Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 157832
Aprobación inicial de la modificación puntual 6a (MP6) de las Normas Subsidiarias de planeamiento del Ayuntamiento de Artà para la incorporación de medidas relacionadas con el ahorro de agua. (Exp. 2024/3186)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Artà, en la sesión ordinaria celebrada el día 24 de febrero de 2025, con las formalidades legales y reglamentarias vigentes, acordó y hace público el siguiente acuerdo:

<< [...]

El planeamiento urbanístico de Artà está constituido por las Normas Subsidiarias, aprobadas por la Comisión Insular de Urbanismo de Mallorca (CIUM) el 28 de mayo de 2010, con sus sucesivas modificaciones.

La modificación núm. 6 de estas normas, que se propone a la consideración del Pleno, pretende continuar la línea de actuación iniciada con la suspensión de licencias acordada por el Pleno en fecha 17 de junio de 2024 y la introducción de medidas para la gestión y ahorro de agua en el planeamiento general de Artà.

Tal como se recoge en la documentación presentada, se prevé realizar cambios en normativas específicas relacionadas con el ciclo del agua, para reducir el consumo de agua, incrementar su reutilización y mejorar la infiltración en el suelo; la restricción de la posibilidad de construcción de piscinas, dimensiones y ubicación de estas; incrementar la permeabilidad del suelo y mejorar la infiltración de agua en el terreno, tanto en parcelas urbanas como en viales y caminos; reducir las áreas de jardinería de alto requerimiento hídrico y fomentar la adaptación de los jardines a las especies propias y de bajo requerimiento hídrico, y condicionar los desarrollos urbanísticos a las pérdidas de las redes de abastecimiento.

También se pretende adaptar la normativa urbanística municipal a las determinaciones recogidas en las diferentes normativas e instrumentos de planificación territorial y sectorial en materia de aguas, así como a la dinámica medioambiental y climática actual.

Considerando el proyecto de modificación presentado, y la tramitación del expediente administrativo, SE PROPONE:

Primero.- Que el Pleno del Ayuntamiento apruebe inicialmente la modificación de las NNSS propuesta.

Segundo.- Que se continúe con la tramitación del expediente con la apertura del correspondiente plazo de información pública de al menos 30 días hábiles y se soliciten los informes pertinentes.

[...]

Se somete la propuesta a votación, la cual se aprueba con 10 votos favorables del PSOE (6), PI (2) y UIA-MES (2) y las abstenciones del PP (2).>>

Por este motivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55.2 y 3 de la Ley 12/2017 de Urbanismo de las Islas Baleares, se somete a información pública por un periodo de cuarenta y cinco días la documentación correspondiente a la modificación del planeamiento aprobada inicialmente.

Esta documentación podrá ser consultada con cita previa y de forma presencial en el departamento de urbanismo del Ayuntamiento de Artà (Segunda planta del edificio de Can Solivelles en la calle de la Rosa, 5 de 07570 Artà) de lunes a viernes de 9 a 14h. De la misma forma estará a disposición de los interesados en el tablón de anuncios y en la página web municipal (https://arta.cat).

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 12/2017 de Urbanismo de las Islas Baleares, la resolución de aprobación inicial de la Modificación puntual núm. 6 de las NNSS de Artà implica la suspensión de la concesión de las licencias urbanísticas y la posibilidad de presentar comunicaciones previas en los ámbitos en los que las nuevas determinaciones supongan una modificación del régimen urbanístico.

Por este motivo, la aprobación inicial de la Modificación puntual nº6 de las NNSS de Artà implica el levantamiento de la suspensión de autorizaciones acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Artà el 17 de junio de 2024 (BOIB 22 de junio de 2024), y el inicio de un nuevo período de suspensión de tramitaciones, licencias y comunicaciones previas que resulten incompatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado en todo el municipio de Artà, suspensión que permanecerá vigente durante un plazo de dos años o hasta la aprobación provisional de esta modificación. Mientras se mantenga vigente dicha suspensión, se podrán otorgar las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen vigente y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado.

 

Artà, a fecha de firma electrónica (7 de marzo de 2025)

El alcalde Manuel Galán Massanet