Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 158094
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se deniegan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía, ya existentes en los sectores servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (programas 1, 2 y 3)
A fecha de la firma electrónica, el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la siguiente propuesta definitiva:
Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB nº125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.
3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, han informado desfavorablemente sobre la solicitud de las subvenciones descritas en el Anexo, con la motivación que también figura.
4. Con fecha 12 de diciembre de 2024, se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se deniegan subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1,2 y 3) (BOIB núm. 166, de 19 de diciembre de 2024).
5. Con fecha 20 de diciembre de 2024, HOTEL ARAXA SL, titular del expediente NEXTG123-1878/2021, y la empresa instaladora LA GROTTA PALMA SL en fecha 18 de diciembre de 2024, presentaron sendos escritos de alegaciones contra la propuesta de resolución en los que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
6. Con fecha 10 de enero de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por HOTEL ARAXA SL contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-1878/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y su valoración técnica .
7. Con fecha 15 de enero de 2025, LLUCH ANGHEL GRUPO, titular del expediente NEXTG123-1920/2021, junto con la empresa instaladora ELÈCTRICA CIUTADELLA CB presentaron un escrito de alegaciones contra la propuesta de resolución en el que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
8. Con fecha 22 de enero de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por LLUCH ANGHEL GRUP SL contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-1920/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y su valoración técnica.
9. Con fecha 23 de diciembre de 2024, POSSESSIO ES PAONS SL, titular del expediente NEXTG123-1995/2021 y la empresa instaladora SAMPOL INGENIERIA Y OBRA SA con fecha 18 de diciembre de 2024, presentaron sendos escritos de alegaciones contra la propuesta de resolución en los que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
10. Con fecha 10 de enero de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió un informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por POSSESSIO DES PAONS SL contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-1995/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y su valoración técnica.
11. Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).
5. El Real decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.
6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 125, de 11 de septiembre de 2021).
7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
8. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo «NextGenerationEU» (BOIB nº41, de 26 de marzo de 2024).
Propuesta de resolución definitiva
Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Denegar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el motivo que también figura.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por todo esto dicto la siguiente,
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar su resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 7 de marzo de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm.14, de 30/01/2025)
ANEXO I Lista de beneficiarios propuestos para denegarles la subvención (NEXTG123)
Expediente |
Fecha registro entrada |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Motivo de la denegación |
---|---|---|---|---|---|
NEXTG123-893/2021 |
10/08/2022 |
JARDIN DEL SOL SA |
***0852** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 52.5kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, RETERM-8/2022 por importe de 84.487,20€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-901/2021 |
15/08/2022 |
POTENCIA ALQUILER DE MAQUINARIA S.L.U |
***9825** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 26.16kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-902/2021 |
15/08/2022 |
POTENCIA ALQUILER DE MAQUINARIA S.L.U |
***9825** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 13.08 kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1876/2021 |
01/09/2023 |
ART TEXTIL RIERA SL |
***1213** |
Programa de actuación 2: instalación autoconsumo fotovoltaico de 5kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, NEXTG123_424 por importe de 2.004,75 € que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1877/2021 |
01/09/2023 |
VR&B MENORCA SL |
***9202** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 34,1kWp e instalación de almacenamiento de 61,44kWh. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-258/2024 por importe de 38.586,60€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1892/2021 |
13/09/2023 |
MALLORCA PAINTBALL SL |
***0306** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 59.4 kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-345/2024 por importe de 32,432,40 € que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1905/2021 |
21/09/2023 |
BALEARES INT SCHOOL MALLORCA SL |
***0063** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 53,10 kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1908/2021 |
21/09/2023 |
SON VIDA GOLF SL UNIPERSONAL |
***2651** |
Programa de actuación 2: instalación autoconsumo fotovoltaico de 95,2kWp. |
La entidad solicitante ya ha solicitado una ayuda por el mismo concepto en el expediente NEXTG123_1907/2021, que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1921/2021 |
29/09/2023 |
PARC DE L'AUBA S.A. |
***1054** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 43.6kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1936/2021 |
10/10/2023 |
IBIRAMA SLU |
***1010** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 8.18kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PYME_PITEIB-327/2024 por importe de 5808,71 € que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1937/2021 |
10/10/2023 |
IBIRAMA SLU |
***1010** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 7.63kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PYME_PITEIB-332/2024 por importe de 5438,66 € que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1939/2021 |
10/10/2023 |
ALMACENES FEMENIAS SA |
***0512** |
Programa de actuación 2: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 50.05 kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1971/2021 |
23/10/2023 |
COL LEGI SANT FRANCESC D ASSIS |
***0053** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 15,26 kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1980/2021 |
03/11/2023 |
MAQUINARIA Y FERRETERIA SA |
***0692** |
Programa de actuación 1: instalación autoconsumo fotovoltaico de 31,9kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1981/2021 |
06/11/2023 |
TURISTICA AGUA CLARA SL |
***0241** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 21.8 kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-394/2024 por importe de 11.902.80€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1984/2021 |
07/11/2023 |
IBIFOOD SL |
***6329** |
Programa de actuación 3: sistema de almacenamiento de 248,6 kWh. |
Denegación de la ayuda por baterías por incumplimiento del BOIB, ya que en la fecha de registro de la solicitud 07/11/2023, no existe en el emplazamiento ninguna instalación fotovoltaica existente. |
NEXTG123-2019/2021 |
24/11/2023 |
CAMUCO SL |
***4261** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 13.35 kWp y sistema de almacenamiento de 42 kWh. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-90/2024 por importe de 15.133,78€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-2024/2021 |
27/11/2023 |
GUELNOR SL |
***7399** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 8,8kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PYME_PITEIB-66/2024 por importe de 6.272,64 € que es incompatible con ésta. |