Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 204067
Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (programas 4 y 5)
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm. 125, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento en fuentes de almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento, el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB nº137, de 22 de octubre de 202).
2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta una serie de documentación en los expedientes, que se detalla en la tabla siguiente, y que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado noveno de la resolución de la convocatoria de referencia.
3. Hay que indicar que, en el caso de la enmienda de deficiencias, la fecha de presentación de la documentación de la enmienda es la que establece el orden para resolver el expediente, y, en el caso de la presentación de la aclaración, es la fecha de registro de la solicitud la que determina el orden de prelación.
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Anomalías |
Observaciones |
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NEXTG45-7723/2021 |
, CP LOS PORCHES ARABELA PARK |
***1087** |
En el documento 1, en la declaración responsable en el punto 8, no se declara si se han solicitado ayudas por el mismo concepto, es necesario aportar el NIF de la comunidad y el listado de CUPS de cada uno de los propietarios. El acta de aprobación de la instalación fotovoltaica debe estar firmada por el presidente de la comunidad |
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NEXTG45-7816/2021 |
BARCELO TRIQUELL, ESPERANZA |
***3187** |
En el documento 4, la potencia unitaria de módulos ( 0.45 kWp) y la potencia total nominal ( 3.15kWp) no coinciden con lo declarado en la oferta económica ( 0.545 kWp y -3.82 kWp) |
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NEXTG45-7959/2021 |
RULL MURILLO, NURIA |
***5772** |
En la oferta económica el nombre del cliente no coincide con el titular de la solicitud, En el documento 4, la potencia unitaria de los módulos (0.545 kWp) no coincide con la declarada en la oferta económica (0.455 kWp), En el documento 7, el nombre del cliente no coincide con el titular de la solicitud; En el documento 8, el nombre del cliente no coincide con el titular de la solicitud |
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NEXTG45-8209/2021 |
TUR VIÑAS, JUAN ACISCLO |
***3096** |
El titular de la solicitud no está al corriente de sus obligaciones tributarias con la AEAT |
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NEXTG45-8341/2021 |
PONS ADAME, BEGOÑA |
***0580** |
El documento 7 aportado no corresponde a esta convocatoria, El documento 8 aportado no corresponde a esta convocatoria |
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NEXTG45-8496/2021 |
ORTIZ DOMINGUEZ, JOSE ANTONIO |
***3687** |
En el documento 4, la potencia unitaria de los módulos fotovoltaicos (0.450 kWp) no coincide con la potencia declarada en la oferta económica (0.454 kWp) |
Aclaración |
NEXTG45-8527/2021 |
CORRO LOPEZ, NOELIA |
***6019** |
En el documento 5 falta la firma del titular de la solicitud, En el documento 7 falta la firma del titular de la solicitud, En el documento 8 falta la firma del titular de la solicitud |
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NEXTG45-8556/2021 |
Mock Null, Andrea martina |
***3196** |
En el documento 4 falta el CIF de la empresa instaladora, el número de módulos y su potencia unitaria, la potencia del inversor y total. Falta el dato de energía anual estimado producido por la instalación (kWh/año) y el consumo anual del consumidor asociado (kWh/año) para justificar que el porcentaje de autoconsumo es igual o mayor al 80% de la energía anual generada por la instalación objeto de la ayuda. Falta indicar el CUPS. Falta la firma de la empresa instaladora o técnico competente |
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NEXTG45-8569/2021 |
BELTRAN MUNAR, MATEO |
***2466** |
En el documento 5 falta la firma del titular de la solicitud, En el documento 7 falta la firma del titular de la solicitud, En el documento 8 falta la firma del titular de la solicitud |
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NEXTG45-8616/2021 |
OLIVER PIZA, MARIA |
***0388** |
En el documento 5 falta la firma del titular de la solicitud, En el documento 7 falta la firma del titular de la solicitud, En el documento 8 falta la firma del titular de la solicitud |
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NEXTG45-8653/2021 |
VERGARA GARCÍA, ÓSCAR MANUEL |
***2509** |
En el documento 5 falta la firma del titular de la solicitud, En el documento 7 falta la firma del titular de la solicitud, En el documento 8 falta la firma del titular de la solicitud |
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NEXTG45-8736/2021 |
GARCIA MERINO, JESUS MIGUEL |
***2301** |
En el documento 4 falta la firma de la empresa instaladora o técnico competente |
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NEXTG45-8869/2021 |
GARCIA MARIN, FERNADO |
***9079** |
En el documento 1, al indicar que se trata de una persona física con actividad económica, falta indicar el código CNAE, falta el doc. 3 de declaración de mínimis ya que ha declarado ser una persona física con actividad económica |
Aclaración |
NEXTG45-8892/2021 |
SORIANO PUMARES, LUIS |
***4369** |
En el documento 4, la potencia unitaria de módulos ( 0.4 kWp) no coincide con lo declarado en la oferta económica ( 0.415 kWp) |
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NEXTG45-9057/2021 |
VISSCHER, SONJA ANNETTE URSULA |
***8964** |
En el documento 1, se marca que se trata de una persona física con actividad económica, falta indicar el código CNAE., En el documento 4, deben señalarse las actuaciones adicionales y si el sistema de almacenamiento está conectado o no a la red. |
Aclaración |
En caso de que no presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB, se le tendrá por desistido de su petición, dado el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, previa resolución que declarará concluido el momento y de acuerdo con el artículo 21 de esta ley.
Palma 17 de marzo de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez