Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD
Núm. 202508
Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud por la que se aprueba la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2025 y se establecen las bases generales y las específicas
Hechos
1. El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) ejerce funciones relativas a la coordinación y el impulso de actividades en materia de juventud y la promoción de acciones de dinamización juvenil, así como del asociacionismo y de la participación de los jóvenes de las Islas Baleares en la vida social y cultural.
2. El Programa Cultural Art Jove, promovido por el IBJOVE, tiene como objetivos básicos fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar la creatividad artística. Estos objetivos se plasman cada año en la convocatoria de diferentes certámenes, premios y muestras de vertientes artísticas múltiples.
3. Las ayudas de la convocatoria de premios y certámenes del programa cultural Art Jove, gestionada por el IBJOVE, están incluidos en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021, De conformidad con el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. En fecha 19 de marzo de 2025, de acuerdo con el informe justificativo previo de 26 de febrero de la responsable del Área de Arte Joven y del certificado de suficiencia de crédito de 3 de marzo del responsable del Área Económica del IBJOVE, la presidenta de este organismo ordenó el inicio del procedimiento para convocar los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove 2024. El 10 de marzo se emitió el informe jurídico favorable a la convocatoria.
Fundamentos de derecho
1. La promoción y la divulgación de la obra de artistas jóvenes es una de las competencias atribuidas expresamente al IBJOVE, según establece el artículo 2.2 del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, por el que se regula el Instituto Balear de la Juventud. En concreto, la letra d) de este artículo le encomienda llevar a cabo actividades de promoción cultural de la juventud y de promoción y divulgación de la obra de jóvenes artistas y creadores de las Islas Baleares.
2. El texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, el establecimiento o la gestión de las que corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma o en las entidades públicas que dependen de ella. Tiene la consideración de subvención cualquier disposición gratuita de fondos públicos y, en general, de cualquier recurso público evaluable económicamente que lleve a cabo la Administración a favor de una persona física o jurídica, pública o privada, y que se destine a la realización de una actividad de utilidad pública o de interés social, o la consecución de una finalidad pública.
3. Mediante la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
4. Mediante el Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 94, de 10 de julio), se nombró Catalina Cirer Adrover como consejera de Familias y de Asuntos Sociales, que, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 33/2023, de 26 de mayo, de aprobación de los estatutos de la entidad pública empresarial Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE), ejercerá también el cargo de presidenta de este ente, dado que, de acuerdo con el Decreto 12/2023, de 10 de julio, se asignan en la Conselleria mencionada las competencias en materia de planificación y coordinación de las políticas de juventud y ejerce las funciones establecidas en el artículo 10 del Decreto 33/2023 de 26 de mayo, de aprobación de los estatutos de la entidad pública empresarial Institut Balear de la Joventut (IBJOVE).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Aprobar la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2025, que se deben regir por las bases generales y las específicas que se publican como anexos 1 y 2, respectivamente.
Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta de IBJOVE en el plazo de un mes a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de marzo de 2025)
La presidenta del Institut Balear de la Joventut Catalina Cirer Adrover
ANEXO 1 Bases generales del Programa Cultural Art Jove 2025
1. Objeto de la convocatoria
1.1. El objeto de esta convocatoria son los certámenes del Programa Cultural Art Jove 2025, el cual tiene la finalidad de fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar la creatividad artística.
1.2. Los certámenes convocados para el año 2025 son los siguientes:
a) Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, en la modalidad de solistas, dotado con 5.000,00 € (cinco mil euros).
b) Certamen de Creación Musical Jove, dotado con 9.000,00€ (nueve mil euros).
c) Certamen de Fotografía, dotado con 9.500,00 € (nueve mil quinientos euros).
d) Certamen de Creación Teatral Joven, dotado con 9.000,00 € (nueve mil euros).
e) Certamen de Arquitectura Joven y Diseño de Interiores, dotado con 13.000,00 € (trece mil euros).
f) Certamen de Diseño Gráfico, dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros).
g) Certamen de Cocina Xef Jove, dotado con 6.500,00 € (seis mil quinientos euros).
1.3. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas).
2. Importe y crédito presupuestario
Se destina a esta convocatoria la cantidad máxima de 60.000,00 € (sesenta mil euros), con cargo a los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) para el año 2025.
3. Participantes
3.1. El Programa Cultural Art Jove dirige a jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2025.
3.2. No se permite la inscripción de grupos a las modalidades de Fotografía, Solistas, Chef Joven y Diseño Gráfico.
3.3. En la inscripción de grupos, se considera representante del grupo el componente del grupo que formaliza la solicitud de inscripción, y forman el resto del grupo los miembros que constan. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen como parte de dos grupos a la vez o como parte de un grupo e individualmente.
3.4. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años, deben cobrar el premio las personas que los representan legalmente, en el caso de que no estén emancipados.
3.5. Los grupos o los autores que han recibido un primer premio o un premio único en cualquier edición del Programa Cultural Art Jove no se pueden volver a presentar a la misma modalidad en la que resultaron ganadores. En el caso de los grupos, se entiende que no se pueden volver a presentar si conservan el mismo nombre o si la mayor parte de los componentes del grupo (la mitad más uno) son los mismos que cuando el grupo resultó ganador.
3.6. Asimismo, no se puede presentar a concurso ninguna obra que, en el momento de la inscripción, ya haya resultado ganadora del primer premio de cualquier otro certamen de las Islas Baleares.
3.7. En todos aquellos certámenes que impliquen la actuación de grupos de personas, si una vez finalizado el plazo de inscripción alguno de los componentes del grupo no puede asistir a la primera prueba selectiva, se admitirá la sustitución de un máximo del 50% de los componentes del grupo. Estas sustituciones deben sujetar obligatoriamente a las restricciones siguientes:
En ningún caso se admitirá la sustitución de algún miembro del grupo una vez realizada la semifinal.
4. Obligaciones de las personas beneficiarias
4.1. Las personas beneficiarias deben cumplir las obligaciones que establecen el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, Y la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias deben estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. El hecho de presentar la solicitud implica que la persona solicitante autoriza el órgano convocando a obtener directamente los certificados que acreditan que está al tanto de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización si aporta un documento de denegación y los certificados mencionados.
5. Presentación de solicitudes: Requisitos, plazos y documentación
5.1. Las personas que cumplan los requisitos que determina la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo), así como los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes de acuerdo con lo dispuesto en este apartado.
5.2. El plazo para presentar las solicitudes y el resto de los documentos que se mencionan en esta convocatoria es desde el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 23.59h del 25 de mayo de 2025.
5.3. Las bases, el formulario de inscripción y el resto de los documentos que se mencionan en esta convocatoria están a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (http://caib.es/seucaib), así como el web del IBJOVE (http://ibjove.caib.es).
5.4. Las personas interesadas pueden presentar el formulario de inscripción y toda la documentación que se especifica a continuación en cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre):
5.5. La documentación que hay que presentar para todas las modalidades convocadas es la siguiente:
a) El formulario rellenado y debidamente firmado.
b) En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares y no ser residente en Palma, una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares.
c) Para algunas modalidades (diseño Gráfico, Arquitectura y Diseño de Interiores, y Chef Joven), se establece un plazo adicional para presentar documentación específica de la modalidad.
Además, el Área de Art Jove del IBJOVE puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
5.6. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o bien la información o la documentación aportadas son incorrectos o incompletas, el IBJOVE debe requerir a la persona interesada que, en el plazo de diez días hábiles contadores desde al día siguiente de haber recibido la notificación por correo electrónico, Subsane la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si en este plazo la persona interesada no hace las enmiendas correspondientes, se entenderá que desiste de la solicitud.
6. Instrucción del procedimiento
El órgano instructor es la responsable del Área de Arte Joven del IBJOVE, la cual debe llevar a cabo las actuaciones a las que se refieren el artículo 16 y los siguientes del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones. En concreto, tiene que hacer de oficio todas las actuaciones que considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios.
7. Jurados
7.1. El jurado es el órgano colegiado al que corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como emitir el informe que debe servir de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.
7.2. A propuesta de la coordinadora del Programa Cultural Art Jove, el director del IBJOVE debe nombrar a los miembros de cada jurado mediante una resolución.
7.3. El jurado de cada uno de los certámenes está formado por los componentes que se indican a continuación. La composición de cada jurado se detalla en las bases específicas correspondientes:
7.4. Se considera que hay cuórum suficiente cuando están presentes en las reuniones del jurado el presidente o presidenta y la secretaria o, en su caso, las personas que los sustituyan, y la mitad de los miembros, como mínimo. En el caso de vacante, de ausencia o de enfermedad del presidente o presidenta, debe sustituir la persona del jurado de más edad, pero en este caso es necesaria la presencia de un vocal más para que haya el cuórum suficiente. En el caso de vacante, de ausencia o de enfermedad de la secretaria, debe sustituir un técnico del Área de Arte Joven o la persona en la que delegue la responsabilidad.
7.5. El veredicto del jurado es inapelable. Las decisiones deben tomarse por mayoría simple; no es necesario, pues, unanimidad a la hora de establecer el ganador o los ganadores de cualquier certamen.
7.6. En los certámenes en que las bases específicas establecen una duración de la interpretación, debe entenderse como aproximada. El jurado es el que debe determinar si la falta o el exceso en el tiempo utilizado por los participantes se puede penalizar, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba.
8. Resolución y notificación
8.1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios es la presidenta del IBJOVE.
8.2. La concesión de los premios del Programa Cultural Art Jove debe resolverse antes del 31 de diciembre de 2025. Este plazo puede ser modificado en el caso de que haya impedimentos justificados debidamente que no permitan cumplirlo.
8.3. La resolución de concesión de la presidenta debe ser motivada y debe fijar, con carácter definitivo, la cuantía individual de los premios concedidos. La resolución debe notificarse a las personas interesadas mediante la publicación en el sitio web http://ibjove.caib.es.
8.4. Presentarse a un certamen o modalidad implica aceptar el premio que eventualmente puede corresponder, a menos que se manifieste expresamente de otro modo.
9. Pago y justificación
9.1. Como justificación para el pago de los premios es suficiente acreditar los requisitos que establece la convocatoria.
9.2. De acuerdo con el punto 9.1 de esta convocatoria, con carácter general, los premios deben pagar a los beneficiarios íntegramente, mediante una transferencia o un talón bancario, una vez resuelta y notificada la concesión y completada correctamente la documentación exigida en el punto 5.4 de las bases generales.
9.3. Sin embargo, en todos los certámenes en que se establece que una parte del premio está sujeta a la realización de actuaciones o encargos específicos por parte de los ganadores o finalistas, además de lo dispuesto en el punto 9.2, para tramitar los pagos correspondientes es necesario que un técnico del Área de Arte Joven expida un certificado que acredite que se han hecho las actuaciones mencionadas o que se han presentado los encargos específicos de cada certamen. Estos encargos o actuaciones deben llevarse a cabo durante los años 2025 y 2026.
9.4. Los participantes premiados deben cobrar la parte que les corresponde cuando hayan hecho las actuaciones programadas. En el caso de ausencia, si no es justificada por algún motivo de fuerza mayor, el participante pierde el derecho a cobrarlas.
10. Otras determinaciones
10.1. Los premios que establece esta convocatoria tienen la consideración de rentas imputables a efectos de lo establecido en la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
10.2. El hecho de presentarse a cualquier certamen supone, implícitamente, que los autores autorizan al IBJOVE reproducir y publicar su imagen y el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.
10.3. A propuesta de la coordinadora del Programa Cultural Art Jove El director del IBJOVE, la presidenta de IBJOVE puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes para que funcionen correctamente, debiendo resolver todas las cuestiones que puedan surgir en cuanto a la interpretación de las bases. Asimismo, puede anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes lo aconseja.
10.4. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales, o por otras razones justificadas debidamente.
10.5. Una vez finalizado el plazo de inscripción, se debe considerar que la participación en un certamen o modalidad no es suficiente si es inferior a tres inscripciones. En caso de que la participación sea insuficiente o, simplemente, escasa (inferior a cinco inscripciones), y antes de declarar el certamen o modalidad desierto, a propuesta de la coordinadora del Programa Cultural Art Jove y con la aprobación del director de IBJOVE, la presidenta del IBJOVE puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre con la publicación previa en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y conservando las solicitudes ya presentadas. Este nuevo plazo no debe perjudicar en ningún caso los participantes presentados en el plazo establecido inicialmente, dado que deben disponer de un tiempo adicional para mejorar sus propuestas y profundizar o para presentar una nueva, si lo consideran adecuado. En cualquier caso, si una vez finalizado el nuevo plazo de inscripción la participación es inferior a tres inscripciones, el certamen o modalidad se ha de declarar desierto automáticamente.
10.6. Una vez cerrado definitivamente el proceso de inscripciones, para todas aquellas modalidades que suponen una actuación en directo de los participantes (Solistas, Creación Musical Joven, Creación Teatral Joven y Chef Joven), en el caso de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, se deben programar una o más fases semifinales. Si el número de inscritos es inferior a cinco, se programará directamente una fase final.
10.7. Cuando el participante tenga que asistir a un evento programado por el Arte Joven fuera del municipio donde reside en ese momento, el IBJOVE debe hacerse cargo del coste del transporte aéreo o marítimo, en España, del participante y de todo el material necesario para participar en el evento. En caso de que el participante resida fuera de España, el IBJOVE se hará cargo del coste del transporte aéreo o marítimo del participante y de todo el material necesario para participar en el evento, hasta un máximo de 300,00 € , ida y vuelta. En caso de que el evento programado le obligue a hacer una o más pernoctaciones fuera de su municipio, IBJOVE también se debe hacer cargo del alojamiento. En ningún caso se cubren los desplazamientos terrestres.
10.8. Cualquier información relativa a la organización y la celebración de un certamen y al fallo de los jurados se comunicará a los participantes mediante un correo electrónico, sin perjuicio que, además, también se notifique por vía telefónica.
10.9. En las fases semifinales de todos los certámenes, el jurado debe nominar dos semifinalistas sustitutos que deben participar en las pruebas de selección cuando alguno de los semifinalistas no pueda asistir. Esta decisión se debe hacer constar en el acta.
10.10. Durante los años 2025 y 2026, el IBJOVE puede editar catálogos, vídeos, DVD y publicaciones en el que se recojan las obras y las interpretaciones ganadoras y finalistas de los diferentes certámenes que son objeto de esta convocatoria.
10.11. La participación en cualquiera de los certámenes o modalidades que establece esta convocatoria implica aceptar de una manera estricta todas las bases (generales y específicas), por lo que se han de excluir las inscripciones que no cumplan las condiciones en la forma establecida.
10.12. El IBJOVE no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos en las obras y las actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica necesariamente. En cualquier caso, no deben admitirse a concurso obras o interpretaciones que hagan una apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se produce este supuesto, a propuesta unánime del jurado correspondiente, el director del IBJOVE debe resolver excluirlas del certamen.
11. Programa Girart Jove
11.1. El Programa Girart Joven es el instrumento de difusión y promoción de los finalistas y los ganadores de todos los certámenes una vez que ha tenido lugar la final y se han llevado a cabo los bolos derivados del pago de los diferentes premios. Consiste en programar actuaciones, exhibiciones, exposiciones o muestras en diferentes espacios de las Islas Baleares o del resto del Estado español. Los artistas que participen en el programa itinerante Girart Joven de cualquier certamen o modalidad deben presentar una factura o minuta, con los impuestos que correspondan en cada caso para cobrar las actuaciones con las cantidades que se exponen a continuación:
— Los intérpretes o artistas en solitario: 200,00 €
— Los grupos: 200,00 € por componente, hasta un máximo de 1.000,00 €.
En el caso de que los artistas que participen en el programa Girart Joven no sean autónomos, o no formen parte de una compañía o grupo con CIF propio, serán contratados a través de una empresa elegida por el IBJOVE, según la normativa vigente.
11.2. Las actuaciones o exposiciones que sean iniciativa del IBJOVE (actuaciones de finalistas o ganadores durante la deliberación de los jurados en selecciones o en actos de clausura, exposiciones o muestras) las debe gestionar el IBJOVE, el cual debe asumir todos los gastos. En cuanto a las actuaciones de artistas o en las exposiciones de obras finalistas o ganadoras del Arte Joven que programe una entidad externa, ya sea pública o privada, se procederá de la siguiente manera:
— En el caso de actuaciones de artistas, la entidad solicitando se debe hacer cargo de la publicidad y difusión de la actuación y del alojamiento y la manutención del artista, si se ve obligado a pernoctar fuera de su municipio de residencia, y debe poner a disposición de los participantes el espacio escénico, el técnico y el equipo de sonido. El IBJOVE debe asumir el coste de la minuta y del desplazamiento, en su caso.
— Si son exposiciones, la entidad solicitando debe encargarse de la publicidad y difusión de la exposición y del montaje, el desmontaje, la vigilancia y la custodia, y la devolución de las obras en las mismas condiciones en que las reciba. Los gastos de la minuta de los artistas y de envío de las obras están a cargo del IBJOVE.
12. Tratamiento de datos de carácter personal
12.1 en cuanto al tratamiento de datos personales de los participantes y los derechos que les reconoce la normativa vigente, la política de privacidad aplicable a los certámenes gestionados por el Área de Arte Joven es la que se establece a continuación. Cualquier duda o aclaración respecto a la política de privacidad del IBJOVE o los derechos de los participantes debe resolver con el IBJOVE a través de los canales que se indican a continuación. En el caso de proporcionar datos de carácter personal de terceros, el participante se compromete a obtener el consentimiento previo de las personas afectadas y informarlas sobre el contenido de esta política.
12.2 El responsable del tratamiento de los datos es el Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) y, en concreto, el Área de Arte Joven, con domicilio en la calle del Uruguay, s / n (Velódromo Islas Baleares), 07010 Palma , teléfono 971 17 89 49 y dirección electrónica artjove@ibjove.net. Puede contactar con el delegado de protección de datos del IBJOVE mediante la dirección electrónica siguiente: protecciodedades@ibjove.caib.es.
12.3. Los datos que proporcionan los participantes en los formularios de inscripción son tratadas para tramitar la inscripción en los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2025 y para gestionar estos premios y certámenes. Este tratamiento se basa en la gestión de la relación jurídica que se establece con motivo de la participación en los certámenes del IBJOVE y en el cumplimiento de obligaciones legales, en concreto, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril; Del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de subvenciones; del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, por el que se regula el Instituto Balear de la Juventud, y de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
12.4. Los datos identificativos y de contacto proporcionados en el formulario de inscripción son tratadas para enviar comunicaciones por medios electrónicos sobre actividades, eventos e información general del IBJOVE. Este tratamiento se basa en el consentimiento que se solicita en el formulario de inscripción para la recepción de estas comunicaciones por medios electrónicos. El hecho de no prestar el consentimiento para esta finalidad o de retirarlo no condiciona la inscripción.
12.5. El material resultante de los vídeos o reportajes fotográficos llevados a cabo durante la participación en los certámenes y, en su caso, la imagen y / o la voz de las personas que aparecen en las obras integrantes de los certámenes son utilizados para informar al público sobre actividades llevadas a cabo por el IBJOVE. La base jurídica para captar la imagen y, en su caso, la voz de los participantes y para difundirla en medios de comunicación y en perfiles del IBJOVE en redes sociales, como Facebook, Instagram o Twitter, es el consentimiento de los participantes o de sus padres o tutores, Que se solicita en la autorización de captación y uso de imagen enviada antes de publicarse, al amparo de lo previsto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor , a la intimidad personal y familiar ya la propia imagen.
12.6. Los datos son comunicados a terceras personas por obligación legal o con el consentimiento del participante. En concreto, si un participante resulta ganador de un certamen, el IBJOVE puede publicar su nombre y apellidos a los medios de comunicación y en perfiles del IBJOVE de diferentes redes sociales, tales como Facebook, Instagram o Twitter. La publicación del nombre de las personas premiadas se basa en el cumplimiento de una disposición legal; concretamente, del artículo 6.2 del Decreto legislativo 2/2005, que regula, entre los principios por los que se debe basar esta actuación administrativa, el de transparencia.
12.7. En caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos para participar en las semifinales o finales de los diferentes certámenes o eventos programados por el Arte Joven, los datos identificativos de los participantes, de contacto y de características personales obtenidas del formulario (en concreto: Nombre y apellidos ; DNI, NIE o pasaporte; dirección; dirección electrónica, y fecha de nacimiento) serán comunicadas a las agencias de viajes minoristas encargadas de tramitar los billetes o las reservas, así como las empresas los servicios de las que se incluyen en estos viajes y reservas, tales como empresas de transporte u hoteles.
12.8. Se conservarán los datos personales que proporcionen los participantes durante la vigencia de la relación que mantienen con el IBJOVE y durante el tiempo necesario para atender posibles responsabilidades nacidas del tratamiento de estos datos. Los datos tratados con fines informativos se conservarán mientras no se solicite la baja. El material audiovisual se utilizará durante el tiempo que el IBJOVE considere necesario para la consecución de los fines antes descritos. Los documentos de cualquier época o tipología, reunidos o no en archivos, y producidos, recibidos o conservados por el IBJOVE, en el ejercicio de su función, forman parte del patrimonio documental de las Islas Baleares. Una vez que los datos tratados hayan dejado de ser útiles para los fines para las cuales fueron recogidas, pasarán al estado histórico y serán conservadas y, en su caso, destruidas, conforme a la normativa de evaluación y los criterios previstos por las leyes 12/1998, De patrimonio histórico de las Islas Baleares, y 15/2006, de archivos y patrimonio documental de las Islas Baleares.
12.9. Los participantes tienen derecho a obtener confirmación de si se tratan o no sus datos personales y, en su caso, a acceder. Igualmente, pueden pedir que sus datos sean rectificadas, cuando sean inexactos, o que se completen los datos que sean incompletas, así como solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarias para los fines para las que fueron recogidas.
En determinadas circunstancias, pueden solicitar la limitación del tratamiento de sus datos. En este caso, solo se tratarán los datos afectadas para formular, ejercer o defender reclamaciones o con la intención de proteger los derechos de otras personas. En determinadas condiciones y por motivos relacionados con su situación particular, pueden igualmente oponerse al tratamiento de sus datos. En este caso, se dejarán de tratar los datos excepto por motivos legítimos imperiosos que prevalezcan sobre sus intereses o derechos y libertades, o para formular, ejercer o defender reclamaciones.
Asimismo, bajo ciertas condiciones, pueden solicitar la portabilidad de sus datos, para que sean transmitidas a otro responsable de tratarlas.
12.10. Los participantes pueden revocar el consentimiento que hayan prestado para determinadas finalidades, sin que este hecho afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a la retirada del consentimiento. Igualmente, tienen derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de protección de datos.
12.11. Para solicitar la baja de los tratamientos con fines informativos, pueden enviar un mensaje a la dirección electrónica siguiente: protecciodedades@ibjove.caib.es
12.12. Para ejercer sus derechos, los participantes deben enviar, por correo postal o electrónico, una solicitud, acompañada de una copia del DNI o de otro documento válido que los identifique, al delegado de protección de datos, a las direcciones indicadas en el apartado 12.2. Para más información sobre sus derechos y sobre cómo ejercerlos, los participantes pueden consultar la web de la Agencia Española de Protección de Datos:
13. Revocación
13.1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, corresponde revocar la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.
13.2. A consecuencia de la revocación, queda sin efecto el acto de concesión del premio y se deben reintegrar las cantidades percibidas indebidamente.
14. Reintegro de las ayudas concedidos
14.1. Corresponde reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la que se aprueba el reintegro en los casos que prevé el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, Por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
14.2. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por la vía de apremio.
14.3. Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perder el derecho de cobrarlo, con la audiencia previa de la persona interesada.
14.4. El ganador pierde el derecho a reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que se le pueda imputar, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el IBJOVE.
15. Régimen de infracciones y sanciones
Si se incumplen los requisitos que establece esta convocatoria, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones que regula el título V del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
16. Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por lo que disponen estas bases; la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo), Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de los residuos (Agencia de la normativa aplicable.
ANEXO 2 CERTAMEN DE MÚSICA PARA JÓVENES INTÉRPRETES, EN LA MODALIDAD DE SOLISTAS
1. Convocatoria
El IBJOVE, con la colaboración del Conservatorio Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell de Inca y la Escuela de Artes de Tirana (Albania), convoca este certamen, dirigido a jóvenes intérpretes de música clásica.
2. Participantes
Se pueden presentar a esta convocatoria jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2025.
3. Premios
Se establece una dotación total de 5.000,00 € (cinco mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
— Se establece un primer premio de 1.500,00 € (mil quinientos euros) en metálico, y 2.000,00 € (dos mil euros) más, que se destinarán a sufragar todos los gastos del artista ganador por participar en el certamen Art Pertot Albania 2026 (ver punto 7). En esta cuantía incluyen los gastos de manutención y honorarios del artista ganador. El IBJOVE se hará cargo del desplazamiento y del alojamiento.
— Una dotación de 1.500,00 € (mil quinientos euros) en metálico destinada a pagar dos segundos premios, o un segundo y un tercer premios, con la distribución monetaria que el jurado encuentre oportuna.
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. El primer premio no puede ser compartido.
4. Jurado
El jurado debe estar formado por un mínimo de tres vocales y un presidente o presidenta (con voto dirimente en el caso de empate). A todos los debe elegir el lBJOVE de entre los colectivos siguientes: Directores de los conservatorios profesionales de las Islas Baleares y director del Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares, o las personas en las que deleguen; Coordinadores de festivales de música clásica de prestigio reconocido en las Islas Baleares, y músicos o compositores de las Islas Baleares. Asimismo, se debe invitar a formar parte del jurado un representante del IEB y la persona ganadora del primer premio de la última edición del Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, en la modalidad de solistas, del Programa Cultural Art Jove. Ha de actuar como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.
5. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación. Hasta las 23.59h del 25 de mayo de 2025, hay que rellenar el formulario de inscripción en la web del IBJOVE: ibjove.caib.es. En el formulario debe constar, en el apartado correspondiente, un enlace de Google Drive que incluya las partituras del repertorio que se interpretará a la prueba semifinal.
El repertorio que proponga el concursante debe ser original para el instrumento con el que se presenta. Solo se admiten las transcripciones y las reducciones para el instrumento acompañante.
En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares, se debe enviar una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares a artjove2025@gmail.com
6. Selección y desarrollo
En caso de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, se debe programar una fase semifinal en una o más jornadas. El Área de Arte Joven debe informar oportunamente los inscritos en el Certamen de las fechas y los espacios en los que deben tener lugar las semifinales.
La fase semifinal debe tener lugar en Mallorca, en el mes de junio de 2025. Los participantes deben actuar en directo durante un mínimo de 5 minutos y un máximo de 10, con el repertorio que consideren más adecuado. El jurado debe decidir cuáles son los tres intérpretes seleccionados para pasar a la final.
En la fase final, que tendrá lugar durante el otoño de 2025, todos los seleccionados deben actuar en directo un mínimo de 10 minutos y un máximo de 15, aproximadamente, con el repertorio que consideren más adecuado. A partir de esta audición, el jurado debe seleccionar el intérprete ganador, teniendo en cuenta criterios como la dificultad del repertorio y la calidad de la interpretación. Ese mismo día, actuarán, fuera de concurso, los participantes albaneses y baleares del programa de intercambios Art por todas.
En caso que el número total de intérpretes inscritos sea inferior a cinco, no debe haber semifinales y se celebrará directamente la final. Así, los participantes deben preparar un repertorio de entre 10 y 15 minutos y el jurado debe elegir los tres intérpretes ganadores (el primer premio y los dos segundos) a partir de esta audición.
7. Otras determinaciones
El programa de intercambios Arte por Todas Albania es una iniciativa del Conservatorio profesional Antoni Torrandell de Música y Danza de Inca, de la Universidad de las Artes de Tirana (Albania) y del IBJOVE, a través del Programa Cultural Art Jove. De acuerdo con este programa, el IBJOVE y la Universidad de las Artes de Tirana seleccionan jóvenes intérpretes de música clásica y jóvenes bailarines de su territorio para que hagan un mínimo de dos actuaciones (una en su territorio y la otra en el territorio anfitrión). Así, los jóvenes artistas baleares (ganadores o finalistas de las modalidades de Danza Contemporánea y de Música para Jóvenes Intérpretes) actuarán en Albania, el mes de junio de 2026, junto con los jóvenes artistas albaneses. Por su parte, los jóvenes artistas albaneses actuarán en el Conservatorio de Inca o algún espacio escénico vinculado al conservatorio acompañados por los seleccionados baleares en Inca, el mes de octubre de 2026.
En cuanto a los conciertos derivados del pago del primer premio del Certamen, dentro del programa de intercambios Art por todas Albania, el IBJOVE debe informar oportunamente el intérprete ganador de la fecha y el lugar de los bolos en Mallorca y en Albania. En el caso de ausencia en estas actuaciones, si no es justificada por algún motivo de fuerza mayor, el músico ganador pierde el derecho a cobrarlas. En este caso, el IBJOVE se reserva el derecho de elegir otro intérprete finalista para participar en el Art Pertot Albania.
CERTAMEN DE CREACIÓN MUSICAL JOVEN
1. Convocatoria
El IBJOVE, con la colaboración del Instituto de Estudios Baleares (IEB) y del Ayuntamiento de Palma, convoca este certamen, para músicos en solitario o grupos de jóvenes la música se pueda incluir en cualquier género o estilo musical: Música clásica, blues, jazz, soul, rock and roll, reggae, ska, funk, disco, rap, pop, flamenco, salsa, música electrónica, música del mundo, etc. En cualquier caso, las canciones presentadas deben ser de creación propia o versiones o re-mezclas propias de otros autores.
2. Participantes
Pueden concursar en este certamen jóvenes músicos en solitario o grupos de jóvenes; todos deben ser nacidos o residentes en las Islas Baleares. Además, todos los participantes deben tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2025.
3. Premios
Se establece una dotación total de 9.000,00 € (nueve mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
— Se debe otorgar un primer premio de 3.000,00 € (tres mil euros) en metálico, y 3.000,00 € (tres mil euros) más para pagar el caché de tres conciertos: Una actuación durante alguna de las fiestas institucionales del Ayuntamiento de Palma durante el 2026, como por ejemplo, Sant Sebastià, una actuación en el Festival MoboFest 2026 y una actuación durante la Fira B! de 2026.
— Se establece una dotación de 3.000,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premios, lo que determine el jurado.
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. El primer premio no puede ser compartido.
4. Jurado
El jurado debe estar formado por un mínimo de tres vocales y un presidente o presidenta (con voto dirimente en el caso de empate). A todos los debe elegir el lBJOVE de entre los colectivos siguientes: Músicos de prestigio reconocido en las Islas Baleares, críticos de música de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en el resto de España, Directores o productores de sellos discográficos y programadores de festivales como el Mallorca live o el Mobofest, un representante de la Asociación de Profesionales de la Música de Mallorca y un representante del IEB. También se debe invitar a formar parte del jurado un representante del grupo ganador de la última edición del Certamen de Creación Musical Joven del Programa Cultural Art Jove. Ha de actuar como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.
5. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación. Hasta las 23.59h del 25 de mayo de 2025, hay que rellenar el formulario de inscripción en la web del IBJOVE: ibjove.caib.es.
En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares, se debe enviar una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares a artjove2025@gmail.com
En el formulario debe constar, en el apartado correspondiente, un enlace con un mínimo de dos temas o diez minutos de música, a través de un servicio de reproducción en tiempo real (Bandcamp, SoundCloud, Spotify, etc.), o mediante la descarga de las canciones en formato MP3 (Dropbox, WeTransfer, Google Drive, etc.).
Los temas presentados deben ser, obligatoriamente, interpretados por el músico o grupo de músicos inscrito.
Cada persona inscrita solo puede participar en una propuesta y debe aportar sus instrumentos, con excepción de la batería, y se debe hacer cargo del traslado de este material.
6. Selección y desarrollo
El IBJOVE prevé organizar, una vez finalizado el período de inscripción, una fase de selección previa, una fase semifinal y una fase final.
En la fase de preselección, los miembros del jurado deben puntuar del 1 al 10 cada maqueta presentada y deben elegir los grupos o intérpretes que obtengan más puntuación, hasta un máximo de seis.
La fase semifinal tendrá lugar en Palma durante el mes de junio o julio de 2025. Todos los seleccionados deben actuar en directo, durante un mínimo de 10 minutos y un máximo de 15, con un repertorio que debe incluir, como mínimo, uno de los temas presentados en la maqueta. A partir de esta audición, el jurado debe elegir los tres grupos finalistas, a partir de los criterios de creatividad y calidad artística, dimensión compositiva (letras, arreglos e innovación musical) y dimensión interpretativa (instrumentación, voces, coordinación, puesta en escena, transmisión y personalidad).
La fase final tendrá lugar en Ibiza, durante el verano de 2025. Los finalistas deben actuar en directo durante un mínimo de 20 minutos y un máximo de 30, con el repertorio que consideren más adecuado. La misma tarde de la final se debe dar a conocer el nombre del grupo o intérprete ganador.
7. Otras determinaciones
En cuanto a las actuaciones derivadas del pago del primer premio, corresponde al director o programador de los Festivales decidió en qué espacio y en qué fechas se celebrarán estas actuaciones, según el estilo musical del ganador. Las fechas serán consensuadas con el grupo o intérprete ganador.
En el caso de ausencia a alguna actuación programada, si no es justificada por algún motivo de fuerza mayor, el intérprete o la compañía pierde el derecho a cobrarlas.
CERTAMEN DE CREACIÓN TEATRAL JOVEN
1. Convocatoria
El IBJOVE, con la colaboración del Instituto de Estudios Baleares (IEB) y del Teatro Principal de Palma, convoca este certamen, dirigido a jóvenes artistas de las Islas Baleares. En ella se admite cualquier género y técnica teatrales (incluidos el mimo, el teatro de objetos y el teatro gestual).
2. Participantes
Pueden concursar en este certamen jóvenes en solitario o formando una compañía. La compañía puede estar formada por el dramaturgo, el director, los actores, el técnico de sonido y luz, y los músicos acompañantes. En cualquier caso, todos los participantes deben tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2025 y deben haber nacido o deben residir en las Islas Baleares.
3. Premios
Se establece una dotación total de 9.000,00 € (nueve mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
— Un primer premio de 3.000,00 € (tres mil euros) en metálico. Además, la compañía ganadora del primer premio recibe 3.000,00 € más para pagar el caché de dos representaciones de la obra entera: El estreno de la obra en el Teatro Principal de Palma, durante el primer semestre de 2026, y en la Feria B! de 2026. Cada bolo está remunerado con 1.500,00 €. (mil quinientos euros).
— Se establece una dotación de 3.000,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premios, lo que determine el jurado.
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. El primer premio no puede ser compartido.
4. Jurado
El jurado debe estar formado por un mínimo de tres vocales y por un presidente o presidenta (con voto dirimente en el caso de empate). A todos los ha de elegir al lBJOVE de entre los colectivos siguientes: Un representante del AAPIB (Asociación de Actores y Actrices Profesionales de las Islas Baleares); un representante de Illaescena; actores, directores de teatro y críticos teatrales de medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares; Un representante del Teatro Principal de Palma, y uno del IEB. También se debe invitar el ganador del primer premio de la última edición del Certamen de Creación Teatral Joven. Ha de actuar como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.
5. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación. Hasta las 23.59h del 25 de mayo de 2025, hay que rellenar el formulario de inscripción en la web del IBJOVE: ibjove.caib.es.
En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares, se debe enviar una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares a artjove2025@gmail.com
Los textos o dramaturgias representados deben ser inéditos o, en cualquier caso, versiones dramatizadas de textos ya escritos o representados, y pueden ser en lengua catalana o castellana, Aunque el jurado debe valorar positivamente los textos o dramaturgias que sean originales o de autores de las Islas Baleares y que estén escritos en catalán. La representación de la obra completa debe durar al menos 45 minutos.
La propuesta teatral debe ser inédita o, en cualquier caso, en el momento en que se inscribe la obra a concurso los participantes no deben haber representado en ningún otro certamen, muestra o concurso, teatro o festival de las Islas Baleares.
Solo se permite la representación previa a la inscripción de un fragmento de la propuesta en el marco de procesos como la presentación del trabajo de final de grado o de residencias artísticas.
Cada inscrito solo puede participar en una propuesta y debe aportar su propio vestuario y escenografía, y se debe hacer cargo del traslado de este material.
6. Selección y desarrollo
En caso de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, se deben programar una o más fases semifinales.
La fase semifinal o las fases semifinales deben tener lugar durante el mes de septiembre de 2025. Todos los participantes deben representar, en un espacio teatral abierto al público, un fragmento de su propuesta que dure entre 5 y 10 minutos. A partir de esta representación, el jurado debe elegir las tres compañías finalistas, a partir de los criterios de creatividad y calidad artística, originalidad e innovación de la propuesta, y dimensión interpretativa (puesta en escena, transmisión y personalidad).
A partir de este momento, los tres finalistas (o los cuatro en caso de que no se haya llevado a cabo semifinal) disponen de dos meses para montar un mínimo de 20 minutos y un máximo de 30 minutos de la obra que presentan a concurso. Durante este proceso, disponen del asesoramiento artístico de un director de prestigio reconocido.
La fase final debe tener lugar el 22 de noviembre 2025 en el Teatro Municipal Mar i Terra de Palma. Los finalistas deben representar un fragmento de la propuesta final durante un mínimo de 20 minutos y un máximo de 30. La misma tarde de la final se debe dar a conocer el nombre del grupo ganador.
7. Otras determinaciones
El ganador dispone de tres meses, contadores desde la final del Certamen, para montar la obra entera, que se estrenará en el Teatro Principal de Palma en 2026. Debe participar en una residencia de una semana en la Sala Pequeña del Teatro Principal de Palma, donde debe recibir asesoramiento técnico y artístico. Además, el Teatro Principal de Palma debe asumir los gastos de producción y montaje de la obra hasta un máximo de 500,00 €.
En cuanto las representaciones derivadas del pago del primer premio, corresponde al Teatro Principal de Palma y en el IEB decidir el espacio escénico y el día en que deben tener lugar. Esta decisión será consensuada con los participantes ganadores del primer premio. En el caso de ausencia a alguna actuación programada, si no es justificada por algún motivo de fuerza mayor, el intérprete o la compañía pierde el derecho a cobrarlas.
CERTAMEN DE FOTOGRAFÍA
1. Convocatoria
El IBJOVE, con la colaboración del Consejo Departamental de los Pirineos Orientales, del festival Inund'Art de Girona y la Escuela Centro de de Palma (en adelante, CEF), convoca este certamen, dirigido a jóvenes fotógrafos.
2. Participantes
Pueden participar en este certamen jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2025. No se admite la inscripción de grupos.
3. Premios
Se establece una dotación total de 9.500,00 € (nueve mil quinientos euros), que se repartirá de la siguiente manera:
— Se establece un primer premio de 1.500,00 € (mil quinientos euros) en metálico, y 3.000,00 € (dos mil euros) más, que se destinarán a sufragar todos los gastos del artista ganador por participar en el certamen Art Pertot 2026 (ver punto 7). En esta cuantía se incluyen los gastos de desplazamiento, alojamiento, manutención y honorarios del artista ganador, y de producción, montaje y desmontaje y transporte de su obra.
— Se establece una dotación de 1.500,00 € (mil quinientos euros) en metálico destinada a pagar un segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premios, con la distribución monetaria que el jurado encuentre oportuna.
— Los 3.500,00 € (tres mil quinientos euros) restantes se destinarán a sufragar los gastos derivados de la asistencia a la residencia en el CEF que tendrá lugar durante los meses de julio y agosto de 2025. Cada finalista recibirá 500,00 € (quinientos euros) sucios una vez que haya entregado su propuesta.
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. El primer premio no puede ser compartido.
4. Jurado
El jurado debe estar formado por un mínimo de tres vocales y un presidente o presidenta (con voto dirimente en el caso de empate). En todos los debe elegir el lBJOVE de entre los colectivos siguientes: Fotógrafos de reconocido prestigio local o nacional; un representante de la Asociación de Fotógrafos Profesionales de las Islas Baleares; un representante del CEF; Directores y comisarios de galerías, museos o salas de exposiciones, y programadores de festivales de fotografía de las Islas Baleares. Asimismo, se debe invitar a participar la persona ganadora del premio a la mejor colección de la última edición del Certamen de Fotografía del Programa Cultural Art Jove, un representante del festival Inund'Art de Girona y otro del Consejo Departamental los Pirineos Orientales. Ha de actuar como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.
5. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación. Hasta las 23.59h del 25 de mayo de 2025, hay que rellenar el formulario de inscripción en la web del IBJOVE: ibjove.caib.es.
En el formulario debe constar un enlace de Dropbox, Google Drive o un servicio similar en el que haya un PDF en formato A4 que se pueda descargar y que contenga el trabajo, con un peso máximo de 30 MB. El enlace debe estar activo al menos un mes. El PDF, que debe ser anónimo, debe contener un mínimo 10 y un máximo de 20 fotografías. De entre estas fotografías presentadas debe haber un mínimo de 6 que formen colección. Las otras fotografías, aunque no formen parte de la colección, deben ser representativas de la obra del artista.
En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares, se debe enviar una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares a artjove2025@gmail.com
6. Selección y desarrollo
Dadas las propuestas presentadas ya partir de los criterios de calidad y creatividad, una representación del jurado, compuesta por el director de la residencia del CEF, por el comisario de la exposición y por la coordinadora del Programa Cultural Art Jove, debe seleccionar un máximo de siete artistas, los que pasan a la final. Asimismo hay que seleccionar dos finalistas de reserva por sí alguno de los finalistas titulares declina participar en la residencia y / o no asiste a todas las actividades y entrevistas que el director de la residencia determine.
Los siete artistas finalistas disponen de 45 días, contadores desde del inicio la residencia, para preparar el proyecto fotográfico, con un tema obligatorio, que debe presentarse a la final. Durante estos dos meses, pueden asistir a una residencia artística que se desarrolla en el CEF. Disponen del laboratorio y del estudio del CEF para experimentar y para producir sus propuestas. Asimismo, disponen de un servicio de mentoría a cargo del Jefe del Departamento de Fotografía del CEF, que los acompañará y los asesorará durante el proceso de creación y que los propondrá el tema del proyecto.
Los finalistas deben enviar su proyecto fotográfico, en formato digital, en la fecha y en la dirección que oportuno el Área de Arte Joven los comunique en el momento. Tanto el número de fotografías como el formato de cada colección se deben consensuar entre el artista, el director de la residencia, el comisario de la exposición y la coordinadora del Programa Cultural Art Jove. El Programa Cultural Art Jove debe hacerse cargo de los gastos de producción de las obras y del montaje de la exposición. En cualquier caso, las obras son propiedad de los participantes, que pueden disponer una vez acabada la exposición de la final.
La final del certamen tendrá lugar en Palma, durante el mes de agosto de 2025, en la planta baja del Casal Balaguer de Palma. Antes de inaugurar la exposición, los participantes pueden disponer de un máximo de 5 minutos para defender y explicar su propuesta al jurado. Después, el jurado debe seleccionar los proyectos ganadores y se inaugurará la exposición.
En la exposición, hay que participar, además, un artista francés invitado, que es la persona seleccionada por el programa de intercambios Art Pertot 2025, y el artista ganador del certamen de Artes Visuales del programa cultural Art Joven 2024. Sus obras no entran en concurso, pero estarán expuestas junto con todas las finalistas del Certamen de Fotografía Arte Joven 2025.
7. Programa de intercambios Art Pertot Francia y Girona
El programa de intercambios Art Pertot es una iniciativa del Consejo Departamental de los Pirineos Orientales, del Festival Inund'Art de Girona, y del IBJOVE, a través del Programa Cultural Art Jove. De acuerdo con este programa, cada entidad colaboradora selecciona un joven artista de su territorio para que desarrolle un proyecto artístico, que se presenta en el marco de los programas culturales que impulsan las otras entidades colaboradoras y que se adapta a las necesidades y los contextos propios de cada espacio receptor. Por lo tanto, participan tres artistas: Uno, en representación del Festival Inund'Art; otro, en representación del Programa Cultural Art Jove de las Islas Baleares, y el tercero, en representación del Consejo Departamental de los Pirineos Orientales.
La persona ganadora del primer premio de este Certamen debe exponer su proyecto fotográfico en el marco del Festival Inund'Art de Girona el mes de mayo de 2026 y en una exposición colectiva, junto con los otros dos artistas seleccionados en el Art Pertot, en la Casa de la Catalanidad de Perpiñán, en diciembre de 2026.
En caso de que el artista ganador de este Certamen no pueda asistir a alguno de los eventos programados en el Art Pertot, hay que comunicar con la antelación suficiente para que el Área del Programa Cultural Art Jove pueda ofrecer a algún otro finalista de este Certamen su inclusión en el Art Pertot. En este supuesto, el finalista escogido y que acepte el encargo cobraría los 3000,00 € (tres mil euros) previstos en el punto 3 de este apartado ( «Premios»).
CERTAMEN DE DISEÑO GRÁFICO
1. Convocatoria y tema
El IBJOVE convoca el Certamen de Diseño Gráfico con el tema «Línea gráfica del Programa Cultural Art Jove 2026».
2. Participantes
Pueden participar en este certamen jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2025. No se admite la inscripción de grupos.
3. Premio
Se establece una dotación total de 8.000,00 € (ocho mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:
— Un primer premio de 1.500,00 € (mil quinientos euros) en metálico, más una dotación de 5.000,00 € (cinco mil euros) en total en concepto de honorarios para desarrollar la propuesta gráfica y el espot publicitario del Arte Joven a lo largo de 2026.
— Se establece una dotación de 1.500,00 € (mil quinientos euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premios, lo que determine el jurado.
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. El primer premio no se puede compartir.
4. Jurado
El jurado debe estar formado por un mínimo de tres vocales y un presidente o presidenta (con voto dirimente en el caso de empate). Todos deben ser ganadores del Certamen de Diseño Gráfico en ediciones anteriores del Programa Cultural Art Jove. Ha de actuar como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.
5. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59h del 25 de mayo de 2025, hay que rellenar el formulario de inscripción en la web del IBJOVE: ibjove.caib.es. En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares y no ser residente en Palma, se debe enviar una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares a artjove2025@gmail.com
b) Hasta las 23.59h del 30 de septiembre de 2025, el participante debe presentar al correo artjove2025@gmail.com, un documento en formato PDF o un enlace de Dropbox, Google Drive o un servicio similar en el que haya un PDF que se pueda descargar y que contenga el trabajo, Con un peso máximo de 300 MB. El enlace debe estar activo al menos un mes.
El archivo debe contener un único póster, de tamaño A2, a doble cara, en cuatricomía, de 300 PPP, preparado para ser impreso en offset u digitalmente.
En la portada deben constar la imagen gráfica general del Programa Cultural Art Jove para la edición 2026, las modalidades convocadas, el período y los lugares de inscripción, todos los logotipos y escudos de las instituciones y empresas organizadoras y colaboradoras y el eslogan propone, en lengua catalana.
En la contraportada debe constar la información general común a todos los certámenes y un resumen de las bases de cada modalidad convocada. Cada modalidad debe poder diferenciar del resto gracias a una imagen, un símbolo, un logotipo o un color que la identifique. Este mismo póster también debe ser doblada para que funcione como folleto y debe tener coherencia y sentido gráfico tanto en formato A2 como doblado.
El diseño debe ser original e inédito y debe representar el espíritu del Programa Cultural Art Jove e incluir una propuesta de eslogan para la nueva edición.
Toda la información necesaria para diseñar el póster (información de las modalidades, los períodos, los logotipos y los escudos, etc.) debe estar a disposición de los participantes en la web del IBJOVE o se puede solicitar enviando un mensaje a la dirección electrónica artjove@ibjove.net.
El trabajo debe ser anónimo y únicamente debe constar el título del proyecto, que debe ser el eslogan propuesto. Se debe identificar con el número de orden que le asigne el Área de Arte Joven. Cada persona participante solo puede presentar una propuesta.
6. Selección y desarrollo
Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado debe seleccionar un máximo de siete, que son los que pasan a la fase final, a partir de criterios como la originalidad, la creatividad, la aplicabilidad y la funcionalidad.
Para la fase final, los finalistas deben enviar el Programa Cultural Art Jove un archivo onde figuren la portada y la contraportada del póster y donde consten el nombre del autoridades el eslogan propuesto. Además, los participantes deben aportar los pósteres doblados en papel en formato A3.
El Programa Cultural Art Jove debe imprimir todos los paneles finalistas para exponerlos en la final del Certamen, que debe tener lugar en el mes de noviembre o diciembre de 2025 en Palma. Antes de inaugurar la exposición, los participantes pueden disponer de un máximo de 5 minutos para defender y explicar su propuesta al jurado. Después, el jurado debe seleccionar los proyectos ganadores y se inaugurará la exposición.
7. Otras determinaciones
El IBJOVE se reserva la posibilidad de utilizar la línea gráfica ganadora para la convocatoria del Programa Cultural Art Jove 2026 y de contratar los servicios del participante ganador del primer premio, para desarrollarla en los soportes y las variantes que solicite el Área de Arte Joven. Para este trabajo el ganador cobraría un importe que se ha determinar en función del volumen final del trabajo encargado, con cargo a los presupuestos del IBJOVE para el 2026, con un máximo de 5.000,00 €, en total.
Si el ganador no acepta el encargo, el Área De Arte Joven se reserva la posibilidad de encargar este trabajo a otro finalista del certamen.
CERTAMEN DE ARQUITECTURA Y DISEÑO DE INTERIORES
1. Convocatoria
El IBJOVE convoca el Certamen de Arquitectura y Diseño de Interiores, en el que se establecen dos categorías:
a) Proyectos de futuro.
b) Proyectos realizados.
2. Participantes
En la categoría de proyectos de futuro pueden participar jóvenes o grupos de jóvenes estudiantes y profesionales de interiorismo y de arquitectura de cualquier escuela de diseño, Escuela superior de arquitectura o universidad que hayan nacido o residan en las Islas Baleares y que tengan entre 18 y 35 años el 31 de diciembre de 2023.
En la categoría de proyectos realizados pueden participar interioristas o arquitectos, siempre que hayan nacido o residan en las Islas Baleares y tengan, como máximo, 35 años el 31 de diciembre de 2025.
3. Premios
Se establece una dotación total de 13.000,00 € (trece mil euros), que se repartirá como se detalla a continuación.
En la categoría de proyectos de futuro:
— Un primer premio de 3.000,00 € (tres mil euros) en metálico.
— Una dotación de 2.000,00 € (dos mil euros) en metálico destinada a pagar dos segundos premios, o un segundo y un tercer premios, con la distribución monetaria que el jurado encuentre oportuna.
En la categoría de proyectos realizados:
— Un primer premio de 3.000,00 € (tres mil euros) en metálico, y una dotación de 3.000,00 € (tres mil euros) más destinada a diseñar, producir y montar la exposición del Certamen de Arquitectura y Diseño de Interiores y de Diseño Gráfico de la edición de 2027.
— Una dotación de 2.000,00 € (dos mil euros) en metálico destinada a pagar dos segundos premios, o un segundo y un tercer premios, con la distribución monetaria que el jurado encuentre oportuna.
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. Los primeros premios no pueden ser compartidos.
4. Jurado
El jurado debe estar formado por un mínimo de tres vocales y un presidente o presidenta (con voto dirimente en el caso de empate). A todos los debe elegir el lBJOVE de entre los colectivos siguientes: Interioristas y arquitectos de prestigio reconocido en las Islas Baleares, profesores de escuelas de diseño y de arquitectura y, en general, personas especializadas en este sector. Asimismo, se debe invitar a formar parte del jurado al ganador o un representante del grupo ganador de la última edición del Certamen de Diseño de Interiores, en la categoría de proyectos realizados, del Programa Cultural Art Jove. Ha de actuar como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.
5. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59h del 25 de mayo de 2025, hay que rellenar el formulario de inscripción en la web del IBJOVE: ibjove.caib.es. En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares y no ser residente en Palma, se debe enviar una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares a artjove2025@gmail.com
b) Hasta las 23.59h del 30 de septiembre de 2025, los participantes de ambas categorías deben presentar al correo artjove2025@gmail.com, un documento en formato PDF, con una resolución de 300 PPP, o un enlace de Dropbox, Drive o un servicio similar en el que haya un PDF que se pueda descargar y que contenga el trabajo, con un peso máximo de 300 MB. El enlace debe estar activo al menos un mes.
El archivo debe contener un único panel de 100 × 70 cm, con la siguiente información:
— Una memoria que detalle las referencias y los condicionantes previos al proyecto y que el contextualicen: la intencionalidad, el planteamiento del problema para resolver y la solución que se aplica, tanto desde el punto de vista discursivo como técnico, mediante una exposición detallada del lenguaje utilizado y los materiales que le dan forma.
— Esquemas, planos, renderizaciones, imágenes en 3D y fotografías (en el caso de proyectos ya realizados), así como un desarrollo claro de los sistemas constructivos y de la selección del material.
El trabajo debe ser anónimo y únicamente debe constar el título del proyecto. Se debe identificar con el número de orden que le asigne el Área de Arte Joven en el momento de la inscripción. Cada participante solo puede presentar una propuesta por categoría y, por tanto, no se puede presentar individualmente y en grupo o formando parte de dos grupos al mismo tiempo, aunque sí se puede presentar a las dos categorías.
En ambas categorías el tema es libre. Por lo tanto, se admiten todos los proyectos, con independencia de la naturaleza (espacios públicos, hoteles, casas particulares, establecimientos comerciales, etc.) y de la ubicación.
6. Selección y desarrollo
El jurado debe reunirse a puerta cerrada para evaluar los proyectos presentados y debe seleccionar un máximo de siete por categoría, que son los que pasan a la fase final, a partir de criterios como la originalidad, la creatividad, la aplicabilidad y la funcionalidad, la integración del proyecto y de su arquitectura en el ambiente que le rodea, la adecuada selección de materiales para el espacio tratado, la sostenibilidad, la eficiencia ecológica, la responsabilidad del diseño, etc .
Para la fase final, los finalistas deben enviar el Programa Cultural Art Jove un archivo con el formato que oportunamente los indique la organización. Los participantes pueden aportar todo el material complementario que quieran para asegurar la comprensión correcta del proyecto.
El Programa Cultural Art Jove debe imprimir todos los trabajos finalistas para exponerlos en la final del Certamen, que debe tener lugar en Palma. Antes de inaugurar la exposición, los participantes disponer de un máximo de 5 minutos para defender y explicar propuesta al jurado. Después, el jurado debe seleccionar los proyectos ganadores y se inaugurará la exposición.
7. Otras determinaciones
En cuanto al pago de los honorarios por el diseño, la producción y el montaje de la exposición de diseño del Arte Joven 2027, Las personas ganadoras deben cobrar la mitad de los honorarios, 1.500,00 € (mil quinientos euros), una vez que hayan presentado en el Área del Arte Joven la propuesta de espacio y el diseño de la exposición, y deben cobrar la segunda mitad una vez que se haya inaugurado la exposición. En caso de que se incumplan algunos de los términos previstos o no se lleve a cabo alguna parte del encargo, si no queda justificado por algún motivo de fuerza mayor, este hecho supone que el participante pierde el derecho a cobrar los honorarios.
CERTAMEN DE COCINA CHEF JOVEN
1. Convocatoria
El IBJOVE convoca este certamen, dirigido a jóvenes cocineros estudiantes, o con titulaciones académicas relacionadas, o con experiencia laboral dentro del sector de la cocina.
2. Participantes
Se pueden presentar a esta convocatoria jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2025.
3. Premios
Se establece una dotación total de 6.500,00 € (seis mil quinientos euros), que se repartirá de la siguiente manera:
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primero no se puede dividir.
4. Jurado
El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1). En el apartado 7.3 se indica que los vocales deben ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de cocina Chef Joven, estos deben ser elegidos entre cocineros de prestigio reconocido, críticos gastronómicos de medios de comunicación, restauradores, profesores de cocina y un representante experto en el ingrediente principal del plato de la final. Actuará como secretaria del jurado, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.
5. Condiciones técnicas y plazos de presentación de la documentación
Para esta modalidad, se establece un plazo de presentación de solicitudes y documentación.
a) Hasta las 23.59h del 30 de septiembre 2025, hay que rellenar el formulario de inscripción en la web del IBJOVE: ibjove.caib.es. En el caso de no haber nacido en las Islas Baleares y no ser residente en Palma, se debe enviar una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares a artjove2025@gmail.com
Así mismo, el participante debe presentar al correo artjove2025@gmail.com, un documento en formato PDF o un enlace de Dropbox, Google Drive o un servicio similar en el que haya un PDF que se pueda descargar y que contenga el trabajo, Con un peso máximo de 300 MB. El enlace debe estar activo al menos un mes.
El archivo debe contener una receta para cuatro personas, tres fotografías del plato
La receta, de temática libre, ha fue detallada para cuatro personas, en el que se incluyan los ingredientes, la elaboración de la receta y de las sub recetas. El jurado valorará positivamente el uso de producto local. Esta receta redactada se acompañará de tres fotografías del emplazado.
6. Selección y desarrollo
Los miembros del jurado -que previamente deben haber recibido todas las recetas presentadas- deben reunirse a puerta cerrada para deliberar, una vez que haya terminado el plazo de presentación de trabajos.
Las propuestas presentadas se evaluarán de acuerdo con criterios como la técnica, el manejo del producto, la innovación, la coherencia gastronómica, la creatividad, la presentación del plato, así como la adecuación de la propuesta a los productos de mercado y de temporada. El jurado elegirá un máximo de catorce cocineros que estarán ore-seleccionados para pasar a la final.
El Área del Arte Joven informará a los semifinalistas de cuáles serán los tres ingredientes obligatorios propuestos para la prueba final. Los catorce preseleccionados dispondrán de 15 días, a partir de la notificación Del Arte Joven, para enviar la receta del plato que presentarán a la final- La receta, de temática libre, ha ser detallada para seis personas, y debe incluir los tres ingredientes obligatorios, y la elaboración de la receta y de las sub recetas. Además deben enviar un vídeo de un máximo de dos minutos donde se presenten y expliquen sus motivaciones.
El jurado se volverá a reunir y elegirá a los siete finalistas.
La final tendrá lugar en Palma, durante el mes de diciembre de 2025, en un espacio abierto al público. Los semifinalistas dispondrán de una hora para elaborar su propuesta. La entrada de cada concursante en la cocina será cada 15 minutos y por riguroso orden de sorteo. La presentación del menú será por el mismo orden de entrada y con un decalaje de 15 minutos. Cada participante deberá elaborar seis platos completos y podrá llevar la vajilla que quiera.
La organización aportará una cesta con ingredientes y productos básicos, la composición de la que también será notificada a los participantes con la misma antelación. Además, los participantes podrán llevar todos los ingredientes y elaboraciones previas necesarios para su receta.
El jurado evaluará los platos presentados de acuerdo con criterios como la técnica, el manejo del producto, la innovación, la coherencia gastronómica, la creatividad, la presentación del plato y la adecuación de la propuesta a los productos de mercado y de temporada, y elegirá los ganadores.
El jurado dará a conocer ese mismo día el nombre de la persona ganadora.
7. Otras determinaciones
La persona ganadora del primer premio dispondrá de 15 días para elegir el curso del Basque Culinary Center al que quiere asistir. El IBJOVE asumirá los gastos del curso, del alojamiento, manutención y desplazamiento hasta un máximo de 2.100 € (dos mil cien euros). Los primeros 1.050,00 € (mil cincuenta euros) se abonarán al ganador cuando presente un justificante conforme ha pagado la matrícula del curso.
Los 1.050,00 € (mil cincuenta euros) restantes se abonarán una vez el ganador haya asistido al curso.
Si el ganador no quiere asistir al curso, el Área de Arte Joven se reserva la posibilidad de ofrecerle a otro finalista del certamen.