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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 146461
Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Llucmajor del ejercicio 2025

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Texto

Las subvenciones son una técnica de fomento de determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un procedimiento de colaboración entre la administración pública y los particulares para la gestión de actividades de interés público. Atendida la diversidad de subvenciones de diferente naturaleza que se conceden dentro de la administración, estas tienen que ser objeto de un seguimiento y control desde el cariz de la eficacia.

Desde el cariz económico, las subvenciones son una modalidad importante del gasto público y, por lo tanto, se tienen que ajustar a las directrices de política presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y crecimiento económico.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, establece, para las administraciones públicas la necesidad de elaborar planes estratégicos de subvenciones, que relacionen los objetivos y los efectos que se pretende conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, para adecuar las necesidades públicas que se tienen que cubrir mediante las subvenciones con las previsiones de recursos disponibles, con carácter previo a su nacimiento y de forma plurianual.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, que tiene carácter básico, establece que todos los ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones tienen que aprobar su Plan Estratégico de Subvenciones. Por eso, con el objetivo de mejorar la eficacia en la asignación de los recursos, la legislación prevé la elaboración de un Plan Estratégico de Subvenciones (PES), con carácter previo a la concesión de las subvenciones.

La Ley general de subvenciones junto con la normativa posterior de estabilidad presupuestaria han venido proclamando la racionalización con el gasto y uno de los pilares en que se basa es el principio de transparencia. Con cuyo objeto las administraciones tendrán que hacer públicas las subvenciones que se conceden y a la vegada, la ley establece la obligación de formar un base de datos de ámbito nacional que contienda información relevante de todas las subvenciones concedidas.

Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencional. Y, en esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece como elemento de gestión e instrumento de mejora, la necesidad de elaborar en cada administración un PES, que permita relacionar los objetivos a conseguir y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos y su financiación, con el objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante las subvenciones, con los recursos disponibles, y todo esto con carácter previo a la concesión.

Por todo esto, este Ayuntamiento aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2025 en la sesión plenaria de 29 de enero de 2025. Visto que se ha elevado propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2025, el Ayuntamiento de Llucmajor aprueba el siguiente Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2025, que se concreta con el siguiente articulado:

 

CAPÍTULO I RÉGIMEN JURÍDICO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

Artículo 1

El establecimiento de subvenciones por parte del Ayuntamiento durante el ejercicio de 2025 se ajustará a aquello que prevé este Plan.

Artículo 2

La concesión de las subvenciones prevista en este Plan requerirá la inclusión de la consignación en el Presupuesto de la corporación y la aprobación de la norma correspondiente que contenga las bases reguladoras de su concesión. Por lo tanto, las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico de Subvenciones tienen un carácter meramente estimativo, de forma que la alteración eventual al alza o a la baja de las previstas en la hora de aprobar las ayudas no requiere la modificación de las previsiones cuantitativas que se contienen en los Planes.

Artículo 3

Los Planes Estratégicos de Subvenciones tienen carácter programático en la medida que constituyen una declaración de previsiones a propósito de las subvenciones que se convocarán o se acordarán y los objetivos que se pretenden conseguir con estos. De acuerdo con este carácter programático, sus contenidos no son vinculantes y no se derivan la generación de ningún tipo de derecho en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación en caso de que el Plan no llegase a llevarse a cabo.

Los Planes Estratégicos no tienen rango normativo y se configuran como instrumentos de gestión de carácter programático la virtualidad de los cuales se manifiesta en el ámbito interno de la Administración, sin incidencia directa en la esfera de los particulares.

Artículo 4

El establecimiento de subvenciones queda supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, hecho por el cual las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a estos objetivos.

Artículo 5

La gestión de las subvenciones se regirá, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley general de subvenciones, por los principios de:

a) Legalidad presupuestaria, que supone la existencia de crédito y sometimiento de disposición de fondo.

b) Sostenibilidad económica y financiera, que la disposición comporte la cuantía necesaria exclusivamente.

c) Publicidad y transparencia.

d) Concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, establecimiento de los requisitos que tienen que cumplir los solicitantes, así como los criterios objetivos para el otorgamiento de la subvención y su ponderación.

e) Eficacia y eficiencia, diseño adecuado a las finalidades de promoción que persigue la Administración, así como que se tienen que asignar y utilizar recursos públicos para la consecución de aquellas finalidades.

Artículo 6

El Ayuntamiento de Llucmajor concederá subvenciones, mediante los procedimientos previstos a la Ordenanza Municipal de Subvenciones, y resto de normativa aplicable, a favor de personas, asociaciones o entidades públicas o privadas con el fin de fomentar y promover la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de hasta públicos atribuidos a la competencia local.

La concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia se hace mediante la aplicación de los criterios a las bases reguladoras y a la convocatoria. Se adjudicarán con el límite fijado a la convocatoria dentro del crédito disponible.

Por todas las subvenciones que se tengan que conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva se tendrán que aprobar la correspondiente convocatoria.

La competencia para la aprobación de los convenios reguladores de las subvenciones otorgadas nominativamente, corresponde a la alcaldesa o a la junta de gobierno, de acuerdo con el correspondiente acuerdo de delegación.

Por lo cual, las entidades habrán presentado una solicitud dentro de los plazos establecidos para tener opción a una subvención.

Artículo 7

Las subvenciones que se otorguen directamente, no siendo preceptiva la concurrencia competitiva, cuando estén consignadas nominativamente en el presupuesto general del Ayuntamiento de Llucmajor se formalizará habitualmente con un convenio.

Artículo 8

De acuerdo con el que dispone el artículo 34 de la Ley General de Subvenciones, el artículo 88 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones y el artículo 40 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones, también se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, con financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

Esta posibilidad y régimen de garantías se tendrá que prever expresamente en las diferentes convocatorias, y en su caso en los convenios reguladores, en función de las necesidades del tipo de proyectos a subvencionar, de los destinatarios de la subvención y de los principios de eficacia y eficiencia que tiene que regir toda actuación pública, podrán de forma motivada establecer la posibilidad de pagos anticipados.

 

 

CAPÍTULO II BENEFICIARIOS Y OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN

Artículo 9

El Ayuntamiento de Llucmajor concederá las subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.

Artículo 10

El Ayuntamiento establece para el ejercicio 2025 los siguientes objetivos y efectos estratégicos:

a) Objetivo estratégico CULTURA.

Efectos

Fomentar la actividad artística de personas del municipio con repercusión internacional.

 

Fomentar la promoción de la cultura.

 

Premios cultura.

 

Premios concurso proyectos Cas Coix

 

Premios Carnaval-Rua

b) Objetivo estratégico ACCIÓN SOCIAL

Efectos

Fomentar la solidaridad y la ayuda hacia las personas y familias que se tienen que desplazar fuera de Mallorca por enfermedades.

 

Fomentar ayuda a personas con problemas de drogadicción.

 

Fomentar la dinamización de la educación no formal y trabajar para la igualdad de oportunidades.

 

Fomentar la cooperación internacional.

 

Fomentar entidades de gente mayor.

 

Fomentar ayuda sanitaria a personas y familias con dificultades.

c) Objetivo estratégico DEPORTE

Efectos

Fomentar actividades deportivas.

d) Objetivo estratégico JUVENTUD

Efectos

Fomentar entidades juveniles.

e) Objetivo estratégico ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y DEL COMERCIO

Efectos

Fomentar la actividad económica.

 

Remodelación de fachadas de comercios.

 

Premios escaparates de comercio.

f) Objetivo estratégico MEDIO AMBIENTE

Efectos

Fomentar la promoción de les tradiciones populares.

 

Castración e implantación microchip felinos.

El anexo I recoge de forma detallada para cada objetivo estratégico las distintas líneas de actuación.

 

 

​​​​​​​CAPÍTULO III VIGENCIA DEL PLAN

Artículo 11

Este Plan será vigente del día 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025 como primer

documento de planificación estratégica de las políticas de subvención del Ayuntamiento de Llucmajor. Por este motivo, asume el compromiso de revisarlo anualmente con la aprobación del Presupuesto municipal, sin perjuicio de cualquier modificación, revisión o revocación anticipada que se pueda formular.

Artículo 12

La efectividad de este Plan queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, que dependerá, entre otros condicionantes, de la disponibilidad presupuestaria del ejercicio, a la solicitud de los beneficiarios y al cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria.

 

CAPÍTULO IV CONTROL DE LA EVALUACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO

Artículo 13

El control y seguimiento del presente Plano Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Llucmajor, se realizará de forma anual, en dos aspectos:

- Control económico-financiero de las subvenciones concedidas, que está encomendada a la Intervención del Ayuntamiento de Llucmajor, que se realizará en las condiciones recogidas en la normativa vigente sobre control interno.

- Control y seguimiento del Plan, en que la concejalía de cada área gestora efectuará el control de cumplimiento de este Plan durante su periodo de vigencia. Una vez en el año como mínimo, la concejalía de cada área gestora tiene que presentar ante el Pleno una actualización de los planes en una Memoria en que se contemple, al menos, el grado de cumplimiento del Plan, la eficacia y la eficiencia del otorgamiento de las subvenciones en consecución de los objetivos y los efectos.

 

ANEXO I PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR PARA El EJERCICIO 2025

1. Objetivo estratégico: Cultura

2. Objetivo estratégico: Acción Social

3. Objetivo estratégico: Deporte

4. Objetivo estratégico: Juventud

5. Objetivo estratégico: Actividad empresarial y del comercio

6. Objetivo estratégico: Medio ambiente

A) Previsiones de subvenciones por el procedimiento de adjudicación directa de gastos corrientes

Objetivo estratégico: CULTURA

AREA

DENOMINACIÓN

CIF

EFECTO

FUENTE DE FINANCIACIÓN

IMPORTE PREVISTO

CULTURA

SUBVENCIÓN FUNDACIÓN ANTONI CATANY

G57871998

Fomentar la actividad artística de personas del municipio con repercusión internacional.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

30.000,00 €

CULTURA

SUBVENCIÓN FUNDACIÓ ALZINAIRES

G57944423

Fomentar la promoción de la cultura.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

1.500,00€

CULTURA

SUBVENCIÓN ASSOCIACIÓ ESCOLA DE MÚSICA I ARTS ESCÈNIQUES DE LLUCMAJOR - EMAE

G57982019

Fomentar la promoción de la cultura.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria

20.000,00 €

Objetivo estratégico: ACCIÓN SOCIAL

AREA

DENOMINACIÓN

CIF

EFECTO

FUENTE DE FINANCIACIÓN

IMPORTE PREVISTO

ACCIÓN SOCIAL

SUBVENCIÓN ASSOCIACIÓ D'AJUDA A L'ACOMPANYAMENT DEL MALALT - ADDA

G57230724

Fomentar la solidaridad y la ayuda hacia las persona y familias que se tienen que desplazar fuera de Mallorca por enfermedades.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

10.000,00 €

ACCIÓN SOCIAL

SUBVENCIÓN PROJECTE JOVE

G07803570

Fomentar ayuda a persones con problemas de drogadicción.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

10.000,00 €

ACCIÓN SOCIAL

SUBVENCIÓN PROJECTE HOME

G07488059

Fomentar ayuda a personas con problemas de drogadicción.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

10.000,00 €

ACCIÓN SOCIAL

SUBVENCIÓ ASSOCIACIÓ ESPIRAL

G57238065

Fomentar la dinamización de la educación no formal y trabajar por la igualdad de oportunidades.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

10.000,00 €

ACCIÓN SOCIAL

SUBVENCIÓN FONS MALLORQUI DE SOLIDARITAT

G57290140

Fomentar la cooperación internacional.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

10.000,00 €

ACCIÓN

SOCIAL

SUBVENCIÓN FUNDACIÓN DENTISTAS SOBRE RUEDAS

G16594707

Fomentar ayuda sanitaria a personas y familias con dificultades

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

5.000,00 €

Objetivo estratégico: ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y DEL COMERCIO

AREA

DENOMINACIÓN

CIF

EFECTO

FUENTE DE FINANCIACIÓN

IMPORTE PREVISTO

COMERCIO

SUBVENCIÓ ASOCIACIÓN COMERCIANTES Y EMPRESARIOS DE LLUCMAJOR

G07540248

Fomentar la actividad económica.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

5.800,00 €

Objetivo estratégico: MEDIO AMBIENTE

AREA

DENOMINACIÓN

CIF

EFECTO

FUENTE DE FINANCIACIÓN

IMPORTE PREVISTO

MEDIO AMBIENT E

SUBVENCIÓN SOCIEDAD CAZADORES LLUCMAJOR

G07529183

Fomentar la promoción de las tradiciones populares.

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

1.500,00 €

B) Previsiones de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva para gastos corrientes

Objetivo estratégico: CULTURA

FUENTE DE FINANCIACIÓN

EFECTO

IMPORTE PREVISTO

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

PREMIOS CULTURA

1.500,00 €

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

PREMIOS CONCUROS PROYECTES CAS COIX

35.100,00 €

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

PREMIOS CARNAVAL-RUA

7.000,00 €

Objetivo estratégico: ACCIÓN SOCIAL

FUENTE DE FINANCIACIÓN

EFECTO

IMPORTE PREVISTO

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

FOMENTAR ENTITATS GENT MAYOR

20.000,00 €

Objetivo estratégico: DEPORTES

FUENTE DE FINANCIACIÓN

EFECTO

IMPORTE PREVISTO

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

FOMENTAR ACTIVIDADES DEPORTIVAS

80.000,00 €

Objetivo estratégico: JUVENTUD

FUENTE DE FINANCIACIÓN

EFECTO

IMPORTE PREVISTO

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

FOMENTAR ENTITATS JUVENILES

10.000,00 €

Objetivo estratégico: ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y DEL COMERCIO

FUENTE DE FINANCIACIÓN

EFECTO

IMPORTE PREVISTO

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

PREMIOS ESCAPARATES DE COMERCIO

2.500,00 €

Objetivo estratégico: MEDIO AMBIENTE

FUENTE DE FINANCIACIÓN

EFECTO

IMPORTE PREVISTO

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

CASTRACIÓN E IMPLANTACIÓN MICROCHIP FELINOS

15.000,00 €

C) Previsiones de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva para gastos de inversión

Objetivo estratégico: ACCIÓN SOCIAL

FUENTE DE FINANCIACIÓN

EFECTO

IMPORTE PREVISTO

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

FOMENTAR ENTITATS DE GENT MAYOR

10.000,00 €

Objetivo estratégico: ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y DEL COMERCIO

FUENTE DE FINANCIACIÓN

EFECTO

IMPORTE PREVISTO

Fuentes propias, a cargo de la correspondiente aplicación presupuestaria.

REMODELACIÓN DE FACHADAS DE COMERCIOS

120.000,00 €

 

Llucmajor, 13 de febrero de 2025

La alcaldesa Maria Francisca Lascolas Rosselló