Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 201240
Notificación del Informe y Propuesta provisional de denegación a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 12 de marzo de 2025, al amparo de la convocatoria de subvenciones Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas 2024
La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, con fecha 12 de marzo de 2025, firmó la siguiente propuesta provisional,
“ Informe / Propuesta de Resolución de denegación
Plan estratégico de la PAC 2023-2027 PEPAC
INTERVENCIÓN 6613_01 SIGC.:
Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas
Convocatoria 2024
Documento: Propuesta de resolución
SIA: 2987434
Emisor (DIR3): A04026954
Código BDNS: 741239
Antecedentes
1. En fecha 30 de enero de 2024 se publicó, en el BOIB nº. 15, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Illes Balears.
2. De conformidad con el apartado sexto de la resolución anterior, modificada por Resolución del presidente del FOGAIBA de 2 de julio de 2024 y publicada en el BOIB núm. 88 de 4 de julio, de determinadas ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC) para el año 2024, el plazo de presentación de solicitudes de determinadas intervenciones en el desarrollo rural se modificó. Este nuevo plazo de presentación terminó el día 15 de junio de 2024 y tuvieron entrada en el registro del FOGAIBA un total de 1298 solicitudes de ayuda de pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.
3. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, el interesado ANTONIO COLOMAR COLOMAR, con nif ***3739**, no cumple los requisitos previstos en el punto 1.c y 3 del apartado Tercero de la convocatoria, ser titular de una explotación agraria inscrita en el Registro Interinsular Agrario (RIA) durante todo el año 2024.
Fundamentos de derecho
1. Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio per a zones amb limitacions específiques, publicada en el BOIB núm. 15 de día 30 de enero de 2024.
2. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
3. Orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027.
4. La ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.
5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El resto de normativa de desarrollo y aplicación.
Propuesta de resolución de denegación
Por todo ello, se informa desfavorablemente y propongo al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Denegar la solicitud presentada por ANTONIO COLOMAR COLOMAR, con nif ***3739**, por incumplimiento de los requisitos indicados.
2. La presente propuesta provisional de resolución se debe comunicar a la persona interesada informándole de que dispone de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta propuesta para presentar alegaciones y/o aportar documentos. En caso de no hacer uso de su derecho a alegar, en el plazo indicado, o si manifiesta su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, esta propuesta tendrá carácter definitivo, y se elevará al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA para que dicte la Resolución de denegación correspondiente.
3. Notificar la resolución a la persona interesada mediante la publicación en el BOIB.
4. Informar a la persona interesada de que su expediente se encuentra a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas de Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constanza, núm. 4 de Palma).
Informa
La jefa de Sección II de Ayudas PDR
María José Lorente García
Conforme con el informe, propone
La jefa de Servicio de Ayudas PDR
Gema Canós Franch»
Palma, a fecha de la firma electrónica (12 de marzo de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni