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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

Núm. 129431
Aprobación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Algaida para el año 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante Resolución de Alcaldía núm. 2025-0146, de 25 de febrero de 2025, se aprobó la Oferta de Empleo Público para el año 2025, con el siguiente contenido:

Resolución

1. Aprobar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Algaida para el año 2025, que contiene las siguientes plazas:

Personal funcionario

Plaza

Total

Subgrupo

Escala

Subescala

Turno

Policía Local

2

C1

Administración Especial

Servicios Especiales

Turno libre

Administrativo/va

1

C1

Administración General

Administrativa

Turno libre

2. Publicar la Oferta de Empleo Público para el año 2025 en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida y en el portal de transparencia.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados ​​pueden interponer recurso potestativo de reposición ante la alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de conformidad con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las mismas.

También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

En caso de optar por la interposición del recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en la que podrá entender desestimado por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.”

 

Algaida, documento firmado electrónicamente (26 de febrero de 2025)

La alcaldesa Margarita Fullana Arrom