Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE
Núm. 216056
Aprobación y constitución de un bolsín de la categoría de auxiliar-administrativo, personal laboral temporal del Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre, por el sistema de concurso, para cubrir vacantes de forma inmediata por necesidades urgentes e inaplazables
Aprobación y constitución de un Bolsín de la categoría de auxiliar-administrativo, personal laboral temporal del Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre, por el sistema de concurso, para cubrir vacantes de forma inmediata por necesidades urgentes e inaplazables.
APROBACIÓN Y CONSTITUCIÓN De UNA BOLSA DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE, DE LA CATEGORÍA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, PERSONAL LABORAL TEMPORAL, POR EL SISTEMA DE CONCURSO, PARA CUBRIR VACANTES DE FORMA INMEDIATA POR NECESIDADES URGENTES E INAPLAZABLES
La Junta de Gobierno Local el día 26 de marzo de 2025, en concordancia con el acta del tribunal evaluador de fecha 19 de marzo de 2025, que resolvió las alegaciones presentadas a la lista de resultado provisionales para la constitución de un Bolsín de la categoría de auxiliar-administrativo, personal laboral temporal del Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre, por el sistema de concurso, para cubrir vacantes de forma inmediata por necesidades urgentes e inaplazables, de conformidad con lo dispuesto en las bases y convocatoria aprobada por Junta de Gobierno de día 16 de enero de 2025 (*BOIB 12, de 25 de enero de 2025) adoptó por unanimidad el siguiente Acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar la constitución de un Bolsín de la categoría de auxiliar-administrativo, personal laboral temporal del Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre, por el sistema de concurso, para cubrir vacantes de forma inmediata por necesidades urgentes e inaplazables, según la orden de puntuación obtenido por las personas aspirantes y de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador.
Ordre |
DNI |
Puntuación |
---|---|---|
1 |
44.328.671N |
65,25 |
2 |
18.220.861P |
64,55 |
3 |
43.049.687N |
59,85 |
4 |
18.234.186Q |
59,8 |
5 |
43.051.518A |
53 |
6 |
41.587.609K |
45,51 |
7 |
43.094.897G |
44,25 |
8 |
44.327.619H |
43,5 |
9 |
18.227.100Z |
42,4 |
10 |
18.224.804H |
41,3 |
11 |
41.523.691C |
40 |
12 |
37.341.764E |
39,7 |
13 |
41.535.664X |
38,6 |
14 |
43.195.934W |
37,6 |
15 |
45.370.091S |
37,5 |
16 |
43.461.167E |
37 |
17 |
43.206.311Y |
37 |
18 |
43.057.786S |
36,75 |
19 |
41.587.194C |
36,74 |
20 |
43.170.247Y |
35,95 |
21 |
43.162.996T |
35,7 |
22 |
43.160.780S |
35,57 |
23 |
41.461.219Q |
34,25 |
24 |
78.220.795A |
33 |
25 |
43.064.022H |
30,8 |
26 |
43.162.103G |
30 |
27 |
43.182079Q |
28,45 |
28 |
41.615.152X |
25,3 |
29 |
43.122.006L |
24,5 |
30 |
37.337.206H |
23,5 |
31 |
43.143.705Y |
23 |
32 |
43.465.00D |
22 |
33 |
43.203.537S |
22 |
34 |
41.522.536S |
22 |
35 |
20.450.990B |
21 |
36 |
41.570.931H |
21 |
37 |
41.520.581S |
20,33 |
38 |
43.186.327D |
20,06 |
39 |
41.570.494H |
18 |
40 |
41.537.875J |
17,2 |
41 |
45.610.087Y |
16,75 |
42 |
41.535.504B |
15 |
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a los efectos previstos en la normativa vigente, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento.
La presente bolsa tiene una vigencia de dos años a contar desde la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de conformidad con el establecido en la Base Séptima de las Bases.
Contra el presente acuerdo se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Reposición: Ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso–administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
b) Contencioso–administrativo: Ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Se puede interponer directamente, pero si se ha presentado un recurso de reposición, no se podrá formalizar el contencioso–administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común.
(Firmado electrónicamente: 26 de marzo de 2025
El alcalde presidente Sebastian Amengual Figueras)