Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL
Núm. 144447
Aprobación del padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2025
La Junta de Gobierno Local con fecha 21/02/2025, adoptó el siguiente acuerdo:
Visto el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio 2025 que tiene un importe total de 394.909,85€ y que contiene 7.395 sujetos pasivos.
PRIMERO: Aprobar el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica 2025, elaborado sobre el del ejercicio anterior, incorporando las modificaciones correspondientes, por un importe total de 394.909,85€ y que contiene 7.395 sujetos pasivos.
SEGUNDO: Exponer al público por un plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOIB, este padrón a los efectos de reclamaciones por los interesados.
TERCERO: Notificar colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como a través de edictos que así lo adviertan, tal y como prevé el artículo. 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Contra esta notificación se puede presentar recurso de reposición previo al contencioso administrativo durante un plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública del Padrón tal y como dispone el art. 14 del RDL. 2/2004, de 5 de marzo
CUARTO: Proceder al cobro de las cuotas tributarias por los órganos de recaudación de la Corporación.
QUINTO: Aprobar el periodo de cobro en voluntaria de conformidad con lo previsto en el cuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 17/02/2025 de aprobación del Calendario Fiscal 2025, que será el comprendido entre los días 1 de Abril y el 2 de Junio, inclusive, domiciliados día 2 de Mayo, procediendo, transcurrido el periodo antes mencionado, el cobro en vía ejecutiva de los recibos impagados, aplicando el recargo que proceda.
SEXTO: Establecer como modalidades de pago las seguidamente detalladas:
Excepto cuando concurran circunstancias de carácter excepcional, ajenas a la voluntad del sujeto pasivo, la falta de abono del citado débito domiciliado en el momento de la presentación dará lugar a la pérdida de la totalidad de la bonificación concedida.
La domiciliación del pago de cualquier tributo se puede realizar personalmente en la Oficina de Recaudación, o bien mediante su remisión al Registro General del Ayuntamiento con una antelación mínima de dos meses al inicio del periodo de cobro, en otro caso, la comunicación surtirá efecto a partir del período siguiente.
Lugares, días y horas de ingreso:
• En las oficinas de les entidades bancarias colaboradoras con la recaudación del Ayuntamiento: Caixabank, Banc Santander i Banca March, los días que sean laborables para estas i durante el horario que las propias entidades establezcan.
• A través de banca electrónica o en la red de cajeros de les entidades colaboradoras Caixabank, Banc Santander i Banca March, cualquier día y hora.
• A través de la carpeta ciudadana del Ayuntamiento de Es Castell (con certificado electrónico o sin)
https://www.carpetaciutadana.org.
• En la Oficina de recaudación del Ayuntamiento, en horario de 9 a 13 h, con tarjeta bancaria.
SÉPTIMO: Dar cuenta de la aprobación de este Padrón al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.
Firmado en Es Castell en la fecha de la firma electrónica (28 de febrero de 2025)
El alcalde José Luis Camps Pons