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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 166989
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se conceden y deniegan las ayudas de la convocatoria de subvenciones para apoyar la proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2024

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Texto

Hechos

1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 29, de 27 de febrero de 2024, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar la proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2024.

2. En fecha 14 de marzo de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 36 la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se corrigen errores en la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2024.

3. De acuerdo con lo que establece el punto 10 de la convocatoria, el 15 de octubre de 2024 se publicó la lista provisional de admitidos y excluidos del segundo corte, es decir, de las solicitudes recibidas del 1 de mayo al 16 de septiembre de 2024, en la que se especificaba las deficiencias. Esta lista se publicó en la sede electrónica de la CAIB y en la web del IEB. Los interesados ​​dispusieron de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación para subsanar las deficiencias detectadas.

4. Transcurrido este plazo y una vez revisadas las enmiendas, el 16 de noviembre de 2024 se publicó la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5. Las 182 solicitudes presentadas en plazo se trasladaron a la comisión evaluadora, que se reunió en fecha 13 de diciembre de 2024 para valorar las solicitudes y elaborar el informe correspondiente, que sirvió de base al órgano instructor para dictar la propuesta de resolución, de acuerdo con el punto 14.3. de la convocatoria.

6. En fecha 18 de diciembre de 2024 se publicó en la web del IEB y en la web de la CAIB la Propuesta de resolución de concesión de las mencionadas subvenciones.

7. De acuerdo con lo que establece el punto 11.2 de la convocatoria, dado que se ha agotado el crédito de la convocatoria y existen solicitudes pendientes de recibir ayuda, se ha aplicado una reducción proporcional al remanente de crédito de la línea.

8. Dentro del plazo establecido, se presentaron 20 alegaciones a la citada Propuesta de resolución, 9 de las cuales han sido estimadas y 11 de las cuales han sido desestimadas.

9. Una vez revisadas las justificaciones de los expedientes presentados en el período correspondiente al primer corte ha resultado un importe remanente de 9.003,53 euros de la línea de movilidad y de 3.016,64 euros de la línea de proyección exterior. De acuerdo con el punto 3.5. de la convocatoria, este remanente se ha destinado al período correspondiente al segundo corte, por lo que se ha incrementado el importe otorgado de las subvenciones respecto a la resolución provisional.

Fundamentos de derecho

1. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar la proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2024 (BOIB núm. 29, de 27 de febrero de 2024).

2. La disposición adicional primera del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, para la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

Resolución

1. Aprobar y conceder subvenciones por importe total de 264.042,20 €, a favor de los beneficiarios que se incluyen en el anexo 1.

2. Autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB, con los importes que se detallan en el citado anexo.

3. Denegar la concesión de subvenciones a las solicitudes que se incluyen en el Anexo 2.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de marzo de 2025)

El presidente del IEB Jaime Bauzá Mayol

Documentos adjuntos