Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 217195
Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para facilitar los medios necesarios para formar plantillas, alquileres de instalaciones deportivas y gastos de inscripción de los clubes deportivos de las Illes Balears, con equipos de deportes individuales y colectivos para los gastos de competición para participar en competiciones de categoría estatal (BOIB núm. 145, de 5 de noviembre)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Las entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución han presentado a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes una solicitud de subvención para facilitar los medios necesarios para formar plantillas, alquileres de instalaciones deportivas y gastos de inscripción de los clubes deportivos de las Illes Balears, con equipos de deportes individuales y colectivos por los gastos de competición para participar en competiciones de categoría estatal.

2. El 14 de febrero de 2025, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en la base 10 de la convocatoria y emitir el informe que sirvió de base para elaborar la propuesta de resolución que debe formular la Dirección General de Deportes.

3. El valor punto se ha establecido en 1,00 euro, debido a que la base 11.3 de la convocatoria establece que el valor punto no puede ser superior a 1,00 euro.

4. El 18 de febrero se dictó la propuesta de resolución del Director General de Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para facilitar los medios necesarios para formar plantillas, alquileres de instalaciones deportivas y gastos de inscripción de los clubes deportivos de las Illes Balears, con equipos de deportes individuales y colectivos por los gastos de competición para participar en competiciones de categoría estatal, a favor de los beneficiarios que figuraban en el anexo 1, por el importe individual indicado. La propuesta de resolución se publicó en la página web de la Dirección General de Deportes día 19 de febrero de 2025.

https://www.caib.es/seucaib/ca/201/empreses/tramites/tramite/6267238

5. Los beneficiarios han dispuesto de 10 días hábiles para presentar alegaciones así como un plazo de 5 días hábiles para comunicar al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta, con la indicación de que el beneficiario desiste de la propuesta si no manifiesta la aceptación en el plazo otorgado.

6. Dentro del plazo establecido en la convocatoria, se han presentado alegaciones por parte de la entidad CD San Francisco (Expediente DIR/2025/30) y por parte del Club Amistad SSEJ-pentatlón (Expediente DIR/2025/52).

- Expediente DIR/2025/30. Revisadas las alegaciones presentadas por parte de la entidad CD San Francisco, se desestiman las alegaciones por los siguientes motivos:

Respecto a la ayuda de la línea de las retribuciones de deportistas, en la base 11.3.D de la convocatoria se establece que el número máximo de deportistas objeto de subvención de la línea de ayudas a las retribuciones es el que se establece en la tabla que consta en este mismo punto. En esta tabla no figura la categoría Fútbol masculino División de Honor Juvenil, que es la categoría que se hace constar en la solicitud presentada por parte de la entidad CD San Francisco. Por este motivo, se entiende que esta categoría no es objeto de subvención en relación con la línea de retribuciones.

Por otra parte, en la misma base 11.3.D también se indica que "Para el reparto de las subvenciones de la línea de ayudas a las retribuciones de los deportistas profesionales obligatorios mínimos según reglamento federativo...".

En la disposición general quinta del Reglamento federativo de la categoría División de Honor Juvenil se indica que "Los clubes podrán obtener un número máximo de 25 licencias de futbolistas en su plantilla", no exigiendo ni haciendo referencia a un mínimo de licencias profesionales. En las normativas de las categorías que figuran en la tabla de la convocatoria respecto a la subvención de deportistas profesionales sí se indica el mínimo obligatorio, como por ejemplo en la normativa de la categoría de Fútbol masculino Primera federación que establece "Disponer a lo largo de la temporada deportiva del número mínimo de 18 licencias P de jugadores".

Respecto a la ayuda de la línea de vestimenta, la base 11.3.C establece que el número máximo de deportistas objeto de subvención para el deporte de fútbol es de 19 jugadores, con un importe máximo a subvencionar de 60,00 euros por deportista. Por lo tanto, el resultado de la subvención respecto a la línea de vestimenta es un importe de 1.140,00 euros.

En consecuencia, se mantiene el importe concedido inicialmente de 1.140,00 euros.

- Expediente DIR/2025/52. Revisadas las alegaciones presentadas por parte de la entidad Club Amistad SSEJ (pentatlón), se estiman parcialmente las alegaciones por los siguientes motivos:

Una vez examinada la documentación presentada con las alegaciones, se considera que la 1ª División masculina y la 1ª División mixta sí son objeto de subvención dada la base 1.3 de la convocatoria, aceptando la presentación por parte del club solicitante de los gastos de un único equipo compitiendo en 1ª división masculina o mixta.

Respecto a la ayuda de la línea de vestimenta, debido a que la solicitud presentada por parte del club hace referencia a hombres y mujeres en el apartado C sobre los datos de la subvención que se solicita, se considera que se trata del equipo mixto de primera categoría, con un máximo de seis participantes. Por este motivo el importe a conceder es de 360,00 euros (6 deportistas x 60,00 euros).

Respecto a la ayuda de la línea de inscripciones, aunque el solicitante presentó un proyecto de 570,00 euros, la federación ha indicado que el importe de la inscripción para un equipo es de 180,00 euros y, por tanto, es el máximo que se puede conceder por este concepto.

En consecuencia el importe total a conceder es de 540,00 euros.

7. Todos los beneficiarios han aceptado la subvención en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución del director general de Deportes.

8. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario, una vez revisadas todas las alegaciones presentadas en plazo. Hay crédito y adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 12301.461A01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.

9. Se ha llevado a cabo la fiscalización previa de los expedientes DIR/2025/1, DIR/2025/5, DIR/2025/15, DIR/2025/17, DIR/2025/20 y DIR/2025/21, con informe favorable por parte de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23 de 16 de febrero de 2021).

3. Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para facilitar los medios necesarios para formar plantillas, alquileres de instalaciones deportivas y gastos de inscripción de los clubes deportivos de las Illes Balears, con equipos de deportes individuales y colectivos para los gastos de competición para participar en competiciones de categoría estatal (BOIB núm. 145, de 5 de noviembre)

4. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, BOIB núm. 94 de 10 de julio de 2023, (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio y Decreto 17/2023 de 23 de agosto).

5. Orden 1/2025, de 9 de enero, del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la que se desarrollan las particularidades presupuestarias y contables que deben regir la prórroga de los presupuestos hasta que entre en vigor la ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 (BOIB núm. 6, de 11 de enero).

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Desestimar las alegaciones presentadas por la entidad CD San Francisco (Expediente DIR/2025/30) y estimar parcialmente las alegaciones presentadas por Club Amistad SSEJ-pentatlón- (Expediente DIR/2025/52).

2. Aprobar la concesión de una subvención para los clubes deportivos de las Illes Balears con equipos de deportes individuales y colectivos para facilitar los medios necesarios para formar plantillas, alquileres de instalaciones deportivas y gastos de inscripción que figuran en el anexo 1 de esta Resolución por el importe individual indicado.

3. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 12301.461A01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.

4. La actividad subvencionada es la formación de plantillas, adquisición de ropa de competición, alquileres de instalaciones deportivas y gastos de inscripción de los clubes deportivos con equipos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional durante la temporada 2024/2025, que hayan tenido lugar entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de julio de 2025.

5. El modelo de cuenta justificativa se publicará en la página web de la Dirección General de Deporte al día siguiente del día de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la Resolución dictada por el Consejero de Turismo, Cultura y Deportes de otorgamiento de la subvención.

6. La cuenta justificativa debe contener la siguiente información:

  1.  Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, la actividad o el proyecto subvencionado, con indicación de las actividades llevadas a cabo y de los resultados obtenidos.
  2.  Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con la identificación del acreedor, el número de la factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, el importe, la fecha de emisión y, en su caso, la fecha de pago. A efectos de la consideración como subvencionable, el gasto se considera efectivamente pagado con la cesión del derecho de cobro de la subvención a favor de los acreedores por razón del gasto realizado o con la entrega a estos acreedores de un efecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros.
  3.  Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y la procedencia. Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otras subvenciones, hay que indicar la cuantía exacta o el porcentaje imputado a cada una, con identificación de los órganos concedentes.
  4.  En su caso, los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 40.3 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, debe haber solicitado la persona o entidad beneficiaria.
  5.  Copia de las facturas superior a 1.000,00 euros acreditativas de los gastos con la correspondiente acreditación del pago.

7. El último día para justificar la subvención es el día 14 de agosto de 2025.

8. Tramitar el pago de la subvención, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria. El pago de la subvención únicamente se hará efectiva una vez presentada toda la documentación de justificación conforme y completa. La liquidación de la subvención debe dictarse y notificarse en el plazo de 9 meses a contar desde la presentación de la justificación.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (25 de marzo de 2025)

El director general de Deportes Joan Antoni Ramonell Miralles Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 107, de 1 de agosto de 2023)

 

ANEXO 1

 

EXPEDIENTE

Beneficiario

Solicitado

Gastos Inscripción

CONCEDIDO

Gastos Inscripción

Solicitado

Vestimenta

CONCEDIDO

Vestimenta

Solicitado

Alquiler

CONCEDIDO

Alquiler

Solicitado

Retribuciones

CONCEDIDO

Retribuciones

Proyecto

aceptado

TOTAL

CONCEDIDO

DIR/2025/1

CLUB VOLEIBOL CIUTADELLA AVARCA DE MENORCA

 

 

900,00 €

900,00 €

 

 

129.706,92 €

123.615,83 €

124.515,83 €

124.515,83€

DIR/2025/2

CLUB BADMINTON MAO

 

 

535,30 €

480,00 €

1.309,00 €

674,10 €

 

 

1.154,10 €

1.154,10 €

DIR/2025/3

AGRUPACION DEPORTIVA SON SARDINA

 

 

2.045,85 €

1.140,00 €

 

 

 

 

1.140,00 €

1.140,00 €

DIR/2025/4

ASOCIACION BILLAR PALMA

 

 

107,79 €

107,79 €

 

 

 

 

107,79 €

107,79 €

DIR/2025/5

CLUB VOLEY PALMA

 

 

900,00 €

900,00 €

 

 

152.043,37€

86.531,08 €

87.431,08 €

87.431,08 €

DIR/2025/6

CLUB BALONCESTO ANDRATX

 

 

6.407,19 €

780,00 €

 

 

 

 

780,00 €

780,00 €

DIR/2025/7

CLUB BALONCESTO ANDRATX

 

 

6.195,93 €

780,00 €

 

 

 

 

780,00 €

780,00 €

DIR/2025/8

GASIFRED ATLETICO FUTBOL SALA

2.021,00 €

0,00 €

1.387,51€

840,00 €

 

 

 

 

840,00 €

840,00 €

DIR/2025/9

CN CIUTAT DE PALMA

 

 

271,04 €

224,00 €

8.010,88 €

7.260,88 €

 

 

7.484,88 €

7.484,88 €

DIR/2025/10

CLUB EIVISSA TENNIS TAULA

 

 

390,00 €

360,00 €

 

 

 

 

360,00 €

360,00 €

DIR/2025/11

CLUB TENNIS TAULA SANT JORDI

 

 

390,00 €

360,00 €

 

 

 

 

360,00 €

360,00 €

DIR/2025/12

CLUB TENNIS TAULA SANTA EULARIA

 

 

390,00 €

360,00 €

 

 

 

 

360,00 €

360,00 €

DIR/2025/13

CLUB VOLEIBOL PÒRTOL

 

 

1.824,44€

900,00 €

 

 

 

 

900,00 €

900,00 €

DIR/2025/14

CLUB ESPORTIU ALGAIDA

 

 

1.967,84€

1.140,00€

 

 

 

 

1.140,00 €

1.140,00 €

DIR/2025/15

ASOCIACION HANDBOL CLUB EIVISSA

 

 

 

 

 

 

44.139,02 €

39.733,66 €

39.733,66 €

39.733,66 €

DIR/2025/16

CLUB VOLEIBOL CIDE

 

 

2.097,83€

890,62 €

3.337,76 €

2.920,54 €

 

 

3.811,16 €

3.811,16 €

DIR/2025/17

CLUB BASQUET MENORCA

 

 

780,00 €

780,00 €

 

 

127.147,68€

127.147,68€

127.927,68€

127.927,68€

DIR/2025/18

ESPANYA HOQUEI CLUB

 

 

900,00 €

900,00 €

759,94 €

759,94 €

 

 

1.659,94 €

1.659,94 €

DIR/2025/19

CLUB BADMINTON CIDE

 

 

405,00 €

405,00 €

490,81 €

490,81 €

 

 

895,81 €

895,81 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DIR/2025/20

CLUB VOLEIBOL MANACOR

7.250,00 €

0,00 €

 

 

 

 

103.794,48€

86.531,08 €

86.531,08 €

86.531,08 €

DIR/2025/21

AE PALMA DE MALLORCA FS

 

 

3.490,85€

840,00 €

 

 

163.491,79€

163.491,79€

164.331,79€

164.331,79€

DIR/2025/22

SON CLADERA TTC

 

 

 

 

29.306,20 €

29.306,20 €

 

 

29.306,20 €

29.306,20 €

DIR/2025/23

SON CLADERA TTC

 

 

1.021,14 €

360,00 €

 

 

 

 

360,00 €

360,00 €

DIR/2025/24

SON CLADERA TTC

 

 

1.351,50 €

360,00 €

 

 

 

 

360,00 €

360,00 €

DIR/2025/25

SON CLADERA TTC

 

 

1.479,32 €

360,00 €

 

 

 

 

360,00 €

360,00 €

DIR/2025/26

SON CLADERA TTC

600,00 €

320,00 €

 

 

 

 

 

 

320,00 €

320,00 €

DIR/2025/27

EL TORO RUGBY CLUB

11.748,00 €

5.124,00 €

3.221,54 €

1.380,00 €

 

 

 

 

6.504,00 €

6.504,00 €

DIR/2025/28

S.C.R. PEÑA DEPORTIVA SANTA EULALIA

1.500,00 €

1.321,00 €

2.000,00 €

1.140,00 €

 

 

 

 

2.461,00 €

2.461,00 €

DIR/2025/29

S.C.R. PEÑA DEPORTIVA SANTA EULALIA

300,00 €

300,00 €

700,00 €

480,00 €

 

 

 

 

780,00 €

780,00 €

DIR/2025/30

CD SAN FRANCISCO

 

 

8.000,00 €

1.140,00 €

 

 

60.884,53 €

0,00 €

1.140,00 €

1.140,00 €

DIR/2025/33

FUNDACIÓN CLUB BALONCESTO MALLORCA

 

 

794,13 €

780,00 €

 

 

 

 

780,00 €

780,00 €

DIR/2025/34

CLUB BASQUET PALMER

 

 

1.306,80 €

780,00 €

 

 

 

 

780,00 €

780,00 €

DIR/2025/36

CLUB ESPORTIU XELSKA

400,00 €

400,00 €

360,00 €

360,00 €

 

 

 

 

760,00 €

760,00 €

DIR/2025/37

CLUB ESPORTIU XELSKA

400,00 €

400,00 €

300,00 €

300,00 €

 

 

 

 

700,00 €

700,00 €

DIR/2025/38

CLUB VOLEIBOL MAYURQA

 

 

559,02 €

559,02 €

3.586,00 €

3.410,00 €

 

 

3.969,02 €

3.969,02 €

DIR/2025/39

CLUB BÀSQUET SA CREU CIUTAT D'INCA

2.000,00 €

0,00 €

496,10 €

496,10 €

 

 

 

 

496,10 €

496,10 €

DIR/2025/40

CLUB NATACIO PALMA

 

 

1.031,45 €

780,00 €

4.310,07 €

850,00 €

 

 

1.630,00 €

1.630,00 €

DIR/2025/41

CLUB NATACIO PALMA

 

 

1.031,45 €

780,00 €

4.310,07 €

850,00 €

 

 

1.630,00 €

1.630,00 €

DIR/2025/42

CLUB PALMA TENNIS TAULA

 

 

461,40 €

360,00 €

1.055,41 €

1.055,41 €

 

 

1.415,41 €

1.415,41 €

DIR/2025/43

UNIÓN DEPORTIVA COLLERENSE

985,00 €

900,00 €

5.445,00 €

1.140,00 €

 

 

 

 

2.040,00 €

2.040,00 €

DIR/2025/44

ALAIOR ESPORT

 

 

1.320,00 €

1.320,00 €

 

 

 

 

1.320,00 €

1.320,00 €

DIR/2025/45

ALAIOR ESPORT

 

 

1.320,00 €

1.320,00 €

2.658,00 €

864,00 €

 

 

2.184,00 €

2.184,00 €

DIR/2025/46

CLUB VOLEIBOL BUNYOLA

2.200,00 €

0,00 €

1.165,60 €

900,00 €

 

 

 

 

900,00 €

900,00 €

DIR/2025/47

C.G ES PLA MARRATXÍ

300,00 €

300,00 €

1.689,74 €

480,00 €

 

 

 

 

780,00 €

780,00 €

DIR/2025/48

CLUB DEPORTIVO DISCAESPORTS

3.278,52 €

3.278,52 €

 

 

800,00 €

720,00 €

 

 

3.998,52 €

3.998,52 €

DIR/2025/49

CLUB AMISTAT S.S.E.J.

 

 

1.289,91 €

1.289,91 €

 

 

 

 

1.289,91 €

1.289,91 €

DIR/2025/51

CLUB AMISTAT S.S.E.J.

2.610,00 €

2.610,00 €

2.565,32 €

1.320,00 €

 

 

 

 

3.930,00 €

3.930,00 €

DIR/2025/52

CLUB AMISTAT S.S.E.J.

570,00 €

180,00 €

1.858,06 €

360,00 €

 

 

 

 

540,00 €

540,00 €