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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 211780
Rectificación de las bases que tienen que regir el concurso de méritos para cubrir temporalmente el puesto de trabajo de taquillero o taquillera del Ayuntamiento de Artà y la creación de una bolsa de trabajo (código de la convocatoria TAQU2025)

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Texto

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Artà en sesión ordinaria celebrada el día 20 de marzo de 2025, se ha acordado el siguiente:

Visto que por Junta de Gobierno Local de 13 de marzo de 2025 se aprobaron la convocatoria y las bases que tienen que regir el concurso de méritos para cubrir temporalmente el puesto de trabajo de taquillero o taquillera del Ayuntamiento de Artà y la creación de una bolsa de trabajo (código de la convocatoria TAQU2025);

Visto que el anuncio de este proceso se publicó al BOIB n.º 33 de día 15 de marzo de 2025;

Visto que se ha detectado un error en su punto 11 de las bases (Periodo de prueba para la cobertura de vacantes) donde especifica que “La persona aspirando, según la orden de mayor puntuación, que forme parte de la bolsa de trabajo será llamada para cubrir posibles vacantes de la plaza de ayudante de cocina [...]”, cuando tendría que decir : “La persona aspirante, según la orden de mayor puntuación, que forme parte de la bolsa de trabajo será llamada para cubrir posibles vacantes de la plaza de taquillero o taquillera [...];

Visto lo que dispone el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: “Las administraciones públicas pueden rectificar, asimismo, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”

El órgano competente para rectificar el error es el emisor del acto rectificado, en cuyo caso la Junta de Gobierno Local.

Visto lo que dispone el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: "Las administraciones públicas pueden rectificar, asimismo, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos."

El órgano competente para rectificar el error es el emisor del acto rectificado, en cuyo caso la Junta de Gobierno Local.

Los reunidos acuerdan:

1. Rectificar el punto 11. Periodo de prueba para la cobertura de vacantes de las bases que deben regir el concurso de méritos para cubrir temporalmente el puesto de trabajo de taquillero o taquillera del Ayuntamiento de Artà y la creación de una bolsa de trabajo (código de la convocatoria TAQU2025), y donde dice la persona aspirante, según el orden de  mayor puntuación, que forme parte de la bolsa de trabajo será llamada para cubrir posibles vacantes de la plaza de ayudante de cocina y estará en período de prueba durante un mes, contador a partir del día siguiente de la formalización del contrato laboral, que debe regularse de acuerdo con la normativa vigente.”, debe decir: “La persona aspirante, según el orden de mayor puntuación, que forme parte de la bolsa de trabajo será llamada para cubrir posibles vacantes de la plaza de taquillero o taquillera y estará en período de prueba durante un mes, contador a partir del día siguiente de la formalización del contrato laboral, que debe regularse de acuerdo con la normativa vigente.”

 

Artà, fecha de la firma electrónica (25 de marzo de 2025)

El alcalde Manuel Galán Massanet