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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 217547
Acuerdo de aprobación inicial del "Proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma. Clave 23-09.0-ML" y apertura de un período de información pública

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Texto

El Consejo Ejecutivo el 26 de marzo de 2025 acordó lo siguiente: 

<<Antecedentes

1. Los Sres. Felipe Hernán Fuente y José Alberto Bauzá Sancho, ambos ingenieros de caminos, canales y puertos de la empresa G-SIX INTERNATIONAL ENGINEERING S.L., en marzo de 2025 elaboraron el proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450). T.M. Palma, con clave 23 09.0-ML. El Sr. Antonio de Pablo Escolà, ingeniero de caminos, canales y puertos de la Dirección Insular de Infraestructuras y de Inspección Técnica de Vehículos dirigió este proyecto.

2. El proyecto está formado por 5 documentos (se ha fraccionado en 10 diferentes archivos en formato PDF de tamaño compatible con el sistema SEGEX):

• Documento número 1: Memoria y Anexos – SEFYCU 3717559, 3717560, 3717561, 3717562 y 3717563

• Documento número 2: Planos - SEFYCU 3856330 y 3856348

• Documento número 3: Pliego de prescripciones técnicas - SEFYCU 3717566

• Documento número 4: Presupuesto - SEFYCU 3717567

• Documento número 5: Estudio de seguridad y salud - SEFYCU 3717568

3. El presupuesto del proyecto para el conocimiento de la administración es de cuatro millones trescientos sesenta y dos mil doscientos cincuenta y nueve euros con catorce céntimos (4.362.259,14 €), que incluye, además del presupuesto base de licitación de cuatro millones treinta y seis mil cuatrocientos veinticinco euros con ochenta y cinco céntimos (4.036.425,85 €), ciento cuarenta y tres mil quinientos setenta euros con noventa y seis céntimos (143.570,96 €) para expropiaciones y ocupaciones temporales, sesenta y nueve mil quinientos cuarenta y seis euros con treinta y nueve céntimos (69.546,39 €) para fomento del patrimonio histórico y artístico y ciento veintiún mil setecientos quince euros con noventa y cuatro céntimos (121.715,94 €) para gestión de residuos (10% IVA incluido).

4. En el anexo 15 de la memoria del proyecto, consta la relación de bienes y derechos afectados por las obras correspondientes, todos ellos ubicados en el término municipal de Palma:

Nº finca

Pol.

Parc.

Ref. Catastral

Titularidad  (según catastro)

Expropiación (m²)

Ocupación temporal (m²)

Servi-

dumbre (m²)

Dominio público otras  admin.

cesión temporal (m²)

Dominio público otras admin.

cesión definitiva (m²)

Construcción afectada

 (m²)

Dirección

1

Camí Passatemps, 1

0444704DD7804C0001OP

GANADERIA SES PLANES SL UNIPERSONAL

661

-

-

-

-

PB 233

P1 190

P2 107

2

21

38

07040A021000380000RE

IBAÑEZ ORGANISTA MARIA TERESA

IBAÑEZ ORGANISTA FELISA

IBAÑEZ ORGANISTA MARIA JUANA

IBAÑEZ ORGANISTA AZUCENA

BELTRAN JIMENEZ JUAN

BELTRAN JIMENEZ ANTONIO

BELTRAN JIMENEZ BLANCA

BELTRAN JIMENEZ JOSE

BELTRAN JIMENEZ LUIS

56

116

-

-

-

-

3

21

37

07040A021000370000RJ

MONTSERRAT DE LA CALLEJA, JUAN GABRIEL

489

1.390

-

-

-

-

4

23

354

07040A023003540000RB

DE LA CALLEJA LLADO, CARLOS JOSE

43

89

-

-

-

-

5

23

199

07040A023001990000RP

MONTSERRAT DE LA CALLEJA, JUAN GABRIEL

3.392

506

143

-

-

-

6

23

207

07040A023002070000RR

ASOC. DE INDUSTRIALES DE MALLORCA

122

130

-

-

-

-

7

Ctra. Sóller, 13

0441101DD7804A0001SG

COMUNITAT AUTONOMA DE LES ILLES BALEARS

-

104

-

-

-

-

8

Camí dels Reis, 400

0441103DD7804A0000YF

EMAYA, EMPRESA MUNICIPAL D'AIGUES I CLAVEGUERAM, SA

-

592

-

-

-

-

9

Camí dels Reis, 404

0444701DD7804C0001TP

GANADERIA SES PLANES SL UNIPERSONAL

-

448

-

-

-

-

10

Camí Passatemps,

C/ Gremi Sucrers i Candelers i

Camí dels Reis

sense dades

AJUNTAMENT DE PALMA

-

-

-

3.044

822

-

 

4.763

3.375

143

3.044

822

530

TOTAL:

12.147

5. El día 18 de marzo de 2025 se emitió informe de supervisión favorable número 2025-06 en relación con el proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma. Clave 23-09.0-ML, por lo que se pueden iniciar los trámites para su aprobación inicial.

De acuerdo con el informe de supervisión mencionado:

1. El proyecto afecta a un total de 10 parcelas, todas dentro del término municipal de Palma.

2. En cuanto a servicios afectados, el proyecto afecta a redes de comunicaciones (TELEFÓNICA y LYNTIA), redes de M.T (ENDESA), redes de agua potable (EMAYA/ABAQUA) y residuales (EMAYA), y red de gas (REDEXIS). Al respecto, se indica que de acuerdo con lo establecido en la “NS 1/2019 sobre Instrucciones para la redacción de los proyectos supervisados ​​por la subdirección general de conservación del Ministerio de Fomento” (de aplicación según lo establecido en las OE), debe realizarse un trámite de audiencia a las compañías de servicios afectadas que no hayan dado conformidad a la solución proyectada durante la redacción del proyecto. En el anexo correspondiente no consta la conformidad de LYNTIA, ABAQUA ni REDEXIS.

3. No es necesario someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria o simplificada, al no encontrarse en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 del Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears y, por tanto, no es preceptiva.

4. Dado que se trata de una actuación de modificación de un enlace existente donde se mantiene el esquema funcional del enlace (tipo rotonda), no es preceptiva la exposición pública por lo que dispone el artículo 149 de la ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, y el artículo 19 de la Ley 5/1990 de Carreteras de las Illes Balears. No obstante, y según lo establecido en la OEC de 14 de noviembre de 2024, se indica que sería adecuado realizar un trámite de información pública, previa a la aprobación definitiva del proyecto.

5. Asimismo, se señala que, por el hecho de ejecutar obras en una zona ARPSI y, parcialmente, en la zona de flujo preferente y zona de policía del Torrente de na Bàrbara, se requiere de autorización administrativa de la Dirección General de Recursos Hídricos. Así como también, se indica que se deberá solicitar informe/autorización al Ayuntamiento de Palma por todas las afecciones de las obras proyectadas, teniendo en cuenta que se afecta a terrenos y viales de titularidad municipal, a servicios públicos, y se modifican e incluyen nuevos servicios municipales.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 16/2001, de 14 de diciembre, atribuye a los consells insulares competencias en materia de carreteras y caminos. Y de conformidad con lo que se establece en el artículo 70.15 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero) el Consell Insular de Mallorca ejerce, como propia, la competencia en materia de carreteras y caminos.

2. La Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, regula la planificación de las carreteras de las Illes Balears, así como su financiación, construcción, conservación, explotación y uso.

3. Decreto de la Presidencia del Consell Insular de Mallorca de día 28 de julio de 2023 por el que se establecen las competencias de los departamentos del Consell Insular de Mallorca (BOIB número 106, de día 29 de julio de 2023), en el que se establece que corresponde al Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras planificar y ejecutar obras de construcción, ampliación, explotación y mantenimiento de carreteras.

4. El artículo 231 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, recoge que la aprobación de los proyectos de obra corresponde al órgano de contratación, salvo que esta competencia esté específicamente atribuida a otro órgano por una norma jurídica.

5. El Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 2 de marzo de 2023 (BOIB número 30, de día 9 de marzo de 2023) por el que se delega en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva competente por razón de la materia la aprobación de los proyectos de obra con un presupuesto base de licitación inferior a cincuenta mil euros, excepto que comporten la expropiación forzosa de bienes.

6. El artículo 28.1o) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consells insulares, atribuye al Consejo Ejecutivo la competencia para declarar la necesidad de ocupación de los bienes en los procedimientos de expropiación forzosa, por tanto en lo que se refiere a la aprobación de este proyecto, que requiere la necesidad de ocupación de bienes y derechos afectados se considera conveniente que el Consejo Ejecutivo por razón de eficacia y eficiencia avoque para sí la competencia delegada a los consejeros y consejeras ejecutivas por acuerdo de día 12 de agosto de 2015, en cuanto a la aprobación de este proyecto.

7. De acuerdo con el artículo 28 h) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consells insulares, el Consejo Ejecutivo será competente para ejercer las competencias de órgano de contratación en todo tipo de contratos en los mismos casos que la legislación de contratos del sector público prevé para la Junta de Gobierno Local en los municipios de gran población.

8. El artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local, el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, regulan el trámite de información pública y consultas al que debe someterse el proyecto.

9. El artículo 79 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas prevé que, a efectos de resolución del procedimiento, se soliciten aquellos informes que se juzguen necesarios para resolver.

10. El artículo 18 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, y otros artículos concordantes de dicha ley y del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa, regulan el trámite de información pública al que se ha de someter la relación de bienes y derechos afectados.

11. El artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé el trámite de audiencia a las personas interesadas.

Por todo lo expuesto y dado que se trata de un proyecto de obra con un presupuesto base de licitación superior a 50.000 euros y que comporta la expropiación forzosa de bienes, el consejero ejecutivo del Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente propuesta de ACUERDO

1. Aprobar inicialmente el proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma, con clave 23-09.0-ML, redactado en marzo de 2025, con un presupuesto para el conocimiento de la administración de cuatro millones trescientos sesenta y dos mil doscientos cincuenta y nueve euros con catorce céntimos (4.362.259,14 €), que incluye, además del presupuesto base de licitación de cuatro millones treinta y seis mil cuatrocientos veinticinco euros con ochenta y cinco céntimos (4.036.425,85 €), ciento cuarenta y tres mil quinientos setenta euros con noventa y seis céntimos (143.570,96 €) para expropiaciones y ocupaciones temporales, sesenta y nueve mil quinientos cuarenta y seis euros con treinta y nueve céntimos (69.546,39 €) para fomento del patrimonio histórico y artístico y ciento veintiún mil setecientos quince euros con noventa y cuatro céntimos (121.715,94 €) para gestión de residuos (10% IVA incluido).

2. Someter el proyecto, de acuerdo a las recomendaciones del informe de Supervisión núm. 2025-06 y a lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local, así como a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al trámite de información pública al efecto que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular las alegaciones que estime pertinentes.

3. Aprobar inicialmente, en concordancia con el Anexo número 15 de la memoria del proyecto, la relación concreta e individualizada de los siguientes bienes y derechos afectados, todos ubicados en el término municipal de Palma:​​​​​​​​​​​​​​

Nº finca

Pol.

Parc.

Ref. Catastral

Titularidad  (según catastro)

Expropiación (m²)

Ocupación temporal (m²)

Servi-

dumbre (m²)

Dominio público otras  admin.

cesión temporal (m²)

Dominio público otras admin.

cesión definitiva (m²)

Construcción afectada

 (m²)

Dirección

1

Camí Passatemps, 1

0444704DD7804C0001OP

GANADERIA SES PLANES SL UNIPERSONAL

661

-

-

-

-

PB 233

P1 190

P2 107

2

21

38

07040A021000380000RE

IBAÑEZ ORGANISTA MARIA TERESA

IBAÑEZ ORGANISTA FELISA

IBAÑEZ ORGANISTA MARIA JUANA

IBAÑEZ ORGANISTA AZUCENA

BELTRAN JIMENEZ JUAN

BELTRAN JIMENEZ ANTONIO

BELTRAN JIMENEZ BLANCA

BELTRAN JIMENEZ JOSE

BELTRAN JIMENEZ LUIS

56

116

-

-

-

-

3

21

37

07040A021000370000RJ

MONTSERRAT DE LA CALLEJA, JUAN GABRIEL

489

1.390

-

-

-

-

4

23

354

07040A023003540000RB

DE LA CALLEJA LLADO, CARLOS JOSE

43

89

-

-

-

-

5

23

199

07040A023001990000RP

MONTSERRAT DE LA CALLEJA, JUAN GABRIEL

3.392

506

143

-

-

-

6

23

207

07040A023002070000RR

ASOC. DE INDUSTRIALES DE MALLORCA

122

130

-

-

-

-

7

Ctra. Sóller, 13

0441101DD7804A0001SG

COMUNITAT AUTONOMA DE LES ILLES BALEARS

-

104

-

-

-

-

8

Camí dels Reis, 400

0441103DD7804A0000YF

EMAYA, EMPRESA MUNICIPAL D'AIGUES I CLAVEGUERAM, SA

-

592

-

-

-

-

9

Camí dels Reis, 404

0444701DD7804C0001TP

GANADERIA SES PLANES SL UNIPERSONAL

-

448

-

-

-

-

10

Camí Passatemps,

C/ Gremi Sucrers i Candelers i

Camí dels Reis

sense dades

AJUNTAMENT DE PALMA

-

-

-

3.044

822

-

 

4.763

3.375

143

3.044

822

530

TOTAL:

12.147

4. Someter la mencionada relación de bienes y derechos afectados al trámite de información pública previsto en el artículo 18 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, y otros artículos concordantes de dicha ley y del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa, para que todas las personas interesadas puedan formular las alegaciones que crean oportunas, puedan rectificar los posibles errores que se aprecien en la relación de fincas afectadas, u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

5. En consecuencia, ordenar la apertura de un plazo de información pública de veinte (20) días hábiles, previa inserción de un anuncio en el BOIB, en un diario de ámbito insular y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consell Insular de Mallorca (https://cim.sedipualba.es/tablondeanuncios) y disponer que durante este plazo el proyecto se podrá consultar en las dependencias del Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras del Consell Insular de Mallorca ubicadas en la calle General Riera, 113, de Palma, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes (excepto festivos) y en el tablón de anuncios mencionado.

6. Disponer el envío al Ayuntamiento de Palma de un anuncio con la relación de bienes y derechos afectados, con el que se adjuntará el anexo número 15 de la memoria del proyecto, a efectos de que, lo inserten en su tablón de edictos por un plazo de veinte (20) días hábiles.

7. Solicitar, de acuerdo al informe de supervisión de fecha 18 de marzo de 2025, informe/autorización a los siguientes organismos y empresas de los servicios afectados:

GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS Consejería del Mar y del Ciclo del Agua DG de Recursos Hídricos

AYUNTAMIENTO DE PALMA EMPRESAS DE LOS SERVICIOS AFECTADOS: LYNTIA, ABAQUA y REDEXIS

8. Iniciar los trámites correspondientes a efectos de dar cumplimiento a lo que establece el Decreto de 13 de mayo de 1954. (BOE número 123, de 16 de mayo de 1954).>>

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (26 de marzo de 2025)

El consejero de Territorio, Movilidad e Infraestructuras Fernando Rubio Aguiló