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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 170569
Subsanación de error material en la aprobación de las ayudas económicas para la adquisición de libros de texto y material didáctico y/o participar en el programa digitalización para el curso 2023-2024

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Texto

El Consell Insular de Formentera aprobó, por acuerdo de la Junta de Gobierno de 24 de mayo de 2024 la convocatoria y las bases reguladoras para las ayudas económicas para participar en el programa de reutilización de libros de texto y material didáctico y/o en el programa digitalización para el curso 2023-2024, la subvención en régimen de concurrencia in el programa de reutilización de libros de texto y material didáctico y/o el Programa de digitalización, alumnado que sea miembro de familia numerosa y/o monoparental que curse estudios de primaria y que forme parte del programa de reutilización de los libros de texto o de secundaria y que forme parte del programa de digitalización, en la isla de Formentera.

Dado que la Consejería de Educación, con la voluntad de compensar el coste económico que supone el inicio de un nuevo curso escolar.

Dado que la convocatoria y las bases mencionadas anteriormente fueron publicadas en el BOIB núm. 74 de 1 de junio de 2024.

Vista la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Dado que se han llevado a cabo los actos de instrucción de forma satisfactoria y que se ha efectuado la correspondiente revisión de los expedientes de solicitud para la concesión de ayudas económicas para participar en el programa de reutilización de libros de texto y material didáctico y/o en el programa digitalización para el curso 2023-2024.

Visto lo que dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y la normativa concordante, y visto el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares, concretamente su disposición adicional a la concesión de la Comunidad Autónoma.

De acuerdo con el plan estratégico de subvenciones para el período 2024 a 2025 aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno del Consell Insular de 21 de marzo de 2024 (BOIB núm. 40, de 23 de marzo de 2024) y que esta convocatoria está dentro del contenido de este plan, Capítulo IV. Subvenciones en materia de educación, cultura y patrimonio, artículo 8.

Visto el informe de fecha 12 de diciembre de 2024 emitido por los servicios técnicos de la Consejería de Cultura y Educación del Consell Insular de Formentera en cada uno de los expedientes de solicitud derivados de la convocatoria efectuada.

Vista la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 2024.1.334.48000.01 del presupuesto anual del Consejo Insular de Formentera, cuantía destinada con crédito máximo de 45.000 € (cuarenta y cinco mil euros) para el año 2024.

Dada la detección de un error material en los importes individuales de los solicitantes de las ayudas económicas para la adquisición de libros de texto y material didáctico y/o participar en el programa digitalización para el curso 2023-2024.

Visto lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dice:

"Las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de facto o aritméticos existentes en sus actos."

Por todo ello, y en virtud de las competencias que me atribuye el Decreto de Presidencia de 27 de diciembre de 2024, publicado en el BOIB núm. 19 en fecha 11 de febrero de 2025, de atribuciones competenciales de los miembros del equipo de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, y según los artículos 21 y 133.3 de la Ley 4/2022, de 28 de junio de Consells Insulars, y demás normativa aplicable que esté en vigor.

Por todo lo anterior,

 

RESUELVO

PRIMERO. – DEJAR SIN EFECTOS el anterior decreto de presidencia de aprobación de las ayudas económicas para la adquisición de libros de texto y material didáctico y/o participar en el programa digitalización para el curso 2023-2024, de fecha 18 de diciembre de 2024, y publicado en el BOIB núm. 167 en fecha 21 de diciembre de 2024, dado el error material detectado en el citado decreto.

SEGUNDO. – APROBAR un incremento de 5.235,00 euros de la partida destinada a las ayudas para participar en el programa de reutilización de libros de texto y material didáctico y/o en el programa digitalización para el curso 2023-2024, y aprobar el gasto por un importe de 50.235,00 euros, con cargo a la partida 2024.1.334.48000.01 del presupuesto anual para en 2024.

TERCERO. - APROBAR la concesión de 23 solicitudes, para el otorgamiento de las correspondientes ayudas individuales para participar en el programa de reutilización de libros de texto y material didáctico y/o en el programa de digitalización para el curso 2023-2024 para los estudiantes que cursen estudios de primaria o de secundaria, miembros de familia numerosa y/o monoparental y que sean residentes de la isla de Formentera, de conformidad con lo que establece el capítulo I del título II del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears y la restante normativa aplicable, a las siguientes personas:

Interesado/a

DNI/NIE

Expediente

Centro

Curso

Subvención

A. R. T.

*****810*

2024/4088

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

3o

50 €

R. M. D.

*****495*

2024/4192

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

6o

50 €

S. H.

*****096*

2024/4350

IES MARC FERRER

1o ESO

200 €

S. H.

*****096*

2024/4351

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

5o

50 €

H. M. A. F.

*****838*

2024/4411

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

​​​​​​​3o

25 €

J. C. B.

*****950*

2024/4412

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

5o

50 €

Y. V. P.

*****875*

2024/4449

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

5o

25 €

Y. V. P.

*****875*

2024/4450

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

25 €

D. N. O.

*****333*

2024/4536

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

3o

25 €

H. L.

*****232*

2024/4682

IES MARC FERRER

1o ESO

200 €

H. L.

*****232*

2024/4683

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

3o

25 €

O. D. E. O.

*****024*

2024/4864

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

6o

50 €

A. T. F.

*****807*

2024/4870

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

5o

50 €

C. C. R

*****585*

2024/4871

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

4o

50 €

C. C. R.

*****585*

2024/4872

IES MARC FERRER

1o ESO

200 €

V. V. H.

*****352*

2024/4875

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

5o

50 €

V. V. H.

*****352*

2024/4876

IES MARC FERRER

1o ESO

200 €

F. F. T.

*****390*

2024/5426

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

1o

25 €

N. H.

*****394*

2024/5457

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

5o

25 €

A. J.

*****345*

2024/5527

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

1o

25 €

A. J.

*****345*

2024/5527

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

5o

25 €

N. V. P.

*****876*

2024/5567

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

1o

25 €

M. C. F.

*****483*

2024/5591

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

5o

25 €

CUARTO. - APROBAR la concesión de 4 solicitudes, para el otorgamiento de las correspondientes ayudas económicas, a los centros educativos de primaria y secundaria que desarrollen el programa de reutilización de libros de texto y material didáctico y/o el programa de digitalización para el curso 2023-2024, de conformidad con lo que establece el capítulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y la restante normativa aplicable a los siguientes 4 centros educativos:

Interesado/a

DNI/NIE

Expediente

Alumnos

Subvención

CEIP MESTRE LLUÍS ANDREU

*****147*

2024/4862

233

11.650€

CEIP SANT FERRAN DE SES ROQUES

*****133*

2024/4347

224

11.200€

IES MARC FERRER

*****037*

2024/4693

348

24.360€

CEIP EL PILAR

*****266*

2024/4494

31

1.550€

QUINTO. - DENEGAR por incumplimiento de las bases a las siguientes personas:

Interesado/a

DNI/NIE

Expediente

Motivo denegación

S.H.

*****096*

2024/4349

Incumplimiento art. 7

T.M.A.N.

*****899*

2024/4885

Incumplimiento art. 7

N.H.

*****394*

2024/5459

Incumplimiento art. 7

M.J.P.R.

*****454*

2024/5471

Incumplimiento art. 7

M.J.P.R.

*****454*

2024/5472

Incumplimiento art. 7

M.J.P.R.

*****454*

2024/5473

Incumplimiento art. 7

SEXTO. - PUBLICAR la resolución presente en el BOIB, en el tablón de anuncios y página web de este Consell, conforme al artículo 18.4 de la Constitución y la Ley orgánica 3/2018, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales y la legislación de protección de menores, se omitirán los datos a los que esta normativa obliga, dado el fondo del asunto, si bien constan en el expediente.

SÉPTIMO. - TRASLADAR esta resolución en el área de Intervención y Tesorería a los efectos oportunos.

OCTAVO. - DAR CUENTA de esta resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

NOVENO. - NOTIFICAR a las personas interesadas y a los centros educativos la presente resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, con fecha de la firma electrónica (11 de marzo de 2025)

El presidente del Consell Insular de Formentera Òscar Portas Juan