Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 194721
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional y específica y centro de educación de personas adultas Creu Roja, de Palma, con la implantación del CFGS de Integración social (SSC33) de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC)
Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 26 de marzo de 2024 (BOIB núm. 43, de 30 de marzo), se autorizó la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional y específica y centro de educación de personas adultas Creu Roja con la implantación de la modalidad a distancia del CFGM de técnico en Cuidados auxiliares de enfermería (SAN23).
Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07008651
Denominación genérica: centro de formación profesional específica y centro de educación de personas adultas
Denominación específica: Creu Roja
Titular: Cruz Roja Española (CIF: Q2866001G)
Domicilio: c. del Arquitecte Bennàssar, núm. 73, CP 07004 y C/ del Gremi de Hortolans, núm. 11, del Polígon de Son Rossinyol, CP 07007
Municipio: Palma
Enseñanzas autorizadas:
Familia Profesional de Sanidad (SAN)
Familia Profesional de Servicios Socioculturales y en la Comunidad (SSC)
Adscripción administrativa: los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Josep Maria Llompart, de Palma (código 07007796).
2. En fecha 9 de enero de 2025 (GOIBE12084/2025), la representante del centro presentó una solicitud de autorización de impartición del ciclo formativo de grado superior de Integración social (SSC33).
3. En fecha 7 de febrero de 2025, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió informe favorable en el que se especificaba que la documentación presentada acreditaba que los espacios del centro cumplían los requisitos mínimos establecidos por la normativa vigente para la configuración solicitada. En este sentido, se informó favorablemente para la implantación de una unidad (2 cursos) y 30 plazas escolares del CFGS de Técnico superior en Integración social en horario vespertino.
4. En fecha 13 de febrero de 2025, el Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales, emitió un informe favorable en el que se especificaba que el centro Creu Roja disponía de los espacios formativos y los equipamientos que establece la Orden ECD/106/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico superior en Integración social. Este informe hacía referencia a los espacios, aulas, horarios y ubicación que actualmente se ofrecen para la impartición de los ciclos.
5. En fecha 25 de febrero de 2025 (GOIBE125605/2025), la representante del centro registró el compromiso de presentar las titulaciones del profesorado que impartirá el CFGS de Técnico superior en Integración social antes de que se inicien las actividades lectivas.
6. El 25 de febrero de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional y específica y centro de educación de personas adultas Creu Roja, de Palma, con la implantación del CFGS de Integración social (SSC33).
7. El 11 de marzo de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional y específica y centro de educación de personas adultas Creu Roja, de Palma, con la implantación del CFGS de Integración social (SSC33).
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo, de competencia y desarrollo legislativo y de competencia.
2. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
3. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, punto 2 de creación de centros que la creación, supresión y transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente.
6. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero, (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
7. El Real decreto 659/2023, de 18 de julio, (BOE núm. 174, de 22 de julio), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional.
8. El Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo (BOE núm. 129 de 28 de mayo), por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
9. El Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Integración social y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 195, de 15 de agosto)
10. El Real Decreto 289/2023, de 18 de abril, por el que se actualizan los títulos de la formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Integración social y Técnico Superior en Mediación comunicativa de la familia profesional de Servicios Socioculturales y en la Comunidad y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 103, de 1 de mayo)
11. La Orden ECD/106/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Integración social (BOE núm. 28 de 1 de febrero)
12. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre (BOIB núm. 177, de 29 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Islas Baleares.
13. Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 94, de 10 de julio).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 11 de marzo de 2025, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2025-2026, la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional y específica y centro de educación de personas adultas Creu Roja, de Palma, con la implantación del CFGS de Integración social (SSC33) de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC)
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07008651
Denominación genérica: centro privado de formación profesional específica y centro de educación de personas adultas
Denominación específica: Creu Roja
Titular: Cruz Roja Española (CIF: Q2866001G)
Domicilio: c. del Arquitecte Bennàssar, núm. 73, CP 07004 y c/ del Gremi d'Hortolans, núm. 11, del Polígon de Son Rossinyol, CP 07007
Municipio: Palma
Enseñanzas autorizadas:
Familia Profesional de Sanidad (SAN)
Familia Profesional de Servicios Socioculturales y en la Comunidad (SSC)
Adscripción administrativa: los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Josep Maria Llompart, de Palma (código 07007796).
3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.
4. Comunicar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. De lo contrario, se revocará la autorización otorgada.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2023, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (19 de marzo de 2025)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany