Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 216029
Departamento de Selección y Provisión de Recursos Humanos. Nombramiento órgano directivo como director de proyectos Culturales
La Junta de Gobierno de fecha 26 de marzo de 2025 acordó:
PRIMERO.- Nombrar al sr. Gregori Vicens Heredia como órgano directivo para ocupar el puesto de Director General de Proyectos Culturales, adscrito al Área de Turismo, Cultura, Deportes y Coordinación municipal, del Ajuntament de Palma.
SEGUNDO.- Eximir el puesto de trabajo relacionado en el apartado primero, del requisito de ser nombrado entre personal funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados al subgrupo A1, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento orgánico del gobierno y administración.
TERCERO.- La jornada laboral será de 40 horas semanales y las retribuciones a percibir son las determinadas en el vigente Presupuesto de Gastos para los directores y coordinadores generales y acuerdos del Pleno.
CUARTO.- Para garantizar el funcionamiento de la Administración Municipal, todos los Coordinadores/ras y Directores/as Generales nombrados por parte de la JuntaGobierno continuarán en su puesto de trabajo a pesar de que haya expirado el mandato de la Corporació, no produciéndose su cese de forma automática, sin perjuicio de la decisión que pueda tomar con posterioridad la nueva Junta de Gobierno.
QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a la persona interesada, así como a la concejalía del Área correspondiente y publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
SEXTO.- El presente nombramiento será efectivo una vez la persona interesada haya tomado posesión del cargo ante la concejalía de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior y haya presentado la declaración responsable de idoneidad ante el Servicio de provisión y planificación.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (26 de marzo de 2025)
La jefa de servicio de Planificación y Provisión p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Raquel Cucarella Ribera