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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 209065
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifican varias convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las intervenciones previstas en el Plan estratégico de la PAC 2023-2027 de España (PEPAC) para la ayuda de la Unión financiada por el FEAGA y el FEADER

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Texto

Mediante la Decisión de ejecución de la Comisión de 31 de agosto de 2022 se aprueba el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España (PEPAC) para la ayuda de la Unión financiada por el FEAGA y el FEADER. En este plan se recogen las intervenciones para el desarrollo rural programadas para las Illes Balears, que establece el Reglamento (UE) núm. 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que tienen que elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013.

El 6 de abril de 2023 se publicó en el Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 43 la Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027.

Por otra parte, el Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, establece en su artículo 2.a) que el FOGAIBA tiene por objeto ejecutar la política de la consejería competente en materia de agricultura y pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, incluidas las derivadas de la política agrícola común y de los fondos procedentes del Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP), de las medidas de desarrollo rural y de otros regímenes de ayudas previstos en la normativa de la Unión Europea.

De conformidad con dicha normativa, la presidenta del FOGAIBA dictó, entre otras, las siguientes resoluciones, correspondientes al periodo de programación rural 2023-2027:

  • Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas para el fomento de la agricultura ecológica, publicada en el BOIB núm. 48, de 15 de abril de 2023.
  • Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el año 2023, publicada en el BOIB núm. 48, de 15 de abril de 2023.
  • Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, publicada en el BOIB núm. 49, de 18 de abril de 2023.
  • Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas al pago de los compromisos agroambientales de cultivos sostenibles por el uso de agua regenerada, publicada en el BOIB núm. 60, de 11 de mayo de 2023.

Dichas resoluciones han sido modificadas en distintas ocasiones.

Durante la gestión de las intervenciones se ha tenido que adaptar la distribución presupuestaria, por lo que resulta necesario modificar estas resoluciones para ajustarlas al crédito presupuestario actual.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Se modifica el punto 1 del apartado segundo de las siguientes resoluciones de la presidenta del FOGAIBA:

- Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas para el fomento de la agricultura ecológica, publicada en el BOIB núm. 48, de 15 de abril de 2023, que queda redactado de la siguiente manera:

«1. Para esta convocatoria se destina un importe máximo de once millones quinientos mil euros (11.500.000,00 €), con posibilidad de ampliar sus créditos, con cargo a los presupuestos del FOGAIBA. Este importe se distribuirá de la siguiente manera:

  • Año 2024: 2.918.085,49 €
  • Año 2025: 1.681.914,51 €
  • Año 2026: 2.300.000,00 €
  • Año 2027: 2.300.000,00 €
  • Año 2028: 2.300.000,00 €».

- Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el año 2023, publicada en el BOIB núm. 48, de 15 de abril de 2023, que queda redactado de la siguiente manera:

«1. Para esta convocatoria se destina un importe máximo de cuatro millones quinientos mil euros (4.500.000,00 €), con la posibilidad de ampliar los créditos, con cargo a los presupuestos del FOGAIBA, con la siguiente distribución:

  • Año 2024: 1.126.150,15 €
  • Año 2025: 673.849,85 €
  • Año 2026: 900.000,00 €
  • Año 2027: 900.000,00 €
  • Año 2028: 900.000,00 €».

- Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas al pago de los compromisos agroambientales de cultivos sostenibles por el uso de agua regenerada, publicada en el BOIB núm. 60, de 11 de mayo de 2023, que queda redactado de la siguiente manera:

«1. Para esta convocatoria se destina un importe máximo de setecientos cincuenta mil euros (750.000,00 €), con cargo a los presupuestos del FOGAIBA, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

  • Año 2024: 156.246,80 €
  • Año 2025: 143.753,20 €
  • Año 2026: 150.000,00 €
  • Año 2027: 150.000,00 €
  • Año 2028: 150.000,00 €».

- Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, publicada en el BOIB núm. 49, de 18 de abril de 2023, que queda redactado de la siguiente manera:

«1. Para esta convocatoria se destina un importe máximo de cinco millones setecientos cincuenta mil euros (5.750.000,00 €), con cargo a los presupuestos del FOGAIBA, con la posibilidad de ampliar sus créditos.

Este importe se distribuirá de la siguiente manera:

  • Año 2024: 1.363.527,43 €
  • Año 2025: 936.472,57 €
  • Año 2026: 1.150.000,00 €
  • Año 2027: 1.150.000,00 €
  • Año 2028: 1.150.000,00 €».

Segundo

Esta Resolución deberá comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y deberá publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (24 de marzo de 2025)

El presidente del FOGAIBA Joan Simonet Pons