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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 158359
Resolución de la directora gerente de la EBAP por la que se lleva a cabo la corrección de errores de la Resolución de 28 de enero de 2025 por la que se publica la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, incluido el período de prácticas, del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Binissalem, Bunyola, Calvià, Campanet, Campos, Ciutadella, Consell, Deià, es Mercadal, Estellencs, Formentera, Inca, Llucmajor, Manacor, Mancor de la Vall, Muro, Palma, Pollença, Sant Antoni de Portmany, Sant Josep de sa Talaia, Sant Llorenç des Cardassar, Santanyí y Son Servera

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Texto

Antecedentes

1. Por Resolución de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública de 28 de enero de 2025 se aprobó la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, incluido el período de prácticas, del proceso especial unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Consell, Llucmajor, Palma y Santanyí, que han de ser nombrados funcionarios de carrera para cada uno de estos ayuntamientos (BOIB núm. 14, de 30 de enero).

2. En fecha 13 de febrero de 2025 se recibió por el Sistema de Interconexión de Registros, con número de registro GOIBE93769/2025, un Decreto de Presidencia del Consejo Insular de Formentera por el cual se solicitó a la consejera la subsanación de la resolución mencionada en el apartado anterior, en el sentido de entender todas las referencias hechas al ente local de autogobierno de la isla de Formentera como «Consejo Insular de Formentera» y no como «Ayuntamiento de Formentera»; y, por otro lado, que se entendiesen todas las referencias hechas al órgano de presidencia como Presidente del Consejo Insular de Formentera y no como Alcalde del Ayuntamiento de Formentera.

3.  Dado que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 15 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, procede rectificar las referencias mencionadas en el hecho anterior.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir los errores de la Resolución de la directora gerente de 28 de enero de 2025 en los siguientes términos:

- Todas las referencias hechas al Ayuntamiento de Formentera deben entenderse hechas al Consejo Insular de Formentera.

- Todas las referencias hechas al Alcalde del Ayuntamiento de Formentera deben entenderse hechas al Presidente del Consejo Insular de Formentera.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (26 de febrero de 2025)

La directora gerenta de l'EBAP Maria Violeta Rodríguez Martínez