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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 207341
Aprobación de disolución y cuenta de liquidación definitiva de la entidad, polígono industrial y de servicios del PGOU, sector UP4-A, Pollença (exp. 1519/2024)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Visto el acuerdo adoptado en sesión de JGL de fecha 03.12.2024, que en su parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Primero.- Aprobar, inicialmente, la disolución y la cuenta de liquidación definitiva de la Junta de Compensación del Sector UP-4A Polígono Industrial del PGOU de Pollença, presentada por el acreditado representante-presidente de la misma, SR. Bartomeu Bibiloni Cifre, en base al acuerdo adoptado por su Asamblea General celebrada en sesión ordinaria de fecha 10.10.2023, reproducido en copia del acta de la misma que con dicha solicitud se acompaña, junto con el estado de cuentas final con balance de situación, acreditativo de la inexistencia de deudas a terceros y que la junta, en su día, distribuyó entre sus miembros asociados en proporción a sus derechos de cada uno de ellos el importe sobrante, el conjunto de todo ello debidamente constatado en el acta por el secretario designado.

Segundo.- Conceder audiencia, mediante citación personal y por plazo de un mes, a las personas interesadas, sin que sea preceptivo someter la cuenta de liquidación a información pública.

Tercero.- Hacer constar que la cuenta de liquidación se considerará definitivamente aprobada si durante el plazo de audiencia referido en el ordinal anterior, no se hubiesen presentado alegaciones; en caso contrario, el órgano municipal competente acordará su aprobación definitiva previa resolución de las alegaciones presentadas. El acto o acuerdo de aprobación definitiva debe publicarse en el BOIB y en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará asimismo el contenido íntegro del mismo. De lo contrario, el acto o el acuerdo de disolución debe comunicarse al Registro de entidades urbanísticas colaboradoras del Consejo Insular de Mallorca”.

Considerando que mediante escritos RGE núm.7731/2024, núm.592/2025 y 1006/2025, la totalidad de personas físicas y jurídicas miembros integrantes de la Junta de Compensación han manifestado expresamente ser plenamente conocedores del alcance del acuerdo de JGL parcialmente transcrito, comunicando a su vez su intención de no hacer uso del trámite de audiencia legalmente otorgado, sin que tampoco se haya presentado ningún tipo de alegación una vez agotado con crece el plazo habilitado al efecto.

Visto el informe jurídico emitido por el técnico del área municipal competente en fecha 26.02.2025, procede considerar definitivamente aprobada la cuenta de liquidación de la Junta de Compensación del Sector UP-4A Polígono Industrial del PGOU de Pollença, debiéndose publicar el presente oficio de Alcaldía que así lo exprese en el BOIB y en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará asimismo el contenido íntegro del mismo. De lo contrario, el acto o acuerdo de disolución debe comunicarse al Registro de entidades urbanísticas colaboradoras del Consejo Insular de Mallorca.

 

(Firmado electrónicamente: 26 de febrer de 2025

El batle Martí Xavier March Cerdà)