Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 183847
Acuerdo del Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de día 13 de marzo de 2025 relativo a la aprobación de la Oferta pública de empleo para el año 2024 correspondiente al personal funcionario del ATIB
El Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, a propuesta del Administrador tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (por suplencia por motivo de vacante de la Dirección de la ATIB –art. 5.3 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016 por la que se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Balears; BOIB n.º 163, de 29/12/2016–), en la sesión de 13 de marzo de 2025, adoptó, entre otros, los siguientes Acuerdos:
Primero. Modificar el Acuerdo del Consejo General de la ATIB de 16 de diciembre de 2024 relativo a la aprobación de la Oferta pública de empleo para el año 2024 correspondiente al personal funcionario de la ATIB (publicado BOIB n.º 167 de 21 de diciembre de 2024).
Donde dice:
Cuarto. Disponer que las convocatorias correspondientes a los procesos selectivos de estas plazas se tienen que publicar en el plazo improrrogable de tres años contadores desde la fecha de la publicación de este Acuerdo, y tendrán que garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad y serán objeto de negociación al ámbito correspondiente.
Debe decir:
Cuarto. Disponer que las convocatorias correspondientes en las plazas de la oferta pública ordinaria del año 2024 se tienen que desarrollar en el plazo improrrogable de tres años contadores desde la fecha de la publicación de este Acuerdo, y tendrán que garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad y serán objeto de negociación al ámbito correspondiente.
Segundo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercero. Disponer que este Acuerdo produzca efectos desde el día siguiente a la publicación.
Lo cual se publica para general conocimiento, en cumplimiento de aquello que establece el artículo 7.2 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Palma, (firmado electrónicamente: 17 de marzo de 2025)
El administrador tributario Justo Alberto Roibal Hernández (Por suplencia por motivo de vacante de la Dirección de la ATIB, art. 5.3 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016 por la cual se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Balears; BOIB n.º 163, de 29/12/2016)