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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 106633
Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, para la suspensión del procedimiento de concesión de nuevas ayudas de la convocatoria de ayudas para la organización de actuaciones de divulgación o difusión científica, congresos y seminarios de carácter científico de las Illes Balears

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Texto

El director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superior ha formulado la propuesta de Resolución siguiente:

Hechos

1. El 10 de agosto de 2022 el consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura firmó la Resolución por la cual se convocan ayudas para la organización de actuaciones de divulgación o difusión científica, congresos y seminarios de carácter científico de las Illes Balears (BOIB núm. 114, de 30 de agosto de 2022). 

2. Según el punto 10.4 de la convocatoria no es necesario comparar las solicitudes para establecer una prelación en un único procedimiento, sino que las solicitudes de ayuda presentadas a esta convocatoria se tienen que resolver individualmente, aunque no se haya acabado el plazo para presentar solicitudes, hasta que se agote el crédito destinado a la convocatoria o hasta que se resuelvan todos los expedientes presentados. Esto se tiene que hacer sin perjuicio del que establece, en cuanto al concurso, el artículo 7 de la Orden de la consejera de Innovación, Investigación y Justicia de 26 de enero de 2010, como regla general de concesión, y en uso de la excepción que establece el artículo 7 del Decreto 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones. 

3. El punto 11 de la convocatoria prevé que la Comisión Evaluadora se tiene que reunir aproximadamente cada tres meses a partir de la publicación de la Resolución correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears y tiene que evaluar las solicitudes recibidas hasta el momento de la reunión. 

4. En fecha 17 de mayo de 2024 se llevó a cabo una reunión de la comisión en que se concedieron tres ayudas y quedó un crédito disponible que ha resultado insuficiente para financiar las solicitudes presentadas posteriormente. 

5. El punto 7.5 de la convocatoria establece que, si se agota el crédito destinado en la convocatoria antes de acabar el plazo para presentar solicitudes, que según el punto quinto acaba en fecha 15 de junio de 2025, se tiene que suspender la concesión de nuevas ayudas mediante una resolución que se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears, salvo que se amplíe el crédito destinado a las ayudas.

6. Dado que no se prevé ninguna ampliación del crédito, de acuerdo con el punto anterior, se tiene que suspender el procedimiento para conceder nuevas ayudas.

Fundamentos de derecho

1. El Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. La Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia, de 26 de enero de 2010, por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación (BOIB núm. 25, de 13 de febrero de 2010).

3. La Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura por la cual se convocan ayudas para la organización de actuaciones de divulgación o difusión científica, congresos y seminarios de carácter científico de las Illes Balears (BOIB núm. 114, de 30 de agosto de 2022).

Propuesta de Resolución

1. Suspender el procedimiento para la concesión de nuevas ayudas para la organización de actuaciones de divulgación o difusión científica, congresos y seminarios de carácter científico de acuerdo con la Resolución del Consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura de 10 de agosto de 2022 por la cual se convocan ayudas para la organización de actuaciones de divulgación o difusión científica, congresos y seminarios de carácter científico de las Illes Balears (BOIB núm. 114, de 30 de agosto de 2022). 

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. 

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de Resolución y dictar Resolución en los mismos términos. 

Interposición de recursos 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otra que se considere oportuno. 

 

(Firmado electrónicamente: 18 de febrero de 2025)

La secretaria general de Educación y Universidades  Maria de Pilar Guasp Bergas  Por delegación de competencia del consejero de Educación y Universidades  (BOIB núm. 9, de 18 de enero de 2024) 

(Firmado electrónicamente: 17 de febrero de 2025)

El director general proponente  Sebastián Massanet Massanet