón, pelvis renal o uréter.

c. Afecciones crónicas congénitas o adquiridas de vejiga urinaria que incapaciten para el servicio.

d. Hidrocele o varicocele voluminosos con trastornos funcionales importantes, dolor o dificultad para la marcha (hombres).

e. Incontinencia o retención permanente de orina o enuresis nocturnas ligadas a lesiones crónicas irreparables del aparato urinario o centros nerviosos rebeldes a cualquier tratamiento.

f. Epispadias penopúbico, hipoespadias perineal, falta o pérdida total del pene y fístulas uretrales con importante pérdida de sustancia (hombres).

Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados ​​recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha del día.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (1 de abril de 2025)

La jefa del Departamento de Gestión de Recursos Humanos p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014) Esperanza Vega Terrón