Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 158080
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se deniegan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía, ya existentes en los sectores servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (programas 1, 2 y 3)
A fecha de la firma electrónica, el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la siguiente propuesta definitiva:
Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB nº125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.
3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, han informado desfavorablemente sobre la solicitud de las subvenciones descritas en el Anexo, con la motivación que también figura.
4. En fecha 4 de diciembre de 2024, se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se deniegan subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1,2 y 3) (BOIB núm. 161, de 12 de diciembre de 2024).
5. En fecha 18 diciembre de 2024, ES LICEU SC , titular del expediente NEXTG123-890/2021, y la empresa instaladora SAMPOL INGENIERIA Y OBRA SA, presentaron sendos escritos de alegaciones contra la propuesta de resolución mencionada en el punto anterior, en los que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
6. En fecha 10 de enero de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió un informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por ES LICEU SC contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-890/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y su valoración técnica.
7. En fecha 18 de diciembre de 2024, IGNACIO SALAS ARQUITECTOS SL, titular del expediente NEXTG123/916/2021, y la empresa instaladora SAMPOL INGENIERIA Y OBRA SA presentaron sendos escritos de alegaciones contra la propuesta de resolución, en los que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
8. En fecha 7 de enero de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por IGNACIO SALAS ARQUITECTOS SL contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-916/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y su valoración técnica .
9. En fecha 24 de diciembre de 2024, TURISMO Y HOTELES DE BALEARES SL, titular del expediente NEXTG123-996/2021, junto con la empresa instaladora ELÈCTRICA FERRER SLU presentaron un escrito de alegaciones contra la propuesta de resolución en el que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
10. En fecha 7 de enero de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por TURISMO Y HOTELES DE BALEARES SL contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-996/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y en su valoración técnica.
11. En fecha 24 de enero de 2025, INVERSIONES REUNIDAS DE BALEARES, titular del expediente NEXTG123-1512/2021, y la empresa instaladora INSTALACIONES ROSCAM en fecha 13 de enero de 2025, presentaron sendos escritos de alegaciones contra la propuesta de resolución en los que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
12. En fecha 14 de febrero de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió un informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por INVERSIONES REUNIDAS DE BALEARES contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-1512/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y en su valoración técnica.
13. En fecha 18 de diciembre de 2024, TORRE D'EN QUART SRM, titular del expediente NEXTG123-1769/2021, junto con la empresa instaladora ELÉCTRICA CIUTADELLA CB, presentaron un escrito de alegaciones contra la propuesta de resolución en el que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
14. En fecha 7 de enero de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió un informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por TORRE D'EN QUART SRM contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-1769/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y en su valoración técnica.
15. En fecha 7 de febrero de 2025, PUNTIROLI SLU, titular del expediente NEXTG123-1810/2021, junto con la empresa instaladora JUAN LORENZO AMENGUAL VAREL, presentaron un escrito de alegaciones contra la propuesta de resolución en el que manifiestan que la firma del presupuesto por parte del cliente no supone un compromiso jurídicamente vinculante con la empresa instaladora.
16. En fecha 28 de febrer de 2025, una vez revisada la documentación, se emitió un informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por PUNTIROLI SLU contra la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático para el expediente NEXTG123-1810/2021 y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión y en su valoración técnica.
17. Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).
5. El Real decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.
6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 125, de 11 de septiembre de 2021).
7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
8. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo «NextGenerationEU» (BOIB nº41, de 26 de marzo de 2024).
Propuesta de resolución definitiva
Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Denegar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el motivo que también figura.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por todo esto dicto la siguiente,
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar su resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 7 de marzo de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm.14, de 30/01/2025)
El director general proponente Diego Viu Domínguez
ANEXO I Lista de beneficiarios propuestos para denegarles la subvención (NEXTG123)
Expediente |
Fecha registro entrada |
Solicitant |
NIF |
Tipo de inversión |
Motivo de la denegación |
---|---|---|---|---|---|
NEXTG123-918/2021 |
25/08/2022 |
PINTURAS RUBIO S.L. |
***2843** |
Programa de actuación 1: instalación almacenamiento de 12.15kWh |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-965/2021 |
21/09/2022 |
TIYALTIME SRL |
***8406** |
Programa de actuación 2: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 10.12kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1012/2021 |
11/10/2022 |
SOCA DE CAN VINYES CB |
***5592** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 6.075 kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud y la transferencia por importe de 11.808,00€ el día 17 de diciembre de 2021 que aparece en la oferta económica, ponen de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención. |
NEXTG123-1028/2021 |
18/10/2022 |
APARTAMENTOS PONENT SL |
***1625** |
Programa de actuación 1: instalación almacenamiento de 22.14kWh |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1565/2021 |
13/04/2023 |
CHUNGARA DE ATACAMA SL |
***6158** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 6,48 kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1721/2021 |
08/06/2023 |
CARP. SAN ANTONIO SL |
***1390** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 38,15kWp |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-287/2024 por importe de 19.500.00€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1728/2021 |
09/06/2023 |
URBANIZADORA ESMERALDA |
***0544** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 172kWp. |
La entidad solicitante tiene ya una subvención concedida, NEXTG123-71/2021 22.113,00 que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1732/2021 |
12/06/2023 |
SERRA DEN FELIX SA |
***1423** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 27,25 kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-316/2024 por importe de 15.015.00€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1744/2021 |
15/06/2023 |
INVALSAPI S.L |
***7943** |
Programa de actuación 1: instalación autoconsumo fotovoltaico de 6,6kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1747/2021 |
20/06/2023 |
PROMERIAL S.L. |
***8699** |
Programa de actuación 1: instalación autoconsumo fotovoltaico de 5.46kWp |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1780/2021 |
04/07/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 19,32kWp |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-320/2024 por importe de 14.905.80€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1781/2021 |
04/07/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 22,68kWp |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-319/2024 por importe de 23390,64€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1782/2021 |
04/07/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 22,68kWp |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-319/2024 por importe de 23390,64€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1783/2021 |
04/07/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 25,62kWp |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PYME_PITEIB-321/2024 por importe de 14.283,36 € que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1784/2021 |
04/07/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 17,22kWp |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-323/2024 por importe de 11.007,36€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1786/2021 |
04/07/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 8,4kWp |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PYME_PITEIB-322/2024 por importe de 5.503,68 € que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1787/2021 |
04/07/2023 |
EXPLOT. TURIST.PUERTO SAN MIGUEL |
***0701** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 17,64 kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-328/2024 por importe de 9.631,44€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1792/2021 |
06/07/2023 |
FORN CAN BEP SL |
***5563** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 58,7kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-74/2024 por importe de 32.028,36€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1799/2021 |
14/07/2023 |
PAPEC S.A.U. |
***0460** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 49,5kWp |
De acuerdo con el punto 4. a) de la convocatoria las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. En este caso la actuación consta registrada con fecha anterior en el registro de la solicitud. |
NEXTG123-1829/2021 |
25/07/2023 |
SATURNO HOTELS SL |
***8731** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 78,715 kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1830/2021 |
25/07/2023 |
JUPITER HOTELS SL |
***1347** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 84,63kWp |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1837/2021 |
01/08/2023 |
CABUSA SA |
***1022** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 14.105kWp y sistema de almacenamiento de 10kWh. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1838/2021 |
01/08/2023 |
TIYALTIME SRL |
***8406** |
Programa de actuación 3: sistema de almacenamiento de 22 kWh. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |
NEXTG123-1844/2021 |
05/08/2023 |
PANIAGUA DIAZ LUIS |
***3898** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 13,68 kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PF_PITEIB-2679/2024 por importe de 6000,00 € que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1846/2021 |
07/08/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 6,9kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-324/2024 por importe de 5.089,39€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-1848/2021 |
08/08/2023 |
SERVICIOS TECNICOS PORTUARIOS SL |
***3188** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 109kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PORTS_PITEIB-2/2022 por importe de 36.738,00 € que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-2275/2021 |
31/12/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 33,6kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-320/2024 por importe de 14.905.80€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-2276/2021 |
31/12/2023 |
TURESMA S.L. |
***1070** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 27,3kWp. |
La entidad solicitante ya tiene una subvención concedida, PIME_PITEIB-319/2024 por importe de 23390,64€ que es incompatible con ésta. |
NEXTG123-2283/2021 |
10/02/2023 |
GROM & HOURS REAL ESTATE SL |
***5960** |
Programa de actuación 1: instalación de autoconsumo fotovoltaico de 5.6kWp. |
La firma del presupuesto por parte del solicitante con fecha anterior a la presentación de la solicitud, pone de manifiesto la formalización de un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante de llevar a cabo las actuaciones antes de presentar la solicitud de subvención . |