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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 152394
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca que aprueba la constitución de bolsas mediante concurso de méritos por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal laboral temporal para cubrir plazas vacantes de la categoría oficial especialidad jardinería

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Texto

Hechos

1. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de 18 de diciembre de 2024, se aprobó la convocatoria de bolsas mediante concurso de méritos por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal laboral temporal para cubrir plazas vacantes de la categoría oficial especialidad jardinería para el Consell Insular de Mallorca (BOIB núm. 168 de fecha 24 de diciembre de 2024).

2. Mediante la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 7 de febrero de 2025, se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación del motivo de exclusión, y la lista provisional de puntuaciones correspondiendo a la convocatoria de bolsas de la categoría oficial especialidad jardinería. Se dio un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución, para que las personas interesadas puedan presentar las subsanaciones, alegaciones y los documentos que consideren adecuados. Este plazo finalizó el día 21 de febrero de 2025.

3. De acuerdo con la base 3.9.3, de la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, de 30 de noviembre de 2023, que aprueba el Acuerdo de las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB núm. 167, de 9 de diciembre de 2023; BOIB núm. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB núm. 107, de 15 de agosto de 2024), las personas omitidas o excluidas que no han subsanado el defecto, se considerarán excluidas definitivamente del procedimiento.

4. De acuerdo con lo que establece la base 3.2.4 de las bases generales, el órgano de selección, reunido en fecha 25 de febrero de 2025, ha comprobado la documentación presentada por las personas aspirantes y ha resuelto las alegaciones, en los términos que se establece el anexo 3 de esta Resolución. Al mismo tiempo ha aprobado las puntuaciones definitivas por orden de prelación, que determina la constitución de las bolsas en los términos que se establecen en los anexos 4 y 5 de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 15 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de nombramiento de personal laboral temporal. 

2. El artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a la subsanación y mejora de las solicitudes.

3. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el Procedimiento de Selección de Personal Laboral Temporal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 78, de 30 de mayo de 2009 y modificaciones posteriores). 

4. La Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba el Acuerdo de las bases generales que rigen el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB núm. 167, de fecha 9 de diciembre de 2023; BOIB núm. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB num. 107, de 15 de agosto de 2024).

5. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca que aprueba la convocatoria de bolsas mediante concurso de méritos, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal laboral temporal para cubrir plazas vacantes de la categoría de oficial especialidad jardinería para el Consell Insular de Mallorca (BOIB núm. 168 de fecha 24 de diciembre de 2024).

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de la bolsa de la categoría oficial especialidad jardinería, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal laboral temporal, mediante concurso de méritos, de acuerdo con la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba el acuerdo de las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB núm.167 de 9 de diciembre de 2023; BOIB núm. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB núm. 107, de 15 de agosto de 2024). (Anexos 1 y 2).

2.  Informar de los acuerdos adoptados, por parte del órgano de selección, referentes a las alegaciones y los documentos presentados por las personas aspirantes, así como la lista de puntuaciones definitivas, en los términos que se establecen en el anexo 3 de esta Resolución.

3. Aprobar la constitución de las bolsas, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal laboral temporal, de la categoría oficial especialidad jardinería, con las puntuaciones definitivas por orden de prelación (anexos 4 y 5). 

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB, en el  tablón de edictos de la Sede Electrónica del Consell Insular de Mallorca. 

5. Publicar las bolsas en el portal de selección del Consell Insular de Mallorca https://seleccio.conselldemallorca.cat/portalseleccio/?lang=es

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, al día de la firma electrónica (5 de marzo de 2025)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans

Documentos adjuntos