Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 141225
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se amplía la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-25
Hechos
1. El Título II de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece, en el artículo 71.1, que las administraciones educativas tienen que disponer los medios necesarios para que todos los alumnos logren el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos que establece con carácter general esta Ley.
2. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos, pretende garantizar la igualdad de oportunidades de todos los alumnos para que puedan lograr el máximo desarrollo de sus capacidades. Este Decreto establece que los centros docentes tienen que llevar a cabo las actuaciones necesarias para conseguir que los alumnos logren los objetivos y las competencias básicas de las diversas etapas educativas.
3. En fecha 29 de junio de 2024, en el BOIB núm. 86, se publicó la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se convoca el procedimiento para ampliar la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025.
4. En fecha 12 de septiembre de 2024, en el BOIB núm. 120, se publicó la Resolución definitiva del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 5 de septiembre de 2024 por la cual se determina la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025.
5. Con posterioridad a la Resolución definitiva de 5 de septiembre de 2024, el Servicio de Recursos para la Atención a la diversidad de Centros Concertados, ha emitido los siguientes informes:
6. Hay crédito adecuado y suficiente en las partidas presupuestarias correspondientes.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm.106, de 4 de mayo) modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm.340, de 30 de diciembre).
2. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 7 de mayo de 2008 por la cual se regula la dotación de los equipos docentes en los niveles educativos concertados (BOIB núm.65, de 13 de mayo) modificada por la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 23 de junio de 2009 (BOIB núm. 96, de 4 de julio).
3. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 67, de 5 de mayo).
4. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre).
5. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024 de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).
6. La Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024 (BOIB núm. 46, de 6 de abril de 2024) prorrogados al 2025 de acuerdo con los términos establecidos en la Orden 1/2025, de 9 de enero, del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la cual se despliegan las particularidades presupuestarias y contables han de regir la prórroga de los presupuestos hasta que entre en vigor la ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 (BOIB núm. 6, de 11 de enero de 2025).
Por esto expuesto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aumentar de acuerdo con los respectivos informes, con fecha de 24 de febrero de 2025, emitidos por el Servicio de Recursos para la Atención a la Diversidad de Centros Concertados, la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad al CC Sant Josep Obrer II (código 07003067) y al CC Sant Francesc de Sales (código 07000731) para el curso 2024-2025, respecto a la dotación establecida en la resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados del 5 de septiembre de 2024, según los términos y efectos económicos siguientes:
Código centro |
Centro |
Horas semanales AD EI y EP Dotación adicional Curso 2024-25 (Resolución del 5 de septiembre de 2024) |
Aumento de horas semanales dotación adicional |
Horas semanales TOTALES AD EI y EP Dotación adicional Curso 2024-25 |
Plazo de efectos económicos |
---|---|---|---|---|---|
07003067 |
CC Sant Josep Obrer II (Palma) |
6 |
6 |
12 |
Del 24/02/2025 hasta el 30/06/2025 |
07000731 |
CC Sant Francesc de Sales (Ciutadella) |
0 |
6 |
6 |
Del 24/02/2025 hasta el 30/06/2025 |
2. Aumentar de acuerdo con el informe del 24 de febrero de 2025, emitido por el Servicio de Recursos para la Atención a la Diversidad de Centros Concertados, la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad al CC Nuestra Señora de la Consolación (código 07007221) para el curso 2024-2025, respecto a la establecida en la Resolución definitiva del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 5 de septiembre de 2024, según los términos y efectos económicos siguientes:
Código centro |
Centro |
Horas semanales AD ESO y FP Básica Dotación adicional Curso 2024-25 (Resolución del 5 de septiembre de 2024) |
Aumento de horas semanales dotación adicional |
Horas semanales TOTALES AD ESO y FP Básica Dotación adicional Curso 2024-25 |
Plazo de efectos económicos |
---|---|---|---|---|---|
07007221 |
CC Nuestra Señora de la Consolación II (Palma) |
0 |
6 |
6 |
Del 24/02/2025 hasta el 30/06/2025 |
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en la web de la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de febrero de 2025)
El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez