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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 188206
Modificación de la plantilla del Consejo Insular de Mallorca correspondiente al año 2025 (2025.1)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Consejo de Mallorca, en fecha 13 de marzo de 2025, ha adoptado el siguiente acuerdo:

“La vigente plantilla del Consejo de Mallorca, fue aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de día 18 de diciembre de 2024, publicada en el BOIB nº. 167, de 21 de diciembre de 2024.

Actualmente se tramita una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Consejo de Mallorca (expediente 1110736P), que afecta entre otros departamentos al Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras, que fue aprobada por acuerdo del Consejo Ejecutivo en fecha 19 de febrero de 2025.

Con respecto a este departamento se prevé la creación de cuatro puestos de trabajo:

- 1 puesto<A[lugar|sitio]> de Coordinador-a Jurídico-a del Área de Infraestructuras, en la subescala<A[subescalera|subescala]> técnica de la escala<A[escalera|escala]> de administración general (A1).

- 1 puesto <A[Lugar|Sitio]> de mecánico-a supervisor-a, de la escala<A[escalera|escala]> de administración especial, subescala <A[subescalera|subescala]> técnica, clase media (B) / auxiliar (C1), especialidad mecánico-a supervisor-a.

- 1 puesto <A[Lugar|Sitio]> de mecánico-a inspector-a, en la escala<A[escalera|escala]> de administración especial, subescala <A[subescalera|subescala]> técnica, clase auxiliar (C1) / cometidos especiales (C2), especialidad mecánico-a inspector-a.

- 1 puesto <A[Lugar|Sitio]> en la subescala <A[subescalera|subescala]> de auxiliar de la escalera<A[escalera|escala]> de administración general (C2).

Resulta necesaria pues, la tramitación de una modificación de la plantilla de personal de acuerdo con la modificación de la RPT en trámite, que no puede ser aplazada en el ejercicio presupuestario siguiente.

Visto aquello que en relación en la plantilla de personal prevé el artículo 90 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 17.1.w) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares.

Dado que el presupuesto vigente cuenta con crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto previsto a la propuesta de modificación puntual de la plantilla, que propone la creación de cuatro puestos de trabajo, según el informe emitido por el jefe de administración económica.

Visto aquello que en relación al procedimiento para la aprobación de la modificación de la plantilla prevé el artículo 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 169 del Real decreto legislativo 2/2004 de 5 marzo, por<A[por|para]> el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en aplicación del artículo 126.3 del Real decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril.

Vistos los informes a la propuesta emitidos por el jefe del Servicio Técnico de Recursos Humanos, por el jefe<A[cabeza|cabo|jefe]> del Servicio de Administración Económica de la Dirección Insular de Función Pública y con la fiscalización de conformidad del Servicio de Intervención General 

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consejo Insular de Mallorca eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

Primero. APROBAR inicialmente la modificación de la vigente plantilla del Consejo de Mallorca para el año 2025, con efectos del día siguiente en el de la publicación en el BOIB de este acuerdo, en los términos que se recogen a continuación.

PLANTILLA PRESUPUESTARIA

PERSONAL FUNCIONARIO

CREACIÓN DE NUEVAS PLAZAS

Donde dice:

1-Escala de administración general

Subescalera<A[Subescalera|Subescala]> técnica

Clase: -

 

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 A

77

 

2-Escala de administración general

Subescala<A[Subescalera|Subescala]> auxiliar

Clase: -

 

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 C2

172

 

3-Escala de administración especial

Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica

Clase media (B)

 

Categoría

Grupo

Total

Mecánico-a supervisor-a

 B

2

 

4-Escala de administración especial

Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica

Clase: auxiliar (C1)

 

Categoría

Grupo

Total

Mecánico-a inspector-a

 C1

1

Debe decir

1-Escala de administración general

Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica

Clase: -

 

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 A

78

 

2-Escala de administración general

Subescala<A[Subescalera|Subescala]> auxiliar

Clase: -

 

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 C2

173

 

3-Escala de administración especial

Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica

Clase media (B)

 

Categoría

Grupo

Total

Mecánico-a supervisor-a

 B

3

 

4-Escala de administración especial

Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica

Clase: auxiliar (C1)

 

 

Categoría

Grupo

Total

Mecánico-a inspector-a

 C1

2

​​​​​​​​​​​​​​Segundo. Este acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública de 15 días hábiles contadores del día siguiente de la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que dispone el artículo 112.3 de la ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y también al arte. 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.”

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (17 de marzo de 2025)

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Angel Bosch Sans (Decreto de 27-08-2019, BOIB nº. 123, de 7 de septiembre)​​​​​​​