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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 150373
Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la que se acepta la renuncia al cargo de la directora del CEIP Robines, de Binissalem

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la directora general de Personal Docente de 20 de junio de 2022, (BOIB núm. 81, de 23 de junio), la señora M. Dolores Montoro Castillo fue nombrada directora del CEIP Robines, de Binissalem, por un período ordinario de cuatro años, con efectos de 1 de julio de 2022.

2. El 26 de febrero de 2025, la señora M. Dolores Montoro Castillo presentó un escrito a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas mediante el cual renunciaba al cargo de directora del CEIP Robines, con indicación de los motivos de la renuncia.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. El artículo 138.b) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, LOE (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificado por la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre, establece como uno de los supuestos de cese del director de un centro docente público, la renuncia motivada aceptada por la administración educativa.

3. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38 de 17 de marzo).

4. El artículo 36. a) del Decreto 4/2023, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas infantiles públicas, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria, los colegios de educación infantil y primaria integrados con enseñanzas elementales de música, los colegios de educación infantil y primaria integrados con educación secundaria, y los institutos de educación secundaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21 de 16 de febrero), establece como uno de los supuestos de cese del director de un centro docente público, la renuncia motivada aceptada por la Consejería de Educación y Universidades.

5. El artículo  14 de la Orden 5/2024 del consejero de Educación y Universidades por la que se aprueban las bases para la selección, nombramiento, evaluación, renovación y cese de los directores de los centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears (BOIB núm. 17, de 3 de febrero), establece que en caso de que el director cese en el ejercicio de la función directiva o se acepte su renuncia al ejercicio de la función directiva antes de finalizar el mandato, el titular de la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, debe nombrar, con el informe del Departamento de Inspección Educativa, oídos el claustro y el consejo escolar, un director con carácter provisional hasta que se lleve a cabo la primera convocatoria para la selección y nombramiento de directores.

6. De acuerdo con el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura Orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, es competente para aceptar la renuncia, la directora general de Planificación y Gestión Educativa.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aceptar la renuncia al cargo de directora del CEIP Robines, la señora M. Dolores Montoro Castillo, presentada con fecha de 26 de febrero de 2025.

2. Disponer que la aceptación de la renuncia sea efectiva con fecha de 30 de junio de 2025.

3. Incluir el centro, CEIP Robines, de Binissalem, en la próxima convocatoria de concurso de méritos a la selección de directores de centros docentes públicos.

4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación esta Resolución, de acuerdo con lo que establecen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (3 de marzo de 2025)

La directora general de Planificación y Gestión Educativas Catalina Maria Ginart Serrano