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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 174128
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales firmada en fecha 14 de febrero de 2025 y rectificada por la Resolución de 11 de marzo de 2025, por la que se aprueba la lista definitiva de las personas aspirantes seleccionadas del concurso excepcional de méritos para formar parte de una bolsa de trabajo específica de personal laboral, adscrita al grupo 3 de la Residencia Miquel Mir, de la categoría trabajador-trabajadora familiar, derivada del proceso selectivo de estabilización

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Texto

Antecedentes

 1. Por Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de fecha 30 de noviembre 2022 (BOIB núm.º 157, de 3 de diciembre 2022), se aprobaron la convocatoria, las bases y el baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas a los grupos 3, 4, 5 y 6 de las plazas de la oferta pública extraordinaria de la Residencia Miquel Mir del IMAS de las plazas de la oferta pública extraordinaria para el año 2022.

2. En fecha 26 de marzo de 2024 se publicó en el tablón de anuncios del IMAS y en el Portal de selección, el Acuerdo del Tribunal Calificador de aprobación de la lista definitiva de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral, categoría trabajador-trabajadora familiar, de la Residencia Miquel Mir, grupo 3, que incluyó a todas las personas aspirantes de esta convocatoria

3. El Tribunal Calificador en sesión celebrada el día 05 de febrero de 2025, dado que en la lista definitiva de méritos ya constan baremadas todas las personas aspirantes admitidas a la convocatoria y se puede constituir la bolsa específica de esta especialidad, acordó aprobar la lista definitiva de las personas aspirantes que por orden de prelación, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas, tienen que constituir la bolsa específica de personal laboral interino, categoría trabajador-trabajadora familiar, de la Residencia Miquel Mir, grupo 3, derivada de esta convocatoria.

En esta lista no constan las personas aspirantes que no han acreditado dentro de plazo los méritos requer idos ni las que no han obtenido la puntuación mínima de 10 puntos, de acuerdo con la base 9 del Anexo II de las Bases específicas de la convocatoria. Por otro lado, constan las personas aspirantes admitidas a la convocatoria del IMAS y no han sido contratadas como personal laboral fijo del IMAS.

Fundamentos de derecho

1. La Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de fecha 30 de noviembre 2022 (BOIB núm. 157, de 3 de diciembre 2022), se aprobaron la convocatoria, las bases y el baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas a los grupos 3, 4, 5 y 6 de las plazas de la oferta pública extraordinaria de la Residencia Miquel Mir del IMAS de las plazas de la oferta pública extraordinaria para el año 2022.

2. La Base 9 del anexo II de Bases Específicas de la Resolución de 30 de noviembre de 2022, prevé que las personas que no superen el proceso selectivo de las categorías convocadas y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso oposición, por no haber plazas de la misma categoría profesional convocadas por el sistema de concurso oposición, se incluirán en bolsas de personal laboral interino, específicas y preferentes a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes. En estas bolsas, se tienen que integrar las personas candidatas que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos.

Estas bolsas tendrán una vigencia limitada hasta la creación de nuevas bolsas derivadas del resultado de nuevos procesos selectivos de estas categorías.

Una vez comprobados los méritos de todas las personas aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos, se tienen que constituir las bolsas de personal laboral interino de cada categoría correspondiente derivadas de esta convocatoria y que quedarán formadas por orden de prelación de mayor a menor puntuación obtenida, mediante una resolución de la Presidencia del IMAS y la publicación en el BOIB.

3. Esta bolsa de trabajo es preferente a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes, entrará en vigor el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y tendrá una vigencia limitada hasta la creación de nuevas bolsas derivadas del resultado de nuevos procesos selectivos de estas especialidades o categorías.

4. De acuerdo con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia del IMAS, convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar los miembros de los órganos de selección.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la lista definitiva de la bolsa de trabajo, la cual es específica y preferente a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes, de personal laboral, del grupo 3, categoría trabajador-trabajadora familiar de la Residencia Miquel Mir, derivada del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas a los grupos 3, 4, 5 y 6 de las plazas de la oferta pública extraordinaria de la Residencia Miquel Mir del IMAS de las plazas de la oferta pública extraordinaria para el año 2022, con la indicación de todas las personas integrantes, por orden de prelación de mayor a menor puntuación obtenida, en los términos que establece el ANEXO de esta Resolución.

La comprobación de los requisitos se realizará antes de contratar como personal laboral interino. La no presentación ante la Administración competente de la documentación que, si procede, se requiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, determinará la imposibilidad de tomar posesión del puesto como personal laboral interino y la exclusión de la bolsa.

2. Esta bolsa de trabajo es preferente a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes, entrará en vigor el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y tendrá una vigencia limitada hasta la creación de nuevas bolsas derivadas del resultado de nuevos procesos selectivos de estas especialidades o categorías.

3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios del IMAS. Además, a efectos informativos, se publicará en el Portal de Selección del IMAS.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento (12 de marzo de 2025

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)

 

ANEXO Lista definitiva bolsa específica de personal laboral de la categoría trabajador-trabajadora familiar del grupo 3 de la Residencia Miquel Mir del IMAS

Orden Prelación

DNI/NIE

Apellidos, Nombre

Puntuación definitiva

1

***9676**

Martínez Gimeno, Maria Elena

19,00000