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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 99350
Contratación técnico auxiliar de informática del proceso de estabilización

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Texto

El alcalde del Ayuntamiento de Son Servera, mediante el Decreto de alcaldía de 2025-0197, de 14 de febrero de 2025,  ha resuelto lo siguiente: 

«PRIMERO.- Adjudicar los puestos de trabajo de técnico de auxiliar de informática a las personas que se indican en el anexo de esta resolución, de acuerdo con la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 24 de enero de 2025 (BOIB núm. 14 de 30 de enero de 2025) de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo de la categoría de técnico-a auxiliar de informática del subgrupo C1 del Ayuntamiento de Son Servera y de asignación de puestos de trabajo para su contratación como personal laboral fijo.

SEGUNDO.- Contratar a las personas que se indican en el anexo de esta resolución como personal laboral fijo del subgrupo C1 del Ayuntamiento de Son Servera.

El plazo para la firma del contrato se inicia al día siguiente de la publicación en el BOIB de la resolución mencionada en el punto 9.1 de las bases que rigen el procedimiento selectivo y será de tres días hábiles, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 37 del Decreto 27/1994.

Asimismo, antes de la firma del contrato del puesto adjudicado, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad -en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal servicio de las administraciones públicas

TERCERO.- Requerir a la persona indicada en el anexo como adscripción del puesto del trabajo con carácter provisional, de acuerdo con la base 5.2 de la convocatoria:

  • que en el plazo de dos años a partir de su contratación acredite el nivel de conocimiento de la lengua catalana B2. Si transcurrido el plazo de dos años, no se acredita el nivel de conocimientos de la lengua catalana exigido para el acceso, estas personas serán removidas del puesto de trabajo por falta de adecuación a las funciones del mismo, mediante procedimiento contradictorio y oídos los órganos de representación del personal correspondiente. La remoción supone el cese en el puesto de trabajo obtenido en el correspondiente proceso selectivo, y la pérdida de este puesto
  • que justifique su participación en todas las convocatorias de pruebas de lengua catalana que durante este período convoquen la Dirección General de Política Lingüística y la EBAP para obtener el certificado de conocimientos de lengua catalana B2, tal y como dispone la base quinta de la convocatoria reseñada, mientras no haya obtenido el nivel de conocimientos de la lengua catalana exigido para el acceso

CUARTO.- Publicar la presente resolución en el BOIB y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Son Servera.

QUINTO.- Notificar la presente resolución a las personas interesadas

 

Son Servera, documento firmado electrónicamente (14 de febrero de 2025)

El alcalde Jaume Servera Lliteras)

 

ANEXO Personas que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo de técnico-a auxiliar de informática del Subgrupo C1

Nombre y apellidos

Nº Ref.

/Lugar

Categoria/especialidad

Subgrupo

FP

Carácter de adscripcionj 

 d' adscripció*

GARCIA FERNÁNDEZ, FRANCISCO MIGUEL

SSE000 08

Tècnico auxiliar informática

C1

Concurso

2

OLIVER GALMÉS, GABRIEL JUAN

SSE000 07

Tècnico auxiliar informática

C1

Concurso

1

MARTORELL LLABRÉS, JOAN

SSE000 06

Tècnico auxiliar informática

C1

Concurso

1

*Carácter de adscripción:

1. Adscripción del puesto de trabajo con carácter definitivo

2. Adscripción del puesto de trabajo con carácter provisional hasta la acreditación del nivel de conocimiento de lengua catalana exigido para el acceso de la categoría/especialidad, dentro del plazo establecido en la base específica 5.2 del Anexo II de la convocatoria.