Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 139168
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2025 por el cual se declaran inversión de interés autonómico las obras de construcción del nuevo CEIP Felanitx y se considera sistema general de equipamiento público educativo en suelo rústico la parcela catastral 07022A018000700000WX, de propiedad municipal, en el término municipal de Felanitx, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Uno de los objetivos del Gobierno de las Illes Balears, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, es garantizar el derecho a la educación de calidad y acceder a las mismas en condiciones de igualdad (Art. 26.1).

Asimismo, de acuerdo con el Estatuto, las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para cumplir las finalidades que les son propias y en el marco de las competencias que les atribuye este Estatuto, deben promover, como principios rectores de la política económica y social, el desarrollo sostenible encaminado al pleno empleo, la cohesión social y el progreso científico y técnico, de manera que se derecho a la salud, la educación, la vivienda, la protección social, el ocio y la cultura (Art.12.3).

El capítulo I del Título V de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo), regula la red de centros educativos de las Illes Balears. En el artículo 102, de Creación de centros, establece que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar. En el punto 3 del mismo artículo determina que el Gobierno de las Illes Balears debe promover una red de centros públicos suficiente para cubrir la demanda de la población escolar de las Illes Balears.

 En cuanto a la atención de las demandas en el ámbito de la educación y a la adecuación de la red pública de equipamientos, mediante el Real Decreto 1876/1997, de 12 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de enseñanza no universitaria, se hizo efectivo el traspaso asumir, entre otros, la competencia en materia de «la elaboración, supervisión, aprobación, contratación y ejecución de proyectos de nuevas construcciones, reforma, ampliación o mejora de las existentes, así como, la dotación y el equipamiento en lo referente a los centros públicos. Convocatoria y resolución de concursos y proyectos de edificios y material [...]».

Corresponde a la Consejería de Educación y Universidades, a través de la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras educativas de acuerdo con el artículo 2, apartado 5, del Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12 de 10 que se establecen las competencias y estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 23 de agosto, por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, por el Decreto 5/29 de 2, de 2 febrero.

El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece la regulación relativa a los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender la demanda (Art.1).

El término municipal de Felanitx tiene cuatro centros de educación infantil y primaria en los diferentes núcleos de población: el CEIP Inspector Joan Capó en Felanitx, el CEIP S'Algar en Portocolom, el CEIP Reina Sofía en s'Horta y el CEIP Migjorn en Cas Concos.

En 2018, el Ayuntamiento de Felanitx, en sesión ordinaria de día 11 de junio, solicitó a la consejería competente en materia de educación que se construyera una nueva escuela en el municipio, dada la saturación de los centros del municipio, especialmente el CEIP Inspector Joan Capó. En el acta del pleno se hace constar que «Sin duda, el CEIP Joan Capó [sic] en el núcleo de Felanitx es el centro más problemático. Inaugurada la nueva escuela en 1994 con una previsión de dos líneas, actualmente tiene tres y en algunos niveles cuatro. Se han tenido que transformar en aulas muchos espacios destinados a otros usos y sistemáticamente debe recurrirse al Parque Municipal como patio. La saturación y la masificación de las instalaciones afecta a la convivencia, aumenta el riesgo en una situación de emergencia (simulacro de evacuación de diciembre de 2017) y evidentemente disminuye la calidad educativa».

A partir de 2019, el Ayuntamiento de Felanitx inició los trámites para adquirir el solar donde debería construirse el nuevo centro de educación infantil y primaria del municipio.

En este sentido, la ampliación de la oferta educativa en el núcleo de Felanitx también queda recogida en el Plan de Infraestructuras Educativas 2024-2034 de la Consejería de Educación y Universidades de la siguiente manera: «el CEIP Inspector Joan Capó es el que cuenta con más alumnado de todas las Illes Balears y este hecho hace que sea urgente actuar. Por eso, se prevé a corto plazo la construcción de un nuevo CEIP de dos líneas en Felanitx».

A tal efecto, el Pleno del Ayuntamiento de Felanitx, en sesión ordinaria de 10 de mayo de 2021, puso a disposición de la Consejería de Educación y Universidades, la parcela 70 del polígono 18, denominada «Sa Punta», con referencia catastral 07022A018000700000WX, de 8.258 m² de superficie, de titularidad municipal, situada en el núcleo de Felanitx. El Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Felanitx se publicó en el BOIB, núm. 76, de 8 de junio de 2021.

Esta parcela permite la construcción de un nuevo CEIP de dos líneas, con 6 unidades de educación infantil de segundo ciclo y 12 unidades de educación primaria y un aula para una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO). De esta forma se crearán 450 nuevas plazas escolares y 7 plazas UEECO.

El planeamiento vigente es el Plan General de Ordenación aprobado definitivamente el 6 de octubre de 1969 (PGO-1969), así como el Proyecto de delimitación del suelo urbano aprobado el 22 de septiembre de 1995 (PDSU-1995). La parcela está clasificada como suelo rústico urbanizable, con dos calificaciones urbanísticas distintas. La mayor parte de la parcela está calificada como «EL_PB_VE» (espacio libre público verde), mientras que la otra parte, de menor superficie, es «IN_Ii» (industrial intensiva).

Las soluciones adoptadas en el proyecto de construcción cumplen el artículo 68.1 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, que establece que «las instalaciones, construcciones y edificaciones deben adaptarse, en los aspectos básicos, al ambiente en el que estén situadas».

El Ayuntamiento de Felanitx encargó un proyecto de dotación de servicios para la calle Manacor, donde se ubica la parcela del centro, redactado por el ingeniero industrial Joan Bordoy Pou, con fecha de noviembre de 2021, que está pendiente de ejecución. Una vez ejecutado, la parcela reunirá las condiciones de solar de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 12/2017.

En estos momentos la Consejería de Educación y Universidades, por medio del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC), está redactando el proyecto de ejecución para la construcción de este nuevo centro.

La superficie construida resultante será de 3.613,04 m² desarrollados en planta baja y dos plantas piso. El proyecto contempla la construcción de 6 aulas de educación infantil, 12 aulas de educación primaria y 1 aula para una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO), además del resto de espacios contemplados en el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.

Dado lo expuesto anteriormente, es del todo necesario iniciar con carácter de urgencia los trámites oportunos para construir un nuevo centro en el término municipal de Felanitx.

De acuerdo con el artículo 7 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, «un equipamiento público de uso educativo, de investigación, sanitario o social se considera como una inversión de interés autonómico cuando así lo declare expresamente el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, y en las condiciones que el Consejo de Gobierno determine para su ejecución».

De acuerdo con el artículo 8.1 del Decreto Ley 1/2018, la declaración de la inversión de interés autonómico supone que los terrenos donde se acuerde la ubicación del equipamiento público deben calificarse automáticamente como sistema general de equipamiento del uso correspondiente.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de 28 de febrero de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Declarar inversión de interés autonómico las obras de construcción del nuevo CEIP Felanitx, y considerar sistema general de equipamiento público educativo en suelo rústico la parcela catastral 07022A018000700000WX, de propiedad municipal, en el término municipal de Felanitx, de acuerdo con los artículos 7 y 8 Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Felanitx.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, en las fechas de las firmas electrónicas (28 de febrero de 2025)

 

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

La presidenta

Margarita Prohens Rigo