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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DEL MAR Y DEL CICLO DEL AGUA

Núm. 103858
Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua, de 14 de febrero de 2025, por la que se modifica la Resolución, de 8 de septiembre de 2023, sobre la delegación de competencias a los titulares de los órganos directivos de la Consejería

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Texto

En el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 128, de 16 de septiembre de 2023, se publicó la Resolución del Consejero del Mar y del Ciclo del Agua, de 8 de septiembre de 2023, sobre la delegación de competencias a los titulares de los órganos directivos de la Consejería.

Con efectos de 1 de enero de 2025, el sistema operatorio contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se ha visto modificado por la implantación de una nueva herramienta tecnológica que comporta un nuevo sistema del control financiero de los documentos contables en papel, y que determina su sustitución por una anotación contable.

Por lo tanto, es necesario la modificación del apartado c) del punto 1 de la Resolución del Consejero del Mar y del Ciclo del Agua, de 8 de septiembre de 2023, sobre la delegación de competencias a los titulares de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo esto, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como los artículos 25 y 42 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Se modifica el apartado c) del punto 1 de la Resolución, de 8 de septiembre de 2023, relativo a la delegación del ejercicio de las competencias del Consejero del Mar y del Ciclo del Agua en la Secretaria General, que queda redactado de la forma siguiente:

"c) En materia de ejecución presupuestaria, el ejercicio de las funciones siguientes:

1. La suscripción de todos los actos administrativos de inicio, aprobación y modificación que impliquen autorización y disposición de gastos, reconocimiento de obligaciones y de propuesta de pago relativos a las secciones presupuestarias y programas asignados a la Consejería, excepto los expedientes de gasto de cuantía superior a 500.000 euros.

2. La validación electrónica de las anotaciones contables, para todos los expedientes con efectos económicos, con independencia de su cuantía.

3. Las propuestas de modificaciones de crédito."

Segundo

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y producirá sus efectos desde el mismo día de su publicación.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (14 de febrero de 2025)

El consejero del Mar y del Ciclo del Agua Juan Manuel Lafuente Mir