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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 193320
Aprobación provisional de la modificación núm. 12B de las NS relativa a las normas: 1.2.08, 2.2.01, 3.2.10 y plano: 3.2

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento, reunido en sesión ordinaria celebrada día 13 de marzo de 2025, acordó aprobar provisionalmente la Modificación núm. 12B de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal relativa a las normas: 1.2.08, 2.2.01, 3.2.10 y plano: 3.2, memoria informativa y justificativa y el resumen ejecutivo firmados en fecha 12 de febrero de 2025 por el arquitecto Antoni Ramis Ramos y el informe de evaluación ambiental redactado por Daniel Ramón Manera (biólogo) y Antonia Torres Pérez (geógrafa) “PODARCIS” en fecha 20 de febrero de 2024.

La publicación del acuerdo de aprobación provisional de los instrumentos de planeamiento determina por si sola la prórroga de la suspensión de aprobaciones y otorgamientos de autorizaciones y licencias de conformidad al apartado 2 del artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares.

De conformidad al apartado 4 de dicho artículo, las suspensiones de tramitaciones, licencias y comunicaciones previas previstas en el apartado anterior tienen vigencia:

a) Durante un año o hasta la aprobación inicial del instrumento del planeamiento, en el supuesto del apartado 1 anterior.

b) Durante dos años o hasta la aprobación provisional o, cuando no haya este trámite, la aprobación definitiva del instrumento del planeamiento, en el supuesto del apartado 2 anterior.

c) Durante un año o hasta la aprobación definitiva del instrumento del planeamiento, en el supuesto del último inciso del apartado 2 anterior.

Todo ello, sin perjuicio de que puedan otorgarse las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y, sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento provisionalmente aprobado, en los términos establecidos en el apartado 3 del artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares y, en el apartado 2 del artículo 90 del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre de Urbanismo de las Islas Baleares para la isla de Mallorca.

En cumplimiento del artículo 51.9 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, el acuerdo de aprobación provisional se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y, en la URL de la sede electrónica del Ayuntamiento:

https://sac.alcudia.net/absatlas/Normativa/PUBLICACION_WEB/HISTORICO/MODI_12B/FICHA_MODIFICACION_12B.pdf

Todas las personas que se muestren interesadas podrán consultar la documentación en horario de oficina (de 8 h. a las 14 h.) los días laborables (de lunes a viernes) en las dependencias municipales de Planificación Urbanística situadas en el núm. 1 de la plaza dels Pins.

 

Alcúdia, 18 de marzo de 2025

La alcaldesa Josefina Linares Capó