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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 194004
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la Resolución por la que se conceden y deniegan subvenciones dentro de la nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU

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Texto

Hechos

1. El 28 de diciembre de 2023, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Orden 25/2023 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba una nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU.

2. El 8 de febrero de 2024, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Orden 6/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la Orden 25/2023 para adaptarla al nuevo régimen de minimis que fijan los artículos 2.2 y 3.2 del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión Europea, de 13 de diciembre de 2023.

3. De acuerdo con la nueva redacción del artículo 10 de la Orden 25/2023 y del punto 8 de la convocatoria, ésta está sometida al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión Europea, de 13 de diciembre de 2023, publicado en el DOUE núm. 2831, de 15 de diciembre de 2023, de les páginas 1 a 12. En consecuencia, las ayudas previstas son compatibles con el mercado interior y, al mismo tiempo, quedan exentas de la obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. El plazo para presentar solicitudes se inició el 29 de diciembre de 2023 y finalizó el 30 de junio de 2024, de acuerdo con lo establecido en el punto 11 de la convocatoria.

5. El 2 de diciembre de 2024, el consejero de Turismo, Cultura y Deportes dictó la Resolución por la que se modifica la convocatoria de referencia, en el sentido de trasladar al ejercicio 2025 el importe de 3.891.788,54 euros y disminuir el crédito inicial asignado a la convocatoria por importe de 5.908.211,46 euros, así como modificar la temporalidad de la convocatoria de carácter anual a carácter plurianual.

6. El artículo 16.2 de la Orden 25/2023 establece que, dado que el objeto de la subvención es la financiación de actuaciones que no requieren la valoración comparativa con otras propuestas, se pueden dictar las resoluciones de concesión una vez que se haya comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, aunque no haya finalizado el plazo de presentación de propuestas. La convocatoria no prevé la intervención de ninguna comisión evaluadora.

7. El 14 de febrero de 2024, la entidad CALA D'OR, SA, con NIF A07120843, presentó, núm. de registro GOIBE94189/2024, una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria mencionada, para el establecimiento HOTEL CALA D'OR.

8. El 2 de mayo de 2024, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la propuesta de resolución por la que se concedía una subvención en el marco de la convocatoria mencionada a la entidad CALA D'OR, SA, con número de expediente TUR_AJDLLITS_A92/2024, para el establecimiento HOTEL CALA D'OR.

De acuerdo con el artículo 17.1 de la Orden 25/2023, en la citada propuesta de resolución se otorgó un plazo de diez días hábiles a fin de que las personas solicitantes pudieran formular alegaciones.

9. El 17 de diciembre de 2024, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Resolución del consejero de Turismo, Cultura i Deportes por la que se conceden y se deniegan subvenciones en el marco de la convocatoria mencionada, entre las que consta la concesión de una subvención a favor de la entidad CALA D'OR, SA, con número de expediente TUR_AJDLLITS_A92/2024, para el establecimiento HOTEL CALA D'OR.

10. Anteriormente a la Resolución de 17 de diciembre de 2024, la entidad CALA D'OR, SA, el 17 de junio de 2024, con núm. de registro GOIBE386976/2024, presentó una modificación de la solicitud, con el fin de aumentar el número de mecanismos elevables subvencionables, dentro del plazo para presentar la solicitud de subvención en el marco de la convocatoria, la cual por error no fue tenida en cuenta en la resolución mencionada.

11. Por todo ello, se hace necesario modificar la cuantía inicialmente concedida a la entidad CALA D'OR, SA, con número de expediente TUR_AJDLLITS_A92/2024, para el establecimiento HOTEL CALA D'OR, por los importes que figuran en el Anexo de esta Resolución.

12. Consta en los expedientes administrativos el compromiso de las entidades solicitantes del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la aplicación del principio DNSH, en el marco del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo, y la Guía técnica de la Comisión Europea (2021/c58/01) sobre la aplicación de este principio.

13. Consta en el expediente administrativo que todas las personas beneficiarias se encuentran al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

14. Hay crédito adecuado y suficiente para imputar los pagos de las ayudas en la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR071 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Reglamento de la misma, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

2. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. El Real decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

6. La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

7. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

8. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

9. La Orden 25/2023 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba una nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU.

10. La Orden 6/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la Orden 25/2023 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, de 20 de diciembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba u na nueva convocatoria de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU.

11. El Real decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

12. El Real decreto 449/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican diversos reales decretos en materia turística.

13. El Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en las ayudas de minimis.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Modificar la Resolución del consejero de Turismo, Cultura i Deportes por la que se conceden y deniegan subvenciones dentro de la nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU (BOE núm. 165, de 17 de diciembre de 2024), en el sentido siguiente:

Donde dice:

4. Autorizar i disponer un gasto global de 3.847.886,95 € a favor de les personas beneficiarias que figuran en el anexo 1 y por los importes individuales que se indican, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR071 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.

Debe decir:

4. Autorizar y disponer un gasto global de 3.851.706,15 € a favor de las personas beneficiarias que figuran en el anexo 1 y por los importes individuales que se indican, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR071 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.

2. Modificar el importe solicitado, el importe de la actuación subvencionable y el importe de la ayuda concedida a la entidad CALA D'OR, SA, con número de expediente TUR_AJDLLITS_A92/2024, para el establecimiento HOTEL CALA D'OR, del Anexo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se conceden y deniegan subvenciones dentro de la nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación i Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU, por los importes que figuran en el Anexo de esta Resolución.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la data de la signatura electrónica (18 de marzo de 2025)

El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaime Bauzá Mayol

 

ANEXO Personas beneficiarias

 

NIF de la persona solicitante

Número de expediente

Solicitante

Nombre del establecimiento

Importe solicitado (€)

Importe de la actuación subvencionable (€) (importe total de la inversión)

Intensidad de la ayuda (%)

Importe de la ayuda concedida (€)

63

A07120843

TUR_AJDLLITS_A92/2024

CALA D'OR, SA

HOTEL CALA D'OR

10.239,60

25.599,00

40

10.239,60