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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE FERRERIES

Núm. 156172
Convalidación del acto administrativo adoptado por acuerdo de Junta de Gobierno de día 16/02/20212, referido a la aprobación inicial del proyecto de urbanización del sector S-1 de Cala Galdana

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Texto

Se hace público el Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Ferreries en sesión ordinaria de día 27 de febrero de 2025, tal y como se transcribe a continuación:

"Primero. Convalidar, en los términos derivados de los artículos 52 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), el acto administrativo adoptado en sesión ordinaria de fecha 16/02/2012 por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ferreries, relativo a la aprobación inicial del Proyecto de urbanización del Plan Parcial del Sector S-1 de Cala Galdana, transcrito en anexo, que deberá operar sus efectos propios con carácter retroactivo, quedando perfectamente validado y ajustado a derecho.

Segundo. Declarar formalmente producida la enmienda del vicio de anulabilidad mediante la publicación íntegra en el BOIB del Acuerdo de fecha 16/02/2012 adoptado en sesión ordinaria por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ferreries, relativo a la aprobación inicial del Proyecto de urbanización del Plan Parcial del Sector S-1 de Cala Galdana, fijando un plazo de información pública de un mes para que las personas afectadas se pronuncien sobre el proyecto, de conformidad con el artículo 79.4 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares.

Tercero. Notificar el presente acto de convalidación a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 82.1 de la LPAC."

 

Ferreries, firmado en la fecha de la firma electrónica (6 de marzo de 2025)

El alcalde Pedro Pons Huguet

 

Anexo

Teresa Mora Gener, secretaria interina del Ayuntamiento de Ferreries (Illes Balears),

CERTIFICA:

Que la Junta de Gobierno reunida en sesión ordinaria de día 16 de febrero de 2012 adoptó el siguiente Acuerdo:

5. DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, HACIENDA Y GOBERNACIÓN SOBRE APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR S-1 CALA GALDANA

El señor Vicente Coll da cuenta del asunto del epígrafe, referido a la aprobación inicial del Proyecto de urbanización del sector S-1 de Cala Galdana, y de las enmiendas que deben ejecutarse con anterioridad a su aprobación definitiva.

Puesto que no se producen más intervenciones, se somete la propuesta a la consideración de la Junta de Gobierno, que, mediante votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

Primero. Aprobar inicialmente el Proyecto de urbanización del Plan Parcial del Sector S-1 de Cala Galdana, promovido por Aprovechamiento Terrenos Diseminados SL, tal y como se ha presentado y consta en el expediente, advirtiéndose que deberán enmendarse las deficiencias reseñadas en los informes municipales antes de su aprobación definitiva, las cuales se transcriben a continuación:

1. Deberá presentarse solicitud de licencia de obras mayores especificando el importe de la obra a ejecutar y liquidar la tasa correspondiente.

2. Deberán presentarse tres copias visadas en papel del Proyecto de urbanización así como de la documentación visada en formato digital.

3. Deberá presentarse asume de dirección de obras visada por el técnico correspondiente.

4. El Proyecto de urbanización incorpora la documentación eléctrica de media y baja tensión pero no se adjunta proyecto eléctrico redactado por ingeniero industrial eléctrico.

Deberá aportarse dicho proyecto visado o, en su defecto, certificado de la compañía eléctrica suministradora o del director de obras de que la documentación incorporada al Proyecto de urbanización es suficiente y adecuada para la ejecución de la infraestructura eléctrica y su posterior puesta en servicio.

5. Deberá remitirse el Proyecto de urbanización a la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia para que expida el correspondiente informe en cumplimiento de la prescripción número 2 del informe de la CMBA de fecha 22/10/2011, como condición antes de su aprobación definitiva.

6. El Plan Parcial del Sector S-1 afecta varios bienes etnológicos y prevé el traslado de un puente de ganado. El Proyecto de urbanización deberá incorporar cuáles son las condiciones del traslado de la barraca E02 y el perímetro que finalmente se establecerá alrededor de los bienes E01 y E03, dado que hay diferencias entre el informe del Consell Insular de Menorca, el Plan y el documento ambiental. Así mismo, será necesario informe favorable del Departamento de Protección del Patrimonio Histórico del CIM.

7. Se ha detectado que la conexión de la urb. sector S-1 a la arqueta de red de agua de la rotonda de acceso a Cala Galdana no es correcta porque dicha red solo llega hasta la altura del último pozo de alcantarillado de la avenida Sa Punta. Deberá preverse en el proyecto el incremento de obras que ello comporta.

8. Antes de iniciar las obras deberá presentarse aval bancario y contrato con empresa de gestión autorizada que garantice la correcta gestión de los residuos.

9. Deberá presentarse junto con la solicitud de licencia de obras el nombramiento de la empresa constructora adjuntando el correspondiente documento de calificación empresarial (DQE).

10. El Proyecto de urbanización deberá incorporar la ficha de cumplimiento del Decreto 110/2010, de 15 de octubre, de mejora de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

11. Deberá presentarse la garantía a que se refiere el artículo 46 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico para asegurar el exacto cumplimiento de las determinaciones del Plan Parcial aprobado, garantía por importe de treinta y dos mil doscientos cincuenta euros y ochenta y cinco céntimos (32.250,85 €), y para proceder a la publicación de la aprobación de dicho Plan Parcial.

12. Deberá presentarse documento de reparcelación o equivalente, y cesión al Ayuntamiento del porcentaje de aprovechamiento previsto y de los viales y zonas verdes.

Segundo. Remitir a la Dirección General de Interior y Emergencias del Gobierno balear una copia del Proyecto de urbanización y del expediente para la emisión de informe favorable conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de Gestión de Emergencias de las Islas Baleares.

Tercero. Comunicar el presente acuerdo a la entidad promotora para su conocimiento y efectos oportunos."

Y, para que conste, se expide la presente certificación de orden y con el visto bueno del alcalde, Pedro Pons Huguet.

 

Ferreries, firmado en la fecha de la firma electrónica (6 de marzo de 2025)

El alcalde Pedro Pons Huguet