Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 96253
Notificación de Resolución de rectificación de error material a los beneficiarios de las ayudas, Expte. 343 de fecha 7 de febrero de 2025, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de diciembre de 2021, por la que se convocan subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2021
El apartado 9.3. de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 17 de diciembre de 2021 por la que se convocan, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2021, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín 4 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 7 de febrero de 2025, firmó la siguiente resolución.
Informe propuesta/Resolución por la que se rectifica un error material. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020. Medida 4.1 Inversiones en las explotaciones agrarias CONVOCATORIA: INEA 2021_1 Código DIR3: A4026954 Código SIA: 2773119 Código BDNS: 498018 EXP: INEA2021_1/343
Antecedentes
1. El 27/11/24 se registró la solicitud de pago del expediente INEA2021_1/343.
2. El 19/12/24, se expidió la Propuesta de resolución de pago del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020, con cargo al FEADER. Medida 4.1 Inversiones en las explotaciones agrarias y el informe propuesta de resolución de revocación parcial Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares Ref. : INEA2021_1–8-2022
3. En el marco de la revisión y control de la gestión del expediente INEA2021_1/343, correspondiente al titular JUAN REUS CERRILLO (NIF ***0404**) se ha detectado un error que afecta a los importes consignados. Concretamente, el importe de la ayuda justificada se modifica de 86.127,84€ a 99.394,80€. y el importe a revocar se ajusta de 63.852,96€ a 50.586,00€
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, también establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.
Propuesta de resolución
Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Rectificar el error en el importe de la ayuda justificada y el importe a revocar del expediente INEA2021_1/343, correspondiente a JUAN REUS CERRILLO (NIF ***0404**), en el anexo de la Propuesta de Resolución de Pago y en el Informe de Revocación Parcial2 del Programa 0 1 (Inversiones en explotaciones agrarias), Convocatoria 2021_1, anualidad 2022, en el siguiente sentido:
- Donde dice:
TITU LAR |
NIF |
EXPE DIENTE |
Importe ayuda concedi da |
Importe ayuda jutificada |
Importe a revocar |
CAIB |
FEADER |
AGE |
Anuali dad |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
JUAN REUS CERRILLO |
***0404** |
INEA2021_1/343 |
149.980,80 € |
86.127,84 € |
- |
28.336,05 € |
45.647,76 € |
12.144,03 € |
2022 |
|
|
|
|
|
63.852,96 € |
21.007,64 € |
33.842,06 € |
9.003,26 € |
2022 |
- Tiene que decir:
TITULAR |
NIF |
EXPEDIENTE |
Importe ayuda concedida |
Importe ayuda justificado |
Importe a revocar |
CAIB |
FEADER |
AGE |
Anuali dad |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
JUAN REUS CERRILLO |
***0404** |
INEA2021_1/343 |
149.980,80 € |
99.394,80 € |
- |
32.700,89 € |
52.679,24 € |
14.014,67 € |
2022 |
|
|
|
|
|
50.586,00 € |
16.642,80 € |
26.810,58 € |
7.132,62 € |
2022 |
2. Notificar aquesta resolució a la persona beneficiària mitjançant la publicació al Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recurso
Contra esta resolución —que no agota la vía administrativa— se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de las 1 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones pública
El tècnic gestor de la línia Bruno Rigo Alemany |
El cap de secció d'Ajudes al Desenvolupament Rural Antonio Barceló Ávila |
El cap del Servei d'Ajudes al Desenvolupament Rural Gemma Canós Franch |
Conforme con la propuesta, dicto resolución
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such»
En Palma, en fecha de firma electronica (13 de febrero de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni