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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 135170
Resolución de aprobación de las normas reguladoras de selección de proyectos expositivos para las salas de exposiciones del Consejo de Mallorca para el año 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva del Departamento de Cultura i Patrimonio ha dictado, el 25 de febrero de 2025, la resolución que transcribo literalmente a continuación:

¨Hechos

1. El 9 de enero de 2025 (CSV: K7AADCPCXCNRX3DQDQWC) el director insular de Cultura emitió informe justificativo de la necesidad de iniciar y tramitar un expediente para la aprobación de las normas reguladoras de la selección de proyectos expositivos para las salas de exposiciones del Consejo de Mallorca para el año 2025, y en concreto por las salas situadas en el Centro La Misericòrdia y en el Centro Krékovic.

2. El 14 de enero de 2025 (CSV: K7AADDMZNMXTAEF2QFRU) la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio resolvió iniciar el procedimiento para aprobar las normas de selección de los proyectos expositivos para las salas de exposiciones del Consejo de Mallorca a la Misericordia y el Centro Krékovic para el año 2025.

3. El 14 de enero de 2025 (CSV: K7AADDKDPDUE4VJCDWK4) la jefa de servicio de Cultura emitió informe técnico en él que propuso unas normas reguladoras para que estas se sometieran a la pertinente revisión.

4. Tras las modificaciones realizadas a la propuesta inicial de normas reguladoras, el día 14 de febrero de 2025 (CSV: K7AADKVQ97JQDVAMKRHK) la jefa de servicio de Cultura emitió un nuevo informe técnico en que propuso unas nuevas normas reguladoras.

5. De acuerdo con la respuesta dada el día 24 de febrero de 2025 por el servicio de intervención delegada de la Misericordia, la aprobación de estas normas no está sujeta a fiscalización previa, dado que no comprende ninguna de las fases de la función interventora.

6. El 24 de febrero de 2025 (CSV: K7AADMETL2MTEMWZWAFM) se ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos de las normas reguladoras de selección anteriormente mencionadas.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, en concreto, el artículo 70.18 (BOE nº. 52, de 1 de marzo de 2007) establece la competencia de los Consejos Insulares en materia de museos, actividades artísticas y culturales, así como de promoción y animación sociocultural, y las normas que se quieren aprobar forman parte de estas actividades.

2. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares.

3. El Decreto de la presidencia del Consejo Insular de Mallorca de día 28 de julio de 2023, por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de (BOIB nº. 196, de 29 de julio de 2023).

4. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.

6. Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 12 de diciembre de 2019 de aprobación del régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos y toma de razón en ingresos del Consejo Insular de Mallorca y de las entidades de su sector público sujetas a función interventora. de aprobación del régimen de fiscalización e intervención limitada previa.

7. El artículo 7 del RD 424/2017, de 28 de abril por el que se regula el régimen jurídico del control interno a las entidades del Sector Público Local.

Por todo el anterior, en dicto la siguiente:

Resolución:

1. Aprobar las normas reguladoras de selección de proyectos expositivos para las salas de exposiciones del Consejo de Mallorca para el año 2025 y su anexo, las cuales se adjuntan y forman parte integrante de esta resolución.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo o consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, podéis interponer, si cabe, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (26 de febrero de 2025)

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antònia Roca Bellinfante

 

La comprobación de la autenticidad de los documentos identificados con Código Seguro de Verificación (CSV) está disponible desde la web https://cim.secimallorca.net/

 

NORMAS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS EXPOSITIVOS PARA LAS SALAS DE EXPOSICIONES DEL CONSEJO DE MALLORCA PARA EL AÑO 2025

El Consejo de Mallorca, mediante el Departamento de Cultura y Patrimonio, lleva a cabo el proyecto de programación de propuestas expositivas para el año 2025 en las salas propias del Departamento con la voluntad de fomentar la difusión de las artes, haciendo especial mención a las artes plásticas y visuales, pero también a todas sus otras manifestaciones artísticas.

El Departamento de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca, dada su atribución competencial de fomentar y difundir la creación artística y con el objetivo de mejorar la continuidad, coherencia y transparencia de la gestión de los espacios expositivos, abre una convocatoria de selección de proyectos artísticos del ámbito de las artes visuales para exhibirlos a la planta baja de las salas multiusos, capilla y sala de exposiciones temporales del centro Krékovic.

El objetivo de esta actuación es la promoción y la divulgación cultural, así como la sensibilización social por las iniciativas de carácter plástico y visual.

Las exposiciones o proyectos de comunicación que realiza el Departamento, objeto de estas normas, tienen tres tipos de génesis:

a) Exposiciones al Centro Krékovic, que siguen dos líneas básicamente: por una parte, se quiere dar continuidad a este proyecto de Kristian Krékovic, haciéndolo extensivo a los creadores procedentes del exterior venidos desde otros puntos geográficos pero que han tenido vínculos artísticos con nuestra isla; y, por otra parte, el pintor siempre quiso que el Museo fuera un punto de referencia cultural del barrio y por eso se valorarán las colaboraciones de cariz integradoras, sociales, dinamizadoras del barrio como puedan ser con las asociaciones de vecinos del barrio o institutos de bachillerato artístico de la zona, en el periodo entre junio y diciembre 2025.

b) Exposiciones a la sala multiusos de la planta baja del edificio entre patios de la Misericordia, en el periodo entre junio y diciembre 2025.

c) Exposiciones a la capilla, en el periodo entre junio y diciembre 2025.

Esta convocatoria regula las exposiciones solicitadas a las tipologías de espacios antes mencionadas y por los periodos expresados.

No entran dentro de esta convocatoria las demás salas multiusos del edificio de la Misericordia ni las salas anexas al aljibe ni los espacios descritos a los párrafos anteriores fuera de los plazos acotados. Todos estos espacios se reservan para exposiciones de cariz conmemorativo, lúdico o exposiciones de colecciones de objetos promovidas desde la Dirección Insular de Cultura.

1. Requisitos para participar en la selección

Esta selección está abierta a cualquier persona, colectivo, asociación o entidad que realice una solicitud de manera individual o colectiva, de cualquier modalidad de las artes plásticas y visuales y con proyectos expositivos inéditos, expresamente concebidos o adaptados a los espacios de las salas multiusos, capilla y sala de exposiciones temporales del Centro Krékovic (exposiciones de fomento de barrio o de artistas extranjeros vinculados con Mallorca).

La sección de Museos del Servicio de Cultura facilitará la información necesaria sobre las características de estos espacios a los artistas interesados.

La selección de los proyectos de actividades para formar parte de esta bolsa queda condicionada al presupuesto disponible, así como a la valoración que la comisión evaluadora realice de los proyectos presentados, sin otorgar ningún derecho a los interesados.

2. Documentación

La documentación que se debe presentar para participar en la selección es la siguiente:

1. Solicitud debidamente rellenada (anexo 1)

2. Fotocopia del NIF o documento equivalente de la persona física o jurídica solicitando.

3. Fotocopia del NIF o documento equivalente de la persona representante legal o bien de la persona autorizada que firma.

4. Documentación que acredite la vigencia del cargo de representante legal en virtud del cual actúa la persona que firma la solicitud o de la autorización correspondiente y suficiente, si la firma otra persona.

5. Currículum del artista

6. Proyecto expositivo que incluya un dossier con el contenido siguiente:

 

- Planteamiento conceptual

- Objetivos

- Relación de los objetos que podrían formar parte del proyecto

- Adecuación de la tipología de las obras al espacio expositivo

- Dossier gráfico de la obra que se pretende exponer: fotos, grabaciones, formados, materiales, técnicas, etc.

- Se debe indicar si hay previstas actividades paralelas y, si es necesario, hacer una descripción breve

- Curriculum Vitae del comisario y colaboradores científicos que participarán en el proyecto.

- Relación de los servicios que puedan comportar un coste económico asociado por el Consejo de Mallorca. El Consejo de Mallorca no asumirá ningún gasto no contemplado a esta relación.

 

7. Valoración económica del contenido del proyecto expositivo con el fin de poder tramitar el pertinente seguro. Esta valoración se podrá presentar con la solicitud o, en el caso de ser un proyecto seleccionado, hasta 15 días hábiles antes del inicio de la exposición.

Todas las exposiciones tendrán que ser llevadas a cabo por un comisario con experiencia demostrable (mínimo de 5 exposiciones). Asimismo, hay que remarcar que el comisario solamente podrá presentar un proyecto por convocatoria.

Esta documentación se debe presentar en formato word y pdf, con un máximo de 10 páginas (imágenes incluidas), a dos caras, en DINA4, y se tiene que entregar electrónicamente haciendo constar «Selección de proyectos expositivos en los centros de la Misericordia y Krékovic», como asunto.

El comisario deberá comunicar en el mismo anexo de estas bases si el artista o artistas están inscritos a la VEGAP u otras asociaciones similares.

En caso de que la documentación presentada esté incompleta o sea necesario hacer cualquier aclaración para poder valorar correctamente el proyecto expositivo, la comisión evaluadora hará los requerimientos oportunos al solicitante por medios legalmente establecidos. En caso de no dar respuesta en el plazo establecido (5 días hábiles), se supondrá desestimada la solicitud.

3. Plazo de presentación de la documentación

Los proyectos expositivos se deben presentar en el plazo de quince días hábiles, contadores a partir del día siguiente de publicarse estas normas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

La documentación debe presentarse de acuerdo con el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. Comisión técnica evaluadora

La comisión técnica evaluadora la integran las personas relacionadas a continuación:

Presidencia:

Titular: Sr. Guillem Ginard Sala, director insular de Cultura. Su sustituta es la sra. Maria M. Morey Martorell, jefa de servicio de Cultura.

Vocalías

- Sr. David Barro López, director de Es Baluard, Museu d'Art Contemporani de Palma o la persona técnica de Es Baluard que lo sustituya.

- Sra.Maria Gràcia Salvà Picó, directora del Museu de Mallorca o la persona técnica del Museu de Mallorca que la sustituya.

- Sr. Climent Romaguera Rubí, técnico grado medio de Cultura, o la funcionaria o el funcionario que lo sustituya.

- Sr. Francesc Bonnín Salamanca, director del Arxiu del Só i de la Imatge, o la persona técnica del ASIM que lo sustituya.

- Un representante de la Universidad de las Islas Baleares (UIB).

- Un representante de la Asociación de Profesionales de la Gestión Cultural de las Islas Baleares (AGCIB).

- Un representante de la Asociación de Críticos de Arte y Comisarios de las Islas Baleares, en calidad de comisario, y de reconocido prestigio a nivel de Mallorca (ACCAIB).

- Sr. Fernando Gómez de la Cuesta, coordinador general de Cultura y Artes Visuales del Ayuntamiento de Palma o persona que lo sustituya.

- Sr. Pedro Vidal Monserrat, secretario autonómico de Cultura y Deportes del Gobierno de las Islas Baleares o persona que lo sustituya.

Secretaría:

Sr. Gabriel Pons Homar, jefe de la Sección de Museos, o la funcionaria o el funcionario que lo sustituya.

Para que se pueda constituir la comisión de manera válida y llevar a cabo sesiones, deliberar y tomar acuerdos, se requiere la asistencia, presencial o a distancia, de las personas que ocupan la presidencia y la secretaría o, si cabe, de las personas que las suplan, y la de la mitad, al menos, de los miembros, en los términos que se regula en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

La comisión técnica evaluadora puede convocar las personas o entidades integrantes del proyecto a una reunión previa a la selección del proyecto para obtener más información.

La persona que ocupa la presidencia de la comisión tendrá voto de calidad. La persona que ocupa la secretaría tendrá voz, pero no voto.

Las funciones de la comisión técnica evaluadora son:

- Estudiar, evaluar y seleccionar los proyectos que se deben que llevar a cabo de entre todas las propuestas de acuerdo con los criterios de selección.

- Velar para que se respete el proyecto artístico.

- Evaluar el cumplimiento y los resultados del contrato con los artistas, las entidades o las asociaciones en relación con los proyectos que se expongan.

- Conocer y aprobar el programa anual de actividades en las salas mencionadas del Departamento de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca.

- Proponer a la persona responsable del Departamento competente en materia de Cultura las personas o entidades seleccionadas para llevar a cabo las exposiciones a las salas del Departamento de Cultura y Patrimonio durante el año.

5. Criterios de selección

Los proyectos han de ser concebidos para exhibirse, básicamente, dentro de los espacios de las salas multiusos, capilla o en la sala de exposiciones temporales del Centro Krékovic siempre que sea viable y considerando los criterios siguientes:

- El rigor científico y cultural del discurso expositivo, así como la calidad del contenido de la muestra.

- La oportunidad y la necesidad de llevar a cabo el proyecto y si el motivo que lo origina está en consonancia con la misión y los objetivos de la exposición.

- La integración dentro del espacio expositivo y su viabilidad.

- El interés social o colectivo.

- La apuesta creativa.

- El valor pedagógico y el interés cultural para el público que asista a la exposición.

Tendrán preferencia los proyectos que encajen con las líneas expositivas que a continuación se exponen:

- Las exposiciones sobre los artistas mallorquines

- Los artistas foráneos que han residido en Mallorca

- Las exposiciones y propuestas comunicativas de los artistas jóvenes (hasta los 35 años) en el ámbito insular

- Los artistas ganadores de premios, de certámenes o becas impulsadas por el Consejo de Mallorca

La comisión técnica evaluadora descartará las propuestas expositivas que incluyan contenidos racistas, sexistas, homófobos o que vulneren los derechos de las personas.

Asimismo, propondrá el lugar expositivo más adecuado para cada proyecto seleccionado.

Además, la comisión propondrá un listado de proyectos, no seleccionados en primera instancia, que constituirá una lista de espera para cubrir los casos de renuncia, desistimiento o cualquier otro caso de falta de ejecución de los proyectos seleccionados.

6. Resolución

El órgano competente para determinar las personas o entidades seleccionadas según los criterios establecidos a estas normas de selección es la persona responsable del Departamento competente en materia de Cultura del Consejo de Mallorca, a propuesta de la comisión técnica evaluadora.

La instrucción corresponde a la Secretaría Técnica del Departamento de Cultura y Patrimonio, la cual tiene que llevar a cabo todas las actuaciones o los actos de trámite necesarios para velar por el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento es de 2 meses, contadores a partir del día que acaba el plazo de presentación de las solicitudes, transcurridos los cuales sin que se haya dictado la resolución, se entienden desestimadas todas las solicitudes.

La participación en esta convocatoria implica el conocimiento y la plena aceptación de las normas de selección.

7. Obligaciones de los usuarios

a) El uso de los espacios expositivos es gratuito y no tiene carácter comercial (no se puede vender ninguna obra).

b) El acceso a la exposición será gratuito.

c) Entregar una valoración económica del contenido del proyecto expositivo firmada por el responsable de la exposición (preferentemente el comisario, en su defecto, por el artista) con el fin de poder tramitar el pertinente seguro. Esta valoración se podrá presentar con la solicitud o, en el caso de ser un proyecto seleccionado, hasta 15 días hábiles antes del inicio de la exposición.

8. Actuaciones por parte del Consejo de Mallorca

a) Exposiciones en el Centro Krékovic (exposiciones de fomento de barrio o de artistas extranjeros vinculados con Mallorca) en el periodo entre junio y diciembre 2025.

El Consejo de Mallorca se hará cargo de los gastos de transporte, montaje y desmontaje, si es necesario.

b) Exposiciones en la sala multiusos de la planta baja del edificio entre patios de la Misericordia, en el periodo entre junio y diciembre 2025.

El Consejo de Mallorca asumirá, si así se solicita, los gastos de transporte, montaje y desmontaje; diseño e impresión de un folleto; gastos de fotografía y los gastos de un comisario de la exposición titulado con experiencia acreditada de un mínimo de 5 exposiciones (hasta un máximo de 1.500€).

c) Exposiciones en la capilla, en el periodo entre marzo y diciembre 2025.

El Consejo de Mallorca se hará cargo, si así se solicita, de los gastos de transporte, montaje y desmontaje; de la producción e impresión de un catálogo de la exposición; de fotografía; y de los gastos de un comisario de la exposición titulado con experiencia acreditada de un mínimo de 5 exposiciones (hasta un máximo de 2.500€).

Para la ejecución de los proyectos seleccionados en esta convocatoria se tramitará un expediente administrativo de contratación por exposición con un gasto máximo de 14.999,00 € + IVA.

Cada uno de los espacios expositivos que gestiona el Departamento de Cultura y Patrimonio expuestos en el apartado 1, exhibirán un máximo de cuatro proyectos emanados de esta convocatoria en el año.

En el caso de que el Consejo de Mallorca firme un Convenio o documento de que vinculante con la Asociación de artistas visuales de las Islas Baleares (AAVIB) para el cumplimiento del código de buenas prácticas en las artes visuales, se incorporará, como obligación del Consejo de Mallorca, el abono de la remuneración del artista en los términos allí expresados, respetando, en todo caso, el tope de gasto máximo arriba mencionado.

Apoyo

El Consejo de Mallorca ofrecerá la adecuación de las salas; utensilios necesarios (vitrinas, peanas, proyectores y demás); apoyo técnico en temas de iluminación y de organización del espacio expositivo y pintado de la sala de color blanco, si cabe. En caso de que se quiera pintar de otro color la pintura y el trabajo de pintarlas irá a cargo de los gastos del expediente. Asimismo, se encargará de la vigilancia y de la limpieza de la exposición.

El Consejo de Mallorca se hará cargo del seguro clavo a clavo de las obras que se exponen, siempre y cuando se haya podido tramitar el seguro correspondiente. Para hacerlo resulta imprescindible contar con la valoración económica, en el plazo establecido, exigida al punto 2.7.

Difusión

Se hará difusión de la exposición mediante todos los medios propios (redes sociales, web, folletos y otros) utilizados por el Departamento competente en materia de Cultura.

Los proyectos seleccionados se expondrán durante un periodo mínimo de treinta días naturales y hasta un máximo de noventa días naturales.

9. Publicidad

Estas normas de selección se publicarán en el BOIB y en la sede electrónica del Consejo de Mallorca.

10. Ineficacia sobrevenida

Si debido a circunstancias sobrevenidas de interés público el Consejo de Mallorca no puede llevar adelante la tramitación de la selección, el órgano que ha aprobado las normas de selección las tiene que dejar sin efectos, previo informe justificativo del Servicio competente en materia de Cultura.

Por otra parte, en el caso de que 15 días naturales antes de la fecha prevista de inauguración de la exposición, los técnicos del Consejo de Mallorca vean comprometida la viabilidad del proyecto por causas imputables al promotor, previo informe justificativo del Servicio competente en materia de Cultura, el proyecto quedará suspendido y, asimismo, quedará suspendida la asunción por parte del Consejo de Mallorca de los costes derivados de este.

11. Recursos

Contra la resolución que aprueba esta convocatoria, y contra la resolución de concesión que derive y que no ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia, contador a partir del día siguiente de haber recibido la notificación.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, podéis interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la desestimación.

Una vez transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin haber recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, se puede interponer cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.​​​​​​​

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