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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 115973
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se corrigen los errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas a las personas que han superado el concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría enfermero/enfermera del Servicio de Salud convocado por medio de la Resolución de 12 de diciembre del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1.El 18 de febrero de 2025 se publicó en el BOIB núm. 22 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 13 de febrero de 2025 por la que se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas a las personas que han superado el concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría enfermero/enfermera del Servicio de Salud convocado por medio de la Resolución de 12 de diciembre de 2022 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2.Se han advertido diversos errores en la Resolución mencionada de 13 de febrero de 2025.

Fundamentos de derecho

1.El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que «las Administraciones públicas podrán asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

2.El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o disposición.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir los errores advertidos en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 13 de febrero de 2025 en los términos siguientes:

a) En el punto 5 del apartado «Antecedentes» hay que eliminar el texto siguiente:

  • Sra. González Navarro, María José: Concurre en la misma categoría profesional en la que ya tiene un nombramiento como personal estatutario fijo punto 8.2.j de las bases de la convocatoria.

b) En el anexo 3 hay que eliminar «González Navarro, María José».

c) En el anexo 1 hay que añadir:

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

***9731**

González Navarro, María José

d) En el anexo 2 hay que añadir:

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

Descripción

***9731**

González Navarro, María José

Hospital Universitario Son Espases

e) En el anexo 1 hay que eliminar:

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

***4365**

Navarro Reyes , Andrea

f) En el anexo 2 hay que eliminar:

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

Descripción

***4365**

Navarro Reyes , Andrea

Hospital Can Misses

g) En el anexo 2 hay que hacer el cambio siguiente:

Donde dice:

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

Descripción

***0908**

Ferrer Salleins, Caterina Tomas

Hospital Universitario Son Espases

***0951**

Riudavets Ribas, Nuria

Hospital Mateu Orfila

Debe decir:

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

Descripción

***0908**

Ferrer Salleins, Caterina Tomas

Hospital Mateu Orfila

***0951**

Riudavets Ribas, Nuria

Hospital Can Misses

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web www.ibsalut.es.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 20 de febrero de 2025)

La directora de Coordinación Administrativa  Catalina Maria Reynes Llobera Por suplencia (art. 27.1 Decreto 79/2023) Por delegación de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas
(BOIB núm. 109, de 5/08/2023)