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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 135853
Notificación de Resolución de modificación y revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, exp. 04003017 de fecha 24 de febrero de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se convocan subvenciones para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, para el año 2023

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Texto

El apartado 8.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se convocan, subvenciones para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, correspondientes al año 2023, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 24 de febrero de 2025, firmó la siguiente resolución,

“INFORME-PROPUESTA DE MODIFICACIÓN/ RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN Y REVOCACIÓN PARCIAL Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC) Compromisos de conservación de recursos genéticos Intervención 65051_02 SIGC.: Fomento de razas autóctonas en peligro de extinción Convocatoria 2023 Documento: Revocación Código SIA: 3004215 Emisor (DIR3): A04026954 Código BDNS: 687702 Fecha:21/02/2025

Antecedentes

1. Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2023-2027.

2. Con fecha 15 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 48, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el año 2023.

3. Con fecha 30 de mayo de 2023, se publica en el BOIB núm. 71, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC), así como otras resoluciones de convocatoria de ayudas que prevén las intervenciones en el desarrollo rural.

4. Con fecha 30 de junio de 2023, se han recibido un total de 299 solicitudes por la ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción.

5. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

6. Con fecha 17 de abril de 2024 el vicepresidente del FOGAIBA dicta resolución de concesión de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción al solicitante ALPUTZER Y OTRO SRM con número de expediente 04003017 y NIF J07712938 ( en el BOIB núm. 59, de 4 de mayo de 2024) con un compromiso adquirido por el periodo 2023-2027 de mantenimiento del censo ganadero en 50 animales de la especie ovina raza menorquina, 2 animales de la especie equina raza menorquina y un animal de la especie equina de la raza ase balear (con un total de 7,4 UBM), tal y como se detalla en el anexo I de esta resolución.

7. Con fecha 21 de junio de 2024 se procedió al pago de la anualidad 2023 por un importe de 1.480€ por la totalidad de 7,4 UGM concedidas.

8. Con posterioridad los órganos gestores, por una revisión de oficio, detectaron un error en el número de animales concedidos ya que el ase balear tiene un coeficiente de conversión de 0,8 UBM por animal y según se detalla en el apartado tercero de la convocatoria referente a los requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones, punto 1, letra d) en lo que se refiere a la constitución por raza de al menos 1 UBM determina que la concesión a aprobar sea por el censo ganadero de 50 animales de la especie ovina raza menorquina y 2 animales de la especie equina de la raza menorquina (sin tener en cuenta el animal de la especie equina de la raza ase balear) con un total de 6,6 UGM y una resolución anual de 1.320€, tal y como se detalla en el anexo II de esta resolución. .

9. De este modo la resolución de concesión mencionada anteriormente debe revocarse ya que se trata de un error de la Administración por no detectar el no cumplimiento del apartado tercero de la convocatoria referente a los requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones, punto 1, letra d) en lo que se refiere a la constitución por raza de al menos 1 UBM.

10. Se aplica por tanto el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas referente a la revocación de actos y rectificación de errores, por el que las administraciones públicas pueden revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que esta revocación no constituya dipensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento.

11. Procede modificar y revocar parcialmente la resolución de concesión del 17 de abril de 2024 publicada en el BOIB núm. 59 de 4 de mayo.

Fundamentos de derecho

1. Orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023 y publicada en el BOIB núm. 43, de 6 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

2. Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, publicada en el BOIB núm. 48 de 15 de abril de 2023.

3. En el apartado tercero de la convocatoria referente a los requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones, punto 1, letra d) que los animales por los que solicita ayuda, al menos, constituyan un mínimo de 1 unidad de ganado mayor (UBM) por raza que solicita ayuda, y de las que se indican en el punto c) anterior.

Informe y Propuesta de resolución

Por todo ello, se informa y propone al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Modificar la concesión de 17 de abril para comprometer por el período 2023-2024 los animales y las razas tal y como se detalla en el anexo II de esta resolución.

2. Revocar parcialmente la concesión del beneficiario tal y como se detalla en el anexo III de esta resolución para el período 2023-2027.

3. Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución , de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefe de Sección II de Ayudas para el Desarrollo Rural María José Lorente García

 

Conforme con el informe, se propone

La jefe del Servicio de Ayudas para el Desarrollo Rural Gema Canós Franch

Conforme con la propuesta, dict resolución

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such”

 

ANEXO I Concesión de ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el período 2023-2027

Núm exp. razas

Expediente

DNI/NIF

Nombre / Razón Social

Especie

Raza

Animales aceptados

UBM

Importe anual concedido (200 € / UBM)

Importe anual total concedido (200 € / UBM)

55

4003017

J07712938

ALPUTZER Y OTRO SRM

Ovina

Menorquina

50

5

1.000 €

1.480 €

Equina

Menorquina

2

1,6

320 €

Equina

Ase balear

1

0,8

160 €

 

ANEXO II Modificación de la ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el período 2023-2027

Núm exp. razas

Expediente

DNI/NIF

Nombre / Razón Social

Especie

Raza

Animales modificados

UBM

Importe anual modificado (200 € / UBM)

Importe anual total modificado (200 € / UBM)

Importe Feader

Importe Magrama

Importe CAIB

Importe período 2023-2027

55

4003017

J07712938

ALPUTZER Y OTRO SRM

Ovina

Menorquina

50

5

1.000 €

1.320 €

712,80 €

142,56 €

464,64 €

6.600 €

Equina

Menorquina

2

1,6

320 €

Equina

Ase balear

0

0

0 €

 

ANEXO III Revocación parcial de la ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el período 2023-2027

Núm exp. razas

Expediente

DNI/NIF

Nombre / Razón Social

Importe anual revocatdo

Importe Feader

Importe Magrama

Importe CAIB

Importe revocado período 2023-2027

55

4003017

J07712938

ALPUTZER Y OTRO SRM

160 €

86,40 €

17,28 €

56,32 €

800 €

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de febrero de 2025)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni