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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

FUNDACIÓN TEATRO PRINCIPAL DE INCA

Núm. 95377
Corrección de errores del edicto n.º 13540 en relación a la oferta de empleo Público de la Fundació Teatre Principal d'Inca

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Texto

El 31 de diciembre de 2024 se publicó en el BOIB n.º 172 el edicto n.º 13540 mediante el cual se hizo pública la Oferta de Ocupación del 2024 de la Fundació Teatre Principal d'Inca que el Patronato de la Fundació aprobó en su sesión de día 19 de diciembre de 2024.

Visto que se ha detectado que, por error, la publicación este edicto se hizo bajo el epígrafe de "Ayuntamiento de Inca" en vez de bajo el epígrafe de "Fundació Teatre Principal d'Inca", se procede a subsanar este error y en consecuencia el edicto debe decir:

"FUNDACIÓ TEATRE PRINCIPAL D'INCA.

Por el presente edicto se hace pública la Oferta de Ocupación Pública del 2024  de la Fundació Teatre Principal d'Inca que el Patronato de la Fundació aprobó en su sesión de día 19 de diciembre de 2024 con la inclusión de las siguientes plazas:

Plazas de personal laboral:

  • 1 plaza de personal laboral jefe de servicios jurídicos, para su cobertura por el turno libre.
  • 2 plazas de personal laboral administrativo, para su cobertura por el turno libre.
  • 1 plaza de personal laboral auxiliar administrativo, para su cobertura por el turno libre.
  • 1 plaza de personal laboral taquillero/a, para su cobertura por el turno libre.
  • 1 plaza de personal laboral ordenanza, para su cobertura por el turno libre. 
  • 1 plaza de personal laboral de limpieza. (jornada 50%), para su cobertura por el turno libre.
  • 1 plaza de personal laboral jefe de comunicación,para su cobertura por el turno libre.
  • 1 plaza de personal laboral jefe de producción, para su cobertura por el turno libre. 
  • 1 plaza de personal laboral jefe de área técnica, para su cobertura por el turno libre.
  • 1 plaza de personal laboral técnic de audiovisuales, para su cobertura por el turno libre.
  • 1 plaza de personal laboral auxiliar técnico, para su cobertura por el turno libre.

Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) El recurso potestativo de reposición, que se interpondrá ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB del presente acuerdo, de conformidad con el establecido en el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común.

b) El recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB del presente acuerdo, de conformidad con el que dispone el artículo 46.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

El presidente del Teatre, Virgilio Moreno Sarrió."

 

(Firmado electrónicamente: 12 de febrero de 2025)

El presidente del Teatre Virgilio Moreno Sarrió