Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 166582
Información pública de la aprobación inicial de la cesión gratuita de la parcela urbana nº 7 del Sector 3, del Polígono 16, en la calle S’Hort de sa Fruita, nº 9, del TM de Ibiza, que es de titularidad del Consejo Insular de Ibiza en favor del Instituto Balear de la Vivienda
Se hace público que el Pleno ordinario del Consejo Insular de Ibiza, en fecha 28 de febrero de 2025, ha adoptado, por unanimidad, el siguiente acuerdo:
«Este Consejo Insular, consciente de la necesidad de adoptar medidas en materia de suelo y vivienda para fomentar y hacer posible una política de vivienda más digna y accesible para colectivos con dificultades, está interesado en compartir esta responsabilidad con el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI) y, en este sentido, firmó, en fecha 23/10/2024 (BOIB n.º 18, de 08/02/2025), un protocolo general para la cesión de suelo para la construcción de alojamientos de dotación destinados de manera preferente a empleados públicos desplazados o, si fuera el caso, a los otros colectivos legalmente previstos, o a la construcción de otras viviendas en régimen de protección pública.
Vistas las estipulaciones contenidas en el protocolo firmado y con el fin de ofrecer soluciones a la grave problemática de la vivienda existente en la isla de Ibiza.
Visto que este Consejo Insular es titular de la siguiente parcela:
- «Parcela urbana situada en el término municipal de esta Ciudad, en el Sector 3, Polígono 16, procedente del huerto conocido por el de Sa Fruita, en la parroquia de Nuestra Señora de Jesús, correspondiente al diez por ciento de aprovechamiento medio. Está señalada como Parcela 7.3. Tiene forma esencialmente de rectángulo y mide mil ciento veintidós metros, catorce decímetros cuadrados de superficie útil, y Linda: Norte, parcela 7.4; Sur, parcela 7.2; Este, aparcamientos exteriores de la calle B, y Oeste, aparcamientos exteriores de la calle A.».
- Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Ibiza n.º 1, en el tomo 1535, libro 123, folio 211, finca 10518 Ibiza-Sección 1.ª
- La parcela tiene la condición de solar.
- Referencia catastral: 5091503CD6059S0001LL.
- Calificación urbanística: Según la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Ibiza, aprobada definitivamente por acuerdo de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Historicoartístico de este Consejo Insular (CIOTUPHA) de 13 de julio de 2023, la parcela de referencia tiene la clasificación de suelo urbano (plano O.2) y la calificación de zona de edificación abierta (plano O.3.8) que según el artículo 149 de las normas urbanísticas del mencionado PGOU: «Corresponde a aquellas zonas de residencia plurifamiliar conformadas por edificios de tipología arquitectónica de bloques aislados (edificación abierta).”.
Vista la provisión de incoación del Presidente de este Consejo Insular, de fecha 12/02/2025, en la cual se dispone que se inicien las actuaciones administrativas, jurídicas y de intervención que resulten oportunas, para proceder a la cesión gratuita de la titularidad de la parcela antes mencionada en favor del IBAVI, con el fin que sea destinada a la construcción de alojamientos de dotación destinados de manera preferente a empleados públicos desplazados o, si fuera el caso, a los otros colectivos legalmente previstos, o a la construcción de otras viviendas en régimen de protección pública.
Visto el informe jurídico, de fecha 12/02/2025, favorable y relativo al procedimiento a seguir para la cesión de la citada parcela al IBAVI, que consta en el presente expediente.
Visto el informe propuesta de la jefa de sección de Gestión Jurídica de Red Viaria, de fecha 12/02/2025, que consta también en el presente expediente.
Sobre la base de todo lo anterior, el consejero ejecutivo que suscribe, al amparo de lo previsto en el artículo 33. 2, letra f de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares y en el artículo 72, letra d, del Reglamento Orgánico de este Consejo Insular (BOIB n.º136, de fecha 18/09/2010, rectificación de errores en el BOIB n.º 148, de 14/10/2010, y modificación en el BOIB n.º 48, de fecha 16/04/2016) propone al Pleno de la Corporación (órgano competente en virtud del artículo 17.1, letra t, de la citada Ley 4/2022) la adopción de la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente la cesión gratuita de la titularidad de la parcela, propiedad de este Consejo Insular, parcela urbana n.º 7 del Sector 3 del Polígono 16 en la calle S'Hort de sa Fruita n.º 9, del término municipal de Ibiza; con referencia catastral 5091503CD6059S0001LL; la cual consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Ibiza núm.1, en el tomo 1535, libro 123, folio 211, finca 10518 Ibiza-Sección Primera (IDUFIR:07009000133575) y que tiene, según resulta de la inscripción registral, una superficie de 1.122 m² con 14 dm2; en favor del Instituto Balear de la Vivienda, con el fin de que sea destinada a la construcción de alojamientos de dotación destinados de manera preferente a empleados públicos desplazados o, si fuera el caso, a los otros colectivos legalmente previstos, o a la construcción de otras viviendas en régimen de protección pública.
SEGUNDO. Aprobar que la cesión estará sujeta a la condición resolutoria de destinarse la parcela cedida, por parte del IBAVI, a la construcción de alojamientos de dotación destinados de manera preferente a empleados públicos desplazados o, si fuera el caso, a los otros colectivos legalmente previstos, o a la construcción de otras viviendas en régimen de protección pública; y, para el caso, que la parcela objeto de cesión no se destinara a la mencionada finalidad, la cesión se considerará revocada y la parcela revertirá al Consejo Insular, con los efectos previstos en la legislación aplicable.
TERCERO. Aprobar el texto del convenio que se firmará, una vez hecha la aprobación definitiva de la cesión, entre este Consejo Insular y el IBAVI para la efectiva formalización de ésta, cuyo texto consta en el presente expediente con CSV 15706073302450160641.
CUARTO. Someter el expediente a un periodo de información pública, mediante anuncio publicado en el BOIB y en la sede electrónica de este Consejo Insular, de conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; con el fin que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular las alegaciones que consideren pertinentes, dentro del plazo de veinte días, a contar desde la publicación del anuncio en el BOIB.
QUINTO. Comunicar el acuerdo plenario al IBAVI.»
El expediente permanecerá en exposición pública en el Servicio de Infraestructuras Viarias del Departamento de Territorio, Ordenación Turística, Movilidad, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el Intrusismo de este Consejo Insular (Avda. de España, n.º 49, ciudad de Ibiza) por un plazo de 20 días, a contar desde la publicación en el BOIB del presente anuncio; todo ello de conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así mismo, el presente anuncio de información pública se publicará en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la sede electrónica de este Consejo Insular, www.conselldeivissa.es.
Ibiza, 11 de marzo de 2025
El jefe del Servicio de Infraestructuras Viarias Antonio Marí Noguera