Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 190591
Bolsa de trabajo para la provisión temporal de puestos de trabajo de auxiliar administrativo/va en el departamento de contratación mediante la comisión de servicios
Mediante el Decreto de Alcaldía núm. 2025-1630, de 18 de marzo de 2025, se ha resuelto lo siguiente:
«1. Aprobar, según la propuesta definitiva efectuada por la Comisión Técnica de Valoración nombrada al efecto, la composición final de la bolsa de trabajo para la provisión temporal del puesto de trabajo de auxiliar administrativo/va del departamento de contratación, mediante comisión de servicios
NÚM. |
DNI |
ASPIRANTES |
PUNTUACIÓN |
1 |
***2455** |
Llabrés Galmés, Carme |
19,75 |
2 |
***4097** |
Grimalt Luna, Francisca |
17,78 |
3 |
***2440** |
Riera Tolosa, Olga Alicia |
17,25 |
2. Publicar esta bolsa en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. Esta bolsa tendrá una vigencia máxima de 3 años desde que se publique la resolución de constitución en el BOIB. Una vez haya transcurrido este período de tiempo la bolsa pierde su vigencia y no se puede reactivar.
Contra la presente resolución/acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido en el caso de que se trate de un acto dictado un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
También puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación/publicación de acuerdo con los artículos 8.1,25,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa. Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que no se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente»
(Firmado electrónicamente: 18 de marzo de 2025)
La delegada del área de Hacienda, Economía y Gobierno Abierto Antonia Llodrà Brunet