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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 128175
Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Espases, del Servicio de Salud de las Illes Balears, por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza vacante de la categoría de grupo administrativo de la función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases para Admisión de Consultas Externas

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Texto

Hechos

1. El artículo 35.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud determina que, por necesidades del servicio y en los supuestos y bajo los requisitos que al efecto se establezcan en cada servicio de salud, se puede ofertar al personal estatutario fijo desempeñar temporalmente y con carácter voluntario las funciones correspondientes a nombramientos de una categoría del mismo nivel de titulación o de un nivel superior, siempre que se tenga la titulación correspondiente.

2. En la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases es necesario cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría de grupo administrativo de la función administrativa para Admisión de Consultas Externas.

Fundamentos de derecho

1. Pacto de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears (publicado en el BOIB núm. 31, de 28 de febrero de 2012, y corregido en el BOIB núm. 36, de 8 de marzo de 2012).

2. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2022 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de 13 de mayo de 2022 relativo a la modificación del Pacto de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears (BOIB núm. 70, de 31 de mayo de 2022).

3. Punto 2.l de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears de 11 de marzo de 2021 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario de la sanidad pública autonómica en la persona titular de la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales y en las personas titulares de las gerencias territoriales, que establece que se delegan en las personas titulares de las gerencias territoriales de los diferentes centros y establecimientos del Servicio de Salud de las Illes Balears la competencia de convocar y resolver los procedimientos de promoción interna temporal del artículo 35 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

En consecuencia, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría de grupo administrativo de la función administrativa correspondiente a la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases para Admisión de Consultas Externas.

2. Aprobar las bases que regirán esta convocatoria, que figuran en el anexo 1.

3. Publicar un modelo de solicitud para participar en el procedimiento objeto de esta convocatoria, que figura en el anexo 2.

4. Designar a los miembros de la comisión de selección, que figuran en el anexo 3.

5. Aprobar el baremo de méritos aplicable a esta convocatoria, que figura en el anexo 4.

6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en los tablones de anuncios de la Gerencia de Hospital Universitario Son Espases y en el web del Servicio de Salud de las Illes Balears (www.ibsalut.es).

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su fecha de publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Así mismo, puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su fecha de publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, fecha en la firma electrónica (20 de febrero de 2025)

La directora gerente del Hospital Universitario Son Espases Cristina Granados Ulecia Por delegación de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas (BOIB núm. 109, de 05/08/2023) y subdelegación del director general del Servicio de Salud (BOIB núm. 112, de 12/08/2023)

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria

Primera Plaza convocada y funciones que debe desempeñar

1. Se convoca una plaza de la categoría de grupo administrativo de la función administrativa (C1), adscrita a Admisión de Consultas Externas de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases.

2. La persona seleccionada deberá desempeñar las funciones propias de la categoría y, de manera específica, las que se relacionan a continuación:

a) Establecer directrices para desarrollar correctamente las tareas administrativas, así como su correspondiente asignación de funciones.

b) Gestionar y planificar los turnos de trabajo, vacaciones, permisos y sustituciones del personal, y registrarlo en el programa AIDA.

c) Supervisar las agendas de Consultas Externas, pruebas complementarias y gabinetes de atención especializada.

d) Supervisar los buzones de pacientes pendientes de valoración y cita.

e) Controlar los avisos a los pacientes y las citaciones.

f) Elaborar documentos internos para facilitar el trabajo diario.

g) Formar al personal sobre los procedimientos e instrucciones del servicio.

h) Resolver incidencias.

i) Supervisar el cumplimiento de las normas y de los objetivos fijados.

j) Supervisar el control de la calidad en la recogida de datos administrativos de fichero del paciente que pasan por el hospital.

k) Supervisar y controlar que funcionen correctamente las agendas a Consultas Externas de los servicios médicos, especialmente las del Hospital de Día, Hospital de Día Médico Quirúrgico, gabinetes de Aparato Digestivo y secretaría de Trasplante Hepático; Hemodinámica, Arritmias y secretaría de Cardiología, y la citación y la secretaría de Rehabilitación y fisioterapeutas.

Segunda Características de la plaza

1. Lugar y centro de trabajo: Admisión de Consultas Externas de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases.

2. Tipo de nombramiento: a la persona seleccionada se le expedirá un nombramiento de personal estatutario en la modalida de promoción inerna temporal de una plaza de la categoría del grupo administrativo de la función administrativa (subgrupo C1).

3. El régimen jurídico durante el tiempo en el que la persona seleccionada ocupe la plaza será el siguiente:

a) Se mantendrá en la situación de servicio activo y con reserva de plaza en su categoría de origen.

b) Percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones que desempeñe, excepto los trienios y el complemento de carrera profesional, que serán los correspondientes a su categoría de origen.

c) No supondrá la consolidación de ningún derecho de carácter retributivo o con relación a la obtención de un nuevo nombramiento, sin perjuicio que se pueda considerar como mérito en los procedimientos selectivos y de provisión.

Tercera Requisitos para participar

1. Los solicitantes deberán cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Illes Balears y prestar servicio en el Hospital Universitario Son Espases.

En caso de que la convocatoria se declare desierta porque no se presente nadie que cumpla los requisitos, se prevé expresamente que se extienda al personal que cumpla los requisitos del resto de las gerencias de la misma área de salud.

b) Pertenecer a algún grupo de clasificación inferior o a una categoría o especialidad diferente del mismo grupo que la plaza a la que se opta.

c) Estar en la situación de servicio activo.

d) Tener la titulación exigida legalmente; es decir, cualquiera de las siguientes: bachillerato (LOE o LOGSE), bachillerato unificado polivalente, bachillerato superior (plan de 1957), técnico/a, técnico/a especialista o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, o estar en condiciones de obtenerla antes de que venza el plazo para presentar solicitudes. También podrán participar en el procedimiento selectivo aquellas personas interesadas que hayan prestado servicio durante cinco años en la categoría de origen y tengan la titulación exigida en el grupo inmediatamente inferior a la categoría en la que aspiran ingresar, excepto que sea necesaria una titulación o una habilitación profesional específica para desempeñar las nuevas funciones. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse que están homologadas por el ministerio correspondiente.

e) Acreditar el requisito de conocimientos de catalán correspondiente al nivel B2 mediante un certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o mediante cualquiera de los expedidos o reconocidos como equivalentes u homologados por el órgano competente en materia de política lingüística de las Illes Balears que acrediten el nivel B2 de conocimientos de catalán.

f) Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento. Este requisito deberá acreditarse antes de la toma de posesión.

g) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las funciones inherentes a la categoría profesional a la que se opta.

2. Estos requisitos deberán cumplirse el último día del plazo para presentar solicitudes y deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo.

3. Los aspirantes deberán acreditarlos fehacientemente en el momento de presentar las solicitudes, salvo el requisito del punto f, que deberá acreditarse antes de la toma de posesión.

Cuarta Presentación de solicitudes

1. Los interesados en participar en la selección para cubrir la plaza que se oferta tendrán que presentar una solicitud según el modelo que se adjunta en el anexo 2.

2. El plazo para presentar solicitudes será de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. La documentación requerida deberá presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros y las oficinas auxiliares del Servicio de Salud de las Illes Balears, o por cualquiera de las vías previstas por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Los aspirantes deberán conservar su ejemplar de la solicitud por si se la requieren en cualquier momento del proceso selectivo.

Quinta Documentación

1. Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud una copia auténtica de la documentación que acredite que cumplen los requisitos y los méritos alegados.

2. Además, deberán adjuntar una copia auténtica de estos otros documentos:

a) En caso de tener la nacionalidad española, el requisito se verificará de oficio por la Administración, salvo que haya oposición expresa del aspirante (en cuyo caso deberá aportar la documentación acreditativa). También puede presentarse voluntariamente el DNI en vigor. Si la Administración no pudiera comprobar el cumplimiento de este requisito, lo notificará al aspirante para que lo aporte.

b) Título académico exigido en la convocatoria (anverso y reverso del título), o bien el justificante de pago de los derechos de expedición del título acompañado de un certificado de la institución educativa correspondiente que acredite que el título todavía no se ha expedido.

c) Título que acredite los conocimientos de lengua catalana exigidos en la convocatoria.

d) Justificación de los méritos específicos.

3. Consignar datos falsos en la solicitud o en los méritos alegados implicará la exclusión definitiva del aspirante o de la persona seleccionada en el proceso selectivo.

4. Los títulos o los méritos expedidos en una lengua que no sea catalán o castellano tendrán que entregarse traducidos convenientemente a uno de estos idiomas por parte de un organismo oficial competente.

Sexta Sistema de selección y valoración de los méritos

1. La selección, en caso de concurrencia, se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos.

2. El baremo de los méritos alegados para optar a estas plazas es el que se establece en el anexo 4 de esta convocatoria, y se desglosan como se indica a continuación:

a) Experiencia profesional (máximo: 40 puntos)

b) Formación (máximo: 20 puntos)

c) Méritos específicos relacionados con las funciones del puesto (máximo: 35 puntos)

d) Conocimientos de catalán (máximo: 5 puntos)

Séptima Comisión de Selección

1. La Comisión de Selección está formada por tres miembros que tienen la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo del Servicio de Salud, del mismo grupo profesional o de un grupo superior que el de la plaza convocada, todos con voz y voto.

Los miembros son las personas que figuran en el anexo 3 de esta convocatoria.

2. Los miembros de la Comisión de Selección se abstendrán de intervenir en el proceso y lo notificarán a la autoridad que los haya designado si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

3. Las funciones de la Comisión de Selección serán las siguientes:

  • Valorar los méritos alegados y acreditados por los candidatos según el modelo establecido en estas bases.
  • Si es preciso, requerir a los candidatos que subsanen los defectos formales de los méritos alegados en el plazo previsto, o bien que aclaren, en el plazo y en la forma previstos, alguno de los méritos alegados.
  • Elaborar una lista de los seleccionados por orden de prelación.
  • Resolver las reclamaciones presentadas por los candidatos en tiempo y forma.
  • Elevar al órgano de selección la lista definitiva de seleccionados y de las puntuaciones que obtengan.

Octavo Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria

1. Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes, se publicará en la Intranet de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases y en el web del Servicio de Salud de las Illes Balears la resolución de la directora gerente por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la causa de la exclusión.

Además, de acuerdo con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, esta resolución incluirá también la lista provisional de puntuaciones (valoración de méritos), que se publicará en la Intranet del Hospital Universitario Son Espases y en el web del Servicio de Salud de las Illes Balears.

Con la publicación de la resolución se abrirá un plazo de siete días hábiles para presentar alegaciones o reclamaciones y aportar la documentación requerida o, en su caso, subsanar la causa de la exclusión. En caso de que haya defectos, si no se subsanan se considerará que la persona interesada ha desistido de la solicitud.

Todos los documentos deberán dirigirse al Servicio de Personal de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases y podrán presentarse por cualquiera de las vías previstas por la normativa vigente.

2. En el plazo de siete días hábiles a contar desde la finalización del plazo indicado en el punto anterior, y una vez resueltas las posibles alegaciones, se publicará en la Intranet de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases y en el web del Servicio de Salud de las Illes Balears la resolución de la directora gerente por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Además, de acuerdo con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, la resolución incluirá también la lista definitiva de puntuaciones.

Con la publicación de esta otra resolución se abrirá un plazo adicional de cinco días hábiles a los únicos efectos de que las personas que resultaron excluidas inicialmente puedan, en su caso, presentar alegaciones a la valoración de sus méritos. En este caso, a propuesta de la Comisión de Selección y una vez resueltas las posibles alegaciones, se publicará, en la forma establecida anteriormente, la resolución con la puntuación total.

3. El nombramiento se ofrecerá al candidato propuesto por la Comisión de Selección que obtenga la puntuación más alta. Si varios candidatos tienen la misma puntuación en la lista definitiva, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:

  • Con carácter general, tendrán prioridad las mujeres en caso de que estén infrarrepresentadas en la categoría y en la especialidad, de conformidad con el artículo 61 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.
  • A continuación, quien acredite más servicios prestados en la categoría dentro del Servicio de Salud y subsidiariamente en el Sistema Nacional de Salud.
  • Si el empate persiste, el nombramiento se ofrecerá en primer lugar a quien acredite la puntuación más alta en el apartado relativo a la experiencia profesional.
  • Si, aun así, el empate persiste, tendrá prioridad quien tenga la puntuación más alta en el apartado de formación continuada.
  • Finalmente, si los candidatos continúan empatados, el desempate se dirimirá según los criterios siguientes: primero, quien tenga más de cuarenta y cinco años; después, quien tenga más cargas familiares; a continuación, quien haya sido víctima de violencia de género y, por último, quien tenga más edad.

4. La resolución de adjudicación definitiva se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Novena Nombramiento y toma de posesión

La persona seleccionada dispondrá de un plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de adjudicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears para tomar posesión de la plaza.

 

ANEXO 2 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SELECTIVO DE UNA PLAZA DE LA CATEGORÍA DE GRUPO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA PARA ADMISIÓN DE CONSULTAS EXTERNAS

DESTINO

GERENCIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO SON ESPASES

CÓDIGO DIR3

A004003754

SOLICITANTE

DNI/NIE

 

Nombre

 

Apellido 1

 

Apellido 2

 

Correo electrónico

 

Domicilio

 

Código postal

 

Localidad

 

Municipio

 

Provincia

 

Teléfono

 

EXPONGO:

1. Que el ____ de ____________ de 2025 se publicó en el BOIB la Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Espases de ____ de _____________ de 202__ por la que se convoca un proceso selectivo para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría de grupo administrativo de la función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases para Admisión de Consultas Externas.

2. Que cumplo los requisitos exigidos en la convocatoria.

SOLICITO:

Ser admitido/a en la convocatoria, para lo cual adjunto a esta solicitud la documentación exigida y la acreditación de los méritos.

Documentación adjunta

1.

2.

3.

4.

5.

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dichos datos (RGPD); la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, y la legislación concordante y vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de datos personales que contiene este solicitud.

Tratamiento de datos. Los datos personales contenidos en esta solicitud serán tratados por la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases.

Ejercicio de derechos y reclamaciones. La persona afectada por el tratamiento de datos personales podrá ejercer sus derechos de información, acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y no inclusión en tratamiento automatizados (e, incluso, de retirar su consentimiento, en su caso, en los términos establecidos en el Reglamento general de protección de datos) ante el responsable del tratamiento, mediante una solicitud por escrito dirigida al Delegado de Protección de Datos del Servicio de Salud.

Delegación de Protección de Datos. La Delegación de Protección de Datos del Servicio de Salud de las Illes Balears tiene su sede en la calle de la Reina Esclarmunda, 9, 07003 Palma.

El correo electrónico de contacto es dpd@ibsalut.es.

Palma, a ____ de _________________________ de 2025

 

[rúbrica]

 

ANEXO 3 Comisión de Selección

La Comisión de Selección estará formada por tres miembros que tienen la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo del Servicio de Salud, del mismo grupo profesional —o de un grupo superior— que el de la plaza convocada, todos con voz y voto:

- President: Joan Arnau Rosselló Galmés

Suplente: Eva Marie Herding

- Vocal: Juan Miguel López García

Suplente: Antònia Llinás Bibiloni

- Secretaria: Luisa Nogués Sánchez

Suplente: Elena Villaverde Bellido

ANEXO 4 Baremo de méritos

1. Experiencia profesional (máximo: 40 puntos)

1.1. Se computa el tiempo de servicios prestados que el candidato tenga reconocidos hasta la finalización del plazo para presentar solicitudes de participación en el proceso selectivo, de acuerdo con el baremo siguiente:

a) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,20 puntos.

b) Por cada mes de servicios prestados en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal funcionario o laboral en la misma categoría o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,10 puntos.

c) Por cada mes de servicios prestados ocupando un puesto directivo en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud (solamente se valoran los servicios prestados si se tiene la titulación requerida para acceder a la categoría): 0,10 puntos.

d) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea en una categoría distinta a la categoría a la que se opta: 0,07 puntos.

1.2. Para valorar este apartado se tendrán en cuenta los aspectos siguientes:

a) La puntuación máxima que podrá obtenerse por la totalidad de los subapartados que lo integran es de 40 puntos.

b) El cómputo de servicios prestados se calculará aplicando la fórmula siguiente: se sumarán todos los días de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores y el resultado se dividirá entre 365. El cociente resultante se multiplicará por 12, se despreciarán los decimales del resultado obtenido y se le aplicará el valor asignado al mes completo en el subapartado correspondiente.

c) Un mismo período de tiempo no podrá valorarse en más de uno de los subapartados que lo integran.

d) Tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas los servicios centrales o periféricos de los servicios autonómicos de salud, los del INGESA, los del extinto INSALUD y los de los organismos equivalentes de la Unión Europea.

1.3. Solamente se considerarán plazas con el mismo contenido funcional aquellas en las que se hayan desempeñado funciones correspondientes a una categoría no esté creada en el Servicio de Salud de las Illes Balears. Deberá aportarse un certificado de las funciones de la categoría de origen para que pueda determinarse si se consideran equivalentes a las de la categoría a la que se opta.

También se considerarán plazas con el mismo contenido funcional aquellas cuya categoría no exista con la misma denominación en la entidad de origen, pero que tengan una equivalencia clara con una categoría existente en el Servicio de Salud de las Illes Balears (cuando la categoría desempeñada en la administración de origen no ostente la misma denominación pero sea de facto una categoría equivalente, siempre y cuando la categoría que se pretende hacer valer tampoco exista en la administración de origen).

En todo caso, la valoración de dicha experiencia exigirá la previa acreditación de la situación alegada, de estar en posesión de la titulación exigida para ello y la aportación de un certificado descriptivo de las funciones desempeñadas que acredite la equivalencia entre las categorías. Serán también de aplicación el resto de las instrucciones, exigencias y criterios establecidos sobre la materia por el Servicio de Salud para la aplicación de esta previsión. En ningún caso será de aplicación esta previsión y no se considerarán servicios prestados en plazas con el mismo contenido funcional los casos en los que los interesados hayan sido nombrados en una categoría y aleguen haber prestado servicios correspondientes a una categoría distinta o aleguen haber desempañado funciones de otra categoría (ni siquiera aportando un certificado descriptivo de funciones en tal sentido).

2. Formación y docencia (máximo: 20 puntos)

1.2. Formación continuada y docencia:

a) Cursos, seminarios, talleres, congresos, jornadas, reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta, de acuerdo con los criterios siguientes:

  • Deberán haber sido organizadas o impartidas por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo que deberá constar en el certificado correspondiente. Si la actividad ha sido organizada por una entidad de derecho público conforme al artículo 2.3 la Ley 39/2015, el candidato deberá acreditar dicha condición.
  • Actividades organizadas por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro y que se hayan impartido en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan sido acreditadas y/o subvencionadas por aquellas, lo cual deberá constar en el certificado correspondiente.
  • Actividades llevadas a cabo en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizadas por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito esos acuerdos.

b) Al efecto de lo que disponen los apartados anteriores, se considera que están relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta las actividades relacionadas con las siguientes áreas temáticas: informática, calidad, Aida, normativa del mundo sanitario, régimen disciplinario del personal estatutario del Servicio de Salud, inteligencia emocional, admisiones, TSI, historia clínica, gestión de información y documentación clínica, documentación y administración sanitaria, habilidades sociales, gestión del tiempo, implantación de la administración electrónica, consentimiento informado, prevención de agresiones a profesionales en el ámbito sanitario y cualquier otra relacionada con las funciones de la plaza convocada.

c) Los diplomas o los certificados se valorarán de la manera siguiente:

  • Cuando se acredite la asistencia o el aprovechamiento: 0,1 puntos por crédito.
  • Cuando se acredite la impartición: 0,2 puntos por crédito.
  • Si en el diploma o en el certificado figura el número de horas en vez del de créditos, se otorgará 1 crédito por cada 10 horas. Si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hará siempre por los créditos certificados. Si no se especifican horas ni créditos, no se valorará la actividad.

d) En este apartado no se valorará el hecho de haber superado asignaturas o cursos de estudio académico, ni los certificados de profesionalidad.

3. Méritos específicos relacionados con las funciones del puesto (máximo: 35 puntos)

3.1. Tiempo trabajado en el servicio de Admisión de Consultas Externas, Área de Servicios Médicos (0,1 punto por mes trabajado; puntuación máxima: 15 puntos).

3.2. Prueba de 20 preguntas y 2 de reserva (20 puntos) sobre las leyes siguientes:

a) Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears.

b) Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

c) Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud (SNS).

d) Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del ente público Servicio de Salud de las Illes Balears.

e) Decreto 31/2018, de 19 de octubre, de garantía de los plazos máximos de respuesta en la atención sanitaria especializada programada y no urgente en el Servicio de Salud de las Illes Balears.

4. Conocimientos orales y escritos de catalán (máximo: 5 puntos)

Se valorarán los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública y los expedidos u homologados por el órgano competente en materia de política lingüística del Gobierno de las Illes Balears relacionados con los niveles de conocimientos que se indican a continuación, hasta una puntuación máxima de 4 puntos. El valor del certificado de lenguaje administrativo (LA) se sumará al de valor más alto que se presente (C1 o C2):

  • Nivel C1                                                                 3 puntos
  • Nivel C2                                                                 4 puntos
  • Certificado LA                                                       1 punto