Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 110336
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública mediante el cual se declara desierta la convocatoria para la cobertura de una plaza de personal laboral de la categoría/especialidad de auxiliar de geriatría por el turno de reserva para personas con discapacidad física (código ELCO0C2/029) derivada de la oferta de ocupación pública del Ayuntamiento de Alcúdia dentro del marco del proceso de estabilización
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Se publica la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, por delegación del Consejo Ejecutivo, según el acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB n.º 128, de 1 de octubre de 2022, de conformidad con el que dispone el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
"Antecedentes
1. En fecha 26 de mayo de 2022 el ayuntamiento de Alcúdia aprueba la oferta pública de 2022 para el proceso de estabilización para la reducción de la temporalidad (BOIB n.º 68, modificada mediante BOIB núm.120, de 13 de septiembre de 2022).
A la oferta pública se aprueba el siguiente puesto de trabajo como personal laboral fijo:
|
AUXILIAR GERIATRÍA |
Grupo 4 |
1 |
Concurso-oposición (art.2) |
Libre |
Reserva personas con discapacidad |
2. Por resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema extraordinario de concurso de méritos para cubrir plazas personal laboral fijo de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP de la oferta de ocupación pública de los ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andraitx, Artà, Binissalem, Búger, Campanet, Capdepera, Consell, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Manacor, Maria de la Salut, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Santa Maria del Camí, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; del Patronato Residencia Cas Metge Rey; de las empresas municipales EMSER 2022, SLU y Servicios Municipales de Porreres, SL; Mancomunidades Plano y Raiguer y la Entidad Local menor Palmanyola (BOIB n.º 158, 6 de diciembre 2022).
A la mencionada resolución consta convocada al turno de reserva para personas con discapacidad del ayuntamiento de Alcúdia una plaza de personal laboral a la categoría/especialidad de auxiliar de geriatría.
3. En la base 7.6 del Anexo II de las Bases específicas de la Resolución mencionada en su punto anterior se dispone que el plazo para la presentación de solicitudes para participar en la convocatoria mencionada finalizaba el día 23 de enero de 2023.
4. Una vez agotado el plazo para presentar solicitudes de participación, no se presentó ninguna persona a la convocatoria de referencia, por lo cual procede declararla desierta.
5. En fecha 10 de febrero de 2025 se publicó la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública N.º 2575 (SEGRA 716444), en la cual se advirtió un error material en el en el título de la Resolución, en el sentido que allá donde dice código (código ELCO0C2/027) tiene que decir (código ELCO0C2/029), por lo cual se tiene que rectificar este error.
Fundamentos jurídicos
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares.
- La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en la Ocupación Pública, que desarrolla el presente proceso de estabilización.
- El Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Islas Baleares, sin perjuicio del establecido en la Constitución española.
- El Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.
- La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
- La Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y a la normativa subsidiaria en materia laboral y presupuestaria.
- El Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el cual se aprueba el texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Visto todo lo anterior, el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de septiembre de 2022, de delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en materia de personal (BOIB n.º 128, de 1 de octubre de 2022), en relación con el artículo 28.1.e) de la ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN
1. Declarar desierta la convocatoria por la cobertura de una plaza de personal laboral de la categoría/especialidad de auxiliar de geriatría por el turno de reserva para personas con discapacidad (código ELCO0C2/029) derivada de la oferta de ocupación del ayuntamiento de Alcúdia dentro del marco del proceso de estabilización.
2. Dejar sin efectos la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública N.º 2575 de día 10 de febrero de 2025 (SEGRA 716444).
3. Esta resolución se publicará a los efectos oportunos en el BOIB, la Sede electrónica y en el tablón de edictos electrónico del Consell de Mallorca.
Interposición de recursos
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
Palma, en fecha de firma electrónica
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública
Rafael Àngel Bosch Sans
(por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB n.º 128, de 1 de octubre de 2022) “
Palma, en la fecha de la firma electrónica (17 de febrero de 2025)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafel Àngel Bosch i Sans